Jubilación

Devolución de mutualidades a jubilados: Guía completa

El 21 agosto 2025 por Belén - 7 minutos de lectura

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mutualistas: solicitudes de devolución

Los mutualistas jubilados pueden pedir la devolución del IRPF a Hacienda por las cotizaciones anteriores a 1967 y hasta 1978, según la sentencia del Tribunal Supremo 255/2023. En Tus Ayudas te explicamos cómo solicitar la devolución de mutualidades a Hacienda.

Claves de la devolución de mutualidades a jubilados

Los jubilados que hayan cotizado antes de 1967 y hasta 1978, pueden reclamar a Hacienda la devolución de las antiguas mutualidades laborales. Una cantidad que podría alcanzar hasta los 4.000 euros dependiendo del caso.

Esto se debe a la sentencia del Tribunal Supremo 255/2023, que establece que las aportaciones realizadas ya fueron tributadas en su momento. Para evitar la doble imposición, la Agencia Tributaria deberá devolver las cantidades aportadas.

Ya en el anterior ejercicio de la Declaración de la Renta se pudo hacer la solicitud de devolución por aportaciones a mutualidades. Dependiendo de los años en los que hayas cotizado, te corresponde una cuantía u otra.

Importante
Complemento de paternidad para jubilados: requisitos y cómo solicitarlo

Últimas noticias devolución mutualistas

Debes saber que la AEAT realizó recientemente unas modificaciones, de forma las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, que no se aprobaran antes del 22 de diciembre de 2024, quedan suspendidas.

Atención
Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 se efectuarán en un ÚNICO PAGO y se abonarán íntegramente en el ejercicio fiscal de 2025.

Para solicitar la devolución de las mutualidades tan solo se debe rellenar el formulario disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado ‘Mutualistas: solicitudes de devolución’:

  • Acceder a la sede electrónica de la AEAT, sección ‘Mutualistas: solicitudes de devolución’.
  • Identificarse con Número de Referencia, Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e.
  • Indicar un número de cuenta bancaria y un teléfono de contacto.

Pero si ya solicitaste la devolución antes de la entrada en vigor de esta reforma, no hará falta volver a solicitar nada, ya que la Agencia Tributaria entenderá que se solicita también para los periodos correspondientes.

Devoluciones tributarias a mutualistas anteriores a 1967

Las mutualidades laborales fueron el régimen social establecido antes de que se creara la Seguridad Social en 1967. En ese momento, las cuotas no desgravar en el Impuesto sobre las Rentas del Trabajo Personal, por lo tanto, como Hacienda ha estado aplicando retenciones en los últimos años, hay una doble imposición.

Por eso, las personas que hayan cotizado IRPF en una mutualidad con fechas anteriores a 1967, estarán exentas al 100% de tributación.

Devolución Hacienda 1967 a 1978

En cuanto a las antiguas mutualidades laborales aportadas entre 1967 y 1978, tiene derecho a pedir la devolución a Hacienda del 25%. Esto es debido a que en esa época, parte de las mutualidades se integraron en la Seguridad Social, y algo sí se pudieron deducir.

Es decir, los jubilados que cotizaron entre los años 1967 y 1978 solo tributarán el 75% de su pensión.

¿Qué jubilados pueden pedir la devolución de mutualidades?

devolución mutualidades jubilados

Los jubilados que pueden reclamar la devolución a la AEAT son aquellos que fueron mutualistas en algún momento anterior a 1978.

Esto incluye también a funcionarios y empleados públicos. Tienen derecho a una reducción del 25% en la parte correspondiente a las mutualidades abonadas antes de 1987.

En caso de fallecimiento, los herederos de los mutualistas también pueden solicitar la devolución.

No podrán solicitar la devolución de mutualidades a Hacienda aquellas pensiones no contributivas, de viudedad, ni los funcionarios que no hayan cotizado en MUFACE.

Cómo saber si he cotizado a una mutualidad laboral

Si estuviste trabajando antes de 1978, pero no tienes claro si cotizaste a una mutualidad, no te preocupes, porque hay una forma de averiguarlo.

Tan solo deberás acceder a tu área personal de la Seguridad Social o a través de la plataforma Importass. Podrás consultar en cualquier momento los detalles de tu vida laboral completa, y tus bases de cotización:

  • En el apartado ‘Tu vida laboral’ podrás consultar los periodos de alta y baja en la Seguridad Social, empresas en las que has trabajado, etc.
  • En ‘Tus bases de cotización’ encontrarás los importes de las bases de cotización correspondientes a los periodos que has estado de alta.

Podrás descargar el informe completo de tu vida laboral o la información que necesites para hacer la solicitud de la devolución por aportaciones a mutualidades.

En caso de no contar con identificación digital, es posible solicitar el envío de estos informes por correo postal, si el domicilio está actualizado en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Mutualistas solicitudes de devolución

Devolución mutualidades Hacienda

Para poder solicitar la devolución de las mutualidades a Hacienda, NO es necesario adjuntar documentación, dado que la Agencia Tributaria trabaja junto con la Seguridad Social para recabar toda la información.

De esta forma, la devolución de las mutualidades se hará mediante la Declaración de la Renta. Si la AEAT dispone de toda la información, aparecerá un concepto llamado “Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF”.

En caso de que Hacienda no cuente con toda la información necesaria, deberás rellenar un sencillo formulario, llamado DT2. Si durante los años 2020-2022 no realizó la Declaración de la Renta, también deberá presentar el formulario.

Ajuste por mutualidades-dt2 lirpf

El “Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF” aparecerá en su Declaración de forma automática, y se aplicará la reducción correspondiente, en caso de que Hacienda cuente con toda la información necesaria para realizar la devolución de las mutualidades.

Este ajuste reduce en la casilla 003 el importe de la pensión sujeta a tributación. Aparecerá en el resumen de declaraciones como “rendimientos del trabajo”.

Reclamación a la Agencia Tributaria por cotizaciones a mutualidades laborales paso a paso

El procedimiento para hacer la reclamación a la AEAT por las cotizaciones a mutualidades laborales es el siguiente:

  1. Saber si he cotizado a una mutualidad laboral. Consultando tu vida laboral en la Seguridad Social.
  2. Presentar la solicitud de devolución en la Declaración de la Renta.
  3. Hacer un seguimiento del proceso. Puedes hacerlo en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  4. Resolución y cobro. Recibirás la cuantía por transferencia bancaria.

Mutualistas: solicitudes de devolución fallecidos

Para los mutualistas fallecidos, los herederos podrán solicitar la devolución en los casos en los que el contribuyente haya fallecido a partir de 2020.

Los herederos deberán rellenar el formulario de solicitud, que se podrá presentar con el número de referencia del fallecido. Para fallecidos a parir del año 2021 hasta ahora, el número de referencia podrá obtenerse por internet a través del siguiente enlace.

Si el sucesor forma parte del registro de sucesores, podrá presentar el formulario del pensionista utilizando esta representación.

Cómo se cobra la devolución mutualidades jubilados AEAT

Los plazos para la devolución mutualidades Hacienda puede variar, pero una vez aprobada, la cuantía será ingresada directamente en la cuenta bancaria indicada.

Se puede consultar el estado del formulario en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado “Consulta de formularios presentados”.

Debes saber que Hacienda ya ha avisado que las devoluciones de las mutualidades a jubilados tardarán un poco más a partir del próximo mes de enero 2025.

Todas las reclamaciones que todavía no se hayan resuelto (debido a errores en el proceso), quedarán sin efecto, de forma que los contribuyentes deberán presentarlas de nuevo. Por el momento todavía no se conoce cómo será el procedimiento.

Otras preguntas frecuentes

Belén

Experta en ayudas sociales

Periodista digital especializada en asuntos sociales.


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Preguntas
  • Eva María Santisteban Vega

    quiero saber requisitos para solicitar a mi madre la devolución en Hacienda de la mutualidad que tuvo unos años que trabajó antes de casarse, momento en el que dejó de trabajar.

  • JUQN JOSE FERNANDEZ MAZARRACIN

    me pueden informar hasta que año se va a seguir cobrando los importes de las devoluciones de lo cotizado a las Mutualidades.
    Es decir si pueden saber Uds cuando se va a dejar de pagar estos importes que nos tienen que devolver.

    Gracias y saludos

    • Belén

      Hola Juan José,
      Debe tener en cuenta que se podrán solicitar las devoluciones siempre y cuando no hayan prescrito. Es decir, en 2025 se puede solicitar como máximo la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019, en 2026 las devoluciones correspondientes hasta 2020 y así. Se solicita por cada año natural. Si le interesa conocer todas las ayudas a las que tiene derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • CARME Morell Teixidó

    Hice el mes de junio de 2024 una solicitud de devolución por aportaciones a Mutualidades y todavía no he tenido respuesta.

    • Belén

      Hola Carme,
      Las solicitudes que no se aprobaran antes del 22 de diciembre de 2024, QUEDAN SUSPENDIDAS. Es decir, deberás solicitar la devolución de nuevo en la próxima declaración de la renta. Para conocer otras ayudas que puedes solicitar, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Jose M.Pazos Santiago

    En datos fiscales borrador de AEAT me aparece una disminucion de la base imponible de unos 800 euros, debido al asunto de mutualidades. ¿Esto que significa?.¿Esto significa que hacienda reconoce que tengo derecho al rescate de mutualidades?

    • Belén

      Hola Jose,
      Si usted ha cotizado en mutualidades, es posible que así sea. Tener una «disminución de la base imponible» significa que pagarás menos impuestos, por lo que si has solicitado la devolución de mutualidades es posible que sea por esto. En cualquier caso, siempre es recomendable consultar a un experto sobre el tema. Para conocer todas las ayudas a las que tiene derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • José Tomás Pérez

    En 2024 presenté la solicitud del exceso pagado por Mutualidades correspondiente a 2019 a 2022.
    En diciembre quedaron anuladas las solicitudes que no habián sido resueltas. y se dijo que debíamos solicitar en cada declaración de renta un año de los atrasados. (Cobro en 4 años)
    Tengo entendido que definitivamente van a pagar todos los años atrasador en un sólo pago.
    ¿ Se ha de volver a solicitar un nuevo DT2? ¿Qué plazo hay para presentarlo? ¿Desde qué fecha hasta qué fecha?
    Gracias anticipadas por su información.
    Saludos.-

    • Belén

      Hola José Tomás,
      La devolución de las mutualidades se hará mediante la Declaración de la Renta. Si la AEAT dispone de toda la información, en el borrador aparecerá un concepto llamado “Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF». Si no aparece, deberás volver a rellenar el DT2. La fecha son las mismas que para la declaración de la renta. Para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

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