
Los complementos a mínimos de las pensiones son un ingreso extra para aquellas personas que cobran muy poco. En Tus Ayudas te mostramos ejemplos de complemento a mínimos y cómo solicitarlos.
Índice
¿Qué es el complemento a mínimos de la pensión?
El complemento a mínimos es una cuantía económica extra que se incorpora a las pensiones contributivas, cuando no alcanzan el mínimo fijado legalmente cada año.
El objetivo es garantizar que todas las personas tengan garantizado el acceso a una cantidad de ingresos suficientes para vivir.
Debes saber que los complementos a mínimos se revisan cada año, de forma que la cuantía suele aumentar anualmente. Recibirás esta ayuda siempre y cuando sigas cumpliendo con los requisitos establecidos.
Pensión mínima
Estas son las pensiones mínimas en España establecidas por el Gobierno para 2025.
¿Cuánto es la pensión mínima de jubilación? | ||
Edad | Pareja o cónyuge a cargo | Cuantía |
Igual o mayor de 65 Años | Sí | 1.127,60 €/mes |
Igual o mayor de 65 Años | No | 874,40 €/mes |
Igual o mayor de 65 Años | Con cónyuge sin cargo | 830,00 €/mes |
Menor de 65 Años | Sí | 1.127,60 €/mes |
Menor de 65 Años | No | 818,00 €/mes |
Menor de 65 Años | Con cónyuge sin cargo | 773,20 €/mes |
Con 65 años y procedente de gran invalidez | Sí | 1.691,30 €/mes |
Con 65 años y procedente de gran invalidez | No | 1.311,60 €/mes |
Con 65 años y procedente de gran invalidez | Con cónyuge sin cargo | 1.245,00 €/mes |
Requisitos para cobrar el complemento a mínimos
Los requerimientos para poder solicitar los complementos a mínimos son los siguientes:
- Tener una pensión contributiva (jubilación, viudedad, invalidez, incapacidad permanente) que no alcance la cuantía mínima anual establecida.
- No recibir ingresos superiores a los límites establecidos (sin contar con la pensión). En 2024, son 8.942,00 euros anuales o hasta de 10.430,00 euros anuales si tienes cónyuge a cargo.
- Residir en territorio español.
Estos límites de ingresos incluyen las rentas del trabajo, de capital y de actividades económicas y las ganancias patrimoniales, pero no se cuenta el importe de la pensión.
Me quitan el complemento a mínimos
Debes saber que el complemento a mínimos se revisa cada año, es decir, la seguirás cobrando siempre y cuando cumplas con los requisitos de rentas.
Si algún año pasas el límite de ingresos establecido, dejarás de recibir esta cantidad extra por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, podrás volver a solicitarla cuando vuelvas a cumplir con los requisitos.
Si vendo una casa me quitan el complemento a mínimos
Si estás cobrando el complemento a mínimos y vendes alguna propiedad, debes tener cuidado, ya que si la venta supone una ganancia patrimonial, pueden quitarte la ayuda.
Es decir, que si vendes una casa, un coche o alguna propiedad y los beneficios superan el límite de rentas establecido, le quitarán el complemento.
Pero no debes preocuparte, porque al año siguiente puedes volver a solicitar la ayuda económica a la Seguridad Social.
Ejemplos de complemento a mínimos
Para calcular el complemento a mínimos de la pensión que te corresponde, es necesario sumar los ingresos anuales del pensionista + cuantía anual de la pensión correspondiente. Si la cantidad es menor al establecido por el Gobierno para ese año, la diferencia sería el complemento que le corresponde.
Pongamos un ejemplo práctico:
Supongamos que un jubilado soltero cobra 500 euros al mes de su pensión en 14 pagas, es decir, 7.000 euros al año. También recibe unos rendimientos adicionales de 3.500 euros al año.
Sumamos ambos conceptos: 7.000 + 3.500 = 10.500 euros al año. Es menor que la cuantía que establece el Gobierno, que serían, los ingresos máximos permitidos + la pensión mínima en España: 8.942,00 + 11.552,8 = 20.494,8 euros anuales.
Ahora, calculamos la diferencia: 20.494,8 – 10.500 = 9.994,8 euros. Esta cantidad es el complemento a mínimos anual que le corresponde.
De esta forma, 9.994,8 euros se dividen en 14 pagas, que es 713 euros. Sin embargo, como la suma de su pensión y el complemento es superior, el jubilado cobrará 825,2 euros al mes, que es el mínimo establecido por ley.
Su complemento a mínimos es de 825,2 – 500 = 325,2 euros extra al mes.
Solicitud complemento a mínimos de la pensión
Para solicitar el complemento a mínimos, lo más sencillo es hacerlo al mismo tiempo que tramites la pensión. Sin embargo, puedes hacerlo en cualquier momento, siempre que cumplas con los requisitos.
Para tramitar la ayuda, es necesario presentar el formulario “Declaración de ingresos a efectos del complemento por mínimos” en la Seguridad Social, de forma presencial o telemática.
Deberá rellenarlo con toda la información personal que indiquen y dar acceso a la Seguridad Social para que compruebe sus datos personales.
Una vez realizado el trámite, se creará un recibo en PDF como comprobante. En un plazo de tres meses deberás obtener respuesta.
Buenas tardes:
Planteamiento de un caso genérico, relacionado con el Complemento a Mínimos.
Si una persona que estuviese recibiendo, en 2024, 231,47€ mes por 14 pagas, por la Pensión, y 511,83€ por 14 pagas, con el concepto de Complemento a Mínimos, sin cónyuge a cargo.
Supuesto: Que tuviese unos rendimientos Imputables por dos viviendas, por 862€, en 2024. (2% del valor catastral)
Supongamos que vende una vivienda cuyo Incremento de Patrimonio Neto es de 22.000€ ( venta en el mes de diciembre de 2024).
Consulta: Como los rendimientos imputables por las viviendas son 862€, y el incremento de Patrimonio Neto de una vivienda es de 22.000€.
Tenenos que 862 + 22000= 22862€. Cantidad esta que supera al LÍMITE de los 8942€, para que pudiese continuar con el Complemento a Mínimos.
Entendemos que Deberá devolver el total de lo percibido como Complemento a Mínimos, es decir los 7165,62€. Y comunicar a INSS de la provincia que corresponda tal situación.
¿En el año 2025, tendrá que volver a solicitar el Complemento a Mínimos, o ya el INSS, lo efectuará de forma automática?
Gracias por anticipado.
Hola Prudencio,
La Seguridad Social explica que si superas el límite establecido, te retirarán el complemento a mínimos hasta que vuelvas a cumplir con los requisitos, pero no indica nada sobre devolver el dinero. Para retomar la prestación, deberá presentar un certificado de rentas. De todas formas, como efectivamente hay que comunicar estos ingresos a la Seguridad Social, lo más sencillo es que coja cita y pregunte las dudas en la oficina. Para más información sobre ayudas, no dude en realizar nuestro simulador de ayudas gratuito
Un saludo 🙂
Buenas tardes mi conyugue quiere solicitar complementos a minimos podrian concederle comviviendo en matrimonio?
Hola Juan Igacio,
Sí, puedes solicitarla sin ningún problema. Se la concederán siempre que se cumplan con los requisitos de renta. Para conocer otras ayudas que puedes pedir, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
Me podrán dar suplemento si cobro de pensión,1102,20€ al mes? Gracias
Con cónyuge a mi cargo?
Hola Juan,
En principio, teniendo en cuenta solo tu pensión, sí eres candidato a que te den un suplemento, aunque recuerda que tus ingresos anuales en total, no pueden superar los 10.430,00 euros. Para consultar todas las ayudas a las que puede tener derecho, le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
Si cobro un complemeto a minimos y he vendido patrimonio, que se considera ingreso para declararlo, sobre la ganacia o sobre el valor de venta. No se si me explicado muy bien. Un saludo
Hola Raquel,
Todo lo que sea aumento de beneficio cuenta en el cómputo final para calcular el complemento. Es decir, que si vendes tu vivienda habitual y ese dinero no lo reinviertes en comprar otra casa, (lo mismo ocurre con el coche o otros inmuebles), se tendrá en cuenta para calcular tus ingresos de ese año, y es muy posible que los superes, por lo que no podrán concederte el complemento. Pero podrás volver a solicitarlo al ejercicio del próximo año. Para más información sobre ayudas, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito, para saber todas las prestaciones a las que tienes derecho.
Un saludo 🙂
Buenas,tengo una IPA pero hasta con los complementos a mínimos no llega al mínimo que establece la ley,he ido a preguntar al INSS y me dicen que estaré cobrando esa cantidad hasta dentro de 10 años porque mi pensión es muy baja,no lo entiendo,me podrías aclarar algo más.Gracias.
Hola Rafaela,
Deberías solicitar también el Ingreso Mínimo Vital. Le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito para saber todas las prestaciones que le corresponden.
Un saludo 🙂