🤔 ¿Cómo puedo saber si mi pensión es contributiva o no contributiva?
Si has cotizado más de 38 años en la Seguridad Social tu pensión por jubilación es contributiva.
Las prestaciones son una serie de ayudas y servicios que proporciona la Seguridad Social para que los ciudadanos puedan superar situaciones difíciles o de necesidad concretas. En este artículo nos centraremos en las prestaciones económicas, que pueden ser contributivas y no contributivas.
Índice
Las prestaciones contributivas son las ayudas económicas que exigen un mínimo de cotización previa para poder cobrarlas. Por ejemplo, la prestación por desempleo (el paro).
Lo más característico de las prestaciones contributivas es que incluyen la cotización a la Seguridad Social, es decir, todo el tiempo que recibas esta prestación se acumula para la jubilación
Estas son las prestaciones contributivas a las que pueden acceder aquellos que hayan trabajado legalmente en España durante el tiempo establecido:

Las prestaciones no contributivas o subsidios son las ayudas económicas para las personas que se encuentran en situación de necesidad pero no han cotizado o no lo han hecho durante el tiempo suficiente.
Su cobro se condiciona a un nivel máximo de ingresos establecido en cada caso. Lo más importante es que estas prestaciones no incluyen cotización en la Seguridad Social.
La finalidad de las prestaciones no contributivas es garantizar unos ingresos mínimos a estas personas así como proporcionarles asistencia médica y farmacéutica gratuita.
Sí. Ambas son ayudas para personas que se encuentran en situación de necesidad. Se conceden en relación con los niveles de ingresos y no dependen de la cotización a la Seguridad Social.
La cuantía de los subsidios dependerá de la situación de cada persona y sus ingresos anuales. Están destinadas a personas que residan legalmente en España y demuestren que se encuentran en una situación de expresa necesidad.
Estas son las prestaciones no contributivas:
Lo que diferencia a las prestaciones contributivas de las no contributivas es que la primera va ligada a la cotización a la Seguridad Social, y para recibirla es necesario haber trabajado legalmente en España durante un año como mínimo. Además, mientras recibes las ayudas, sigues cotizando para la jubilación.
En cambio, las prestaciones no contributivas van ligadas a la renta, y no cotizan para la jubilación. Están pensadas para personas en riesgo de exclusión social y con pocos recursos económicos.
Depende del caso y del tipo de prestación. Si recibes una pensión no contributiva por invalidez, sí puedes tener un trabajo remunerado, siempre que los ingresos no superen los 11.942,03 euros anuales.
Si estás percibiendo un subsidio por desempleo y encuentras trabajo, lo normal es que te retiren la prestación. Sin embargo, si sigues careciendo de rentas de cualquier tipo superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y sigues justificando responsabilidades familiares, podría ser compatible.
En todo caso, lo mejor es acudir a la oficina de la Seguridad Social más cercana, donde estudiarán vuestro caso personal, y os informarán sobre todas las ayudas y prestaciones (contributivas o no) que podéis solicitar.
Te animamos a que consultes otras ayudas que podrían interesarte, como todas las ayudas para parados entre 30 y 55 años, ayudas que puedes pedir si has agotado el paro, ayudas al alquiler, ayudas familiares o para víctimas de violencia de género.
Si has cotizado más de 38 años en la Seguridad Social tu pensión por jubilación es contributiva.
Los beneficiarios de la pensión no contributiva cobran 603,59 euros al mes en doce pagas.
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Una persona de 71 años, no cotizó suficientes años para tener una pensión de jubilación contributiva. Tampoco tiene derecho a no contributiva porque su cónyuge gracias a Dios tiene ingresos. Pero puede que esta persona de 71 años tenga una discapacidad. En caso de obtener el reconocimiento de ésta, yo pregunto que si tiene derecho a algún tipo de ayuda o pensión. Muchas gracias
Hola Julián,
Aunque esa persona no tenga derecho a pensión de jubilación contributiva por falta de cotización, y no pueda acceder a la no contributiva porque los ingresos del cónyuge superan el umbral, sí puede tener derecho a alguna ayuda si obtiene reconocimiento de discapacidad.
Con discapacidad reconocida (normalmente a partir del 33 % o más), existen prestaciones y ayudas económicas que no dependen únicamente de los ingresos del cónyuge, sino de la propia situación de la persona con discapacidad. Por ejemplo, puede solicitar beneficios vinculados a discapacidad o dependencia (como tarjetas de aparcamiento, deducciones fiscales, apoyo para ayudas técnicas) y en algunos casos prestaciones económicas para cuidados o apoyo a la autonomía personal. Si pinchas aquí puedes leer nuestro artículo sobre todas las ayudas para personas con al menos un 33 % de discapacidad.
Además, con discapacidad reconocida también se puede comprobar si cumple requisitos para ayudas autonómicas o municipales específicas dirigidas a personas con discapacidad y bajos recursos. Te recomiendo que esa persona se ponga en contacto con los servicios sociales de su municipio o con el organismo de valoración de discapacidad de su comunidad autónoma, para que le orienten sobre las ayudas disponibles según su grado de discapacidad, edad y situación económica familiar.
Además, te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué otras ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.