Salud

Estos son los grados y beneficios de la Ley de dependencia

El 2 agosto 2024 por Laura - 8 minutos de lectura

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ley de dependencia 2024

¿Eres dependiente o conoces a una persona que puede serlo? La Ley de Dependencia es una ayuda a la salud que se creó para ayudar a las personas que, por su edad, discapacidad o algún tipo de enfermedad, necesiten ayuda para poder realizar las actividades de su día a día.

A continuación te contamos todo lo que necesitas saber sobre esta ayuda a la salud para que puedas solicitarla lo antes posible.

¿Qué es una persona dependiente?

Son dependientes las personas que necesitan un apoyo para poder realizar sus actividades del día a día o de necesidades básicas. Por norma general, se tienen en cuenta las actividades relacionadas con: alimentarse, ir al baño, asearse, vestirse, mantenerse sano, desplazarse tanto dentro como fuera de la vivienda y tomar decisiones.

Existen también unas ayudas a la discapacidad que pueden interesarte, incluso si estás cuidando de una persona que tenga esta condición (hijo, cónyuge o ascendientes). O si eres pensionista discapacitado.

No obstante, existen diferentes tipos de dependencia que se pueden tener. Esto dependerá del nivel de autonomía que tenga cada persona.

Grados de dependencia

Existen por Ley 3 grados de dependencia:

  1. Grado 1 o dependencia moderada. Este es el grado de dependencia si la persona necesita ayuda al menos 1 vez al día para realizar sus tareas diarias.
  2. Grado 2 o dependencia severa. Cuando la persona necesita ayuda dos o más veces al día.
  3. Grado 3 o gran dependencia. En el caso de que la persona necesite un apoyo permanente o varias veces al día. Puede ser debido a que haya perdido la autonomía física o mentalmente.

Es muy común que las personas mayores pasen por cada uno de los grados de dependencia.

Importante
Se puede solicitar una revisión del grado de dependencia en caso de que con el tiempo la persona pierda más autonomía.

Cómo calcular el grado de dependencia

Ayudas dependencia

Para poder calcular la Ley de Dependencia, lo primero que hay que hacer es determinar qué grado de dependencia tiene. Por ese motivo, se hace una evaluación de cada caso, para poder determinar de la mejor forma posible el tipo de asistencia que necesitará cada persona. Los encargados de hacer esta valoración son el equipo del Servicio de Valoración de la Dependencia. Los pasos que siguen para poder determinar el grado de dependencia son los siguientes:

  1. Realizan una visita a la vivienda de la persona que solicita la evaluación. Con esta visita lo que buscan es analizar cómo se desenvuelve en el hogar a la hora de realizar tareas del día a día.
  2. Entrevistan al candidato en su hogar. Para conocer más a fondo cuál es su situación particular.
  3. Se hace una evaluación de los documentos médicos del individuo. Estos documentos habrá que entregarlos en el momento de realizar la solicitud.

El Servicio de Valoración de la Dependencia incluirá toda la información que se ha analizado en un baremo. Este baremo indicará cuál es el grado de dependencia que tiene la persona y, por lo tanto, a qué ayudas de la Ley de Dependencia puede optar.

Tipos de grado de dependencia por baremo
Grado de dependencia Nivel Resultado del baremo
Grado I - moderada - 40 - 49 puntos
Grado II - severa 1 50 - 64 puntos
Grado II - severa 2 65 - 74 puntos
Grado III - grave 1 75 - 89 puntos
Grado III - grave 2 40 - 100 puntos

Prestaciones Ley de Dependencia

La Ley de Dependencia es una ayuda que se aplica a las personas que necesitan asistencia para poder cubrir sus necesidades básicas del día a día.

Hoy en día esta ayuda se gestiona a través del mismo sistema que las ayudas para las personas que tienen algún tipo de discapacidad.

Atención
Todos los trámites relacionados con la Ley de Dependencia son gestionados por las diferentes comunidades autónomas.

Requisitos para solicitar la Ley de Dependencia

grados ley de dependencia

Existen algunos requisitos que es necesario cumplir para poder solicitar esta ayuda:

  • Ser español, con un documento de nacionalidad que así lo acredite.
  • Haber vivido en España al menos 5 años.
  • Los 2 últimos años tienes que haber estado residiendo de manera continua en España.
  • Has de estar empadronado en la Comunidad Autónoma en la que solicitarás la Ley de Dependencia.
  • Se tiene que haber considerado que la persona tiene uno de los 3 grados de dependencia. Este tipo de dependencia tiene que ser estable y no reversible.

¿Quién puede solicitar la Ley de Dependencia?

Siempre y cuando se cumpla con los requisitos para poder solicitarla, podrá pedirla una de las siguientes personas:

  • La persona que necesite la ayuda a la dependencia.
  • Uno de sus familiares.
  • En caso de tenerlo, su representante legal.
  • En los casos en los que la persona no cuente con nadie más, podrá solicitarlo la administración pública en su nombre.

Atención a personas en situación de dependencia

Para la atención a personas en situación de dependencia existen dos tipos de ayudas que pueden darse: acceso a servicios o prestaciones económicas. A continuación te contamos cuáles son.

Prestaciones económicas de la Ley de Dependencia 2024

Dependiendo del grado de dependencia y la situación económica de cada persona, las ayudas económicas variarán de un caso a otro. Digamos que se tratan de ayudas individualizadas.

1. Prestación económica por el coste de un servicio determinado.

Es decir, para la contratación de una persona que vaya presencialmente al domicilio del dependiente, para ingresarlo en un centro de día, en una residencia, etc.
En la Comunidad de Madrid se indica que para calcular cuánto pueden darte por esta prestación se tienen en cuenta 3 factores:

  • CEB: la capacidad económica del dependiente. Para calcularlo será necesario que se dividan sus ingresos entre 12.
  • CM: los gastos personales que tiene la persona. Normalmente, se tiene en cuenta por este valor el resultante de calcular el 19% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en cada momento.
    Valor del IPREM 2024
    Valor del IPREM Mensual Valor del IPREM Anual (12 pagas) Valor del IPREM Anual (14 pagas)
    600 € 7.200 € 8.400 €
  • IR: lo que cuesta mensualmente el servicio.

Si sus ingresos son inferiores al IPREM se obtendrá el máximo posible para su grado de dependencia. En caso de que sean superiores:

Conociendo cuál es el valor de estos tres factores, solo quedaría realizar la siguiente operación:
Prestación económica = IR + CM – CEB

2. Ayuda económica para que un familiar asista a la persona dependiente.

Para solicitar esta ayuda es fundamental que la persona que vaya a hacerse cargo del dependiente no se dedique profesionalmente a ello.

Si sus ingresos son inferiores al IPREM se obtendrá el máximo posible para su grado de dependencia. En caso de que sean superiores:

Prestación económica = (Cuantía máxima de su grado x 1,33) – (CEM + Cuantía máxima de su grado x 0,44)/IPREM

3. Ayuda económica para contratar a un asistente personal.

Si sus ingresos son inferiores al IPREM, se obtendrá el máximo posible para su grado de dependencia. En caso de que sean superiores:

Prestación económica = IR + CM – CEB

Catálogo ayudas técnicas para personas dependientes 2024

Es muy común que, en función del grado de dependencia de la persona, se conceda el acceso a diferentes servicios que ofrece el Gobierno. Algunos de ellos son:atencion a personas en situacion de dependencia

  • Asistencia telemática. Seguimiento a través del teléfono u online del dependiente. Con asistencia 24 horas y llamadas de control.
  • Atención domiciliaria. Visitas en el día a día para que la persona dependiente pueda cubrir sus necesidades básicas.
  • Centros de día. Una buena alternativa para las personas dependientes que sigan teniendo el grado de autonomía suficiente como para pasar la noche en sus viviendas. En los centros de día suelen realizar actividades y comer.
  • Residencias. Internamiento en una residencia, normalmente las 24 horas.
  • Programas de actividades que promueven la autonomía y previenen una dependencia mayor en el futuro.

A su vez, existen algunos programas de formación para las personas responsables del cuidado de la persona dependiente. Especialmente diseñado para los familiares que se quedan a su cargo.

¿Cómo solicitar Ayuda a personas dependientes?

Para poder Solicitar la Ley de Dependencia tienes el primer paso es ponerte en contacto con la Administración Pública encargada de ello en tu Comunidad Autónoma. Para ello, tendrás que presentar la siguiente documentación:

  • Documento de Identidad de la persona dependiente y, en caso de que lo tenga, su representante.
  • Certificado que indique que la persona está empadronada en esa Comunidad Autónoma.
  • Declaración de la Renta de la persona dependiente.
  • Informe de salud. También es posible que te pidan un informe social elaborado por los Servicios Sociales.

Una vez presentada tu solicitud te comunicarán si tu caso será analizado para poder solicitar la ayuda. En caso de que así sea, comenzará el proceso de determinar su grado de dependencia y el tipo de ayudas al que podréis optar.

¿Qué más ayudas hay a la salud para dependientes?

Existen otras ayudas relacionadas con los servicios sanitarios que no ofrece la Seguridad Social al 100%. Los cuales son:

Otras preguntas frecuentes

Laura

Experta en ayudas y subvenciones

Laura es redactora y responsable de Tus Ayudas desde 2021. Tiene experiencia trabajando para empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, estando especializada en ayudas gubernamentales y comunicación.


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Preguntas
  • Rosa Arias García

    La teleasistencia es una prestación incluida para personas con discapacidad de >65% y dependencia grado 1 ?

    • Alejandro Fernández Couto

      Hola, Rosa

      La teleasistencia suele ser una facilidad que se ofrece para tener un acceso a los servicios de emergencia mucho más veloz de lo habitual. En este caso, no sería necesario cumplir con un grado de discapacidad concreto. La suele facilitar el médico de cabecera.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      un saludo

  • Juan Carlos Gonzalez

    Hola,

    Que puedo hacer para acelerar la resolucion de solicitud de ayuda a la dependencia para mi madre (91 años y en residencia). Eche la solcitud hace mas de 15 meses y no he obtenido respuesta sobre el tramite.

    Estamos considerando sacarla de ahi por el alto coste que supone, y llevarla a casa de alguno de los hijos. Que ayuda corresponderia en este caso.?

    Gracias por su atencion en este asunto.

    Gonzalez

    • Alejandro Fernández Couto

      Hola, Juan Carlos

      En primer lugar, sería necesario saber el motivo por el que no se ha resuelto dicha petición. De todos modos, en el caso de que acuda a una casa de su hijo, probablemente pueda solicitar una ayuda a la dependencia. Es recomendable acudir hasta el ayuntamiento de tu localidad para ver si hay algunos servicios como cuidadores a precios reducidos.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      un saludo

  • Jose González belmonte

    Mi madre tiene el grado dos de dependencia tiene dieciséis horas aprobadas ,,,tiene derecho alguna ayuda económica este año?

    • Alejandro

      Hola, Jose

      La dependencia no es el único requisito para percibir ayudas. Los ingresos también lo son en la gran mayoría de casos. Lo mejor es que te pongas en contacto con la oficina de servicios sociales más cercana.

      Muchas gracias por tu comentario 🙂

  • Yaisa Quesada Garcia

    Buenas tardes residimos en Canarias y en nuestra unidad familia tengo dos personas con discapacidad reconocida, uno es mi pareja con 47% y con secuelas de un ictus que le dio hace 8 meses que le ha afectado el habla la movilidad por la que le acaban de reconocer un baremo de 7 puntos la visión parcial de un ojo y perdidas de memoria a corto plazo y nuestro hijo que tiene reconocida un 35%de discapacidad por Asperger.Mi pregunta es si yo puedo arreglar la Ley de dependienta por alguno de ellos

    • Alejandro

      Hola, Yaisa

      Si dependen económicamente de ti y cumples con los distintos requisitos podrás solicitarlo sin problema.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      saludos

  • ADORACION HUETE BOTIJA

    HOLA QUISIERA SOLICITAR UN DUPLICADO DEL GRADO DE DEPENDENCIA, Y ASI QUE MI HIJA PUEDA SOLICITAR EL ALTA DE CONVENIO ESPECIAL DE CUIDADORES NO PROFESIONALES.
    UN SALUDO

    • Alejandro

      Hola, Adoración

      Para solicitar esta información lo mejor es que se ponga en contacto con la Seguridad Social. Le facilito el número de teléfono: 91 541 25 30

      Espero haber sido de ayuda,

      saludos

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