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Renta 2025: cómo hacer la declaración si cobras ayudas, paro o el IMV

El 6 abril 2026 por Belén - 15 minutos de lectura

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Renta 2025: cómo hacer la declaración si cobras ayudas, paro o el IMVComo cada año, los contribuyentes deben hacer la declaración del impuesto IRPF, un impuesto que deben pagar todas las personas físicas residentes en España por los ingresos netos obtenidos a lo largo del año. Esto incluye tanto los ingresos por trabajo realizado, como donaciones, paro, ventas o incluso ayudas públicas. En Tus Ayudas te contamos todas las claves que debes saber para hacer de forma correcta la declaración de la renta 2025, con todas las novedades de esta campaña.

Todo sobre la declaración de la renta 2025 

Hay varias formas de presentar la declaración de la renta: por teléfono, online y presencial. La forma más sencilla es hacerla por Internet, sin embargo, para algunas personas esto puede ser un tanto complicado. Por eso, existen las opciones de tramitarla por teléfono o de forma presencial. El medio de presentación queda a elección de cada contribuyente, pero hay ciertos aspectos básicos que debes conocer antes de comenzar con la campaña 2025 para ahorrar tiempo, y en muchas ocasiones, dinero.

Esta campaña 2025 incorpora novedades importantes que afectan directamente a trabajadores con salarios bajos, personas con varios pagadores y quienes han realizado mejoras de eficiencia energética en su vivienda. Una de las más destacadas es una nueva deducción de hasta 340 euros para personas que cobran el salario mínimo interprofesional (SMI) o rentas de trabajo inferiores a 18.276 euros anuales. Además, se ha actualizado el umbral de obligación de declarar para quienes tienen más de un pagador.

¿Cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta?

No todo el mundo está obligado a presentar la declaración del IRPF, ya que dependerá de si has superado el umbral mínimo de renta. Sin embargo, cabe recalcar que en ocasiones merece la pena hacerla aunque no llegues a esta cifra, ya que lo más probable es que te salga «a devolver», es decir, que te compensen económicamente. A continuación os dejamos los requisitos que debe cumplir una persona para estar obligado a presentar la declaración de la renta:

  • Los trabajadores por cuenta ajena que han recibido un sueldo superior a 22.000 euros.
  • Los trabajadores que han recibido entre 15.876 y 22.000 euros durante el año de varios pagadores. Es decir, para los que hayan trabajado para más de una empresa durante ese año en concreto.
  • Los trabajadores autónomos.
  • Las personas que han recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros anuales.
  • Jubilados mutualistas anteriores a 1967 y hasta 1978. Para poder cobrar las devoluciones mutualidades Hacienda.
  • Las personas que han recibido como mínimo 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro o subvenciones relacionadas con la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
Importante
Si tienes varios pagadores (por ejemplo, porque cobraste paro y también trabajaste parte del año), el límite a partir del cual estás obligado a declarar pasa de 14.000 a 15.876 euros. Esto puede significar que en 2025 ya no estés obligado a declarar si antes sí lo estabas.

¿Cómo afectan las ayudas a la declaración de la renta?

Hay muchos tipos de ayudas. No es lo mismo una bonificación en el precio del transporte público, que una ayuda por rehabilitar una vivienda o percibir el bono cultural joven. En este caso únicamente suele ser necesario tributar por las ayudas que suponen un ingreso en cuenta. Aun así, siempre hay que consultarlo cuando se nos aprueben.

Se corresponde con una ganancia o un incremento de patrimonio, por lo que es necesario tributar por ella. Además, para la Agencia de Tributaria, si hemos percibido el paro o un ERTE y hemos estado trabajando otros meses, interpretará que hemos tenido dos pagadores al mismo tiempo, aunque no haya sido así. Por ello, es importante conocer las deducciones para la declaración de la renta existentes, ya que podrías ahorrarte miles de euros cada año.

¿Tengo que hacer la declaración de la renta si cobro el paro?

Aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo, pero han cotizado más de un año en la Seguridad Social, tienen derecho a la prestación por desempleo, más conocida como «paro». El paro se trata de una ayuda económica ligada a la cotización, es decir, es contributiva y está sujeta a retenciones de IRPF. Por lo tanto, si estás cobrando el paro en España, tienes la obligación de presentar la declaración de la Renta. Este requisito se aplica también a los beneficiarios del subsidio por insuficiencia de cotización.

En el caso concreto del paro: si durante 2025 solo cobraste la prestación por desempleo y no superaste los 15.876 euros en total entre todos tus pagadores (incluyendo el SEPE), podrías quedar exento de declarar gracias al nuevo umbral. Sin embargo, si te saldrá a devolver (porque se te retuvieron más impuestos de los que te corresponden), te conviene presentarla igualmente.

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Fechas declaración renta 2025-2026

Las fechas para hacer la declaración de la renta varían año tras año, aunque suelen ser sobre las mismas fechas. Para que lo tengáis en cuenta, la declaración de la renta tendrá las siguientes fechas en 2026:

  • 8 de abril a 30 de junio de 2026: plazo para presentar la declaración de la renta (por internet).
  • 6 de mayo a 30 de junio de 2026: plazo para hacer la declaración de la renta por teléfono.
  • 1 de junio a 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de la renta presencialmente en sus oficinas.
  • 25 de junio de 2026: será el último día para domiciliar declaraciones a ingresar.

Conseguir cita previa para la declaración de la renta

Si declarar el IRPF te resulta un proceso demasiado complicado y no quieres hacerlo por tu cuenta, no hace falta que te gastes dinero en un asesor fiscal o un abogado. La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un servicio gratuito de asistencia telefónica o presencial. Si coges cita previa por teléfono o para hacer la declaración de forma presencial, un agente de Hacienda te tramitará la declaración de la renta de forma gratuita. Para conseguirlo, es tan sencillo como llamar a los siguientes números de teléfono:

  • 91 535 73 26
  • 901 12 12 24
  • 91 553 00 71
  • 901 22 33 44

También puedes solicitar cita previa directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Como novedad, la AEAT ha incorporado este año un Asistente Virtual de Renta en su sede electrónica, donde puedes resolver dudas sobre el IRPF 2025 sin necesidad de llamar ni pedir cita.

Borrador de la renta 2025: consulta tus datos fiscales

Otro aspecto importante a la hora de pagar el IRPF es comprobar que los datos fiscales que tiene la Agencia Tributaria son correctos. Para ello, deberás identificarte con tu certificado electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN y acceder a tu perfil dentro de la web de la Agencia Tributaria. Una vez dentro, pincha en el apartado IRPF y «datos fiscales«.

La otra opción de comprobar si todo está correcto es consultando el borrador de la renta. Se trata de un «simulacro» donde podrás revisar todos los datos y corregir si algo no es correcto. Desde el 8 de abril de 2026, los contribuyentes podrán obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios telemáticos.

Para consultar el borrador deberás acceder a Renta Web, la página oficial de la Agencia Tributaria que sirve para consultar el borrador pero también para presentar la declaración de forma telemática. Una vez que te hayas identificado, comienza un proceso guiado de obtención de referencia, en el que la aplicación detectará la situación del contribuyente y ofrecerá las opciones disponibles en cada caso, de forma que tan solo deberá seleccionar «Borrador/Declaración (Renta WEB)».

¿Cómo modificar el borrador de la declaración de la renta?

Una vez hemos accedido en el portal Renta Web y seleccionado la opción de «borrador», podremos ver cómo sería nuestra declaración y navegar por los distintos apartados de la misma. De esta forma, podrás editar los datos que consideres oportunos, así como añadir información nueva. Recuerda hacer clic en “guardar” antes de continuar para que los cambios se hagan efectivos.

Subvenciones y ayudas: así hay que declararlas en 2025

Si recibes subsidios, ayudas o subvenciones públicas, debes saber que siempre hay que declararlas. La Agencia Tributaria es muy clara al respecto: hay que tributar IRPF en aquellas ayudas públicas que se califican como ganancia patrimonial. Esto incluye, entre otras, ayudas al alquiler, subvenciones para rehabilitación de vivienda, el Plan Moves o el Bono Social Térmico.

Estas subvenciones públicas si bien están ligadas a un elemento patrimonial no derivan de su transmisión y, por tanto, deben ser incluidas en la declaración de IRPF en el apartado F1 dentro de «Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”

  • Cuando su obtención no está ligada a un elemento patrimonial, y no se califica como rendimiento del trabajo o de la actividad económica:
    • Ayudas públicas al alquiler (casilla [0303])
    • La «Ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio» (casilla [0356]), regulada en el artículo artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre
    • El «Bono Social Térmico» (casilla [0301])
    • Bono Cultural Joven (casilla [0323])
    • Otros bonos culturales (casilla [0304])
    • Ayudas públicas a los titulares de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español destinadas a su conservación o rehabilitación. (casilla [0266])
    • Ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores previstas en el Marco Nacional de Desarrollo Rural destinadas a la adquisición de una participación en el capital de empresas agrícolas.(casilla [0279])

¿Las ayudas pagan IRPF?

La Agencia Tributaria establece que todas las subvenciones, ayudas y subsidios públicos hay que declararlos, sin embargo, esto no significa que todas tributen. Aunque lo cierto es que la mayoría de las ayudas económicas son consideradas como tributos económicos y, por ello, pagan IRPF. En 2025 siguen exentas de IRPF: el Ingreso Mínimo Vital, las ayudas por violencia de género, las becas públicas, las prestaciones por maternidad y paternidad, y las indemnizaciones por despido hasta 180.000 euros. Puedes consultar la lista completa en el apartado siguiente.

Qué rentas están exentas de IRPF

Renta

Hay ciertas rentas que no tienen que pagar impuesto IRPF, lo que supone un gran alivio a los contribuyentes. Estas son algunas de las más importantes:

  • Prestaciones por maternidad o paternidad. Los contribuyentes que durante el ejercicio 2025 hayan percibido prestaciones de maternidad o paternidad o retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos.
  • Las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisión judicial.
  • Becas públicas o concedidas por entidades sin ánimo de lucro.
  • Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, con límite de 180.000 euros.
  • Prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único, siempre que las cantidades se destinen a las finalidades y en los términos previstos en el Real decreto 1044/1985.
  • Los rendimientos del trabajo que hayan sido efectivamente realizados en el extranjero, con el límite de 60.100 euros anuales.
  • Están exentos la ayuda del Ingreso Mínimo Vital y el complemento de la renta mínima de inserción regulada por las Comunidades Autónomas. Esta exención no puede superar, junto con el resto de las prestaciones y ayudas, los 12.600 euros.
  • También están exentas las ayudas víctimas de delitos violentos y de violencia de género.
  • Las rentas por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez percibidas de la Seguridad Social.
  • Exención por las subvenciones y ayudas concedidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios.
  • Por reinversión en vivienda habitual: están exentas las ganancias obtenidas de la venta de la vivienda habitual, siempre que dicho importe se destine a la adquisición de otra vivienda habitual en los términos que señala la normativa del IRPF.
  • Premios y Loterías que sean igual o inferior a los 40.000 euros.
  • Herencias. Las herencias deberán pagar el impuesto de sucesiones, pero NO hay que añadirlos en la Declaración de la Renta.
  • Deducciones por la DANA

Declaración individual o conjunta, ¿qué es mejor?

Aquellas personas que están casadas, son pareja de hecho, o forman parte de una unidad familiar, tienen la posibilidad de realizar la declaración de la renta de forma conjunta o individual. Cada opción conlleva una serie de ventajas fiscales, por lo que debemos ver qué conviene más a cada uno.

Ten en cuenta, que si eliges hacer la declaración de forma conjunta, se acumulan las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar. Esto puede significar que la declaración te salga «a pagar», aunque, por otro lado, puedes beneficiarte de deducciones fiscales:

  • 3.400 euros anuales para unidad familiar compuesta por matrimonios no separados legalmente, y los hijos menores o mayores incapacitados que convivan.
  • 2.150 euros anuales para unidad familiar monoparental compuestas por el padre o madre no casado, viudo o separado legalmente con los hijos menores, o mayores incapacitados, que convivan con él o con ella. (no será aplicable si el contribuyente convive con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar)

Ojo, porque si uno cualquiera de los miembros de la unidad familiar presenta declaración individual, los restantes miembros deberán utilizar este mismo régimen de tributación. Recuerda que en el borrador de la renta 2025 puedes simular ambas opciones (individual y conjunta) antes de confirmar. Selecciona la casilla cónyuge y aporta su número de referencia o Clave PIN para ver cuál te resulta más ventajosa este ejercicio.

Deducciones IRPF, ¿qué son y cómo ahorrar con ellas?

Las deducciones del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) son beneficios fiscales que permiten restar dinero a lo que se paga en la declaración de la renta. Puede producirse de varias maneras, ya que el Estado puede devolverte cierta cantidad de dinero o dejar de cobrarte determinado importe.

En cierto modo, es una manera de incentivar algunos tipos de gastos o comportamientos del ciudadano. Como ejemplos claros tenemos las deducciones por maternidad o las relacionadas con coches eléctricos, placas solares y demás, que hacen que esas personas se ahorren dinero si optan por métodos que sean más eficientes energéticamente.

  • Deducción por vivienda habitual y alquiler de vivienda habitual
  • Deducciones si tienes hijos. Algunas comunidades dan ventajas fiscales por natalidad, guardería, etc.
  • Deducciones por familia numerosa o monoparental.
  • Deducciones por donaciones a entidades sin ánimo de lucro o a partidos políticos.
  • Deducción por creación de una nueva empresa. Si has creado una empresa (autónomos y pequeñas empresas), o, por el contrario, has invertido en una de ellas, podrías beneficiarte de la deducción por inversión. Esta deducción permite reducir hasta un 30% la cantidad a pagar en el impuesto sobre la renta.
  • Deducciones por mejorar la eficiencia energética de tu hogar

Consejos generales para ahorrar en la declaración

Algunos trucos para ahorrar unos euros cuando hagas la declaración de la renta son:

  • Utiliza los servicios de asistencia gratuitos de la Agencia Tributaria (cita telefónica o presencial) en lugar de acudir a una asesoría.
  • Hazte con un plan de pensiones, un fondo de inversión u otros productos financieros interesantes.
  • Aprovecha la retribución flexible. Algunas empresas tienen la opción de dar parte de la retribución en especie, lo que permite pagar menos IRPF.
Otras preguntas frecuentes

Belén

Experta en ayudas sociales

Periodista digital especializada en asuntos sociales.


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