El conocido como complemento a mínimos es un ingreso extra que se añade a las pensiones de personas que cobran una cantidad baja. En Tus Ayudas te explicamos qué es exactamente con ejemplos de complemento a mínimos 2025, además de detallarte los límites de rentas para pedirlo y en qué casos te lo pueden quitar.
Índice
Complemento a mínimos 2025, ¿qué es exactamente?
El complemento a mínimos 2025 es una cuantía económica extra que se incorpora a las pensiones contributivas cuando estas no alcanzan el mínimo fijado legalmente cada año. El objetivo es asegurar que todas las personas tengan garantizado el acceso a una cantidad de ingresos suficientes para vivir.
Debes saber que los complementos a mínimos se revisan cada año, de forma que la cuantía suele aumentar anualmente. Recibirás esta ayuda siempre y cuando sigas cumpliendo con los requisitos establecidos.
No recibir ingresos superiores a los límites establecidos (sin contar con la pensión). En 2025, son 9.193 euros anuales (sin cónyuge a cargo) o hasta de 10.723 euros anuales si tienes cónyuge a cargo.
Residir en territorio español.
Estos límites de ingresos incluyen las rentas del trabajo, de capital y de actividades económicas y las ganancias patrimoniales, pero no se cuenta el importe de la pensión.
Debes saber que el complemento a mínimos se revisa cada año, es decir, la seguirás cobrando siempre y cuando cumplas con los requisitos de rentas.
Si algún año pasas el límite de ingresos establecido, dejarás de recibir esta cantidad extra por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, podrás volver a solicitarla cuando vuelvas a cumplir con los requisitos.
¿Si vendo una casa me quitan el complemento a mínimos?
Si estás cobrando el complemento a mínimos y vendes alguna propiedad, debes tener cuidado, ya que si la venta supone una ganancia patrimonial, pueden quitarte la ayuda.
Es decir, que si vendes una casa, un coche o alguna propiedad y los beneficios superan el límite de rentas establecido, le quitarán el complemento. Pero no debes preocuparte, porque al año siguiente puedes volver a solicitar la ayuda económica a la Seguridad Social.
Para calcular el complemento a mínimos de la pensión que te corresponde, es necesario sumar los ingresos anuales del pensionista y la cuantía anual de la pensión correspondiente. Si la cantidad es menor a lo establecido por el Gobierno para ese año, la diferencia sería el complemento que le corresponde. Pongamos un ejemplo práctico:
Supongamos que un jubilado soltero cobra 500 euros al mes de su pensión en 14 pagas, es decir, 7.000 euros al año. También recibe unos rendimientos adicionales de 3.500 euros al año.
Sumamos ambos conceptos: 7.000 + 3.500 = 10.500 euros al año. Es menor que la cuantía que establece el Gobierno, que serían, los ingresos máximos permitidos + la pensión mínima en España: 8.942,00 + 11.552,8 = 20.494,8 euros anuales.
Ahora, calculamos la diferencia: 20.494,8 – 10.500 = 9.994,8 euros. Esta cantidad es el complemento a mínimos anual que le corresponde.
De esta forma, 9.994,8 euros se dividen en 14 pagas, que es 713 euros. Sin embargo, como la suma de su pensión y el complemento es superior, el jubilado cobrará 825,2 euros al mes, que es el mínimo establecido por ley.
Su complemento a mínimos es de 825,2 – 500 = 325,2 euros extra al mes.
Cómo pedir el complemento a mínimos 2025
Para solicitar el complemento a mínimos, lo más sencillo es hacerlo al mismo tiempo que tramites la pensión. Sin embargo, puedes hacerlo en cualquier momento, siempre que cumplas con los requisitos. Para tramitar la ayuda, es necesario presentar el formulario “Declaración de ingresos a efectos del complemento por mínimos” en la Seguridad Social, de forma presencial o telemática.
Deberá rellenarlo con toda la información personal que indiquen y dar acceso a la Seguridad Social para que compruebe sus datos personales. Una vez realizado el trámite, se creará un recibo en PDF como comprobante. En un plazo de tres meses deberás obtener respuesta.
Otras preguntas frecuentes
🤔¿Qué es y ejemplos de complemento a mínimos 2025 y quién puede cobrarlo?
El complemento a mínimos 2025 es una ayuda económica que garantiza que las pensiones contributivas no bajen del mínimo legal. Pueden solicitarlo pensionistas de jubilación, viudedad, invalidez o incapacidad permanente cuya pensión anual sea inferior a la cuantía mínima fijada por el Gobierno y que cumplan los límites de ingresos y residencia en España.
🤑¿Cuáles son los límites de rentas para pedir el complemento a mínimos 2025?
Para recibir el complemento a mínimos 2025, tus ingresos adicionales a la pensión no pueden superar los 9.193 € al año si no tienes cónyuge a cargo o 10.723 € al año si lo tienes. Estos límites incluyen rentas del trabajo, capital y ganancias patrimoniales, pero no se cuenta la pensión.
😅¿En qué casos me quitan el complemento a mínimos y por qué?
Sí, el complemento a mínimos se revisa cada año. Si tus ingresos superan los límites establecidos o tienes ganancias patrimoniales importantes, como la venta de un inmueble, la Seguridad Social puede suspender la ayuda. No obstante, podrás volver a solicitarla en años posteriores si vuelves a cumplir los requisitos.
🫢¿Cómo se calcula y solicita el complemento a mínimos 2025?
El cálculo del complemento a mínimos 2025 consiste en sumar tu pensión anual y tus ingresos adicionales; si la suma es inferior al mínimo legal, la diferencia es lo que recibirás. Para solicitarlo, hay que presentar el formulario “Declaración de ingresos a efectos del complemento por mínimos” en la Seguridad Social, de forma presencial o telemática, y esperar la confirmación en aproximadamente tres meses.
Me podrán dar suplemento si cobro de pensión,1102,20€ al mes? Gracias
Con cónyuge a mi cargo?
Belén
Hola Juan,
En principio, teniendo en cuenta solo tu pensión, sí eres candidato a que te den un suplemento, aunque recuerda que tus ingresos anuales en total, no pueden superar los 10.430,00 euros. Para consultar todas las ayudas a las que puede tener derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
Raquel Cecilia Ayerra Torrano
Si cobro un complemeto a minimos y he vendido patrimonio, que se considera ingreso para declararlo, sobre la ganacia o sobre el valor de venta. No se si me explicado muy bien. Un saludo
Belén
Hola Raquel,
Todo lo que sea aumento de beneficio cuenta en el cómputo final para calcular el complemento. Es decir, que si vendes tu vivienda habitual y ese dinero no lo reinviertes en comprar otra casa, (lo mismo ocurre con el coche o otros inmuebles), se tendrá en cuenta para calcular tus ingresos de ese año, y es muy posible que los superes, por lo que no podrán concederte el complemento. Pero podrás volver a solicitarlo al ejercicio del próximo año. Para más información sobre ayudas, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito, para saber todas las prestaciones a las que tienes derecho.
Un saludo 🙂
Rafaela sansiviero Santos
Buenas,tengo una IPA pero hasta con los complementos a mínimos no llega al mínimo que establece la ley,he ido a preguntar al INSS y me dicen que estaré cobrando esa cantidad hasta dentro de 10 años porque mi pensión es muy baja,no lo entiendo,me podrías aclarar algo más.Gracias.
Belén
Hola Rafaela,
Deberías solicitar también el Ingreso Mínimo Vital. Le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito para saber todas las prestaciones que le corresponden.
Un saludo 🙂
Óscar Martínez Gutiérrez
Mi padre tiene una jubilación mínima de autónomo desde el año 2000,en su día no solicito el complemento a mínimos por tener un cónyuge a cargo, aunque cumplía los requisitos,así que ha estado cobrando 25 años una pensión más baja de la que podía haber cobrado,mi pregunta es,se que ahora puede rectificarlo y empezar a cobrar ese complemento,pero podría pedirse algo a insss con retroactividad de esos 25 años?
Belén
Hola Óscar,
No, porque tal y como me cuentas, no cumplía los requisitos al tener cónyuge a cargo, imagino que ambas pensiones sobrepasarían el límite de rentas. Simplemente podrá comenzar a solicitarla ahora, pero no con retroactividad. Pero si quiere conocer otras ayudas a las que tiene derecho, no dude en realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Manuel Ricardo Chacón
Si mi pensión es de 500€ y no tengo otros ingresos ni cónyuge a cargo, cuanto sería el complemento a mínimos que recibiría?
Belén
Hola Manuel,
Tal y como explicamos en el artículo, la pensión mínima establecida por ley es de 825 euros al mes. Si cobras 500 euros, se te abonará la diferencia hasta alcanzar el mínimo: 325 euros al mes aproximadamente. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
Me podrán dar suplemento si cobro de pensión,1102,20€ al mes? Gracias
Con cónyuge a mi cargo?
Hola Juan,
En principio, teniendo en cuenta solo tu pensión, sí eres candidato a que te den un suplemento, aunque recuerda que tus ingresos anuales en total, no pueden superar los 10.430,00 euros. Para consultar todas las ayudas a las que puede tener derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
Si cobro un complemeto a minimos y he vendido patrimonio, que se considera ingreso para declararlo, sobre la ganacia o sobre el valor de venta. No se si me explicado muy bien. Un saludo
Hola Raquel,
Todo lo que sea aumento de beneficio cuenta en el cómputo final para calcular el complemento. Es decir, que si vendes tu vivienda habitual y ese dinero no lo reinviertes en comprar otra casa, (lo mismo ocurre con el coche o otros inmuebles), se tendrá en cuenta para calcular tus ingresos de ese año, y es muy posible que los superes, por lo que no podrán concederte el complemento. Pero podrás volver a solicitarlo al ejercicio del próximo año. Para más información sobre ayudas, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito, para saber todas las prestaciones a las que tienes derecho.
Un saludo 🙂
Buenas,tengo una IPA pero hasta con los complementos a mínimos no llega al mínimo que establece la ley,he ido a preguntar al INSS y me dicen que estaré cobrando esa cantidad hasta dentro de 10 años porque mi pensión es muy baja,no lo entiendo,me podrías aclarar algo más.Gracias.
Hola Rafaela,
Deberías solicitar también el Ingreso Mínimo Vital. Le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito para saber todas las prestaciones que le corresponden.
Un saludo 🙂
Mi padre tiene una jubilación mínima de autónomo desde el año 2000,en su día no solicito el complemento a mínimos por tener un cónyuge a cargo, aunque cumplía los requisitos,así que ha estado cobrando 25 años una pensión más baja de la que podía haber cobrado,mi pregunta es,se que ahora puede rectificarlo y empezar a cobrar ese complemento,pero podría pedirse algo a insss con retroactividad de esos 25 años?
Hola Óscar,
No, porque tal y como me cuentas, no cumplía los requisitos al tener cónyuge a cargo, imagino que ambas pensiones sobrepasarían el límite de rentas. Simplemente podrá comenzar a solicitarla ahora, pero no con retroactividad. Pero si quiere conocer otras ayudas a las que tiene derecho, no dude en realizar nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Si mi pensión es de 500€ y no tengo otros ingresos ni cónyuge a cargo, cuanto sería el complemento a mínimos que recibiría?
Hola Manuel,
Tal y como explicamos en el artículo, la pensión mínima establecida por ley es de 825 euros al mes. Si cobras 500 euros, se te abonará la diferencia hasta alcanzar el mínimo: 325 euros al mes aproximadamente. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂