🤔¿Cuánto tiempo tengo para pedir el paro desde el despido?
Tienes 15 días para poder solicitar el paro desde el despido. Tiene efecto retroactivo. Luego ya no tendrás derecho a tal prestación.
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El paro es una ayuda que se da temporalmente a las personas que se han quedado sin empleo. Es una prestación contributiva. Esto significa que para poder cobrarlo tienes que haber estado trabajando y cotizando en la Seguridad Social durante un número determinado de meses.
Aunque la prestación por desempleo está dirigida a personas que han perdido el trabajo, no todo el mundo tiene derecho a cobrar el paro. Por ejemplo, si has abandonado el empleo voluntariamente no te corresponde. Tampoco puedes solicitarlo si has estado «trabajando en negro».
Otras situaciones pueden ser un poco más complicadas, por ejemplo, cuando hay un despido disciplinario. Puedes consultar todos los detalles en nuestro artículo.
Para poder pedir el paro es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
Es muy importante que tengas en cuenta que, una vez pierdes tu trabajo, tienes 15 días hábiles para pedir el paro. Si tardas más, perderás los ingresos que te corresponderían por ese periodo de tiempo que se queda entre medias. Lo mejor sería que en cuanto te quedes en paro realices la gestión o pidas cita previa para poder acudir a realizarla presencialmente.
Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) pueden optar a una prestación por cese de actividad, pero no al paro como tal. Te contamos todo sobre esta prestación en nuestro artículo sobre el paro para autónomos. En caso de que quieras abrir una empresa, también puedes capitalizar el paro para recibir el pago único.
La prestación contributiva por desempleo depende del tiempo que hayas estado trabajando y la base de tu cotización a la Seguridad Social. Puedes calcular tu prestación por desempleo en nuestra calculadora paro.
Recuerda que para poder cobrar el paro, es obligatorio haber cotizado en la Seguridad Social al menos 360 días.
Las personas que hayan trabajado menos de 360 días también pueden pedir una ayuda. Se llama «prestación por insuficiencia de cotización».
De esta forma, las personas que hayan trabajado al menos 3 meses (si tienes cargas familiares) o 6 meses (sin cargas familiares), pueden cobrar un «miniparo».
Conocer cuántos días de paro tenemos disponibles es muy sencillo. Puedes hacerlo a través de la Sede Electrónica, consultando la prestación SEPE. También dejamos a continuación una tabla con todos los detalles:
¿A cuántos días de paro tengo derecho? | ||
Tiempo cotizado | Tiempo de paro | |
Días | En días | En meses |
de 360 a 539 | 120 | 4 |
de 540 a 719 | 180 | 6 |
de 720 a 899 | 240 | 8 |
de 900 a 1079 | 300 | 10 |
de 1080 a 1259 | 360 | 12 |
de 1260 a 1439 | 420 | 14 |
de 1440 a 1619 | 480 | 16 |
de 1620 a 1799 | 540 | 18 |
de 1800 a 1979 | 600 | 20 |
de 1980 a 2159 | 660 | 22 |
desde 2160 | 720 | 24 |
Cada trabajador tiene derecho a una cantidad de paro diferente. Esta cantidad dependerá de lo que haya estado cotizando en la Seguridad Social.
Si cumples con todos los requisitos para poder optar al paro y quieres conocer la cuantía a la que tienes derecho, sigue los siguientes pasos:
Cuánto se cobra de paro mensual | ||
Situación familiar | Paro mínimo | Paro máximo |
Sin hijos | 560€ | 1.225 € |
Con un hijo | 749 € | 1.400 € |
Con dos o más hijos | 749 € | 1.575 € |
Desde el último día en el que dejas de trabajar, empieza una cuenta atrás de 15 días hábiles para solicitar el paro.
En primer lugar, es fundamental que te inscribas como demandante de empleo. De no hacerlo te denegarán el paro automáticamente.
Para inscribirte como demandante de empleo tendrás que acudir a la oficina de empleo de tu comunidad autónoma. Casi todas las comunidades disponen de un portal online en el que podrás hacer la gestión al instante. Para poder registrarte necesitarás DNI electrónico o Certificado digital.
En cuanto te inscribas como demandante de empleo podrás solicitar el paro. Puedes hacerlo a través de una de estas opciones:
Necesitarás tener a mano la siguiente documentación:
Una vez se haya procesado tu solicitud, el SEPE enviará a la dirección que indicaste en el trámite una carta en la que pondrá si ha sido o no aceptada. Es decir, si te han aprobado el paro.
Si quieres tener la información más actualizada lo antes posible, también puedes comprobar en qué estado se encuentra tu solicitud a través de:
En el momento en el que solicitas el paro, obtienes la información sobre cuándo tendrás que renovarlo, o “sellarlo”. Hoy en día existen dos formas de hacerlo: presencialmente o vía online.
De toda la vida el paro se ha sellado presencialmente, presentándote en las oficinas del SEPE. Si vas a optar por esta opción te recomendamos que pidas cita con antelación.
En algunas comunidades autónomas, existen los denominados “puntos de empleo”. Los cuales son unos cajeros en los cuales puedes realizar este tipo de trámites sin necesidad de desplazarte hasta una oficina. Puedes ver dónde están ubicados a través de la página web del SEPE.
Afortunadamente hoy en día se puede hacer esta gestión online, por lo que si no te apetece dedicarle una mañana, no es necesario que te desplaces hasta una de las oficinas del SEPE para hacerlo.
El registro se hace a través de la Sede Electrónica del SEPE. Nosotros te recomendamos que te registres unos dos o tres días antes por si surge algún imprevisto. Una vez que compruebes que has podido acceder con normalidad, tendrás que esperar hasta el día que te toca sellar el paro.
Los pasos que tendrás que dar para renovar el paro son los siguientes:
Aunque no es necesario que imprimas el documento, sí que recomendamos que lo guardes en tu ordenador y tengas en mente donde se encuentra por si surge alguna complicación.
Ahora, aquellas personas que hayan agotado el paro y todos los subsidios por desempleo del SEPE cobrarán el Ingreso Mínimo Vital de forma AUTOMÁTICA. Sin esperas y sin tener que tramitar la ayuda.
Esta nueva normativa elimina las barreras administrativas, para dar cobertura económica a las personas que más lo necesitan. Serán las administraciones públicas las que harán todo el papeleo.
Para poder cobrar el IMV de forma automática tras agotar los subsidios, el ciudadano solo tendrá que autorizar al SEPE para que pueda consultar sus datos personales. De esta forma, empezarás a cobrar el IMV como máximo, 10 días después de agotar tu prestación.
También se pone en marcha un nuevo teléfono de información, el 020, para resolver dudas sobre el proceso.
Tienes 15 días para poder solicitar el paro desde el despido. Tiene efecto retroactivo. Luego ya no tendrás derecho a tal prestación.
Sí, al tratarse de una prestación, siempre es necesario declararlo.
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Hola, Pablo
Para poder solicitar el retorno voluntario es necesario cumplir con todos los requisitos. En este caso, los años de cotización no se contemplan, pero sí la residencia legal en España.
un saludo!
quiero regresar a mi país y cobrar el paro total debo llevar el formulario lleno o allí lo llenan de retorno voluntario.la cuenta en Colombia debe de estar ami nombre o puede ser de un familiar
Hola, Javier
Siempre a tu nombre y si es un IBAN español, mucho mejor. Puedes hacer el trámite por internet o incluso a través de correo administrativo.
Espero haber sido de ayuda 🙂
un saludo