Las personas mayores son uno de los colectivos más vulnerables de nuestro país. Muchos de ellos, reciben una pensión mínima, incluso por debajo del SMI. Por eso, el Gobierno destina algunas ayudas económicas para garantizar un nivel de vida digno a los jubilados y pensionistas. En Tus Ayudas te contamos las prestaciones con las que podrás complementar tu pensión y cómo solicitarlas.
Índice
Todas las ayudas y complementos a la jubilación
Si estás jubilado, pero te queda una pensión muy baja y te cuesta llegar a fin de mes, debes saber que hay complementos que se suman a la pensión, y cuál te toca depende del tipo de pensión que cobres. Si tu pensión es contributiva, puedes pedir el complemento a mínimos (hasta 8.803,20 euros al año en 2026) y el complemento por hijo (hasta 2.066,40 euros al año). Si tu pensión es no contributiva, el que te corresponde es la ayuda al alquiler de 525 euros al año.
Sin embargo, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos, que varían dependiendo del trámite. La mayoría de estas prestaciones se tramitan a través de la Seguridad Social o la Sede Electrónica de las diferentes comunidades autónomas.
El Complemento a mínimo es una ayuda económica que se añade todos los meses a la pensión, en su modalidad contributiva, en los casos en los que no se alcance la cantidad mínima fijada legalmente.
Tal y como su nombre indica, se trata de un complemento a las pensiones más bajas, para garantizar que llegan a la cuantía mínima legal de jubilación.
La solicitud de esta prestación se debe hacer junto con la pensión, pero también es posible tramitarlo a posteriori, adjuntando la declaración de la renta en las oficinas de atención de la Seguridad Social. Si lo pides más tarde, solo te abonan los tres meses anteriores a la solicitud, así que no conviene dejarlo aparcado.
El complemento cubre la diferencia entre tu pensión y la mínima que te corresponde, y en las pensiones causadas desde el 1 de enero de 2013 no puede superar los 8.803,20 euros al año en 2026. Te lo explicamos con números en nuestra guía de ejemplos de complemento a mínimos.
Atención
El complemento a mínimos no es un derecho consolidado. Se revisa cada año y se absorbe con cualquier subida futura de tus pensiones, ya sea por revalorización o porque te reconozcan otra prestación. Y ojo: si se comprueba después que superaste el límite de rentas, la Seguridad Social considera indebidamente cobrado todo el complemento del año entero, no solo los meses de más. Si a lo largo del año tus rentas acumuladas pasan del límite, tienes un mes para comunicarlo.
Requisitos para pedir el complemento a mínimos
No todo el mundo puede pedir este complemento a la pensión. Es esencial cumplir con una serie de requisitos establecidos:
Tener reconocida una pensión cuya cuantía no alcance la cantidad mínima que se establece anualmente para cada caso.
Que los ingresos totales no superen los límites establecidos, sin contar la propia pensión. En 2026 el límite es de 9.442 euros anuales, o de 11.013 euros anuales sumando tus ingresos y los de tu cónyuge si lo tienes a cargo.
Se trata de una cantidad pensada para compensar a padres y madres por el efecto negativo que haya podido tener en sus carreras laborales el hecho de haber tenido hijos.
En 2026 la cuantía es de 36,90 euros al mes por cada hijo, que se cobran en 14 pagas junto con la pensión. El complemento se paga como máximo por cuatro hijos, aunque tengas más:
Un hijo: 36,90 euros al mes, 516,60 euros al año.
Dos hijos: 73,80 euros al mes, 1.033,20 euros al año.
Tres hijos: 110,70 euros al mes, 1.549,80 euros al año.
Cuatro o más hijos: 147,60 euros al mes, 2.066,40 euros al año.
Importante
Solo puede cobrarlo uno de los dos progenitores por los mismos hijos. Si los dos lo piden, se reconoce a quien tenga la suma de pensiones públicas más baja, y reconocérselo al segundo extingue el complemento del primero.
Requisitos para pedir el complemento por hijos
Los requisitos son los mismos para mujeres y para hombres, y son dos:
Haber tenido o adoptado un hijo o más, que hubiera nacido con vida o hubiera sido adoptado antes de la fecha en la que causas la pensión.
Cobrar una pensión contributiva de jubilación (salvo la parcial), incapacidad permanente o viudedad, causada a partir del 4 de febrero de 2021.
Hay tres casos en los que no se reconoce: a quien haya sido privado de la patria potestad por sentencia, al padre condenado por ejercer violencia contra la madre y al progenitor condenado por ejercer violencia contra los hijos.
No hay que demostrar ningún perjuicio en la carrera profesional. Hasta 2025 a los hombres se les exigían condiciones extra (120 días sin cotizar o una caída de más del 15% en sus bases de cotización), pero la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de mayo de 2025 las declaró discriminatorias y la Seguridad Social ya no las exige. Si eres hombre y tu pensión se causó entre el 4 de febrero de 2021 y el 15 de mayo de 2025 y no lo pediste, puedes reclamarlo con efectos desde la fecha de efectos de tu pensión. Si tu pensión es posterior al 15 de mayo de 2025, se aplica la retroactividad general de tres meses. Te contamos cómo hacerlo en la guía del complemento de paternidad para jubilados.
Esta ayuda se tramita a través de la Seguridad Social, junto con la solicitud de la pensión o después, con una solicitud propia.
Ayuda al alquiler de 525 euros para pensiones no contributivas
También existe un complemento económico para aquellas personas que cobran una pensión no contributiva por invalidez o jubilación, carezcan de vivienda en propiedad y residan, de manera habitual, en una vivienda alquilada.
Esta ayuda es de 525 euros al año y, al contrario de lo que mucha gente cree, no se reparte en las mensualidades de la pensión: se paga de una sola vez, antes del 31 de diciembre. Si ese año no da tiempo a abonarlo, la ley permite pagarlo como máximo dentro del primer semestre del año siguiente. Para cobrarla es imprescindible reunir estos requisitos:
Cobrar una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, tanto cuando presentas la solicitud como cuando te la resuelven.
No tener vivienda en propiedad.
Ser titular de un contrato de alquiler legal con una vigencia mínima de un año, que sea tu domicilio habitual y en el que lleves viviendo al menos los 180 días anteriores a la solicitud.
No tener relación conyugal o de parentesco de hasta tercer grado con el arrendador, ni convivir con él como pareja.
Si en la vivienda viven varias personas con pensión no contributiva, solo la cobra quien firma el contrato y, si figuran varios, el primero de ellos.
Cobrar estos 525 euros no te hace perder la pensión no contributiva: la ley deja este complemento fuera del cómputo de rentas que se mira para mantener el derecho a la pensión.
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Cómo solicitar la ayuda al alquiler para pensionistas
La solicitud se presenta ante el órgano que gestiona las pensiones no contributivas en tu comunidad autónoma y, si vives en el País Vasco o en Navarra, ante tu Diputación Foral. El IMSERSO solo la tramita si resides en Ceuta o Melilla. El plazo para pedirla en 2026 termina el 31 de diciembre, y si pasan tres meses sin respuesta se entiende denegada.
Otras ayudas que puedes pedir si eres pensionista
Además de los complementos a las pensiones, también existen una serie de subsidios y descuentos compatibles con la jubilación. La mayoría se conceden en función de los niveles de renta, y algunos, simplemente por la edad.
Ayudas de renta, facturas y vivienda
Ingreso Mínimo Vital. No es incompatible con la pensión, pero no se suma a ella: la pensión cuenta como ingreso y el IMV solo paga la diferencia hasta la renta garantizada. Si tu pensión ya llega a esa renta, no te lo reconocen.
Bono social eléctrico. Cobrar la pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente y no tener otros ingresos por encima de 500 euros al año da derecho a un descuento del 42,5% en la factura de la luz durante todo 2026, que sube al 57,5% si eres consumidor vulnerable severo. Si vives acompañado, todos los miembros de la unidad de convivencia que tengan ingresos deben cumplir también esa condición.
Bono social térmico. Este no hay que pedirlo: lo reciben de forma automática quienes tenían el bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior. La ayuda mínima es de 50 euros y la pagan las comunidades autónomas.
Subvenciones a la rehabilitación de vivienda. Las comunidades autónomas convocan ayudas para obras de accesibilidad (rampas, salvaescaleras, apertura automática de puertas). Dentro de la vivienda, las cuantías más altas se reservan a quien tiene reconocido un grado de discapacidad del 33% o del 65%.
Ayudas de salud, dependencia y transporte
Ayudas para ir al dentista gratis. Varias comunidades autónomas cubren prótesis y tratamientos dentales, aunque el requisito suele ser la edad y el nivel de renta, no el hecho de estar jubilado.
Ayuda a la dependencia. Existen una gran variedad de ayudas y prestaciones para personas que se encuentran en situación de dependencia. Pueden ser económicas o de servicios.
Abono transporte. En algunas comunidades el transporte público es gratis a partir de los 65 años, con tope de viajes: en Galicia, la tarifa +65 da a los mayores de 65 años hasta 60 viajes gratis al mes durante 2026 en el transporte interurbano de la Xunta, con la Tarxeta de Mobilidade de Galicia.
De los tres, el que se revisa cada año es el complemento a mínimos: si superas el límite de rentas (9.442 euros anuales en 2026, u 11.013 euros sumando tus ingresos y los de tu cónyuge si lo tienes a cargo), dejas de cobrarlo y te reclaman todo el complemento de ese año, aunque podrás volver a pedirlo cuando vuelvas a cumplir los requisitos. El complemento por hijo y la ayuda al alquiler no dependen de ese límite.
💶¿Cuánto es la pensión mínima en España?
En 2026 la pensión mínima de jubilación a partir de los 65 años es de 1.256,60 euros al mes con cónyuge a cargo, 936,20 euros si vives solo y 888,70 euros con cónyuge no a cargo, repartidos en 14 pagas.
🤔¿Cuándo se cobran los complementos a la pensión?
Depende del complemento y del tipo de pensión. El complemento a mínimos y el complemento por hijo se suman cada mes a la pensión contributiva, en 14 pagas. La ayuda al alquiler de 525 euros es solo para pensiones no contributivas y se paga una sola vez al año, antes del 31 de diciembre.
👨¿Pueden los hombres cobrar el complemento por hijo?
Sí, y en las mismas condiciones que las mujeres. Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 15 de mayo de 2025 ya no se les exigen requisitos adicionales. Si tu pensión se causó entre el 4 de febrero de 2021 y el 15 de mayo de 2025 y no lo pediste, puedes reclamarlo con efectos desde la fecha de efectos de tu pensión.
Quisiera saber por favor si para cobrar la ayuda de 525 euros por ser mayor de 65 años y vivir en una casa alquilada, es requisito vivir y estar empadronada sola en el domicilio de alquiler.
Gracias
Belén
Hola María Isabel,
Sí, esos son los requisitos para solicitar esa ayuda. Están especificados en el artículo. Para más información le aconsejo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
Anne
Hola, recibo una pensión del Reino Unido. No es la pensión completa. Mientras estaba en España, recibía una pensión por discapacidad, pero esto se detuvo una vez que recibí mi pensión estatal. ¿Hay alguna ayuda que podría obtener?
Belén
Hola Anne,
Las prestaciones que puedes solicitar dependerán de la cuantía de tu pensión y el lugar donde residas. Puedes conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realizando nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Carlos Gutierrez Muñoz
A mi suegra de 91 años le han quitado el complemento de pensión no contributiva ¿Donde podriamos recibir asesoramiento para poder recuperarla?
Belén
Hola Carlos,
Lo más probable es que la suspensión del complemento es por haber superado los umbrales de ingresos o no presentar la declaración de la renta. En cualquier caso, puede acudir a los Servicios Sociales más cercanos o bien coger cita en el INSS. Lo esencial es conocer la causa de dicha suspensión para poder adjuntar los documentos necesarios. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Natividad Bermudez Fernández
Para poder saber las ayudas que puedo pedir,cobrando una pensión no contributiva de 650 €
Quisiera saber por favor si para cobrar la ayuda de 525 euros por ser mayor de 65 años y vivir en una casa alquilada, es requisito vivir y estar empadronada sola en el domicilio de alquiler.
Gracias
Hola María Isabel,
Sí, esos son los requisitos para solicitar esa ayuda. Están especificados en el artículo. Para más información le aconsejo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
Hola, recibo una pensión del Reino Unido. No es la pensión completa. Mientras estaba en España, recibía una pensión por discapacidad, pero esto se detuvo una vez que recibí mi pensión estatal. ¿Hay alguna ayuda que podría obtener?
Hola Anne,
Las prestaciones que puedes solicitar dependerán de la cuantía de tu pensión y el lugar donde residas. Puedes conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realizando nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
A mi suegra de 91 años le han quitado el complemento de pensión no contributiva ¿Donde podriamos recibir asesoramiento para poder recuperarla?
Hola Carlos,
Lo más probable es que la suspensión del complemento es por haber superado los umbrales de ingresos o no presentar la declaración de la renta. En cualquier caso, puede acudir a los Servicios Sociales más cercanos o bien coger cita en el INSS. Lo esencial es conocer la causa de dicha suspensión para poder adjuntar los documentos necesarios. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Para poder saber las ayudas que puedo pedir,cobrando una pensión no contributiva de 650 €
Hola Natividad,
Te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.