Qué es

Modelo 036: qué es la declaración censal y cómo presentarla en Hacienda

El 29 julio 2026 por Alexandre Branco Lopes - 8 minutos de lectura
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Modelo 036: autónoma presentando la declaración censal en Hacienda

El modelo 036 es la declaración censal con la que te das de alta, modificas tus datos o te das de baja en Hacienda. Es uno de los primeros trámites de cualquier autónomo o empresa y, desde 2025, el único: el antiguo modelo 037 simplificado ya no existe. En esta ficha de conceptos y organismos te explicamos qué es, quién está obligado, los plazos y cómo presentarlo paso a paso, sin tasas y sin errores que luego cuesten un requerimiento.

Qué es el modelo 036 y para qué sirve

El modelo 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria. Dicho en claro: es el formulario con el que te presentas ante Hacienda como alguien que va a desarrollar una actividad económica, y con el que le comunicas todo lo que la Agencia Tributaria necesita saber sobre ti a efectos fiscales.

Con este censo, Hacienda sabe qué actividad realizas (a través de tu epígrafe del IAE), dónde tienes tu domicilio fiscal y qué obligaciones tributarias te corresponden: si vas a repercutir IVA con el modelo 303, si vas a practicar retenciones de IRPF, o si vas a realizar operaciones intracomunitarias. No es un impuesto: es una declaración informativa, así que presentarla no conlleva el pago de ninguna tasa.

El mismo formulario sirve para tres momentos distintos de tu vida fiscal: cuando empiezas (alta), cuando cambia algo (modificación) y cuando cesas (baja). Por eso conviene guardarlo bien identificado: lo vas a usar más de una vez.

Modelo 036: plazos de las declaraciones de alta, modificación y baja
Las tres declaraciones del modelo 036 y sus plazos, de un vistazo.

Alta, modificación y baja: las tres declaraciones del 036

La clave para no equivocarte es entender que el 036 no es un trámite único, sino tres declaraciones con el mismo modelo, cada una con su casilla de «causa de presentación» y su propio plazo. Esta es la foto rápida:

Tipo de declaración Cuándo se presenta Plazo oficial
Alta Antes de empezar la actividad o de la primera retención Antes del inicio de la actividad
Modificación Cambio de domicilio, actividad, obligaciones de IVA/IRPF, cuenta bancaria… 1 mes desde el cambio
Baja Cuando cesas en la actividad 1 mes desde el cese
Baja por fallecimiento La presentan los herederos (casilla 150) 6 meses desde el fallecimiento
La declaración de alta es la que convierte en oficial tu condición de empresario o profesional ante Hacienda. Sin ella no puedes facturar con todas las garantías ni cumplir con el resto de obligaciones fiscales.

Quién está obligado a presentar el modelo 036

Están obligados a presentar el modelo 036 todos los que van a desarrollar actividades empresariales o profesionales, y en general cualquiera que deba figurar en el censo de Hacienda. En la práctica, te toca si eres:

  • Autónomo (persona física) que inicia una actividad económica. Es el primer paso ante Hacienda antes incluso de darte de alta como autónomo en la Seguridad Social.
  • Sociedades y entidades (SL, SA, comunidades de bienes, asociaciones…) que van a operar.
  • Retenedores: quien paga nóminas o facturas de profesionales y tiene que ingresar retenciones de IRPF.
  • Quien necesita solicitar un NIF, comunicar un cambio de datos o inscribirse en registros especiales (operadores intracomunitarios, REDEME, etc.).

Si eres autónomo, este es el momento de tener a mano tu DNI (o el NIE, si eres extranjero) y de decidir el epígrafe que mejor describe lo que vas a hacer, porque de esa elección dependen tus obligaciones posteriores.

Importante
Darte de alta en el censo de Hacienda con el modelo 036 no te da de alta en la Seguridad Social. Son dos trámites distintos en dos organismos distintos. Lo vemos al final de la ficha.

Cómo rellenar el modelo 036 paso a paso

El modelo 036 tiene fama de complejo porque es largo, pero un autónomo que empieza solo rellena unas pocas páginas. El formulario web asistido de la sede electrónica te guía y oculta las páginas que no te aplican. Los bloques que sí vas a tocar son estos:

  1. Causa de presentación: marca «alta», «modificación» o «baja» y la fecha.
  2. Datos identificativos: nombre, NIF, domicilio fiscal y domicilio de la actividad.
  3. Actividad económica: el epígrafe del IAE que corresponde a lo que vas a hacer y la fecha de inicio.
  4. IVA: si tu actividad está sujeta, exenta o en algún régimen especial.
  5. IRPF: el régimen de estimación (directa u objetiva) y los pagos fraccionados que te tocan.
  6. Retenciones: si vas a retener a trabajadores o profesionales.

Para no perder tiempo delante de la pantalla, lo mejor es llevar los datos preparados de antemano. Hemos montado una lista con todo lo que te van a pedir para que no te falte nada a mitad del formulario.

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Todos los datos que te pedirán, para tenerlos listos antes de empezar

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Atención
El epígrafe del IAE y el régimen de IVA condicionan tus impuestos durante todo el año. Si tienes dudas con tu caso concreto, conviene revisarlo con una gestoría antes de enviar la declaración: cambiarlo después obliga a presentar otro 036 de modificación.

Plazos para presentar el modelo 036

Aquí es donde más requerimientos se generan, así que apunta bien las fechas. El plazo depende de qué estés declarando:

  • Alta: antes de iniciar la actividad o de nacer la obligación de retener. No sirve presentarlo «el mismo día que empiezo»: tiene que ser antes.
  • Modificación: 1 mes desde el día siguiente al cambio (mudanza de domicilio fiscal, alta en un nuevo epígrafe, cambio en tus obligaciones de IVA…).
  • Baja: 1 mes desde que cesas efectivamente en la actividad. Si además te vas a dar de baja como autónomo, recuerda que la baja en la Seguridad Social es un trámite aparte.
  • Baja por fallecimiento: los herederos disponen de 6 meses desde el fallecimiento para presentar la baja (casilla 150).
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Cómo presentar el modelo 036: certificado, Cl@ve o papel

Las vías de presentación dependen de si eres persona física o una sociedad:

  • Personas físicas (autónomos): puedes elegir entre presentarlo por internet con certificado digital, con el sistema Cl@ve, o en papel en las oficinas de la Agencia Tributaria pidiendo cita previa.
  • Sociedades y entidades: están obligadas a presentarlo por internet con certificado electrónico. Para ellas no existe la vía en papel.

Si aún no tienes forma de identificarte online, te interesa sacar antes el certificado digital en el móvil o darte de alta en Cl@ve PIN: te valdrán para este y para casi todos los trámites posteriores con Hacienda, como presentar tus declaraciones o consultar tus datos censales.

Más información
Trámites relacionados que quizá necesites: el certificado de situación censal (el documento que refleja lo que consta en tu 036), las etiquetas identificativas de la AEAT y el modelo 145 de retenciones.

¿Y el modelo 037? Suprimido desde 2025

Si has llegado buscando el modelo 037, esta es la novedad importante: el 037 ya no existe. Era la versión simplificada de la declaración censal, pensada para autónomos con un perfil sencillo, pero la Orden HAC/1526/2024 lo suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025.

La razón es que la simplificación que ofrecía el 037 ya está integrada dentro del propio modelo 036: el formulario web asistido te muestra solo las páginas que te aplican, de modo que un autónomo sencillo rellena prácticamente lo mismo que rellenaba en el antiguo 037. En resumen: hoy solo hay un modelo, el 036, y sirve para todos los casos. Si una web te sigue ofreciendo «presentar el 037», está desactualizada.

Modelo 036 y alta de autónomo: Hacienda no es la Seguridad Social

Es el error más habitual de quien empieza. Darse de alta como autónomo son dos trámites separados, en dos organismos, y hay que hacer los dos:

Trámite Organismo Cómo
Alta censal (modelo 036) Agencia Tributaria (Hacienda) Antes de iniciar la actividad
Alta en el RETA Seguridad Social (Tesorería) Desde Import@ss

El orden lógico es primero el 036 en Hacienda y después el alta en el RETA de la Seguridad Social, que sí lleva cuota mensual. Y ahí es donde entran las ventajas: si cumples requisitos, puedes acogerte a la tarifa plana y pagar una cuota reducida durante tus primeros meses.

Otras gestiones de autónomos que te vendrá bien conocer

Una vez estás en el censo, el siguiente paso es cumplir con tus obligaciones periódicas y aprovechar lo que te corresponde. Estas fichas te ayudan a ordenarlo:

Otras preguntas frecuentes

Alexandre Branco Lopes

Periodista especializado en ayudas y subvenciones

Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).


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