Cuando surgen problemas económicos y necesitamos dinero urgente, es habitual que un familiar se ofrezca a ayudarnos. Esto se conoce como préstamo entre familiares o préstamo entre particulares y, aunque es una opción entre las distintas fórmulas de finanzas personales, tiene implicaciones fiscales y legales que conviene conocer. En Tus Ayudas te contamos todas las claves para hacer un préstamo entre familiares sin intereses: el contrato, el Modelo 600 y cómo evitar problemas con Hacienda.
Índice
Qué es un préstamo entre familiares y cómo funciona
Un préstamo entre familiares es la entrega de una cantidad de dinero entre dos personas de la misma familia con el compromiso de devolverla. De la misma forma que un banco te presta dinero, en este caso quien lo hace es un familiar (padres, hijos, hermanos, abuelos…). El término préstamo entre particulares es más amplio y también cubre operaciones sin parentesco.
Aunque quien te presta el dinero sea un familiar, el dinero debe devolverse en un plazo acordado. La gran diferencia con un préstamo bancario es que el prestamista decide si se cobran intereses o no: lo habitual entre familiares es pactar un 0 % de intereses.
Este procedimiento es totalmente legal en España, pero es imprescindible formalizarlo mediante un contrato para que Hacienda no pueda interpretarlo como una donación encubierta y aplicar impuestos.
Las fórmulas más frecuentes son el préstamo de padres a hijos (por ejemplo, para la entrada de una vivienda) y el préstamo entre hermanos. En todos los casos se aplican las mismas reglas: contrato por escrito, entrega del dinero por transferencia bancaria y devolución trazable. El parentesco no cambia la fiscalidad del préstamo, pero sí es un punto que Hacienda vigila para descartar que se trate de una donación.
Un préstamo de padres a hijos sin intereses es perfectamente válido: basta con dejarlo claro en el contrato. Lo veremos en detalle al hablar de la fiscalidad.
Contrato de préstamo entre particulares
Firmar un contrato de préstamo entre familiares es el requisito clave para evitar problemas con Hacienda. Este documento da al acuerdo validez legal y permite justificar el origen del dinero recibido.
No es obligatorio acudir a un notario, pero elevarlo a documento público (o presentar el Modelo 600) aporta fecha cierta y mayor seguridad jurídica. Al tratarse de un contrato entre particulares, debe incluir:
Fecha de la firma del contrato.
Datos personales del prestamista y del prestatario.
Cantidad prestada.
Plazo de devolución y calendario de cuotas.
Forma de pago (preferiblemente por transferencia bancaria).
Intereses: si el préstamo es al 0 %, hay que reflejarlo expresamente.
Cláusulas en caso de impago.
¿Los préstamos entre familiares tienen intereses?
Una de las ventajas del préstamo entre familiares es que no tienen por qué establecerse intereses: el prestamista decide si los aplica o no. Si el dinero se presta al 0 % de intereses, debe indicarse así en el contrato para dejarlo por escrito.
Esto es importante por un motivo fiscal: la Ley del IRPF presume que todo préstamo genera intereses «salvo prueba en contrario» (artículo 6.5 de la Ley 35/2006). Es decir, si el contrato no dice nada, Hacienda puede dar por hecho que el prestamista cobró intereses. Por eso, declarar por escrito que el préstamo es gratuito es la forma de destruir esa presunción. Si sí se pactan intereses, deben ser razonables y de mercado.
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Modelo de contrato de préstamo entre familiares sin intereses (PDF y Word)
Un modelo de contrato de préstamo entre familiares recoge los datos de ambas partes, la cantidad prestada, la forma de pago y los intereses (o su ausencia). Para ponértelo fácil, en Tus Ayudas hemos preparado un modelo gratuito, editable y verificado que puedes descargar y adaptar a tu caso:
Descarga gratis el modelo de contrato
Editable, verificado y listo para adaptar a tu caso
Sea cual sea el formato, lo esencial es dejar por escrito que el préstamo no genera intereses (0 %) y fijar las condiciones de devolución. Es un modelo orientativo: adáptalo a tu situación y, si tienes dudas, consulta con un profesional.
Guarda siempre el justificante de la transferencia bancaria del dinero prestado: junto al contrato, es la mejor prueba de que se trata de un préstamo y no de un regalo.
Préstamo entre familiares y el Modelo 600
La constitución de un préstamo está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se declara con el Modelo 600. Ahora bien, todos los préstamos entre particulares están exentos de este impuesto, tengan intereses o no, en virtud del artículo 45.I.B).15 del texto refundido del ITP y AJD (RDLeg 1/1993).
Esto significa que no se paga nada, pero es importante entenderlo bien: no es que exista un «tipo del 0 %», sino que la ley declara el préstamo exento. Aun así, conviene presentar el Modelo 600 declarando la exención, porque deja constancia oficial y con fecha cierta de que el dinero es un préstamo y no una donación.
El Modelo 600 se presenta ante la hacienda de tu comunidad autónoma (el ITP es un impuesto cedido a las CCAA). Los pasos son:
Descargar el modelo desde la web de la hacienda autonómica que corresponda a tu domicilio.
Rellenarlo con los datos del préstamo y de las partes.
Indicar que se trata de un préstamo exento (artículo 45.I.B).15).
Presentarlo junto con el contrato.
Importante
El plazo para presentar el Modelo 600 es de 30 días hábiles desde la firma del contrato (no desde el ingreso del dinero). Algunas comunidades autónomas amplían el plazo a un mes: revisa el de la tuya.
Cuánto se paga a Hacienda por un préstamo familiar
En principio, no se paga nada a Hacienda: prestar dinero entre familiares está exento del ITP y, si el préstamo es gratuito, tampoco genera tributación en el IRPF.
El matiz fiscal está en los intereses. Si en el contrato no se estipula nada, la Ley del IRPF presume que el préstamo es retribuido y que quien presta el dinero (el prestamista, no el prestatario) ha cobrado intereses. Esos intereses presuntos se valoran al interés legal del dinero, que en 2026 es del 3,25 % sobre el capital prestado (artículo 40 de la Ley 35/2006), y tributarían en el IRPF del prestamista como rendimiento del capital mobiliario.
La buena noticia es que se trata de una presunción que admite prueba en contrario: para evitarla basta con dejar por escrito en el contrato que el préstamo es gratuito y, como respaldo, presentar el Modelo 600 declarándolo así. Un préstamo a interés cero es perfectamente legal.
Atención
El interés legal del dinero (3,25 % en 2026) se mantiene por prórroga presupuestaria y podría cambiar si se aprueban unos nuevos Presupuestos Generales del Estado. Verifica el dato vigente antes de hacer cálculos.
Cómo evitar que Hacienda lo considere una donación
El principal riesgo de un préstamo familiar mal formalizado es que Hacienda lo recalifique como donación, que sí tributa (y puede ser cara) por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Para blindar el préstamo:
Contrato por escrito con importe, plazo, calendario de devolución y la mención expresa de que es gratuito (0 % de intereses).
Entrega del dinero por transferencia bancaria, nunca en efectivo.
Devolución efectiva y trazable: cuotas periódicas por transferencia según el calendario pactado. Es la prueba más potente de que era un préstamo.
Presentar el Modelo 600 ante tu comunidad autónoma: no pagarás ITP porque está exento, pero da fecha cierta y constancia oficial.
Con estas cuatro cautelas, el préstamo queda bien respaldado ante la Agencia Tributaria y reducirás al máximo el riesgo de que Hacienda lo interprete como una donación.
Otras preguntas frecuentes
💶¿Un préstamo entre familiares paga impuestos?
No. La constitución de un préstamo entre particulares está sujeta pero exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (artículo 45.I.B).15 del RDLeg 1/1993), tenga intereses o no. Aun así, conviene presentar el Modelo 600 declarando la exención para dejar constancia oficial. Y si el préstamo es gratuito, tampoco genera tributación en el IRPF.
📝¿Hace falta contrato y notario para un préstamo familiar?
El contrato por escrito no es obligatorio por ley, pero sí imprescindible en la práctica: es la prueba de que se trata de un préstamo y no de una donación. El notario no es obligatorio; elevar el contrato a documento público o presentar el Modelo 600 aporta fecha cierta y más seguridad jurídica.
👨👩👧¿Puedo prestar dinero a un hijo sin intereses?
Sí, es totalmente legal. Solo hay que dejar por escrito en el contrato que el préstamo es al 0 %. La Ley del IRPF presume que todo préstamo genera intereses salvo prueba en contrario, y esa presunción recae sobre quien presta el dinero, que si no lo aclara tributaría por unos intereses calculados al interés legal del dinero (3,25 % en 2026).
📅¿Qué plazo hay para presentar el Modelo 600?
El plazo es de 30 días hábiles desde la firma del contrato (no desde el ingreso del dinero) y se presenta ante la hacienda de tu comunidad autónoma, ya que el ITP es un impuesto cedido. Algunas comunidades amplían el plazo a un mes: revisa el de la tuya.
por qué cuando te dan un ingreso mínimos Vital después de dos años y con sentencia firme, después ya hacienda no deja de perseguirte, primero k si te corresponde 650,87, después k te has pasado y te corresponde 126,79 € y ya después, te suspenden el cobro por qué en la declaración del 2024 te pasar por 100 €, pero además yo me he pasado por k me han metido el Pago de 1.700 en tres pagos una vez por un Curso del SEPE.
Es una Vergüenza y siento que se ríen de mi ( He pasado un verdadero y tierno desde el 2021 siendo víctima de Violencia de Género sin ayuda mensual hasta el 2022 que me aprobaron la Subvención de mayores de 52 años, tengo 55 y hoy actualmente cobro 480 € al quitarme ya lo 126 € del IMV como le he explicado.
Ahora otra vez reclamar y vuelta a empezar ( No creo k está ayuda sea para personas normales, solo les va bien a los Inmigrantes y si tienen hijos mejor.
No puedo más y estoy con una depresión brutal . Esto es perjudicial para la salud y me encanta trabajar ahora no puedo por una rotura en un pie…estoy cansada de las administraciónes que comprueban lo que quieren y hacen con nosotros lo que les da la gana.
Alex Branco
Hola Eulalia,
Entiendo la situación que comentas. El Ingreso Mínimo Vital se revisa cada año con los datos fiscales y, si Hacienda refleja más ingresos aunque sean puntuales como cursos del SEPE, atrasos o pagos únicos, puede recalcular la cuantía y suspenderla si se supera el límite por poco. No es una decisión discrecional, se basa en los datos que cruzan con la Agencia Tributaria.
Mi recomendación es que presentes reclamación previa explicando que esos 1.700 € fueron ingresos puntuales por formación y no ingresos habituales, y que solicites una revisión del cálculo. También te aconsejo acudir a los servicios sociales de tu ayuntamiento o a un abogado de oficio para que te ayuden con el trámite y puedan defender tu caso de forma gratuita.
por qué cuando te dan un ingreso mínimos Vital después de dos años y con sentencia firme, después ya hacienda no deja de perseguirte, primero k si te corresponde 650,87, después k te has pasado y te corresponde 126,79 € y ya después, te suspenden el cobro por qué en la declaración del 2024 te pasar por 100 €, pero además yo me he pasado por k me han metido el Pago de 1.700 en tres pagos una vez por un Curso del SEPE.
Es una Vergüenza y siento que se ríen de mi ( He pasado un verdadero y tierno desde el 2021 siendo víctima de Violencia de Género sin ayuda mensual hasta el 2022 que me aprobaron la Subvención de mayores de 52 años, tengo 55 y hoy actualmente cobro 480 € al quitarme ya lo 126 € del IMV como le he explicado.
Ahora otra vez reclamar y vuelta a empezar ( No creo k está ayuda sea para personas normales, solo les va bien a los Inmigrantes y si tienen hijos mejor.
No puedo más y estoy con una depresión brutal . Esto es perjudicial para la salud y me encanta trabajar ahora no puedo por una rotura en un pie…estoy cansada de las administraciónes que comprueban lo que quieren y hacen con nosotros lo que les da la gana.
Hola Eulalia,
Entiendo la situación que comentas. El Ingreso Mínimo Vital se revisa cada año con los datos fiscales y, si Hacienda refleja más ingresos aunque sean puntuales como cursos del SEPE, atrasos o pagos únicos, puede recalcular la cuantía y suspenderla si se supera el límite por poco. No es una decisión discrecional, se basa en los datos que cruzan con la Agencia Tributaria.
Mi recomendación es que presentes reclamación previa explicando que esos 1.700 € fueron ingresos puntuales por formación y no ingresos habituales, y que solicites una revisión del cálculo. También te aconsejo acudir a los servicios sociales de tu ayuntamiento o a un abogado de oficio para que te ayuden con el trámite y puedan defender tu caso de forma gratuita.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.