El despido improcedente ocurre cuando la empresa extingue el contrato sin acreditar una causa legal válida o sin respetar los requisitos formales del procedimiento de despido en España. Si la empresa lo reconoce o un juzgado lo declara así, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado (máximo 24 mensualidades) y puede solicitar el paro desde el día siguiente al despido.
Índice
Qué es el despido improcedente
El Estatuto de los Trabajadores establece que un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa que alega, cuando la causa no es suficientemente grave o cuando no se respetan los requisitos formales obligatorios: entregar carta de despido por escrito, indicar la fecha de efectos y cumplir los plazos de preaviso en el despido objetivo.
La diferencia entre los tres tipos de despido en España es la siguiente:
Tipo de despido
Causa justificada
Indemnización
Paro
Procedente
Sí, probada
0 euros (disciplinario) o 20 días/año (objetivo)
Sí
Improcedente
No
33 días/año, máx. 24 mensualidades
Sí
Nulo
No, y vulnera derechos fundamentales
Readmisión obligatoria + salarios de tramitación
No aplica
Importante
Si la empresa no entrega carta de despido por escrito, el despido se considera automáticamente improcedente, y el trabajador puede reclamarlo ante el SMAC sin necesidad de mayor justificación.
Cuándo se considera improcedente un despido
Los supuestos más habituales en los que el despido se declara improcedente son los siguientes:
Falta de causa real: la empresa alega faltas de asistencia o bajo rendimiento sin prueba suficiente.
Defectos de forma: no se entrega carta de despido, no consta la fecha de efectos o no se respeta el preaviso de 15 días en el despido objetivo.
Causas económicas no acreditadas: la empresa invoca pérdidas o reducción de ingresos persistentes sin documentación que lo respalde.
Incumplimiento del procedimiento en despidos colectivos: en los ERE, si no se ha completado el período de consultas obligatorio con la representación legal de los trabajadores.
Despido disciplinario sin suficiente gravedad: se alega causa disciplinaria pero el comportamiento del trabajador no es de la gravedad exigida por el convenio colectivo o el propio Estatuto.
El hecho de que un despido sea improcedente no implica necesariamente mala fe por parte de la empresa: puede deberse a un error formal o a que las causas alegadas no han podido acreditarse en sede judicial. Lo relevante para el trabajador es que, sea cual sea el motivo, tiene derecho a la indemnización.
Indemnización por despido improcedente: cuánto te corresponde
La indemnización por despido improcedente se calcula en función del salario diario bruto y de los años de servicio en la empresa. Tras la reforma laboral de 2012, el cálculo distingue dos períodos:
Período trabajado antes del 12/02/2012: 45 días de salario por año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades para ese tramo.
Período trabajado desde el 12/02/2012: 33 días de salario por año de servicio, con un máximo global de 24 mensualidades.
Para contratos firmados íntegramente después de 2012, la fórmula es:
Indemnización = salario diario bruto × 33 × años trabajados
Salario diario = (salario anual bruto con pagas extra y complementos fijos) ÷ 365
Algunos ejemplos orientativos para contratos íntegramente posteriores a 2012:
Salario anual bruto
Antigüedad
Indemnización estimada
20.000 euros
3 años
~5.425 euros
25.000 euros
5 años
~11.301 euros
30.000 euros
10 años
~27.123 euros
40.000 euros
15 años
~54.247 euros
50.000 euros
20 años (tope)
~100.000 euros
Para el cálculo exacto, el salario anual debe incluir todas las retribuciones: sueldo base, pagas extra, complementos fijos y, si las hay, comisiones o variables consolidadas. No se incluyen las dietas ni los gastos de desplazamiento. Puedes consultar también el calculador de indemnización por despido para hacer el cómputo completo.
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¿Puedo cobrar el paro tras un despido improcedente?
Sí. El despido improcedente da derecho a cobrar la prestación por desempleo siempre que el trabajador haya cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años antes del despido. La indemnización y el paro son compatibles: son dos conceptos totalmente independientes.
El plazo para solicitar el paro en el SEPE es de 15 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Si se supera ese plazo, los días de retraso se descuentan de la duración total de la prestación. Puedes usar el calculador de paro para estimar cuánto tiempo y qué cuantía te correspondería.
Más información
Si has agotado el paro o no tienes derecho a él, consulta las ayudas disponibles cuando se acaba el paro, como el subsidio por desempleo o la Renta Activa de Inserción.
Cómo reclamar un despido improcedente paso a paso
La ley laboral exige pasar por una conciliación previa antes de acudir al juzgado. El proceso completo tiene cuatro fases:
1. Reúne la documentación desde el primer día
Guarda la carta de despido, el contrato de trabajo, las últimas nóminas, el finiquito y cualquier comunicación con la empresa. Si no te han entregado carta, ese hecho ya implica improcedencia y también debes reclamarlo dentro del plazo.
2. Presenta la papeleta de conciliación ante el SMAC
El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma es el primer paso obligatorio. Presentar la papeleta interrumpe el plazo de 20 días hábiles mientras dure el trámite. En la conciliación, la empresa puede reconocer la improcedencia y abonar la indemnización sin necesidad de juicio, lo que ocurre en una parte significativa de los casos.
3. Si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social
Si la conciliación fracasa (o la empresa no comparece), el siguiente paso es interponer demanda ante el Juzgado de lo Social. En este punto es muy recomendable contar con un abogado laboralista. Si no tienes recursos suficientes, puedes solicitar la asistencia jurídica gratuita para que te represente el turno de oficio.
Importante
El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad: si no presentas la papeleta de conciliación antes de que transcurran esos días, pierdes definitivamente el derecho a reclamar la improcedencia.
4. El juzgado declara el despido improcedente: readmisión o indemnización
Si el juzgado falla a tu favor, la empresa tiene la opción de readmitirte (con el pago de los salarios de tramitación desde el despido hasta la sentencia) o de abonar la indemnización de 33 días por año. En la inmensa mayoría de los casos las empresas optan por pagar la indemnización. La excepción son los representantes legales de los trabajadores (delegados sindicales, miembros del comité de empresa): en ese caso, es el trabajador quien decide entre readmisión e indemnización.
Casos especiales: embarazo, baja médica y contratos mixtos
Hay situaciones en las que el despido improcedente puede convertirse en despido nulo, con consecuencias diferentes:
Embarazo y maternidad: el despido de una trabajadora embarazada se presume nulo salvo que la empresa acredite causa objetiva ajena al embarazo. La nulidad implica readmisión inmediata y salarios de tramitación, no indemnización de 33 días.
Baja médica (incapacidad temporal): el despido durante una baja médica puede declararse improcedente o nulo. Los tribunales han ampliado la protección en estos casos en los últimos años, especialmente cuando la baja se prolonga y puede asimilarse a una discapacidad.
Contratos anteriores a 2012: si llevas muchos años en la misma empresa, parte de tu indemnización se calcula a 45 días/año (período anterior al 12/02/2012) y el resto a 33 días/año. El cálculo puede ser complejo; el calculador de indemnización por despido y un abogado laboralista pueden ayudarte a obtener el importe exacto.
Despido en ERTE o FOGASA: si la empresa está en un ERTE o si no puede pagar la indemnización, el FOGASA cubre parte de la indemnización hasta los límites legales.
Si tienes dudas sobre si tu despido es improcedente o nulo, consulta a un abogado laboralista antes de que transcurran los 20 días hábiles. La estrategia de reclamación y los derechos que te corresponden son distintos en cada caso.
Otras preguntas frecuentes
⏱️ ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido improcedente?
Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad: si no presentas la papeleta de conciliación ante el SMAC en ese tiempo, pierdes el derecho a reclamar la improcedencia. El plazo queda interrumpido desde que presentas la papeleta hasta que se celebra el acto de conciliación.
💰 ¿Tengo derecho al paro si me despiden de forma improcedente?
Sí. La indemnización por despido improcedente y la prestación por desempleo (paro) son completamente compatibles. Para acceder al paro debes tener cotizados al menos 360 días en los últimos 6 años y solicitarlo en el SEPE en los 15 días hábiles siguientes al despido.
📋 ¿Qué ocurre si la empresa no me entrega carta de despido?
Si la empresa no entrega carta de despido por escrito, el despido se considera automáticamente improcedente, independientemente de los motivos alegados verbalmente. Tienes el mismo plazo de 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC.
🏢 ¿Puede la empresa elegir entre readmitirme o pagarme la indemnización?
Sí, salvo excepciones. En los despidos declarados improcedentes, la empresa elige entre readmitir al trabajador (con salarios de tramitación desde el despido hasta la sentencia) o abonar la indemnización de 33 días por año. La excepción son los representantes sindicales: en ese caso, es el propio trabajador quien elige.