Jubilación

Pensión mínima de jubilación 2026: cuantías, tabla completa y quién puede cobrarla

El 29 julio 2026 por Alejandro Fernández Couto - 10 minutos de lectura

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Pensión mínima de jubilación: pareja de jubilados revisando su documentación en casaLa Seguridad Social paga cada mes casi 10,5 millones de pensiones contributivas, de las que 6,7 millones son de jubilación. Saber cuál es la pensión mínima de jubilación que la ley te garantiza es clave para saber con qué ingresos vas a contar cada mes. Aquí tienes las cuantías de 2026 con la tabla completa, quién puede cobrarlas y qué hacer si tu pensión se queda por debajo.

Cuál es la pensión mínima de jubilación en 2026

La respuesta depende de tu edad y de tu situación familiar. Para un jubilado de 65 años o más con cónyuge a cargo, la pensión mínima garantizada en 2026 es de 17.592,40 euros al año. Si el cónyuge no está a su cargo, baja a 12.441,80 euros. Y quien vive solo (lo que la norma llama unidad económica unipersonal) tiene garantizados 13.106,80 euros anuales.

Un detalle que confunde a mucha gente: esas cifras son anuales y las pensiones se cobran en 14 pagas, no en 12. Para saber cuánto entra en tu cuenta cada mes hay que dividir entre 14. Así, esos 17.592,40 euros anuales son 1.256,60 euros al mes, y los 13.106,80 euros se quedan en 936,20 euros mensuales. Si divides entre 12 te saldrá una cifra muy superior a la que vas a cobrar de verdad.

Si tu pensión contributiva no llega a esos mínimos, no te quedas ahí: existe el complemento a mínimos, una cuantía extra que la Seguridad Social añade hasta alcanzar la cifra garantizada. Te lo explicamos más abajo.

Tabla de pensiones mínimas 2026 completa

Estas son todas las cuantías mínimas de 2026, no solo las de jubilación: la tabla incluye también la incapacidad permanente y la viudedad. Los importes son anuales y están tomados del anexo I del Real Decreto 241/2026, la norma que fijó la revalorización de este año.

Clase de pensión Con cónyuge a cargo Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) Con cónyuge no a cargo
Jubilación
Titular con 65 años 17.592,40 € 13.106,80 € 12.441,80 €
Titular menor de 65 años 17.592,40 € 12.262,60 € 11.590,60 €
Titular con 65 años procedente de gran incapacidad 26.385,80 € 19.660,20 € 18.662,00 €
Incapacidad permanente
Gran incapacidad 26.385,80 € 19.660,20 € 18.662,00 €
Absoluta 17.592,40 € 13.106,80 € 12.441,80 €
Total: titular con 65 años 17.592,40 € 13.106,80 € 12.441,80 €
Total: titular de 60 a 64 años 17.592,40 € 12.262,60 € 11.590,60 €
Total: derivada de enfermedad común, menor de 60 años 9.662,80 € 9.662,80 € 9.580,20 €
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: titular con 65 años 17.592,40 € 13.106,80 € 12.441,80 €
Viudedad (importe único, sea cual sea la situación conyugal)
Titular con cargas familiares 17.592,40 €
Titular con 65 años o con discapacidad igual o superior al 65% 13.106,80 €
Titular de 60 a 64 años 12.262,60 €
Titular con menos de 60 años 9.931,60 €
Atención
Todos los importes de la tabla son anuales: el equivalente mensual sale de dividir entre 14 pagas. En la viudedad, además, la norma fija un único importe por tramo, sin desdoblarlo por situación conyugal.

Con esa tabla ya puedes situar tu caso, pero la cuantía final depende de lo que hayas cotizado. Y al margen de la pensión, hay ayudas que puedes cobrar a la vez.

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Complemento a mínimos de la pensión

El complemento a mínimos es una cuantía económica extra que se suma a las pensiones contributivas cuando no alcanzan el mínimo fijado legalmente cada año. Su objetivo es garantizar unos ingresos suficientes para vivir. Se actualiza cada año con la revalorización de las pensiones, y se mantiene mientras sigas cumpliendo los requisitos.

Requisitos para cobrar el complemento a mínimos

  • Tener una pensión contributiva (jubilación, viudedad, incapacidad permanente o en favor de familiares) que no alcance la cuantía mínima anual establecida.
  • No superar el límite de ingresos, sin contar la propia pensión: en 2026 son 9.442,00 euros anuales, o 11.013,00 euros anuales si tienes cónyuge a cargo.
  • Residir en territorio español.
Importante
Esos límites de ingresos incluyen las rentas del trabajo, del capital y de actividades económicas, además de las ganancias patrimoniales. Lo que no se computa es el importe de la propia pensión. Ten en cuenta que estás obligado a comunicar cualquier variación de tus ingresos: si superas el límite, el INSS puede reclamarte lo cobrado de más.

Pensión máxima en 2026

En el extremo contrario está el límite máximo de percepción, que en 2026 está fijado en 3.359,60 euros al mes o 47.034,40 euros al año, incluidas las pagas extraordinarias. Es un tope que se aplica al beneficiario sumando todas sus pensiones: si alguien cobra a la vez jubilación y viudedad, el total conjunto no puede superar esa cifra.

Si quieres saber además qué día concreto te ingresan el dinero, lo tienes mes a mes en nuestro calendario de cobro de la pensión por bancos.

Subida de las pensiones en 2026

Las pensiones contributivas de la Seguridad Social subieron un 2,7% el 1 de enero de 2026 con carácter general, y esa revalorización ya está aplicada en la nómina que se cobra cada mes. El porcentaje se calcula con la media de la inflación interanual de los doce meses anteriores a diciembre de 2025, con el objetivo de que los pensionistas mantengan su poder adquisitivo.

Las pensiones mínimas subieron por encima de la media, algo más del 7%, y el incremento llegó al 11,4% en las pensiones con cónyuge a cargo y en las de viudedad con cargas familiares. La subida alcanza también a la incapacidad permanente, la orfandad y las pensiones en favor de familiares, y también a las de Clases Pasivas. La norma que lo regula es el Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, con efectos económicos desde el 1 de enero. Si ya cobras pensión, te interesa saber cómo pedir el nuevo carnet de pensionista y qué descuentos da.

Qué puedes cobrar si no has cotizado lo suficiente

Para cobrar la pensión contributiva de jubilación hay que haber cotizado al menos 15 años, y 2 de ellos deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de jubilarte. Si no llegas a ese mínimo, todavía puedes optar a la pensión no contributiva, que en 2026 tiene una cuantía íntegra de 8.803,20 euros anuales (628,80 euros al mes en 14 pagas).

Para acceder a ella hay que cumplir estas condiciones:

  • Tener 65 años o más y residir legalmente en España durante 10 años entre los 16 años y la fecha en que se devenga la pensión, de los cuales 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Tener rentas propias inferiores a 8.803,20 euros al año, que coincide con la cuantía íntegra de la pensión no contributiva.
  • Si convives con más personas, se mira el conjunto de la unidad económica de convivencia, contándote a ti: el límite es de 14.965,44 euros anuales si sois 2 personas, 21.127,68 euros si sois 3, 27.289,92 euros si sois 4 y 33.452,16 euros si sois 5.
  • Si los convivientes son padres, madres, hijos o hijas (parentesco de primer grado), el límite es mucho más alto: 37.413,60 euros anuales si sois 2 personas, 52.819,20 euros si sois 3, 68.224,80 euros si sois 4 y 83.630,40 euros si sois 5.
Más información
Tienes los requisitos y el trámite completo en nuestra guía de la pensión no contributiva, y repasamos el resto de prestaciones no contributivas que puedes solicitar.

Diferencias entre pensiones contributivas y no contributivas

Existen varios tipos de pensiones en España, pero se pueden agrupar en dos grandes bloques. Las contributivas son las que se reconocen a quien ha cotizado el tiempo mínimo exigido, y su cuantía depende de lo cotizado. Las no contributivas se conceden por necesidad económica, sin exigir cotización, y tienen una cuantía fija.

Conviene saber que las dos tributan como rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta, aunque en la práctica muchas pensiones bajas no llegan al mínimo que obliga a declarar. La excepción son las pensiones de incapacidad permanente absoluta y gran incapacidad, que están exentas de IRPF.

También existe la pensión SOVI, un régimen antiguo para quienes cotizaron antes de 1967. Lo contamos todo en nuestra guía de la pensión SOVI.

Nueva edad de jubilación 2026: ¿cuántos años hay que cotizar?

La edad legal para jubilarse ha ido subiendo año a año, lo que genera bastante confusión. En 2026 depende de lo que hayas cotizado: quien acredita 38 años y 3 meses o más puede jubilarse a los 65 años, y quien no llega a esa cifra tiene que esperar a los 66 años y 10 meses. Lo tienes desarrollado en nuestra guía de la nueva edad de jubilación.

Año Periodo cotizado Edad exigida
2026 38 años y 3 meses o más 65 años
2026 Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses
2027 38 años y 6 meses o más 65 años
2027 Menos de 38 años y 6 meses 67 años

A partir de 2027 la escala se estabiliza: quien no acredite 38 años y 6 meses cotizados tendrá que esperar a cumplir los 67 años. Si estás pensando en adelantar tu salida del mercado laboral, te interesa nuestra guía sobre la jubilación anticipada.

¿Cómo se solicita la pensión mínima?

La pensión mínima no se solicita por separado: se pide la pensión de jubilación y la Seguridad Social reconoce el complemento a mínimos junto con ella si declaras ingresos por debajo del límite. El trámite se puede hacer por estos canales:

  • En la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en Import@ss, con certificado digital o Cl@ve.
  • Pidiendo cita previa en una oficina de la Seguridad Social.
  • Por correo postal, enviando la solicitud firmada a la dirección provincial del INSS que te corresponda.
  • Mediante representante, ya sea un familiar o un profesional, que debe figurar como tal y aportar la documentación.
  • Con el trámite sin certificado digital, en el que se envía la solicitud y la oficina correspondiente contacta después para confirmar los datos. Al no llevar firma electrónica, es la vía más lenta y a menudo acaba en una gestión presencial.

¿Cómo me comunican la resolución de la pensión?

La Seguridad Social utiliza medios electrónicos para notificar. Puedes consultar el buzón de notificaciones en su web identificándote con certificado, Cl@ve o DNIe. Si no dispones de ninguno, puedes usar el acceso por SMS, siempre que tu número esté dado de alta en la base de datos de la Seguridad Social: introduces tu DNI y tu teléfono, y recibes una clave de un solo uso para entrar.

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Alejandro Fernández Couto

Director y responsable editorial

Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.


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Preguntas
  • María Luisa de la Faba Díaz

    Que pensión me corresponde son ciudadana Española nací en Cuba y ahora vivo en Las palma de Gran Canaria edad 69 años

    • Belén

      Hola María Luisa,
      Pues todo depende de lo que hayas cotizado en España. Para saber la cifra exacta, deberás acudir a alguna oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito, para saber qué otra pensión puede pedir.
      Un saludo 🙂

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