Desempleo

Ayuda familiar SEPE 2026: requisitos, cuantía y cómo pedirla y renovarla

El 2 octubre 2026 por Laura Herrero - 9 minutos de lectura

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Ayuda familiar SEPE

La ayuda familiar SEPE (su nombre oficial es subsidio por responsabilidades familiares o subsidio por cargas familiares) es un apoyo económico del Estado para quienes han agotado el paro y tienen familiares a su cargo. Es una ayuda al desempleo pensada para que la falta de sueldo no deje sin ingresos a tu pareja o a tus hijos. Aquí te explicamos sus requisitos, cuánto se cobra en 2026 y cómo pedir y renovar la ayuda familiar.

Ayuda familiar SEPE, ¿en qué consiste?

La ayuda familiar SEPE es el subsidio por cargas familiares que concede el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las personas que hayan agotado el paro y que tienen familiares a su cargo, como la pareja o los hijos. Se cobra cada mes y se va renovando cada tres meses hasta un máximo que depende del paro que hayas cobrado.

Cuantía y duración de la ayuda familiar

Lo que se cobra de subsidio por desempleo con cargas familiares se calcula como un porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2026 se mantiene en 600 euros al mes. Este es su valor:

Valor del IPREM En 2026
Diario 20 €
Mensual 600 €
Anual (12 pagas) 7.200 €
Anual (14 pagas) 8.400 €

Esta ayuda se cobra de forma escalonada:

  • Durante los primeros 180 días: el 95% del IPREM (570 euros al mes).
  • Del día 181 al 360: el 90% del IPREM (540 euros al mes).
  • A partir del día 361, hasta agotar la prestación: el 80% del IPREM (480 euros al mes).

Son los importes a jornada completa: si el paro que agotaste venía de un trabajo a tiempo parcial, la cuantía se reduce según el promedio de horas que trabajaste en los últimos 180 días del periodo cotizado que te dio derecho a ese paro.

La duración de la ayuda depende del tiempo que has estado cobrando el paro o prestación contributiva, sin importar tu edad. En esta tabla tienes el máximo que corresponde en cada caso:

Duración de la Ayuda Familiar
Paro (prestación contributiva) agotado Duración máxima de la ayuda Cómo se renueva
Igual o superior a 120 días 24 meses Cada 3 meses, hasta llegar a los 24
Igual o superior a 180 días 30 meses Cada 3 meses, hasta llegar a los 30

Ayuda familiar requisitos

Para cobrar la ayuda familiar del SEPE tienes que cumplir estos requisitos:

  1. Tienes que estar desempleado.
  2. Has tenido que agotar la prestación por desempleo contributiva o paro que te correspondiera.
  3. No hay un tope de edad para pedirlo: el subsidio por responsabilidades familiares se reconoce con independencia de la edad. Se extingue, como tarde, al cumplir la edad ordinaria de jubilación. Si tienes 52 años o más y cumples sus requisitos, te corresponde el subsidio para mayores de 52 años, en el que además se cotiza para tu jubilación.
  4. Has de estar inscrito como demandante de empleo y seguir inscrito mientras cobres el subsidio.
  5. Tienes que suscribir el acuerdo de actividad (antes, compromiso de actividad): te comprometes a buscar trabajo y a participar en las actividades de formación o inserción profesional que se te ofrezcan.
  6. Tus ingresos no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), sin contar la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, computando la renta del mes natural anterior a la solicitud. Además, en el subsidio con responsabilidades familiares cuenta la renta de toda la unidad familiar: la suma de los ingresos de sus miembros, tú incluido, dividida entre el número de miembros, tampoco puede superar ese 75% del SMI.
    Valor del SMI 2026
    Valor del SMI mensual (recibiendo 12 pagas) Valor del SMI mensual (recibiendo 14 pagas)
    1.424,50 € 1.221 €
  7. Y, fundamental, tienes que tener cargas familiares.

Antes de tramitar el subsidio, comprueba qué otras ayudas te pueden corresponder según tu situación familiar.

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¿Qué es tener cargas familiares?

A ojos del SEPE, tienes responsabilidades o cargas familiares si, además de ti, forma parte de tu unidad familiar al menos una de estas personas:

  • Tu cónyuge o pareja de hecho. La pareja de hecho cuenta si convive contigo y la relación está constituida con al menos un año de antelación, salvo que tengáis hijos en común.
  • Hijos menores de 26 años. Aquí se incluyen los hijos propios y adoptivos.
  • Hijos mayores de 26 años con una discapacidad reconocida. Un hijo mayor de 26 años sin discapacidad no cuenta, aunque viva contigo.
  • Menores en régimen de acogida.

¿Y si se me acaba el paro y no tengo cargas familiares?

Entonces la ayuda familiar no te corresponde, porque exige tener a alguna de esas personas en tu unidad familiar. Si agotas el paro sin responsabilidades familiares, accedes al mismo subsidio por desempleo, pero con requisitos propios (no superar el 75 % del SMI de rentas propias y, si tienes menos de 45 años, haber cobrado al menos 360 días de paro) y una duración más corta que con cargas familiares.

Ayuda familiar SEPE: ¿cómo la pido?

La ayuda familiar SEPE se solicita una vez agotada la prestación por desempleo contributiva (el paro). Desde la reforma de 2024, ya no hay que esperar un mes: puedes solicitarla directamente una vez agotada la prestación contributiva.

Importante
Tienes un plazo de 6 meses desde que agotas la prestación contributiva (o desde la situación legal de desempleo) para solicitar el subsidio. Si lo pides en los 15 días hábiles siguientes, cobras desde el día siguiente; si lo pides más tarde, pero dentro de los 6 meses, empiezas a cobrar el día en que presentas la solicitud y pierdes los días intermedios. Pasados los 6 meses, la solicitud se deniega, salvo excepciones.

Para presentar la ayuda, es necesario hacerlo a través de una de las siguientes vías:

  • A través de la sede electrónica del SEPE: recuerda que para acceder necesitarás certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve.
  • Acudiendo a una de sus oficinas: en este caso tendrás que solicitar cita previa en el SEPE. Para el plazo cuenta la fecha en la que presentas la solicitud, no la del día en que pides la cita.
  • Acudiendo a una de las oficinas de registro público.
  • Por correo administrativo.

¿Pueden denegarme la ayuda familiar?

Puedes perder la ayuda familiar si no cumples los requisitos o si dejas de cumplirlos en un momento determinado. Si cumples los requisitos del subsidio para mayores de 52 años, solicitarás ese subsidio y no la ayuda familiar. Si no los cumples (por ejemplo, porque no reúnes los requisitos de la pensión de jubilación salvo la edad o no tienes 6 años cotizados por desempleo), puedes pedir la ayuda familiar si cumples sus requisitos.

Cuándo se cobra la ayuda familiar

La ayuda familiar se paga entre el día 10 y 15 de cada mes.

¿Puedo cobrar la ayuda familiar si trabajo?

Sí, de forma temporal, aunque lo que cobras ya no es la ayuda familiar sino un complemento. Si empiezas a trabajar por cuenta ajena (a jornada completa o parcial) mientras cobras el subsidio, este se convierte por ley en el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que puedes cobrar junto al sueldo durante un máximo de 180 días. Mientras lo cobras, las rentas de ese trabajo no cuentan como ingresos cuando pides la prórroga o la reanudación del subsidio, aunque sí cuentan en la solicitud inicial. La cuantía del complemento es decreciente por trimestres, así que no equivale al 100% del subsidio, pero permite sumar salario y ayuda durante ese periodo.

No puedes compatibilizar el subsidio con un empleo por cuenta ajena si te contrata una empresa con un ERE autorizado en ese momento, una empresa en la que hayas trabajado en los 12 meses anteriores, o si la contratación afecta al cónyuge o a parientes hasta el segundo grado del empresario (o de quienes dirigen o administran la empresa), o se hace con estos últimos.

¿Y si empiezo a trabajar mientras la cobro?

Fuera del complemento de apoyo al empleo, lo que pasa con la ayuda depende de cuánto dure el trabajo:

  • Si trabajas menos de 12 meses: podrás solicitar que se te reanude la ayuda familiar, pero solo por los meses que te quedasen sin cobrar.
  • Si el trabajo dura 12 meses o más: la ayuda familiar se extingue. Si después vuelves al desempleo y has cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores (sin contar los ya usados en un derecho anterior), podrás pedir una nueva prestación contributiva (paro) o reabrir el derecho anterior.

Renovar ayuda familiar SEPE

ayuda familiar requisitos

La ayuda familiar se reconoce por periodos de 3 meses, así que para renovar la ayuda familiar del SEPE tendrás que pedir la prórroga cada trimestre hasta llegar al máximo de la tabla de arriba (24 o 30 meses, según el paro que agotaste).

Para renovarla, puedes hacerlo a través de la sede electrónica del SEPE. En caso de que no dispongas de los métodos de identificación que se solicitan (DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve), puedes renovarlo pidiendo cita previa en el SEPE.

La ayuda familiar tras baja voluntaria

No se puede solicitar la ayuda familiar tras una baja voluntaria, al igual que no se puede cobrar el paro u otro subsidio.

Otras preguntas frecuentes

Laura Herrero

Redactora especializada en ayudas y comunicación

Redactora especializada en ayudas gubernamentales y comunicación, con experiencia en empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Fue redactora de Tus-Ayudas.es entre 2021 y 2022.


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Preguntas
  • Ilya Jelilov

    Hola,buenas tardes!!! Soy Ilya ,tengo 54 añòs,estoy casado y tengo una hija de 17 años.A mi ha terminado paro,hoy fui al INEM(SEPE) para solicitar ayuda familiar,presentaba la solicitud y la señora quien me atendia me dijo que tengo que presentar Modelo100 de Declaracion de la Renta del año anterior.Yo la explicaba que no hecho nunca Declaracion de la Renta y donde ahora pudo consiguir este Modelo 100? Ella me explico que en cualquiera gestoria.Me fui al gestoria mas sercana y preguntaba si ellos pueden hacer este Modelo 100 ? El gestor me explico que yo no tengo la obligacion de haser de Declaracion de la Renta y que tengo que ir a la oficina de Hacienda y solicitar un certificado de yo no estoy obligado hacer la Declaracion de la Renta.Luego este sertificado presentar al SEPE para resolucion de solicitud de ayuda familiar.Por favor ,me puede decir si es actual lo que me explicaron en gestoria,o igual,debo hacer Declaracion de Renta del año pasado en gestoria y luego presentar en SEPE como me pedieron?Gracias por atencion.

    • Belén

      Hola Ilya,
      Comprendo que antes no tenía la necesidad de presentar la renta, pero SEPE exige un justificante de ingresos para poder determinar si le concede la ayuda. Le recomiendo que descargue desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria el certificado de no declarante. Es decir, un justificante de que no era obligatorio que hiciera la declaración, y lo presente en el SEPE. Por otra parte, debe saber que si ha cobrado el paro en 2024, este año sí está obligado a presentar la declaración. Para conocer el resto de ayudas que puede solicitar, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Maria del Mar

    Buenos dias.Mi pregunta es.Estoi cobrando la ayuda familiar.E cumplido 52 años.Y tengo una hija acargo con 24 años.Mi hija estudia en Italia,Pero igual sequeda alli.No es seguro todavia.Si se quedara alli para siempre ,dejaria de cobrar la ayuda familiar?y tengo que comunicarlo ?

    • Belén

      Hola María del Mar,
      Efectivamente, si su hija deja de depender económicamente de usted, debe comunicarlo. Es posible que pierda el derecho a cobrar la ayuda, pero quizás pueda solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Para conocer otras ayudas a las que tiene derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Cristina Mascareña Lozano

    Actualmente estoy trabajando en periodo de prueba pero me siento coaccionada por parte de la empresa mi pregunta es si pido la baja voluntaria tendría derecho a cobrar la ayuda familiar?

    • Belén

      Hola Cristina,
      Tenga en cuenta que si se va voluntariamente, no podrá solicitar ninguna ayuda por desempleo. Si quiere conocer todas las ayudas a las que tendría derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Mireia Fernández

    Buenos días yo vengo de una revisión por incapacidad permanente absoluta y el día 3 me la extinguen y me mandan a trabajar la empresa no me vuelve a coger primero porque han pasado 2 meses de los 2 años legales y también me dicen que no tienen una vacante puedo pedir la ayuda familiar? O algún tipo de subsidio muchas gracias

  • José Manuel flores perez

    Yo salí de un centro de menores y no me dan la ayuda que puedo hacer, tengo dos años de ayuda

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