👴¿Me pueden quitar los complementos a la pensión?
Sí. El complemento a mínimos de la pensión se revisa cada año. Si no cumples con los requisitos establecidos de renta, se te retirará.
Las personas mayores son uno de los colectivos más vulnerables de nuestro país. Muchos de ellos, reciben una pensión mínima, incluso por debajo del SMI. Por eso, el Gobierno destina algunas ayudas económicas para garantizar un nivel de vida digno a los jubilados y pensionistas. En Tus Ayudas te contamos las prestaciones con las que podrás complementar tu pensión y cómo solicitarlas.
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Si estás jubilado, pero te queda una pensión muy baja y te cuesta llegar a fin de mes, debes saber que hay diversas ayudas para complementar la pensión y conseguir un extra de hasta 525 euros al mes.
Sin embargo, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos, que varían dependiendo del trámite. La mayoría de estas prestaciones se tramitan a través de la Seguridad Social o la Sede Electrónica de las diferentes comunidades autónomas.
El Complemento a mínimo es una ayuda económica que se añade todos los meses a la pensión, en su modalidad contributiva, en los casos en los que no se alcance la cantidad mínima fijada legalmente.
Tal y como su nombre indica, se trata de un complemento a las pensiones más bajas, para garantizar que llegan a la cuantía mínima legal de jubilación.
La solicitud de esta prestación se debe hacer junto con la pensión, pero también es posible tramitarlo a posteriori, adjuntando la declaración de la renta en las oficinas de atención de la Seguridad Social.
No todo el mundo puede pedir este complemento a la pensión. Es esencial cumplir con una serie de requisitos establecidos:
Desde el año 2021, a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad puede añadírsele un complemento si tienes hijos. Se le conoce como ‘complemento para reducir la brecha de género’.
Se trata de una cantidad pensada para compensar a padres y madres por el efecto negativo que haya podido tener en sus carreras laborales el hecho de haber tenido hijos.
La cuantía es de 425,6 euros al año, es decir, 30,4 euros al mes por hijo. Las cuantías son las siguientes:
Para poder beneficiarte de esta ayuda, es necesario acreditar una serie de cuestiones. Los requisitos varían en función de si eres hombre o mujer. Los generales son:
En caso de que seas hombre, también deberás acreditar:
Esta ayuda se tramita a través de la Seguridad Social.
También existe un complemento económico para aquellas personas que cobran una pensión no contributiva por invalidez o jubilación, carezcan de vivienda en propiedad y residan, de manera habitual, en una vivienda alquilada.
Esta ayuda es de 525 euros al mes y se cobra junto con la pensión, pero es imprescindible reunir una serie de requisitos:
Esta ayuda deberás solicitarla a través de la Sede Electrónica de cada comunidad autónoma o en la Sede Electrónica del IMSERSO.
Además de los complementos a las pensiones, también existen una serie de subsidios económicos compatibles con la jubilación. Estas ayudas se conceden principalmente en función de los niveles de renta.
Sí. El complemento a mínimos de la pensión se revisa cada año. Si no cumples con los requisitos establecidos de renta, se te retirará.
En 2024, la pensión mínima para personas mayores de 65 años es de 783 euros al mes. Esta cantidad aumenta si tienes cónyuge a cargo.
Todas las ayudas y complementos de la jubilación se cobran cada mes junto con la pensión.
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