Desempleo

Subsidio mayores de 52 años: reforma, requisitos y cómo solicitarlo

El 29 mayo 2024 por Laura - 8 minutos de lectura

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Subsidio mayores de 52 años

Estando desempleado, encontrar un empleo con más de 50 años puede ser muy complicado. Por ese motivo, desde hace unos años el SEPE ofrece una prestación dirigida a los desempleados mayores de 52 años.

Todo sobre el subsidio para mayores de 52 años

Se trata de una ayuda económica que se da a los mayores de 52 años que estén desempleados y ya hayan agotado el resto de las prestaciones contributivas.

Lo más interesante es que este subsidio cotiza para la pensión de jubilación. Además, podrás cobrar esta ayuda de forma ininterrumpida hasta encontrar otro trabajo, o hasta que cumples la edad de jubilarte. También es compatible con otras ayudas económicas.

Atención
Si has agotado el paro también puedes solicitar varias ayudas extraordinarias.

Cuantía del subsidio para mayores de 52 años

Esta ayuda tiene una cuantía del 80% del IPREM, que son unos 480 euros mensuales. Si la persona que la solicita no encuentra trabajo antes, podrá recibirla hasta que cumpla los años necesarios para poder jubilarse.

Subsidio para mayores de 52 años: requisitos

No por únicamente tener 52 años puedes solicitar la prestación, también hay que cumplir con una serie de requisitos: 

  • Debes estar desempleado. Es decir, no puedes estar trabajando.
  • No puedes ser un trabajador “discontinuo fijo”. Es decir, no podrás solicitar el subsidio si estás trabajando en un empleo de temporalidad estacional. Es común este tipo de contratos en personas que se dedican a recoger cosechas, monitores, profesores de esquí, etc.
  • Has de estar inscrito como demandante de empleo. A su vez, no puedes haber rechazado una de las ofertas de colocación del SEPE.
  • Por lo menos tienes que haber cotizado al desempleo por 6 años.
  • Has de haber cumplido los 52 años.
  • Tienes que cumplir con los requisitos para poder solicitar una pensión de jubilación, con la excepción del requisito de la edad.
  • Tus ingresos tienen que ser inferiores al 75% del SMI al mes.

En qué casos se puede pedir la ayuda para mayores de 52 años

A su vez, tienes que estar cumpliendo con una de las siguientes opciones:

  1. Se te ha agotado el subsidio de desempleo o paro.
  2. Has vuelto a España después de haber trabajado un mínimo de 12 meses en los últimos 6 años fuera del país. Es decir, eres un emigrante retornado. 
  3. Recientemente se ha revisado tu nivel de incapacidad y has perdido la pensión de incapacidad permanente. 
  4. Has salido de prisión después de cumplir una condena de al menos 6 meses.
  5. No tienes derecho a paro por insuficiencia de cotización. 

¿Cómo solicitar el subsidio para mayores de 52 años?

Si cumples con todos los requisitos para poder optar al subsidio, solo te queda ponerte manos a la obra para solicitarla lo antes posible. Aquí te contamos todo lo que necesitas saber para pedirla: 

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda de los 52 años?

Pueden darse dos casos a la hora de solicitar la ayuda de los 52 años. En función de cuáles sea tu situación tendrás que esperar más o menos tiempo:

  1. Tienes cumplidos los 52 años y de un día para el otro cumples con los requisitos para pedir el subsidio. En este caso tendrás que esperar 1 mes para acreditar el desempleo. A partir de la finalización de este mes, tendrás 15 días para solicitarlo. 
  2. Ya cumplías antes con todos los requisitos menos con la edad y ahora cumples los 52 años. En este caso tendrás 15 días desde el día de tu cumpleaños para solicitar la ayuda.

¿Dónde se solicita el subsidio para mayores de 52 años?

La gestión de esta ayuda la realiza el SEPE. Hoy en día puedes realizarla a través de diferentes vías. 

  1. A través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para hacerlo de esta manera necesitarás acceder con DNI electrónico, cl@ve o Certificado digital. En caso de que no los tengas te recomendamos que te lo hagas para poder agilizar los procesos en obtención de ayudas.
  2. Presencialmente en una de las oficinas de la SEPE de tu localidad. En este caso es  fundamental que pidas cita previa.

Qué documentos necesito para pedir la ayuda

Para poder procesar tu solicitud el SEPE te pedirá que adjuntes o presentes cierta documentación que acredita la información que estás aportando. En caso de que hagas la solicitud por ordenador, te pedirán que la adjuntes en formato PDF:

  • En caso de que seas español, DNI o pasaporte.
  • Un documento oficial del banco en el que aparezcas como titular de la cuenta bancaria en la que quieres que se haga el ingreso de la ayuda.
  • En caso de que seas extranjero, el certificado de ser ciudadano de la Unión Europea o la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y el pasaporte.
  • En caso de que se te solicite, un justificante en el que se muestre que tus ingresos se ajustan a los requisitos de la ayuda.

A su vez, tendrás que rellenar el formulario de solicitud, en el cual te pedirán que incluyas la siguiente información: 

  • Tus datos personales: número de Seguridad Social, domicilio, método de contacto, etc.
  • Número de IBAN o de cuenta corriente donde quieres que te hagan el ingreso.
  • Tus ingresos.
  • En caso de que tengas hijos, los ingresos del otro padre/madre.
  • Información sobre los hijos que estén a tu cargo.
  • Otra información que te pueda parecer relevante.

Jubilación anticipada cobrando el subsidio para mayores 52 años

Una vez cumplida la edad de jubilación ordinaria se dejará de tener derecho a cobrar este subsidio. También se podrá optar a la jubilación anticipada, en caso de que se cumpla con los requisitos para solicitarla. 

Durante el tiempo en el que se esté cobrando el subsidio, el SEPE cotiza por el desempleado por el 125% de la base mínima para tu jubilación. 

Reducción de la cotización del subsidio para mayores de 52 años

El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, reforma el sistema de subsidios por desempleo en España a partir del 1 de junio 2024, y también afecta al subsidio para mayores de 52 años.

Los que ya cobran esta ayuda, seguirán cotizando para la jubilación al 125% de la base mínima de cotización vigente. Es decir, mientras se recibe esta ayuda, se cotiza como si cobrases un sueldo de 1.575 euros.

Sin embargo, aquellos que accedan a la prestación a partir del 1 de junio de 2024, cotizarán el 120% sobre la base mínima de cotización vigente.

Y esta cifra seguirá bajando:

  • 120% de la base mínima en 2024
  • 115% en 2025
  • 110% en 2026
  • 105% en 2027
  • 100% en 2028

Subsidio para mayores de 55 años.

Atención
El subsidio para mayores de 55 años que existía hace unos años se ha transformado al actual subsidio para mayores de 52. Es decir, es exactamente el mismo subsidio, solo que ahora se puede solicitar teniendo 3 años menos.

Se trata de una modificación que se hizo en 2019 para poder ayudar a un mayor número de personas.

A su vez, se mejoraron algunas de las condiciones de la ayuda:

  • Anteriormente, existía la opción de que por horas trabajadas pudieras optar solo a un porcentaje de la ayuda. Hoy en día la ayuda se recibe al 100%.
  • Hoy en día se puede recibir la ayuda hasta la edad ordinaria de jubilación. 
  • La cotización para la jubilación pasa de ser del 200% de la base mínima al 125%.

¿Qué significa que el SEPE cotice por mí?

En primer lugar, hay que recalcar que para poder calcular el valor de la jubilación se tiene en cuenta:

  1. Cuánto se ha cotizado (en función del salario). Es decir, cuánto has ido pagando a la Seguridad Social mensualmente para poder jubilarte en un futuro. Si has cotizado poco, recibirás una jubilación de menor valor y viceversa.
  2. Cuántos años has trabajado. El número de años determina cuándo vas a poder jubilarte. 

Cuando comienzas a cobrar esta subvención, el SEPE comienza a cotizar por ti, algo excepcional, ya que no es lo común en las ayudas al desempleo.

Esta cotización se tendrá en cuenta a la hora de calcular cuál es el valor de jubilación a la que se tiene derecho (lo que ingresarás). No obstante, no se contabilizará como años trabajados.

Otras preguntas frecuentes

Laura

Experta en ayudas y subvenciones

Laura es redactora y responsable de Tus Ayudas desde 2021. Tiene experiencia trabajando para empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, estando especializada en ayudas gubernamentales y comunicación.


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Preguntas
  • LAUREANO ALVAREZ CALVO

    QUE AYUDAS PUEDO PEDIR SIENDO AUTONOMO HASTA FEBRERO DEL 2022 Y AHORA EN PARO
    TENIENDO MAS DE 55 AÑOS
    TENIENDO DEUDAS CON SEGURIDAC SOCIAL

    • Laura

      Hola Laureano,

      Teniendo deudas con la Seguridad Social es más complicado que puedas acceder a las ayudas del SEPE. Nuestra recomendación es que acudas a Servicios Sociales y consultes directamente qué ayudas pueden ofrecerte. Eso sí, es importante que saldes tu deuda con la Seguridad Social lo antes posible.

      Un saludo.

  • Andrés Alfonso Cabello Miguélez

    Buenos días: Soy parado de larga duración, y tengo que renovar el CAP. Estoy echando un vistazo por internet y quisiera saber si existe alguna ayuda, subvención o gratuidad para hacer este curso. (Curso de 35h).
    Gracias

    • Alejandro Fernández Couto

      Hola, Andrés

      En función del lugar en el que resida, es posible que haya algunas organizaciones que le permitan renovarlo de forma totalmente gratuita. En este caso lo mejor es acudir a las propias autoescuelas, preferiblemente en aquellas que también se ofrezcan formaciones del SEPE, que seguro que es donde mayor información le ofrecerán al respecto.

      Muchas gracias por su comentario 🙂 ,

      un saludo

  • Remei jover

    Buenos días. Tengo 56años, ¿qué he de hacer para conseguir la ayuda para mayores de los 52años? Gracias

    • Belén

      Hola, Remei
      En primer lugar, deberá asegurarse de que cumple con todos los requisitos establecidos, tal y como explicamos un poco más arriba en este mismo artículo. Para solicitar la ayuda, puedes realizar el trámite a través de la sede electrónica (en este caso necesitarás DNI electrónico, cl@ve o Certificado digital). Otra opción es acudir a la oficina del SEPE más cercana, con cita previa.

      Espero haber ayudado,
      un saludo

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