Los mutualistas jubilados pueden pedir la devolución del IRPF a Hacienda por las cotizaciones anteriores a 1967 y hasta 1978, según la sentencia del Tribunal Supremo 255/2023. En Tus Ayudas te explicamos cómo solicitar la devolución de mutualidades a Hacienda.
Índice
Claves de la devolución de mutualidades a jubilados
Los jubilados que hayan cotizado antes de 1967 y hasta 1978, pueden reclamar a Hacienda la devolución de las antiguas mutualidades laborales. Una cantidad que podría alcanzar hasta los 4.000 euros dependiendo del caso.
Esto se debe a la sentencia del Tribunal Supremo 255/2023, que establece que las aportaciones realizadas ya fueron tributadas en su momento. Para evitar la doble imposición, la Agencia Tributaria deberá devolver las cantidades aportadas.
Ya en el ejercicio de la Declaración de la Renta 2023 se pudo hacer la solicitud de devolución por aportaciones a mutualidades. Dependiendo de los años en los que hayas cotizado, te corresponde una cuantía u otra.
Devoluciones tributarias a mutualistas anteriores a 1967
Las mutualidades laborales fueron el régimen social establecido antes de que se creara la Seguridad Social en 1967. En ese momento, las cuotas no desgravar en el Impuesto sobre las Rentas del Trabajo Personal, por lo tanto, como Hacienda ha estado aplicando retenciones en los últimos años, hay una doble imposición.
Por eso, las personas que hayan cotizado IRPF en una mutualidad con fechas anteriores a 1967, estarán exentas al 100% de tributación.
Devolución Hacienda 1967 a 1978
En cuanto a las antiguas mutualidades laborales aportadas entre 1967 y 1978, tiene derecho a pedir la devolución a Hacienda del 25%. Esto es debido a que en esa época, parte de las mutualidades se integraron en la Seguridad Social, y algo sí se pudieron deducir.
Es decir, los jubilados que cotizaron entre los años 1967 y 1978 solo tributarán el 75% de su pensión.
¿Qué jubilados pueden pedir la devolución de mutualidades?
Los jubilados que pueden reclamar la devolución a la AEAT son aquellos que fueron mutualistas en algún momento anterior a 1978.
Esto incluye también a funcionarios y empleados públicos. Tienen derecho a una reducción del 25% en la parte correspondiente a las mutualidades abonadas antes de 1987.
En caso de fallecimiento, los herederos de los mutualistas también pueden solicitar la devolución.
No podrán solicitar la devolución de mutualidades a Hacienda aquellas pensiones no contributivas, de viudedad, ni los funcionarios que no hayan cotizado en MUFACE.
Cómo saber si he cotizado a una mutualidad laboral
Si estuviste trabajando antes de 1978, pero no tienes claro si cotizaste a una mutualidad, no te preocupes, porque hay una forma de averiguarlo.
Tan solo deberás acceder a tu área personal de la Seguridad Social o a través de la plataforma Importass. Podrás consultar en cualquier momento los detalles de tu vida laboral completa, y tus bases de cotización:
- En el apartado ‘Tu vida laboral’ podrás consultar los periodos de alta y baja en la Seguridad Social, empresas en las que has trabajado, etc.
- En ‘Tus bases de cotización’ encontrarás los importes de las bases de cotización correspondientes a los periodos que has estado de alta.
Podrás descargar el informe completo de tu vida laboral o la información que necesites para hacer la solicitud de la devolución por aportaciones a mutualidades.
En caso de no contar con identificación digital, es posible solicitar el envío de estos informes por correo postal, si el domicilio está actualizado en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Mutualistas: solicitudes de devolución
Para poder solicitar la devolución de las mutualidades a Hacienda, NO es necesario adjuntar documentación, dado que la Agencia Tributaria trabaja junto con la Seguridad Social para recabar toda la información.
De esta forma, la devolución de las mutualidades se hará mediante la Declaración de la Renta. Si la AEAT dispone de toda la información, aparecerá un concepto llamado “Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF”.
En caso de que Hacienda no cuente con toda la información necesaria, deberás rellenar un sencillo formulario, llamado DT2. Si durante los años 2020-2022 no realizó la Declaración de la Renta, también deberá presentar el formulario.
Ajuste por mutualidades-dt2 lirpf
El “Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF” aparecerá en su Declaración de forma automática, y se aplicará la reducción correspondiente, en caso de que Hacienda cuente con toda la información necesaria para realizar la devolución de las mutualidades.
Este ajuste reduce en la casilla 003 el importe de la pensión sujeta a tributación. Aparecerá en el resumen de declaraciones como “rendimientos del trabajo”.
Reclamación a la Agencia Tributaria por cotizaciones a mutualidades laborales paso a paso
El procedimiento para hacer la reclamación a la AEAT por las cotizaciones a mutualidades laborales es el siguiente:
- Saber si he cotizado a una mutualidad laboral. Consultando tu vida laboral en la Seguridad Social.
- Presentar la solicitud de devolución en la Declaración de la Renta.
- Hacer un seguimiento del proceso. Puedes hacerlo en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Resolución y cobro. Recibirás la cuantía por transferencia bancaria.
¿Cómo solicitar la devolución mutualidades de un fallecido?
Para los mutualistas fallecidos, los herederos podrán solicitar la devolución en los casos en los que el contribuyente haya fallecido a partir de 2020.
Los herederos deberán rellenar el formulario de solicitud, que se podrá presentar con el número de referencia del fallecido. Para fallecidos a parir del año 2021 hasta ahora, el número de referencia podrá obtenerse por internet a través del siguiente enlace.
Si el sucesor forma parte del registro de sucesores, podrá presentar el formulario del pensionista utilizando esta representación.
Cómo se cobra la devolución mutualidades jubilados AEAT
Los plazos para la devolución mutualidades Hacienda puede variar, pero una vez aprobada, la cuantía será ingresada directamente en la cuenta bancaria indicada.
Se puede consultar el estado del formulario en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado “Consulta de formularios presentados”.
Debes saber que Hacienda ya ha avisado que las devoluciones de las mutualidades a jubilados tardarán un poco más a partir del próximo mes de enero 2025.
Todas las reclamaciones que todavía no se hayan resuelto (debido a errores en el proceso), quedarán sin efecto, de forma que los contribuyentes deberán presentarlas de nuevo. Por el momento todavía no se conoce cómo será el procedimiento.