Sí, se puede cobrar el paro y trabajar a la vez. Desde la reforma del subsidio por desempleo, si cobras el subsidio o una prestación por desempleo contributiva larga y encuentras un empleo por cuenta ajena, el SEPE te sigue pagando una parte del paro encima del sueldo: es el complemento de apoyo al empleo (CAE). Te explicamos cuánto se cobra según tu jornada, durante cuánto tiempo y qué requisitos hay que cumplir.
Índice
¿Se puede cobrar el paro y trabajar?
Sí, pero depende de qué paro cobres y de qué tipo de trabajo encuentres. Estos son los casos posibles:
Cobras el subsidio por desempleo y te contratan por cuenta ajena, a jornada completa o parcial: el subsidio pasa a pagarse como complemento de apoyo al empleo desde el primer día del contrato.
Cobras la prestación contributiva y te contratan a tiempo parcial: puedes compatibilizarlas, y el SEPE te descuenta del paro la parte proporcional a las horas que trabajas.
Cobras una prestación contributiva de más de 12 meses reconocida desde el 1 de abril de 2025: a partir del décimo mes puedes cobrar el complemento de apoyo al empleo con jornada completa o parcial.
Cobras una prestación contributiva de más de 12 meses reconocida antes del 1 de abril de 2025: a partir del décimo mes, el complemento solo se aplica si el trabajo es a jornada completa, y hay que pedirlo.
Te haces autónomo: por regla general, el paro no se puede compatibilizar con el trabajo por cuenta propia (lo vemos más abajo).
La novedad de la reforma, que se aplica al subsidio desde el 1 de noviembre de 2024 y a la prestación contributiva desde el 1 de abril de 2025, es que el paro se puede compatibilizar, como regla general, con un trabajo a jornada completa. El trabajo a tiempo parcial ya era compatible con la prestación contributiva antes de la reforma. Antes de aceptar un contrato, puedes consultar cuánto paro tienes acumulado.
Complemento de apoyo al empleo: requisitos
El complemento de apoyo al empleo está pensado para que aceptar un trabajo no te haga perder el paro de golpe, sobre todo si llevas tiempo en búsqueda de empleo. Los requisitos cambian según lo que estés cobrando.
Si cobras el subsidio por desempleo
Ser beneficiario del subsidio y empezar un trabajo por cuenta ajena, o acceder al subsidio manteniendo uno o varios contratos a tiempo parcial.
No hace falta esperar: el complemento se aplica desde el primer día del contrato, sin un mínimo de meses cobrando.
El contrato no puede ser con una empresa donde hayas trabajado en los 12 meses anteriores, ni con una empresa que tenga un ERE autorizado cuando te contrata.
Tampoco sirve un contrato suspendido por un ERTE ni el de un familiar directo (hasta segundo grado) del empresario o de quien dirige la empresa.
Si cobras la prestación contributiva (el paro)
Que tu prestación tenga reconocida una duración de más de 12 meses.
Haber cobrado ya los primeros nueve meses: el complemento empieza a contar desde el décimo mes.
Que el sueldo bruto mensual del nuevo trabajo no supere el 375 % del IPREM, unos 2.250 euros al mes en 2026.
Que el trabajo sea por cuenta ajena, con las mismas exclusiones que en el subsidio.
Si agotas una prestación contributiva de más de 12 meses reconocida desde el 1 de abril de 2025 y pasas al subsidio, el SEPE no te vuelve a poner el complemento al máximo: lo calcula como si siguieras en la misma prestación, contando los meses que ya llevas cobrando.
¿Cuántas horas puedo trabajar y cobrar el paro?
Las que quieras: no hay un mínimo ni un máximo de horas para cobrar el paro y trabajar a la vez con el complemento de apoyo al empleo, salvo si cobras una prestación contributiva de más de 12 meses reconocida antes del 1 de abril de 2025: en ese caso, el complemento solo se aplica si el trabajo es a jornada completa. Lo que cambia con la jornada es cuánto cobras: cuantas más horas trabajes, menor es el complemento, porque se entiende que ya ganas más con el sueldo.
El SEPE agrupa las jornadas en cuatro tramos: jornada completa, parcial de 75 % o más, parcial entre el 50 % y el 75 % y parcial de menos del 50 %. El tramo se fija con la jornada que pactas al empezar y no cambia aunque luego te amplíen o reduzcan las horas.
¿Puedo cobrar el paro y trabajar 4 horas?
Sí. Si en tu empresa la jornada completa es de 8 horas, cuatro horas al día son la mitad de la jornada, así que entras en el tramo de jornada parcial entre el 50 % y el 75 %. Por ejemplo, si cobras el subsidio y estás en tu primer trimestre, el complemento sería el 70 % del IPREM, 420 euros al mes, además de tu sueldo. Si trabajaras solo 3 horas, pasarías al tramo de menos del 50 %: 360 euros.
Si cobras la prestación contributiva y todavía no puedes pedir el complemento, un contrato a jornada completa te suspende el paro: tienes que comunicarlo al SEPE y cobras hasta el día anterior a empezar. Cuando acaba el contrato, pides la reanudación del paro en los 15 días siguientes y sigues cobrando los días que te quedaban.
Si el contrato es a tiempo parcial, puedes compatibilizar ese mismo paro con el trabajo. Pídelo en los 15 días hábiles siguientes al inicio del contrato para que se aplique desde el primer día: el SEPE te descuenta la parte proporcional a las horas trabajadas. Si cobras el subsidio, ese contrato de 15 días se paga como complemento de apoyo al empleo.
Cobrar paro y trabajar fines de semana
Un trabajo de fin de semana suele ser un contrato a tiempo parcial, así que funciona igual que el resto: con el subsidio cobras el complemento según tu tramo de jornada, y con la prestación contributiva puedes compatibilizarlo descontando la parte proporcional. En los dos casos tienes que comunicar el contrato al SEPE.
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La cuantía del complemento de apoyo al empleo depende de tu jornada y de cuánto tiempo llevas cobrando el paro, pero no se calcula igual en el subsidio que en la prestación contributiva. Las cifras en euros están calculadas con el IPREM de 2026, 600 euros al mes.
Con el subsidio por desempleo: cuenta el trimestre del subsidio
En el subsidio, el complemento depende del trimestre del subsidio en el que estés, contado desde que empezaste a cobrarlo, no desde que empiezas a trabajar. Si llevas siete meses de subsidio cuando te contratan, ya estás en el tercer trimestre. La cuantía se revisa cada trimestre y va bajando.
Complemento de apoyo al empleo del subsidio (2026)
Trimestre del subsidio
Jornada completa
Parcial de 75 % o más
Parcial del 50 % al 75 %
Parcial de menos del 50 %
1.º
80 % IPREM (480 €)
75 % IPREM (450 €)
70 % IPREM (420 €)
60 % IPREM (360 €)
2.º
60 % IPREM (360 €)
50 % IPREM (300 €)
45 % IPREM (270 €)
40 % IPREM (240 €)
3.º
40 % IPREM (240 €)
35 % IPREM (210 €)
30 % IPREM (180 €)
25 % IPREM (150 €)
4.º
30 % IPREM (180 €)
25 % IPREM (150 €)
20 % IPREM (120 €)
15 % IPREM (90 €)
5.º y siguientes
20 % IPREM (120 €)
15 % IPREM (90 €)
10 % IPREM (60 €)
5 % IPREM (30 €)
Con la prestación contributiva: cuenta el mes de prestación
En la prestación por desempleo de más de 12 meses, el complemento se calcula por el mes de prestación en el que lo cobras, a partir del décimo. Con jornada completa, el máximo es el 80 % del IPREM, 480 euros, entre el mes 10 y el 15, y nunca baja del 30 %, 180 euros.
Complemento de apoyo al empleo de la prestación contributiva (2026)
Mes de prestación
Jornada completa
Parcial de 75 % o más
Parcial del 50 % al 75 %
Parcial de menos del 50 %
10.º a 15.º
80 % IPREM (480 €)
75 % IPREM (450 €)
70 % IPREM (420 €)
60 % IPREM (360 €)
16.º a 18.º
60 % IPREM (360 €)
50 % IPREM (300 €)
45 % IPREM (270 €)
40 % IPREM (240 €)
19.º a 21.º
40 % IPREM (240 €)
35 % IPREM (210 €)
30 % IPREM (180 €)
25 % IPREM (150 €)
22.º a 24.º
30 % IPREM (180 €)
25 % IPREM (150 €)
20 % IPREM (120 €)
15 % IPREM (90 €)
Si tu prestación contributiva se reconoció antes del 1 de abril de 2025, solo cobras el complemento con un trabajo a jornada completa, así que de esta tabla te afecta la primera columna.
Cuánto tiempo puedes compatibilizar paro y trabajo
El complemento de apoyo al empleo dura como máximo 180 días, unos seis meses, que puedes cobrar de una vez o en varios contratos. No es un tope que se renueve cada año, y nunca puede pasar de los días de paro que te queden: si solo te quedan 90 días de subsidio, ese es tu límite real.
En la prestación contributiva, además, el tope depende del mes en el que empiezas a compatibilizar:
Si empiezas en el mes 10: hasta 30 días.
En el mes 11: hasta 60 días.
En el mes 12: hasta 90 días.
Del mes 13 en adelante: hasta 180 días.
Atención
Cada día que cobras el complemento de apoyo al empleo gasta un día de tu paro, cobres el porcentaje que cobres. Tenlo en cuenta si tu contrato es corto y prefieres guardar el paro acumulado para después.
Mientras cobras el complemento con un trabajo a jornada completa, el SEPE no cotiza por ti: ya cotiza tu empresa. Con un trabajo a tiempo parcial, el SEPE sí sigue cotizando, pero en proporción a las horas que no trabajas.
¿Qué pasa si me hago autónomo?
El complemento de apoyo al empleo solo cubre el trabajo por cuenta ajena. Si decides hacerte autónomo, no podrás cobrarlo, lleves el tiempo que lleves en el paro, y tu prestación se suspende. Además, debes tener en cuenta:
Si trabajas como autónomo menos de 60 meses: al dejarlo, podrás reanudar la prestación (el paro) donde la dejaste.
Si trabajas como autónomo 60 meses o más: tu derecho a esa prestación se extingue y ya no podrás reanudarla.
La reforma también subió la cuantía del subsidio por desempleo, que ahora baja por tramos. Se aplica desde el 1 de noviembre de 2024 y, con el IPREM de 2026, queda así:
95 % del IPREM los primeros 180 días: 570 euros al mes.
90 % del IPREM del día 181 al 360: 540 euros al mes.
80 % del IPREM a partir del día 361: 480 euros al mes.
Estas cuantías son las del subsidio. La prestación contributiva se calcula de otra forma, con tu base de cotización: puedes hacer la cuenta en nuestra guía para calcular el paro.
¿Cuánto hay que trabajar para cobrar el paro?
Para tener derecho a la prestación contributiva hay que haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Si no llegas, puede que te corresponda el subsidio por cotización insuficiente. Tienes todos los requisitos en la guía de requisitos para cobrar el paro.
Otras ayudas que puedes pedir si estás cobrando el paro
Hay ciertas ayudas que son compatibles con la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, y que puede que te interesen:
🤔¿Se puede cobrar el paro y trabajar a jornada completa?
Sí, con el complemento de apoyo al empleo. Si cobras el subsidio, se aplica desde el primer día del contrato. Si cobras una prestación contributiva de más de 12 meses, a partir del décimo mes de prestación y con un sueldo bruto de hasta 2.250 euros al mes (el 375 % del IPREM).
💶¿Cuánto cobro de paro si trabajo 4 horas al día?
Si en tu empresa la jornada completa es de 8 horas, cuatro horas al día son la mitad de la jornada, así que entras en el tramo de jornada parcial entre el 50 % y el 75 %. Si cobras el subsidio y estás en tu primer trimestre, el complemento es el 70 % del IPREM, 420 euros al mes, además de tu sueldo, y va bajando con el tiempo. Si cobras la prestación contributiva, el SEPE te descuenta del paro la parte proporcional a las horas que trabajas; solo cobras ese complemento a partir del décimo mes de una prestación de más de 12 meses reconocida desde el 1 de abril de 2025.
⏳¿El complemento de apoyo al empleo gasta días de paro?
Sí. Cada día que lo cobras consume un día de tu subsidio o de tu prestación, sea cual sea el porcentaje. Dura como máximo 180 días y nunca más de los días de paro que te queden.
📅¿Desde cuándo se puede trabajar y cobrar el paro a la vez?
Si cobras el subsidio por desempleo, desde el 1 de noviembre de 2024, cuando se empezó a aplicar la reforma. Si cobras la prestación contributiva, el complemento de apoyo al empleo se aplica desde el 1 de abril de 2025.