Los complementos a mínimos de las pensiones son un ingreso extra para aquellas personas que cobran muy poco. En Tus Ayudas te mostramos ejemplos de complemento a mínimos y cómo solicitarlos.
Índice
¿Qué es el complemento a mínimos de la pensión?
El complemento a mínimos es una cuantía económica extra que se incorpora a las pensiones contributivas, cuando no alcanzan el mínimo fijado legalmente cada año.
El objetivo es garantizar que todas las personas tengan garantizado el acceso a una cantidad de ingresos suficientes para vivir.
Debes saber que los complementos a mínimos se revisan cada año, de forma que la cuantía suele aumentar anualmente. Recibirás esta ayuda siempre y cuando sigas cumpliendo con los requisitos establecidos.
Pensión mínima
Estas son las pensiones mínimas en España establecidas por el Gobierno para 2024. Próximamente, se espera que sean actualizadas y las cuantían aumenten.
¿Cuánto es la pensión mínima de jubilación? | ||
Edad | Pareja o cónyuge a cargo | Cuantía |
Igual o mayor de 65 Años | Sí | 1.033,3 € al mes |
Igual o mayor de 65 Años | No | 825,2 € al mes |
Igual o mayor de 65 Años | Con cónyuge sin cargo | 783,3 € al mes |
Menor de 65 Años | Sí | 1.033,3 € al mes |
Menor de 65 Años | No | 772 € al mes |
Menor de 65 Años | Con cónyuge sin cargo | 729,7 € al mes |
Con 65 años y procedente de gran invalidez | Sí | 1.549,9 € al mes |
Con 65 años y procedente de gran invalidez | No | 1.237,8 € al mes |
Con 65 años y procedente de gran invalidez | Con cónyuge sin cargo | 1.174,9 € al mes |
Requisitos para cobrar el complemento a mínimos
Los requerimientos para poder solicitar los complementos a mínimos son los siguientes:
- Tener una pensión contributiva (jubilación, viudedad, invalidez, incapacidad permanente) que no alcance la cuantía mínima anual establecida.
- No recibir ingresos superiores a los límites establecidos (sin contar con la pensión). En 2024, son 8.942,00 euros anuales o hasta de 10.430,00 euros anuales si tienes cónyuge a cargo.
- Residir en territorio español.
Estos límites de ingresos incluyen las rentas del trabajo, de capital y de actividades económicas y las ganancias patrimoniales, pero no se cuenta el importe de la pensión.
Me quitan el complemento a mínimos
Debes saber que el complemento a mínimos se revisa cada año, es decir, la seguirás cobrando siempre y cuando cumplas con los requisitos de rentas.
Si algún año pasas el límite de ingresos establecido, dejarás de recibir esta cantidad extra por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, podrás volver a solicitarla cuando vuelvas a cumplir con los requisitos.
Si vendo una casa me quitan el complemento a mínimos
Si estás cobrando el complemento a mínimos y vendes alguna propiedad, debes tener cuidado, ya que si la venta supone una ganancia patrimonial, pueden quitarte la ayuda.
Es decir, que si vendes una casa, un coche o alguna propiedad y los beneficios superan el límite de rentas establecido, le quitarán el complemento.
Pero no debes preocuparte, porque al año siguiente puedes volver a solicitar la ayuda económica a la Seguridad Social.
Ejemplos de complemento a mínimos
Para calcular el complemento a mínimos de la pensión que te corresponde, es necesario sumar los ingresos anuales del pensionista + cuantía anual de la pensión correspondiente. Si la cantidad es menor al establecido por el Gobierno para ese año, la diferencia sería el complemento que le corresponde.
Pongamos un ejemplo práctico:
Supongamos que un jubilado soltero cobra 500 euros al mes de su pensión en 14 pagas, es decir, 7.000 euros al año. También recibe unos rendimientos adicionales de 3.500 euros al año.
Sumamos ambos conceptos: 7.000 + 3.500 = 10.500 euros al año. Es menor que la cuantía que establece el Gobierno, que serían, los ingresos máximos permitidos + la pensión mínima en España: 8.942,00 + 11.552,8 = 20.494,8 euros anuales.
Ahora, calculamos la diferencia: 20.494,8 – 10.500 = 9.994,8 euros. Esta cantidad es el complemento a mínimos anual que le corresponde.
De esta forma, 9.994,8 euros se dividen en 14 pagas, que es 713 euros. Sin embargo, como la suma de su pensión y el complemento es superior, el jubilado cobrará 825,2 euros al mes, que es el mínimo establecido por ley.
Su complemento a mínimos es de 825,2 – 500 = 325,2 euros extra al mes.
Solicitud complemento a mínimos de la pensión
Para solicitar el complemento a mínimos, lo más sencillo es hacerlo al mismo tiempo que tramites la pensión. Sin embargo, puedes hacerlo en cualquier momento, siempre que cumplas con los requisitos.
Para tramitar la ayuda, es necesario presentar el formulario “Declaración de ingresos a efectos del complemento por mínimos” en la Seguridad Social, de forma presencial o telemática.
Deberá rellenarlo con toda la información personal que indiquen y dar acceso a la Seguridad Social para que compruebe sus datos personales.
Una vez realizado el trámite, se creará un recibo en PDF como comprobante. En un plazo de tres meses deberás obtener respuesta.