🤔¿Qué es el IBI en España?
El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un tributo municipal que deben pagar todos los propietarios de viviendas, locales o terrenos en España. Se calcula a partir del valor catastral del inmueble y su pago es anual.
¿Qué es el IBI en España? El llamado Impuesto de Bienes Inmuebles es uno de los impuestos más comunes e importantes. Solo tendrán que pagar este impuesto quienes cuenten con algún tipo de propiedad; ya sea una plaza de garaje, un local o una vivienda, entre otras. Hay que tener en cuenta que es un impuesto municipal, por lo que es diferente en cada municipio. En Tus Ayudas te explicamos todas sus particularidades y cómo pagar Impuesto Bienes Inmuebles.
Índice
El conocido popularmente como IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un impuesto de carácter municipal que deben pagar todos los propietarios de viviendas, locales o terrenos en España. Hay que pagarlo anualmente y puede incluir bonificaciones o exenciones según las normativas locales. A continuación os explicamos más detalladamente cómo se calcula el Impuesto de Bienes Inmuebles.
El IBI no tiene un precio fijo. Todo dependerá de la vivienda, concretamente de su valor catastral. En una vivienda hay dos valores: por un lado, el valor catastral, por otro, el valor de tasación. Estos dos valores son muy importantes a la hora de pedir una hipoteca. La entidad bancaria siempre ofrecerá el 80% del menor de cualquiera de los dos valores.
En lo referente a cómo se calcula el Impuesto de Bienes Inmuebles, siempre hay que fijarse siempre en el valor catastral. A pesar de que lo que puedan pensar muchos, este valor también se actualiza. Los valores suelen cambiar bastante entre ellos, ya que el catastro solo tiene en cuenta los metros y su antigüedad. En una tasación, sí que se suele tener en cuenta el estado del inmueble.
Este valor está compuesto por uno 20 caracteres (números y letras) y tiene un significado asignado por el catastro. Para un bien inmueble urbano, el estándar, sería el siguiente:

Para un inmueble rústico, el significado de los 20 caracteres sería el siguiente:
Hay que tener en cuenta que si ya cuentas con DNIe o Cl@ve Pin, no es necesario tener que conseguir la referencia catastral. Esto se debe a que si la vivienda está vinculada a nosotros, el sistema directamente la identificará.
Una vez identificados y conozcamos el valor catastral, deberemos acudir hasta la página web del ayuntamiento de nuestra localidad. En dicho lugar conoceremos el multiplicador correspondiente. Lo más habitual es que este sea entre 0,3% y el 1,1%. Luego hay que tener en cuenta el tipo de gravamen, en función del tipo de inmueble, multiplicado por la base liquidable.
Tal y como se puede observar, calcular cuánto vamos a pagar por el IBI de nuestro hogar no es una tarea sencilla. Tampoco imposible, pero al igual que ocurre con otros impuestos como el de tracción mecánica (IVTM), no es realmente sencillo de averiguar. La gran ventaja es que el ayuntamiento suele notificar a través de correo postal que debemos hacer el pago de este.
Tal y como comentábamos, el Impuesto sobre los Bienes Inmuebles está gestionado por los ayuntamientos. Por ello, es necesario acudir hasta dicha institución para poder abonarlo. El plazo para pagarlo también es diferente en cada localidad. Lo más habitual es pagarlo en periodo voluntario para no obtener recargos. La fecha límite más habitual del periodo voluntario es el 30 de noviembre.
El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un tributo municipal que deben pagar todos los propietarios de viviendas, locales o terrenos en España. Se calcula a partir del valor catastral del inmueble y su pago es anual.
Se calcula multiplicando el valor catastral del inmueble por el tipo de gravamen que fija cada ayuntamiento. Este porcentaje suele estar entre 0,3 % y 1,1 % y puede variar según el tipo de propiedad.
El IBI se paga cada año y la fecha depende del municipio. Lo más habitual es abonarlo durante el periodo voluntario, antes de la fecha límite establecida por el ayuntamiento, y se puede pagar de forma presencial o por sede electrónica.
Algunos ayuntamientos ofrecen bonificaciones para vivienda habitual, familias numerosas o personas con discapacidad. También existen exenciones parciales o totales según normativa local.
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