Vivienda

Ayudas alquiler Cataluña 2024: requisitos y cómo solicitarla

El 18 abril 2024 por Belén - 8 minutos de lectura

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Ayudas Alquiler Cataluña 2024

El precio del alquiler es una de las principales preocupaciones actualmente, debido al incremento de los precios. El Gobierno de Cataluña ha lanzado unas ayudas al alquiler dirigidas a menores de 35 años y mayores de 65 en situación de vulnerabilidad. Desde Tus Ayudas te informamos sobre los requisitos y cómo solicitarla.

Todas las ayudas al alquiler que puedes pedir en Cataluña durante 2024

La Conselleria de Territorio de la Generalitat ha aprobado nuevas subvenciones para el alquiler, con el objetivo de que todo el mundo pueda acceder a una vivienda digna. Están dirigidas para personas menores de 35 y mayores de 65 años que, si bien no se encuentran en riesgo inminente de exclusión, sí que necesitan una ayuda económica para mantener su vivienda.

La convocatoria del año 2024 está dotada de un presupuesto de 55 millones de euros, con lo que se espera llegar a 25.238 familias y 14.551 jóvenes.

Todas aquellas personas que tengan su residencia legal en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Les Terres de l’Ebre y sean titulares de un contrato de alquiler podrán solicitar estas nuevas ayudas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

Requisitos para solicitar la ayuda al alquiler Cataluña

Para poder solicitar la ayuda al alquiler joven en esta Comunidad Autónoma, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  • Residir legalmente en Cataluña.
  • Tener 35 años o menos a fecha de publicación de la convocatoria (26/02/2024).
  • Tener 65 años o más en el momento de la publicación de la convocatoria (26/03/2024).
  • tener entre 36 y 64 años en el momento de publicación de la convocatoria (15/04/2024)
  • Tener una fuente regular de ingresos para poder pagar el alquiler, pero que la renta anual de la unidad de convivencia no supere los 24.301,58 euros.
  • Ser titular de un contrato de alquiler legal, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, y tiene que incluir el cumplimiento de la obligación del arrendatario del pago de la fianza al arrendador.
  • Pagar el alquiler mediante transferencia bancaria, recibo domiciliado, Bizum o recibido emitido por la persona administradora, en el momento de presentar la solicitud.
  • Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
  • Estar al corriente de pago de las rentas de en el momento de presentar la solicitud.
  • No estar sometido en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones de conformidad con lo que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Importante
En el caso de que alquiles una habitación, los ingresos se tendrán en cuenta de forma individual, por lo que cada arrendatario puede presentar una solicitud.

¿Cuánto debo pagar de alquiler para poder solicitar la ayuda?

Además, para poder solicitar la ayuda al alquiler en Cataluña, es esencial que el precio del alquiler mensual no supere los máximos establecidos.

Para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo de movilidad favorable, el importe máximo de alquiler mensual asciende a 900 euros, en todo el territorio de Cataluña.

Precio máximo del alquiler mensual
Ubicación Alquiler de vivienda Alquiler de habitación
Ámbito Metropolitano de Barcelona 950 € 450 €
Resto de la demarcación de Barcelona 650 € 350 €
Demarcación de Girona 650 € 350 €
Demarcación de Lleida 600 € 300 €
Demarcación de Tarragona 600 € 300 €
Les Terres de l'Ebre 600 € 300 €

¿Cuánto pagan por la ayuda al Alquiler en Cataluña 2024?

Bono alquiler joven

Esta ayuda al alquiler se calculará en función de las necesidades de cada persona, en función de su renta y situación personal y familiar.

De forma general, el importe del Bono Alquiler oscila entre los 20 y los 250 euros al mes. Para determinar la cuantía de la subvención se tendrá en cuenta el importe del recibo de alquiler del mes anterior a la presentación de la solicitud.

Cómo solicitar la Ayuda al Alquiler en Cataluña

El Bono Alquiler Joven en Cataluña se puede pedir de forma telemática o presencial.

Solicitar el Bono Alquiler en Cataluña online

Para realizar el trámite es necesaria la identificación digital (iCAT o cualquiler otro). Una vez identificado, tan solo debes acceder al apartado ‘trámites’ de la web gencat y seleccionar la Ayuda al Alquiler Joven.

Siguiendo los pasos, podrás rellenar tu información personal y adjuntar los documentos y recibos necesarios.

Solicitar la ayuda al alquiler en Cataluña de forma presencial

Se puede pedir la subvención en cualquiera de las oficinas:

  • Bolsas de medicación para el alquiler social.
  • Oficinas locales de vivienda.
  • Dependencias de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
  • En caso de viviendas administradas por entidades públicas o sin ánimo de lucro, se puede solicitar en la sede de la entidad titular de la vivienda.

Documentación necesaria para pedir el Bono Alquiler en Cataluña

BarcelonaPara poder solicitar la ayuda al alquiler, es imprescindible adjuntar una serie de documentos que acrediten tu situación socioeconómica.

Hay documentos que no es necesario adjuntar si autorizas al órgano gestor a obtener tu información personal de forma telemática. Los detallados a continuación son los obligatorios:

  • Documentos de identidad, ya sea el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea vigente. Para extranjeros no comunitarios, será necesario el NIE y el TIE.
  • Certificado o volante de convivencia que acredite el domicilio de la persona solicitando y de las personas que forman su unidad de convivencia, donde conste la fecha de alta en el padrón.
  • Justificación de los ingresos de la personal solicitante y de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Los solicitantes que hayan empezado a trabajar en el año 2023, deberán aportar un certificado de imputaciones suministrado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al ejercicio 2023 y/o los certificados de las empresas en las que se haya trabajado o el correspondiente de las pensiones o ayudas exentas de tributación, así como el informe de la vida laboral.
  • Libro de familia, si procede
  • El contrato de alquiler, que tiene que incluir el cumplimiento de la obligación del arrendatario del pago de la fianza al arrendador, de conformidad con la normativa vigente. En el supuesto de que el alquiler de habitación lo lleve a cabo el arrendatario de la vivienda, habrá que disponer del consentimiento escrito del arrendador
  • Todos los recibos de alquiler o cesión correspondientes al año 2024 pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud. Los recibos tienen que ser por: transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta, Bizum o recibo emitido por el administrador de la finca. En los recibos tiene que constar el nombre del arrendatario, el del arrendador, el concepto y la mensualidad.
  • Impreso normalizado, o documento equivalente, a nombre de la persona solicitando con los datos bancarios de la cuenta donde se tiene que ingresar la subvención.
  • En los casos en los que proceda: Acreditación de la condición de víctima de violencia de género, documento acreditativo de ser joven extutelado/a.
Atención
El plazo de presentación de solicitudes para personas entre 36 y 64 años se inicia el 15 de abril de 2024 a las 9h y finaliza el 10 de mayo de 2024 a las 15h. Para mayores de 65 años, el plazo ya está abierto y finaliza el 27 de marzo de 2024 a las 15:00h.

¿Cómo saber si me han concedido la ayuda al alquiler?

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar la resolución, es de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación completa.

Una vez pasado ese tiempo, si no has recibido ningún tipo de información al respecto, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.

De todas formas, la resolución se hará por medio de exposición en los tablones de anuncios de las entidades que colaboran en la gestión de las prestaciones, en la web habitatge.gencat.cat o en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya e-Tauler.

¿En qué casos no puedo solicitar ayudas alquiler en Cataluña?

Hay ciertas situaciones en las que no se puede solicitar la ayuda al alquiler:

  • Si la persona arrendataria y el inquilino titular del contrato de alquiler, o cualquier otro miembro de la unidad de convivencia tienen parentesco, ya sea por vínculo de matrimonio o consanguinidad hasta el segundo grado. También aplica en casos de persona jurídica respecto a sus socios.
  • Si la persona titular del contrato o cualquier miembro de la unidad de convivencia es propietario o usufructuario de una vivienda, a menos que no dispongan del uso y disfrute.
  • Las unidades de convivencia en que el importe de la base imponible del ahorro que consta a la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) sea superior a 500 euros, con las excepciones establecidas en las bases.
  • Las personas arrendatarias de viviendas gestionadas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
  • Esta ayuda es incompatible con el cobro de otras ayudas que provengan de cualquier Administración pública que tengan la misma finalidad.
Otras preguntas frecuentes

Belén

Experta en ayudas sociales

Periodista digital especializada en asuntos sociales.

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