El complemento de paternidad es una ayuda económica para jubilados que vieron su carrera profesional perjudicada por la crianza de sus hijos. En 2026, la cuantía se ha actualizado a 36,90 euros al mes por hijo, y una nueva sentencia del Tribunal Supremo reconoce que los hombres jubilados a partir de 2021 pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género en las mismas condiciones que las mujeres, sin requisitos adicionales. En Tus Ayudas te explicamos todos los detalles para que puedas solicitar o reclamar este complemento a la Seguridad Social.
Índice
Todo sobre el complemento de paternidad para jubilados
El complemento de paternidad, conocido desde el año 2021 como “complemento para la reducción de la brecha de género”, es una ayuda económica que busca compensar los efectos negativos de la crianza de los hijos en las carreras profesionales de los progenitores.
Inicialmente, esta ayuda estaba dirigida exclusivamente a las mujeres jubiladas, pero ahora, pueden pedirla también los hombres, gracias a una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2019.
El complemento para la reducción de la brecha de género se cobra cada mes, en 14 pagas, junto a la pensión. La cuantía depende del número de hijos.
Atención
El «complemento de paternidad» lo cobran los hombres jubilados entre 2016 y 2020 (mínimo dos hijos). A partir de febrero de 2021, existe el complemento para la reducción de la brecha de género (RDL 3/2021). Novedad 2025: tras la sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025 y la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2025, los hombres jubilados desde el 4 de febrero de 2021 pueden solicitar el complemento sin necesidad de acreditar interrupción de carrera profesional, en las mismas condiciones que las mujeres.
Qué es el complemento para la reducción de la brecha de género en 2026
El complemento para la reducción de la brecha de género es el nombre oficial que recibe, desde el 4 de febrero de 2021, la ayuda que hasta entonces se conocía como complemento de maternidad o de paternidad. Está regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) y modificado por el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.
Su objetivo es compensar la brecha en las pensiones causada por el impacto que la crianza de los hijos tiene en la carrera profesional y en las bases de cotización, un efecto que afecta especialmente a las mujeres. El complemento se abona mensualmente en 14 pagas junto a la pensión contributiva.
Novedad clave en 2025-2026: el TJUE declaró en mayo de 2025 que exigir a los hombres requisitos adicionales para acceder a este complemento constituye discriminación por razón de sexo. Desde julio de 2025, el INSS aplica internamente esta doctrina (criterio de gestión 12/2025) y reconoce el complemento a los hombres sin exigirles condiciones extra.
Requisitos para cobrar el complemento de paternidad (brecha de género)
Si eres hombre y te has jubilado a partir del 4 de febrero de 2021, los requisitos para solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género son, tras la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2025, los mismos que para las mujeres:
Haber tenido uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
Que el otro progenitor no esté ya cobrando el complemento por los mismos hijos. Solo uno de los dos puede percibirlo; en caso de conflicto, se reconoce al que tenga la pensión de menor cuantía.
Ya no es necesario acreditar interrupción de la carrera profesional ni caída en las bases de cotización. Esta exigencia fue declarada discriminatoria por el TJUE en mayo de 2025 y el Tribunal Supremo la ha dejado sin efecto en su sentencia 639/2025.
En el caso de que los dos progenitores sean hombres, se reconocerá el complemento a aquel que reciba la pensión de menor cuantía.
Cuantía del complemento de paternidad en 2026
La cuantía del complemento se actualiza cada año con la revalorización de las pensiones. En 2026, el importe es de 36,90 euros al mes por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro. Se cobra en 14 pagas junto con la pensión:
36,90 euros al mes si tienes un hijo.
73,80 euros al mes si tienes 2 hijos.
110,70 euros al mes si tienes 3 hijos.
147,60 euros al mes si tienes 4 o más hijos (importe máximo).
En 2024 era de 33,20 euros al mes y en 2025 de 35,90 euros al mes. El importe no computa para el cálculo del límite máximo de pensiones ni para el complemento a mínimos.
Cómo solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género en 2026
Tras la sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2025, el INSS aplica la doctrina del TJUE a través del criterio de gestión 12/2025 de julio de 2025. Esto significa que en las nuevas jubilaciones el complemento se reconoce directamente a los hombres sin exigirles requisitos adicionales. Si ya tienes la pensión concedida y no lo solicitaste en su momento, puedes reclamarlo de forma retroactiva.
Si te has jubilado a partir del 3 de febrero de 2021, deberás solicitar el complemento para reducir la brecha de género en la Seguridad Social.
Lo normal es hacer la tramitación al mismo tiempo que la jubilación, incapacidad permanente o viudedad, ya que la documentación necesaria es la misma.
Puedes hacerlo de forma presencial en alguna de las oficinas o a través de la Sede Electrónica de Tu Seguridad Social. Deberás identificarte con el Sistema Clave o Certificado Digital. En caso de que no la hayas solicitado al mismo tiempo que tu pensión, deberás realizar una reclamación a la Seguridad Social.
Complemento de paternidad para jubilados entre 2016 y 2020
Actualmente, el progenitor que cumpla con los requisitos puede solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género, sin importar si es hombre o mujer. Sin embargo, esto solo se aplica a partir de 2021.
Cuando se empezó a compensar los efectos negativos en la carrera profesional del cuidado de los hijos en 2016, solo podían solicitarlo las mujeres. Esta ayuda fue recurrida en los tribunales europeos por discriminación, y sentenciaron que, efectivamente, los hombres también podían solicitarla.
Es por eso que ahora, los hombres que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, pueden solicitar el complemento de paternidad de forma retroactiva. Incluso si la mujer lo disfruta de forma simultánea.
Eso sí, para poder reclamar el complemento de paternidad para jubilados entre 2016 y 2020, es necesario cobrar una pensión contributiva y tener dos o más hijos.
La cuantía se calcula en función de la cantidad de hijos:
Incrementa un 5% la pensión si tienes dos hijos
Aumento del 10% en caso de tres hijos
Un 15% extra a los que tienen cuatro o más hijos
En 2026, si te jubilaste entre 2016 y 2021 y no has reclamado este complemento, puedes estar dejando pasar miles de euros. Por ejemplo, un jubilado con pensión de 1.500 € y tres hijos tiene derecho a 150 € extra al mes (10%), es decir, 2.100 € anuales en 14 pagas. Los atrasos se calculan desde la fecha de tu jubilación, ya que el complemento es imprescriptible, y en caso de que el INSS lo haya denegado inicialmente por vía judicial se puede obtener además una indemnización adicional de 1.800 euros por vulneración de derechos fundamentales.
Cómo reclamar el complemento de paternidad
Para reclamar el complemento de paternidad para jubilados entre 2016 y 2020, deberán presentar una reclamación al INSS. No hay un modelo específico, pero algunas asociaciones y sindicatos cuentan con modelos base.
Para hacer esta reclamación es necesario adjuntar tu DNI, Libro de Familia o certificado de nacimiento de tus hijos, así como el informe de la vida laboral y presentarlo en la oficina de la Seguridad Social.
Si la Seguridad Social deniega tu solicitud, el siguiente paso es presentar una reclamación previa ante el INSS (artículo 71 de la Ley de Jurisdicción Social). Si persiste la denegación o no hay respuesta (silencio administrativo), el caso puede llevarse a la vía judicial. En muchos casos, además de los atrasos, el pensionista obtiene una indemnización adicional de 1.800 euros por vulneración de derechos fundamentales.
¿Prescribe el complemento de paternidad?
El complemento de paternidad para jubilados NO prescribe. Esta ayuda se puede solicitar incluso si han pasado más de cinco años desde que tuvo acceso a su pensión contributiva.
Sin embargo, el proceso es más sencillo si esta ayuda se solicita al mismo tiempo que la pensión. En caso de que no la hayas solicitado, deberás presentar una reclamación a la Seguridad Social.
Complemento de paternidad para jubilados antes de 2016
Los jubilados antes del 1 de enero de 2016 no tienen derecho al complemento de paternidad ni al complemento para la reducción de la brecha de género. Ninguna de las dos normativas (el RDL 3/2021 ni el artículo 60 LGSS anterior) se aplica a pensiones reconocidas antes de esa fecha. Si tu jubilación fue anterior a 2016, puedes consultar si tienes derecho a otros complementos de pensión, como el famoso complemento a mínimos.
Modelo solicitud complemento paternidad
La solicitud del complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones se solicita habitualmente al mismo tiempo que la pensión.
El modelo de solicitud complemento de paternidad puedes descargarlo aquí, siempre que lo pidas al mismo tiempo que la pensión. En caso de que necesites reclamar el complemento de paternidad, no existe un modelo oficial, sin embargo, este es un modelo base.
Otras preguntas frecuentes
💵¿Cuánto es el complemento de paternidad en 2026?
En 2026, el complemento para la reducción de la brecha de género es de 36,90 euros al mes por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro hijos (147,60 €/mes). Se abona en 14 pagas junto con la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
❓¿Pueden pedir el complemento para la reducción de la brecha de género los hombres jubilados a partir de 2021?
Sí. Tras la sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025 y la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2025, los hombres jubilados desde el 4 de febrero de 2021 pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género en las mismas condiciones que las mujeres: basta con tener una pensión contributiva y uno o más hijos, sin necesidad de acreditar ninguna interrupción laboral.
❔¿Prescribe el complemento de paternidad?
No. El derecho a reclamar el complemento de paternidad es imprescriptible, según ha confirmado el Tribunal Supremo. Puedes solicitarlo aunque hayan pasado varios años desde tu jubilación. Cuanto antes lo solicites, antes empezarás a cobrar los atrasos acumulados desde la fecha de tu pensión.
💻¿Cómo reclamar el complemento de paternidad para jubilados entre 2016 y 2020?
Debes presentar una solicitud al INSS adjuntando el DNI, el Libro de Familia o certificados de nacimiento de tus hijos y el informe de vida laboral. Puedes hacerlo presencialmente en una oficina de la Seguridad Social (con cita previa) o por vía telemática con Cl@ve o certificado digital. Si el INSS lo deniega, puedes reclamarlo por vía judicial y, en muchos casos, obtener además una indemnización de 1.800 euros.
Buen día.
Solicito información sobre si se puede solicitar el complemento de paternidad o de brecha de genero.
Tengo 3 hijos de dos matrimonios.
Nacidos en 1978 1983 y 1996.
Soy funcionario y me he jubilado el día 11 de Diciembre de 2024.
Agradeciendo anticipadamente su atención, saludos cordiales.
Belén
Hola Enrique,
Eso depende de si su carrera se ha visto afectada por el nacimiento de sus hijos. Es decir, debe acreditar periodos en los que ha dejado de trabajar o al menos que su cotización haya disminuido al menos un 15% con respecto al año anterior. En cualquier caso, deberá acudir a las oficinas de la Seguridad Social para que examinen su caso.
Un saludo 🙂
Gabino López Antón
he cotizado durante 47 años me prejubile en el 2020,al jubilarme en septiembre del2023 me bajó la pension,casi 500 e,tengo 2 hijos,uno del1982,y otro del1983,durante mi vida laboral,los primeros años nos daban un dinero,pero enseguida se quitó,ahora dicen que nos pertenece,es verdad,si es asi que hay que hacer para cobrarlo,gracias,espero contestación
Belén
Hola Gabino,
La ayuda que pueden pedir los jubilados es el complemento de paternidad, pero es solo para las personas que tuvieron que pausar su carrera para poder criar a sus hijos. Tienes todos los requisitos explicados en el artículo. Si te interesa comprobar a qué ayudas tienes derecho, le aconsejo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂
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Buen día.
Solicito información sobre si se puede solicitar el complemento de paternidad o de brecha de genero.
Tengo 3 hijos de dos matrimonios.
Nacidos en 1978 1983 y 1996.
Soy funcionario y me he jubilado el día 11 de Diciembre de 2024.
Agradeciendo anticipadamente su atención, saludos cordiales.
Hola Enrique,
Eso depende de si su carrera se ha visto afectada por el nacimiento de sus hijos. Es decir, debe acreditar periodos en los que ha dejado de trabajar o al menos que su cotización haya disminuido al menos un 15% con respecto al año anterior. En cualquier caso, deberá acudir a las oficinas de la Seguridad Social para que examinen su caso.
Un saludo 🙂
he cotizado durante 47 años me prejubile en el 2020,al jubilarme en septiembre del2023 me bajó la pension,casi 500 e,tengo 2 hijos,uno del1982,y otro del1983,durante mi vida laboral,los primeros años nos daban un dinero,pero enseguida se quitó,ahora dicen que nos pertenece,es verdad,si es asi que hay que hacer para cobrarlo,gracias,espero contestación
Hola Gabino,
La ayuda que pueden pedir los jubilados es el complemento de paternidad, pero es solo para las personas que tuvieron que pausar su carrera para poder criar a sus hijos. Tienes todos los requisitos explicados en el artículo. Si te interesa comprobar a qué ayudas tienes derecho, le aconsejo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
Un saludo 🙂