La ayuda familiar SEPE (su nombre oficial es subsidio por responsabilidades familiares o subsidio por cargas familiares) es un apoyo económico que da el Gobierno a aquellas personas que hayan agotado el paro. Es una ayuda al desempleo dirigida a quienes tienen responsabilidades familiares, es decir, personas a su cargo que dependen de sus ingresos. En Tus Ayudas te explicamos sus requisitos, la cuantía en 2026 y cómo pedir y renovar la ayuda familiar.
Índice
Ayuda familiar SEPE, ¿en qué consiste?
La ayuda familiar SEPE es el subsidio por cargas familiares que concede el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las personas que hayan agotado el paro y que tienen familiares a su cargo que dependen totalmente de sus ingresos. Sin ellos, podrían verse en apuros y ahí es donde entra esta ayuda, con la idea de que no sufran las consecuencias de que esa persona no esté empleada.
Cuantía y duración de la ayuda familiar
La cuantía de la ayuda familiar se calcula como un porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2026 se mantiene en 600 euros al mes. Este es su valor:
Valor del IPREM 2026
Valor del IPREM Diario
Valor del IPREM Mensual
Valor del IPREM Anual (12 pagas)
Valor del IPREM Anual (14 pagas)
20 €
600 €
7.200 €
8.400 €
Esta ayuda se cobra de forma escalada:
Durante los primeros 180 días: el 95% del IPREM (570 euros al mes).
Del día 181 al 360: el 90% del IPREM (540 euros al mes).
A partir del día 361, hasta agotar la prestación: el 80% del IPREM (480 euros al mes).
Por otro lado, la duración de la ayuda depende del tiempo que has estado cobrando el paro o prestación contributiva, sin importar tu edad. Aquí te dejamos una tabla con los valores que corresponden en cada situación:
Duración de la Ayuda Familiar
Prestación contributiva
Duración de la ayuda
Opción de prorrogar
Igual o superior a 120 días
24 meses
Hasta 30 meses
Igual o superior a 180 días
30 meses
No
Ayuda familiar requisitos
Para poder optar a la ayuda familiar del SEPE se tienen que cumplir una serie de requisitos:
Has tenido que agotar la prestación por desempleo contributivo o paroque te correspondiera. Es decir, haber agotado el paro.
No hay un tope de edad: el subsidio por responsabilidades familiares se reconoce con independencia de la edad. Ahora bien, si cumples los requisitos del subsidio para mayores de 52 años, se te asignará esa modalidad, más ventajosa (dura hasta la jubilación y cotiza para tu pensión).
Has de estar dado de alta como demandante de empleo. Una vez te concedan la ayuda, tendrás que seguir dado de alta durante todo el tiempo que estés cobrando el subsidio.
Tienes que suscribir el compromiso de actividad. Es decir, comprometerte a buscar empleo y a participar en las actividades de formación o inserción profesional que se te ofrezcan.
Tus ingresos deben ser inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), sin contar las pagas extraordinarias, computando la renta del mes natural anterior a la solicitud. Además, en el subsidio con responsabilidades familiares cuenta la renta de toda la unidad familiar: la suma de los ingresos de sus miembros, dividida entre el número de miembros, tampoco puede superar ese 75% del SMI.
Valor del SMI 2026
Valor del SMI mensual (recibiendo 12 pagas)
Valor del SMI mensual (recibiendo 14 pagas)
1.424,5 €
1.221 €
Y, fundamental, tienes que tener cargas familiares.
Antes de tramitar el subsidio, comprueba en un minuto todas las ayudas a las que podrías tener derecho según tu situación.
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A ojos del SEPE, se considera que tienes responsabilidades o cargas familiares si, al menos, una de las siguientes personas está a tu cargo:
Tu cónyuge o pareja de hecho. Desde la reforma de 2024, la pareja de hecho se equipara al cónyuge (hay que acreditar la convivencia y la inscripción registral).
Hijos menores de 26 años. Aquí se incluyen los hijos propios y adoptivos.
Hijos mayores de 26 años con una discapacidad reconocida.
Hijos mayores de 26 años en el caso de que vivan o dependan de ti.
Menores en régimen de acogida.
El cómputo de rentas se hace sobre la unidad familiar: la media por miembro no puede superar el 75% del SMI. Un hijo deja de estar a tu cargo cuando obtiene rentas propias superiores al SMI.
Ayuda familiar SEPE: ¿cómo la pido?
La ayuda familiar SEPE solo se puede solicitar si ya has agotado la prestación por desempleo contributiva (el paro). Desde la reforma de 2024, ya no hay que esperar un mes: puedes solicitarla directamente una vez agotada la prestación contributiva.
Importante
Tienes un plazo de 6 meses desde que agotas la prestación contributiva (o desde la situación legal de desempleo) para solicitar el subsidio.
Para presentar la ayuda, es necesario hacerlo a través de una de las siguientes vías:
A través de la sede electrónica del SEPE: recuerda que para acceder necesitarás certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve.
Acudiendo a una de sus oficinas: en este caso tendrás que solicitar cita previa. No perderás tiempo de prestación siempre que pidas la cita dentro del plazo de 6 meses del que dispones para solicitar el subsidio.
Acudiendo a una de las oficinas de registro público.
Por correo administrativo.
¿Pueden denegarme la ayuda familiar?
Puedes perder la ayuda familiar en caso de que no cumplas los requisitos o si dejas de cumplirlos en un momento determinado. El motivo más común por el cual pueden denegar la ayuda familiar es si eres mayor de 52 años, ya que en ese caso la prestación que tendrás que solicitar es el subsidio para mayores de 52 años, no la ayuda familiar.
Cuándo se cobra la ayuda familiar
La ayuda familiar se paga entre el día 10 y 15 de cada mes. Es decir, se abona por mensualidades de 30 días.
¿Puedo cobrar la ayuda familiar si trabajo?
Sí, de forma temporal. Desde la reforma de 2024 existe el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE): si empiezas a trabajar por cuenta ajena (a jornada completa o parcial) mientras cobras el subsidio, puedes compatibilizar el sueldo con la ayuda durante un máximo de 180 días. El SEPE lo reconoce de forma automática y, mientras dura, las rentas de ese trabajo no cuentan para el requisito de ingresos. La cuantía del complemento es decreciente por trimestres, así que no equivale al 100% del subsidio, pero permite sumar salario y ayuda durante ese periodo.
¿Y si empiezo a trabajar mientras la cobro?
Más allá del complemento de apoyo al empleo, si el trabajo se prolonga el subsidio se suspende temporalmente. En función del tiempo que trabajes, podrás hacer una de estas dos cosas:
Si consigues trabajo y estás trabajando menos de un año (360 días): en este caso podrás solicitar que se te reanude la ayuda familiar. Eso sí, únicamente durante los meses que te quedasen sin cobrarlo en la vez anterior.
Si el trabajo que consigues es por más de 1 año (360 días): en tal caso tendrás derecho al paro, por lo que podrás solicitar primero esa prestación.
Renovar ayuda familiar SEPE
Si ha pasado el tiempo establecido, podrás renovar ayuda familiar del SEPE. En función de tus circunstancias, la prórroga será por un tiempo o por otro. Un poco más arriba podrás ver la tabla con la información de la prórroga máxima que puedes solicitar en cada caso.
Para renovarla, puedes hacerlo a través de la sede electrónica del SEPE. En caso de que no dispongas de los métodos de identificación que se solicitan (DNI electrónico, certificado electrónico o cl@ve), puedes renovarlo pidiendo cita previa en el SEPE.
La ayuda familiar tras baja voluntaria
Desgraciadamente, no se puede solicitar la ayuda familiar tras solicitar una baja voluntaria, al igual que no se puede cobrar el paro u otro subsidio.
Otras preguntas frecuentes
💼 ¿Puedo cobrar la ayuda familiar si trabajo?
Sí, de forma temporal. Desde la reforma de 2024 existe el Complemento de Apoyo al Empleo: si empiezas a trabajar por cuenta ajena mientras cobras el subsidio, puedes compatibilizar el sueldo con la ayuda durante un máximo de 180 días. El SEPE lo reconoce de forma automática.
👩❤️👨 Si mi pareja trabaja, ¿puedo cobrar la ayuda familiar?
Depende de la renta de toda la unidad familiar. En el subsidio por responsabilidades familiares se suman los ingresos de todos sus miembros y se dividen entre el número de personas: esa media no puede superar el 75% del SMI. Si con el sueldo de tu pareja se supera ese límite, no tendrías derecho.
💶 ¿Cuánto se cobra de ayuda familiar?
La cuantía es escalonada: el 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros 180 días, el 90% (540 euros) del día 181 al 360, y el 80% (480 euros) a partir del día 361, hasta agotar la prestación. El IPREM de 2026 es de 600 euros al mes.
📅 ¿Cuánto plazo tengo para pedir la ayuda familiar?
Tienes 6 meses desde que agotas la prestación contributiva (o desde la situación legal de desempleo) para solicitar el subsidio. Desde la reforma de 2024 ya no existe el mes de espera previo que había antes.
Redactora especializada en ayudas gubernamentales y comunicación, con experiencia en empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Fue redactora de Tus-Ayudas.es entre 2021 y 2022.
Hola,buenas tardes!!! Soy Ilya ,tengo 54 añòs,estoy casado y tengo una hija de 17 años.A mi ha terminado paro,hoy fui al INEM(SEPE) para solicitar ayuda familiar,presentaba la solicitud y la señora quien me atendia me dijo que tengo que presentar Modelo100 de Declaracion de la Renta del año anterior.Yo la explicaba que no hecho nunca Declaracion de la Renta y donde ahora pudo consiguir este Modelo 100? Ella me explico que en cualquiera gestoria.Me fui al gestoria mas sercana y preguntaba si ellos pueden hacer este Modelo 100 ? El gestor me explico que yo no tengo la obligacion de haser de Declaracion de la Renta y que tengo que ir a la oficina de Hacienda y solicitar un certificado de yo no estoy obligado hacer la Declaracion de la Renta.Luego este sertificado presentar al SEPE para resolucion de solicitud de ayuda familiar.Por favor ,me puede decir si es actual lo que me explicaron en gestoria,o igual,debo hacer Declaracion de Renta del año pasado en gestoria y luego presentar en SEPE como me pedieron?Gracias por atencion.
Belén
Hola Ilya,
Comprendo que antes no tenía la necesidad de presentar la renta, pero SEPE exige un justificante de ingresos para poder determinar si le concede la ayuda. Le recomiendo que descargue desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria el certificado de no declarante. Es decir, un justificante de que no era obligatorio que hiciera la declaración, y lo presente en el SEPE. Por otra parte, debe saber que si ha cobrado el paro en 2024, este año sí está obligado a presentar la declaración. Para conocer el resto de ayudas que puede solicitar, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Maria del Mar
Buenos dias.Mi pregunta es.Estoi cobrando la ayuda familiar.E cumplido 52 años.Y tengo una hija acargo con 24 años.Mi hija estudia en Italia,Pero igual sequeda alli.No es seguro todavia.Si se quedara alli para siempre ,dejaria de cobrar la ayuda familiar?y tengo que comunicarlo ?
Belén
Hola María del Mar,
Efectivamente, si su hija deja de depender económicamente de usted, debe comunicarlo. Es posible que pierda el derecho a cobrar la ayuda, pero quizás pueda solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Para conocer otras ayudas a las que tiene derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Cristina Mascareña Lozano
Actualmente estoy trabajando en periodo de prueba pero me siento coaccionada por parte de la empresa mi pregunta es si pido la baja voluntaria tendría derecho a cobrar la ayuda familiar?
Belén
Hola Cristina,
Tenga en cuenta que si se va voluntariamente, no podrá solicitar ninguna ayuda por desempleo. Si quiere conocer todas las ayudas a las que tendría derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Mireia Fernández
Buenos días yo vengo de una revisión por incapacidad permanente absoluta y el día 3 me la extinguen y me mandan a trabajar la empresa no me vuelve a coger primero porque han pasado 2 meses de los 2 años legales y también me dicen que no tienen una vacante puedo pedir la ayuda familiar? O algún tipo de subsidio muchas gracias
Hola,buenas tardes!!! Soy Ilya ,tengo 54 añòs,estoy casado y tengo una hija de 17 años.A mi ha terminado paro,hoy fui al INEM(SEPE) para solicitar ayuda familiar,presentaba la solicitud y la señora quien me atendia me dijo que tengo que presentar Modelo100 de Declaracion de la Renta del año anterior.Yo la explicaba que no hecho nunca Declaracion de la Renta y donde ahora pudo consiguir este Modelo 100? Ella me explico que en cualquiera gestoria.Me fui al gestoria mas sercana y preguntaba si ellos pueden hacer este Modelo 100 ? El gestor me explico que yo no tengo la obligacion de haser de Declaracion de la Renta y que tengo que ir a la oficina de Hacienda y solicitar un certificado de yo no estoy obligado hacer la Declaracion de la Renta.Luego este sertificado presentar al SEPE para resolucion de solicitud de ayuda familiar.Por favor ,me puede decir si es actual lo que me explicaron en gestoria,o igual,debo hacer Declaracion de Renta del año pasado en gestoria y luego presentar en SEPE como me pedieron?Gracias por atencion.
Hola Ilya,
Comprendo que antes no tenía la necesidad de presentar la renta, pero SEPE exige un justificante de ingresos para poder determinar si le concede la ayuda. Le recomiendo que descargue desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria el certificado de no declarante. Es decir, un justificante de que no era obligatorio que hiciera la declaración, y lo presente en el SEPE. Por otra parte, debe saber que si ha cobrado el paro en 2024, este año sí está obligado a presentar la declaración. Para conocer el resto de ayudas que puede solicitar, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Buenos dias.Mi pregunta es.Estoi cobrando la ayuda familiar.E cumplido 52 años.Y tengo una hija acargo con 24 años.Mi hija estudia en Italia,Pero igual sequeda alli.No es seguro todavia.Si se quedara alli para siempre ,dejaria de cobrar la ayuda familiar?y tengo que comunicarlo ?
Hola María del Mar,
Efectivamente, si su hija deja de depender económicamente de usted, debe comunicarlo. Es posible que pierda el derecho a cobrar la ayuda, pero quizás pueda solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Para conocer otras ayudas a las que tiene derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Actualmente estoy trabajando en periodo de prueba pero me siento coaccionada por parte de la empresa mi pregunta es si pido la baja voluntaria tendría derecho a cobrar la ayuda familiar?
Hola Cristina,
Tenga en cuenta que si se va voluntariamente, no podrá solicitar ninguna ayuda por desempleo. Si quiere conocer todas las ayudas a las que tendría derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Buenos días yo vengo de una revisión por incapacidad permanente absoluta y el día 3 me la extinguen y me mandan a trabajar la empresa no me vuelve a coger primero porque han pasado 2 meses de los 2 años legales y también me dicen que no tienen una vacante puedo pedir la ayuda familiar? O algún tipo de subsidio muchas gracias
Hola Mireia,
Para conocer todas las ayudas que puedes pedir te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí)
Un saludo 🙂
Yo salí de un centro de menores y no me dan la ayuda que puedo hacer, tengo dos años de ayuda
Hola José Manuel,
Puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital, aunque te animo a realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí) para conocer todas las ayudas que puedes pedir.
Un saludo 🙂