Si has buscado la presolicitud del SEPE y has acabado en una página que no esperabas, no es cosa tuya: el trámite sigue existiendo, pero ha cambiado de sitio. La presolicitud es la solicitud provisional con la que pides por internet tu prestación por desempleo o tu subsidio, las dos ayudas por desempleo que gestiona el SEPE, y hoy solo se puede presentar desde el Área Personal de la Sede Electrónica del SEPE. En esta guía te contamos qué es exactamente, qué necesitas para entrar, cuánto se cobra en 2026 y, sobre todo, el plazo de 15 días hábiles que conviene no apurar.
Índice
Qué es la presolicitud del SEPE
La presolicitud es el formulario con el que pones en marcha por internet tu solicitud de prestación o subsidio por desempleo sin tener que pasar antes por la oficina. El propio SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) la define como una solicitud provisional: no es un simple formulario de contacto, pero tampoco cierra el expediente por sí sola. Si al SEPE le falta algún dato, se pone en contacto contigo por teléfono o por correo electrónico para completar la información o pedirte la documentación indispensable.
Es la vía natural para quien acaba de quedarse sin trabajo y quiere pedir el paro cuanto antes, sin depender de que haya hueco de cita previa en su oficina. También sirve para pedir la prórroga de un subsidio, que es uno de los trámites que más atascos genera cada semestre: ahí entran desde la ayuda familiar hasta el resto de subsidios por desempleo.
La presolicitud te ahorra la cola de la oficina, pero no sustituye a la inscripción como demandante de empleo: eso hay que tenerlo hecho antes.
Qué ha cambiado: ahora solo se hace desde el Área Personal
Durante la pandemia la presolicitud vivía en una dirección suelta que se podía rellenar prácticamente sin identificarse. Esa etapa se ha terminado. La Sede Electrónica del SEPE avisa hoy de que los trámites de presolicitud, desistimiento de solicitudes y modificación de datos bancarios únicamente están disponibles a través del Área Personal. Las direcciones antiguas del formulario ya no abren nada: redirigen de forma automática al Área Personal, que es el mismo sitio desde el que luego se hace todo lo demás: consultar tu prestación, ver las nóminas o descargar certificados.
El matiz importa mucho, porque el Área Personal exige identificarte. Es decir, la idea de que «la presolicitud se hace sin certificado digital» se ha quedado vieja, y muchas guías que siguen circulando por internet mandan al lector a un enlace muerto.
Importante
Si buscas el viejo formulario anónimo de prestación individual, no lo vas a encontrar: esa dirección responde con una redirección al Área Personal. No es un error de tu navegador.
La otra novedad: la presolicitud por los incendios de 2026
Si te has quedado sin poder ir a trabajar por los incendios de este verano, hay una vía propia y es reciente. El Real Decreto-ley 20/2026, de 29 de julio, creó la prestación extraordinaria por emergencia extrema para quienes tienen el contrato suspendido por un incendio forestal, y la Resolución de 30 de julio de 2026 del SEPE, publicada en el BOE del 1 de agosto, montó su tramitación. Se aplica a los incendios producidos a partir del 22 de julio de 2026.
Lo que la conecta con esta guía: se pide con el modelo oficial del anexo I de esa resolución o directamente con el formulario de presolicitud del Área Personal, el mismo del que venimos hablando. Cubre tanto a quien no puede acudir al puesto como a quien tiene que quedarse al cuidado de un familiar por la emergencia, y si has estado afectado por varias suspensiones se reconoce una sola prestación que suma las bases de todas las empresas.
Tres detalles que cambian la decisión
El primero, y el más importante: no consume las cotizaciones que tengas acumuladas, así que el paro que te corresponde sigue intacto para cuando lo necesites. El segundo: la duración máxima es de cuatro meses, y la cuantía se calcula igual que la prestación contributiva de siempre. Y el tercero: no tienes que demostrar que vives en una zona afectada, porque el SEPE lo comprueba solo consultando el padrón del INE; si además no estabas inscrito como demandante de empleo, el propio SEPE se coordina con tu servicio autonómico para inscribirte de oficio.
Atención
Si ya estabas cobrando una prestación o un subsidio y lo compatibilizabas con ese trabajo, la extraordinaria no se suma: lo anterior queda suspendido y se reanuda cuando termine. Y si vives en una de las zonas más castigadas, revisa lo que puedes pedir además del SEPE en la guía de ayudas por los incendios de Castilla y León.
Qué necesitas antes de empezar
Hay dos requisitos previos que no te puedes saltar, y ninguno de los dos se resuelve dentro del formulario.
El primero es la inscripción como demandante de empleo. La ley lo dice sin rodeos: la solicitud de la prestación requiere estar inscrito, y esa inscripción debe mantenerse durante todo el tiempo que cobres. El trámite se hace en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, en el propio SEPE), y el SEPE indica que hay que acudir personalmente a la oficina de empleo. Si ya la tienes y solo necesitas mantenerla al día, te interesa la guía de cómo renovar la demanda de empleo (DARDE).
La credencial con la que vas a entrar
El segundo requisito es una vía de identificación electrónica. Para el Área Personal el SEPE admite el certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (es el acceso que recomienda), el DNI electrónico, la Cl@ve permanente y el PIN SEPE, un código que llega por SMS al móvil que tengas registrado en el servicio de empleo de tu comunidad. Con Cl@ve hay un detalle que corta muchos trámites por la mitad: para firmar en el SEPE hace falta tener hecho el registro de nivel avanzado, no basta con el registro básico. Si tienes dos móviles registrados, el código va siempre al que figure como teléfono preferente. Si todavía no tienes ninguna de estas credenciales, empieza por solicitar el certificado digital de la FNMT.
Sí se puede sin certificado digital. El SEPE enumera el PIN SEPE entre las tres formas de entrar al Área Personal, junto al certificado de la FNMT y al DNI electrónico, y la presolicitud es uno de los trámites que el propio SEPE lista dentro de esa Área Personal. La condición es tener el móvil actualizado en el servicio de empleo de tu comunidad, porque ahí es donde llega el código.
Cómo hacer la presolicitud paso a paso
Con la inscripción hecha y una credencial en la mano, el recorrido es corto. Conviene tener a mano el DNI o NIE, el número de la Seguridad Social y el IBAN de la cuenta donde quieres cobrar, porque son los datos que el SEPE pide para tramitar cualquier prestación.
Entra en el Área Personal de la Sede Electrónica del SEPE e identifícate con certificado, DNI electrónico o Cl@ve permanente (con el PIN SEPE no está claro que puedas presentarla, solo consultar).
Busca el trámite de presolicitud dentro del apartado de protección por desempleo y elige si pides una prestación, un subsidio o la prórroga de un subsidio que ya cobras.
Rellena tus datos personales y de contacto. El teléfono y el correo son importantes de verdad: son las dos vías por las que el SEPE te va a reclamar lo que falte.
Indica el IBAN de la cuenta. Tienes que ser titular de esa cuenta, no basta con estar autorizado.
Envía el formulario y guarda el resguardo. Es tu prueba de que has presentado algo y en qué fecha.
A partir de ahí el expediente sigue su curso y puedes ir siguiéndolo desde la propia sede. Te explicamos cómo en la guía de cómo consultar tu prestación del SEPE, que también sirve para ver las nóminas y el historial.
El plazo: 15 días hábiles que no conviene apurar
Este es el punto donde la gente pierde dinero. La ley te da 15 días para pedir el reconocimiento de la prestación, y el SEPE lo concreta en su información oficial: 15 días hábiles contados desde la fecha del cese involuntario en el empleo. Hábiles quiere decir que no cuentan ni sábados, ni domingos, ni festivos.
¿Y si se te pasa? No pierdes el derecho, pero sí dinero. La cosa es clara: se reconoce la prestación a partir de la fecha de la solicitud, así que pierdes tantos días de prestación como días de retraso hayas acumulado. Con una prestación de en torno a 1.000 euros al mes, cada semana de retraso son unos 230 euros que no vas a cobrar nunca.
Importante
El SEPE no publica si la fecha de la presolicitud cuenta como fecha oficial de tu solicitud a efectos de ese plazo. Mientras no lo aclare, la recomendación prudente es la misma: no la dejes para el último día. Si el plazo se te echa encima, pide cita previa en el SEPE o presenta la solicitud completa en la sede electrónica.
Requisitos para que te reconozcan la prestación
La presolicitud es el canal, no el derecho. Para cobrar la prestación contributiva (el paro de toda la vida) tienes que cumplir, entre otros, estos requisitos:
Estar en situación legal de desempleo, es decir, haber perdido el trabajo de forma involuntaria. Una baja voluntaria no da derecho a paro.
Haber cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores. Son 720 días en el caso concreto del trabajador eventual agrario que venía de alta como autónomo.
Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción.
No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo excepciones.
La cuantía se calcula sobre tu base reguladora: la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, sin contar las horas extraordinarias. Cobras el 70 por ciento durante los primeros 180 días y el 60 por ciento a partir del día 181. Ese segundo tramo subió del 50 al 60 por ciento, con efectos desde el 1 de enero de 2023.
Los topes que dependen de los hijos a cargo
Sobre ese resultado se aplican después unos topes que dependen de los hijos a cargo. Se calculan sobre el IPREM mensual incrementado en una sexta parte, lo que en 2026 da una referencia de 700 euros:
Situación familiar
Cuantía mínima
Cuantía máxima
Sin hijos a cargo
560 €
1.225 €
Con 1 hijo a cargo
749 €
1.400 €
Con 2 o más hijos a cargo
749 €
1.575 €
Esos topes salen de unos porcentajes fijos: el mínimo es el 80 por ciento de esa referencia sin hijos y el 107 por ciento con hijos; el máximo, el 175, el 200 y el 225 por ciento según tengas cero, uno o dos hijos o más. Si quieres afinar tu caso, tienes la calculadora en cómo calcular el paro y el detalle de los límites en cuánto es lo máximo que se cobra en el paro.
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Ojo con un detalle que sorprende en la primera nómina: lo que ves en la resolución no es lo que llega a la cuenta. Mientras cobras el paro sigues cotizando, y el SEPE asume la aportación de la empresa pero te descuenta de la prestación la parte que te corresponde a ti, además de la retención de IRPF cuando proceda.
Atención
El IPREM sobre el que se calculan esos topes sigue en 600 euros al mes (700 euros al sumarle la sexta parte), prorrogado desde los Presupuestos Generales del Estado de 2023. No es una cifra aprobada expresamente para 2026, sino una prórroga que se mantiene mientras no haya presupuestos nuevos.
Cuánto dura la prestación según lo que hayas cotizado
La duración sale de una escala fija, y depende solo de lo que hayas cotizado. Va de cuatro meses en el mínimo a dos años en el máximo:
La buena noticia es que el documento estrella ya no lo tienes que llevar tú. El certificado de empresa lo envía la empresa directamente al SEPE por vía electrónica a través del sistema Certific@2: es una obligación de todas las empresas, sin importar el tamaño de la plantilla. Solo tendrás que aportarlo tú si tu empresa no lo ha enviado.
Lo que sí te van a pedir es tu identificación, el número de la Seguridad Social, el IBAN del que seas titular y los datos de los hijos a cargo si los tienes, porque de ellos dependen los topes de la tabla anterior. Si el vínculo con la empresa terminó con un despido, ten a mano también la carta y el finiquito: te ayudarán a cuadrar las cifras con lo que explicamos en cómo calcular la indemnización por despido y el finiquito.
El expediente entra en tramitación y el SEPE tiene unos plazos claros. Debe dictar resolución en 15 días desde la fecha de la solicitud y notificártela en los 10 días siguientes a haberla dictado. Si pasan tres meses desde que presentaste la solicitud y no has recibido respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo, y a partir de ahí ya puedes reclamar, incluso acudir a la vía judicial si hace falta.
Cuando la prestación se aprueba, el pago llega por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponde. Es decir, lo de julio se cobra entre el 10 y el 15 de agosto. Ese calendario es el que explicamos en detalle en si solicito el paro el día 28, cuándo lo cobro.
Atención
El derecho a cobrar cada mensualidad caduca al año de su vencimiento. Si detectas que falta un pago, reclámalo cuanto antes: pasado ese plazo el importe se pierde.
Si la presolicitud no te encaja, tienes otras vías
La presolicitud es cómoda, pero no es el único camino. Si tienes certificado digital o Cl@ve permanente con firma, puedes presentar directamente la solicitud completa en la sede electrónica y te ahorras el paso intermedio. Y si prefieres el trato presencial o tu caso tiene aristas, la cita previa del SEPE sigue funcionando; el teléfono oficial para pedirla es el 91 926 79 70 y es gratuito. El sistema automático atiende 24 horas, pero si necesitas hablar con una persona el horario es de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00. Para información general de prestaciones, el SEPE remite al 060, que es un número con coste según las tarifas de cada operadora.
Importante
El SEPE advierte de que los números que empiezan por 800 o 807no son suyos, tienen tarificación especial y los datos que facilites ahí pueden acabar usándose para otros fines. Desconfía de cualquier web que te ofrezca «tramitar tu paro» por uno de esos números.
Tener la prestación reconocida no te obliga a esperar sentado: formarte, buscar empleo activamente y mantener la demanda al día son, además, condiciones para no perderla.
Otras preguntas frecuentes
📅 ¿Cuánto tiempo tengo para hacer la presolicitud del SEPE?
Tienes 15 días hábiles desde el cese involuntario en el empleo para pedir la prestación (artículo 268.1 de la Ley General de la Seguridad Social). No cuentan sábados, domingos ni festivos. Si te pasas del plazo no pierdes el derecho, pero sí pierdes tantos días de prestación como días de retraso acumules. Como el SEPE no aclara públicamente si la fecha de la presolicitud vale como fecha oficial de la solicitud, lo prudente es no dejarla para el último día.
🔐 ¿Puedo hacer la presolicitud sin certificado digital?
Ya no existe el formulario anónimo de la pandemia: la presolicitud solo se presenta desde el Área Personal de la Sede Electrónica del SEPE, y ahí hay que identificarse. Pero identificarse no es lo mismo que tener certificado digital. El SEPE admite tres vías de entrada al Área Personal: el certificado de la FNMT (el que recomienda), el DNI electrónico y el PIN SEPE, un código que te llega por SMS al móvil que tengas registrado en el servicio de empleo de tu comunidad. También se puede entrar con Cl@ve permanente, con un matiz importante: para firmar trámites en el SEPE hace falta el registro de nivel avanzado, no basta el básico. Si vas a tirar de PIN SEPE, comprueba antes que tu móvil está actualizado en la demanda de empleo.
💶 ¿Cuánto se cobra de paro en 2026?
Cobras el 70 por ciento de tu base reguladora durante los primeros 180 días y el 60 por ciento a partir del día 181. Sobre ese importe se aplican topes: el mínimo es de 560 euros al mes sin hijos a cargo y 749 euros con hijos; el máximo va de 1.225 euros sin hijos a 1.400 con un hijo y 1.575 con dos o más. Del bruto se descuenta además la parte de la cotización a la Seguridad Social que te corresponde y la retención de IRPF cuando proceda.
⏳ ¿Cuánto tarda el SEPE en resolver y cuándo se cobra?
El SEPE debe dictar resolución en 15 días desde la fecha de la solicitud y notificártela en los 10 días siguientes. Si pasan tres meses sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo y ya puedes presentar la reclamación previa a la vía judicial. Una vez aprobada, la prestación se paga por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponde.
Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.