La base de cotización es la cantidad sobre la que se calcula lo que tú y tu empresa pagáis cada mes a la Seguridad Social, y de ella depende cuánto cobrarás de paro, de baja o de jubilación. No es exactamente tu sueldo bruto: en esta guía de conceptos y trámites te explicamos cómo se calcula, las bases mínimas y máximas de 2026 y cómo consultar la tuya.
Índice
¿Qué es la base de cotización?
La base de cotización es el importe mensual sobre el que se aplican los tipos de cotización a la Seguridad Social. Sale de todo lo que cobras, pluses incluidos, más la parte proporcional de las pagas extra, y siempre queda entre una base mínima y una máxima que fija cada año el Estado.
Es importante por dos motivos: cuanto más alta es tu base, más pagas de cuota, pero también más alta será la prestación que te corresponda, hasta el tope máximo. Con ella se calcula la base reguladora de casi todas las prestaciones.
Cómo se calcula la base de cotización
La base de cotización no es exactamente tu sueldo bruto del mes. Se calcula así:
Se suma todo lo que cobras ese mes: salario base, pluses y complementos, también en especie.
Se añade la parte proporcional de las pagas extra: si cobras por meses, las pagas extra del año se dividen entre 12.
Se quitan solo los conceptos que la ley excluye, como algunas dietas y gastos de desplazamiento dentro de los límites legales, ciertas indemnizaciones (por ejemplo, la de despido en su cuantía legal) y las horas extra.
Se aplica el límite de tu grupo: si el resultado queda por debajo de la base mínima, cotizas por la mínima, y si supera la máxima, por la máxima.
Las horas extra no entran en esta base: pagan una cotización aparte del 14% si son por fuerza mayor y del 28,30% en el resto de casos. En tu nómina verás además dos bases distintas: la de cotización a la Seguridad Social y la sujeta a retención del IRPF, que no tienen por qué coincidir.
Qué tipos se aplican sobre la base en 2026
Sobre la base por contingencias comunes se aplica un 28,30%: el 23,60% lo paga la empresa y el 4,70% el trabajador. A eso se suman, entre otros, el desempleo (7,05% en un contrato indefinido, del que el trabajador paga el 1,55%) y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un 0,90% en 2026 (0,15% a cargo del trabajador).
Grupos de cotización y bases mínimas y máximas 2026
En el Régimen General hay 11 grupos de cotización, y cada uno agrupa unas categorías profesionales. Tu grupo depende del puesto que ocupas. Las bases mínimas y máximas de cada grupo no las fija el convenio: las fija cada año el Estado, en 2026 con la Orden PJC/297/2026.
Grupo
Categoría profesional
Base mínima 2026
Base máxima 2026
1
Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección
1.989,30 €/mes
5.101,20 €/mes
2
Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados
1.649,70 €/mes
5.101,20 €/mes
3
Jefes administrativos y de taller
1.435,20 €/mes
5.101,20 €/mes
4
Ayudantes no titulados
1.424,40 €/mes
5.101,20 €/mes
5
Oficiales administrativos
1.424,40 €/mes
5.101,20 €/mes
6
Subalternos
1.424,40 €/mes
5.101,20 €/mes
7
Auxiliares administrativos
1.424,40 €/mes
5.101,20 €/mes
8
Oficiales de primera y segunda
47,48 €/día
170,04 €/día
9
Oficiales de tercera y especialistas
47,48 €/día
170,04 €/día
10
Peones
47,48 €/día
170,04 €/día
11
Menores de 18 años, sea cual sea su categoría
47,48 €/día
170,04 €/día
Son las bases del Régimen General para contingencias comunes, vigentes desde el 1 de enero de 2026. Lo que cuenta para tus prestaciones no es el número de grupo, sino tu base: el grupo solo marca la base mínima por la que se cotiza, que es más alta en los grupos 1, 2 y 3. Por encima de la base máxima, empresa y trabajador pagan además una cuota de solidaridad sobre la parte que la supera, de entre el 1,15% y el 1,46% en 2026 según el tramo.
Autónomos, empleados de hogar y trabajadores agrarios
Los 11 grupos son los del Régimen General. Hay colectivos que calculan su base de otra forma:
Autónomos: eligen su base, pero solo dentro del tramo que les toca según los rendimientos netos que prevén obtener. Cuanto más alta es la base, más alta es la cuota y también la baja o la pensión que cobrarán. Si cotizan siempre por la mínima, sus prestaciones serán las más bajas. En 2026 la base máxima es de 5.101,20 euros al mes.
Empleados de hogar: no eligen grupo ni base. La base depende del sueldo mensual, pagas extra incluidas, según una escala de 8 tramos, y si cobras más de 1.424,40 euros al mes, cotizas por lo que cobras realmente.
Trabajadores agrarios por cuenta ajena: están en un sistema especial dentro del Régimen General, con bases y tipos propios que se actualizan cada año.
Cómo consultar tu base de cotización: el informe de bases
Tu base de cotización aparece en cada nómina, en el apartado de determinación de las bases de cotización. Para ver todas las que tu empresa ha declarado mes a mes, puedes descargar el informe de bases de cotización en el portal Import@ss de la Seguridad Social:
Entra en el portal Import@ss de la Seguridad Social.
Ve a «Vida laboral e informes» y elige «Informe de bases de cotización».
Pulsa «Consultar bases» y elige cómo identificarte.
Consulta las bases en pantalla o descarga el informe en PDF, completo o solo del periodo que te interese.
Puedes identificarte con Cl@ve Móvil, Cl@ve permanente, DNI electrónico, certificado digital o por SMS. Si no tienes ninguno, también puedes entrar rellenando tus datos personales, haciéndote un selfie y subiendo una foto de tu documento de identidad. La ficha oficial del servicio no pide ningún pago.
Importante
En el informe verás tu base de cotización de cada mes, que no tiene por qué coincidir con tu sueldo bruto: incluye la parte proporcional de las pagas extra, deja fuera algunos conceptos como las horas extra y está limitada por la base mínima y la máxima de tu grupo.
Qué aparece en el informe
El informe recoge los periodos en que has estado dado de alta, pero no los trabajados en el extranjero ni los del servicio militar o la prestación social sustitutoria. Muestra las bases que tu empresa ya ha declarado, así que la del mes más reciente no aparecerá hasta que la declare. Si ves un error o falta algún dato, desde el mismo servicio puedes pedir que lo corrijan.
Tu grupo de cotización aparece en la cabecera de la nómina y también en tu informe de vida laboral, aunque si en un mismo periodo has tenido varios contratos solo sale el último. Las bases, en cambio, no salen en la vida laboral: están en el informe de bases de cotización.
Prestaciones a las que afecta la base de cotización
Casi todo lo que te paga la empresa cotiza, pluses incluidos, y por eso cuenta para tus prestaciones. Solo quedan fuera los conceptos que marca la ley, como las dietas dentro de los límites legales o la indemnización por despido en su cuantía legal. Y lo que cobras sin declarar, mientras no se cotice por ello, no cuenta para el paro, la baja ni la pensión.
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La prestación por desempleo se calcula con la media de tus bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días cotizados, sin contar las horas extra. Cobras el 70% de esa media durante los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181. Siempre hay un mínimo y un máximo, que en 2026 dependen de si tienes hijos a cargo: el mínimo va de 560 euros sin hijos a 749 euros con hijos, y el máximo de 1.225 euros sin hijos a 1.575 euros con dos o más hijos. Puedes hacer la cuenta con nuestra guía para calcular el paro.
Baja médica (incapacidad temporal)
Lo que cobras depende de tu base de cotización del mes anterior a la baja, no de cuántos años lleves cotizando. Si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral, no hay subsidio los tres primeros días; cobras el 60% de esa base del día 4 al 20 y el 75% desde el día 21, y necesitas 180 días cotizados en los últimos cinco años. Si es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, cobras el 75% desde el día siguiente y no se exige un mínimo cotizado. Tienes más detalles en nuestra guía de la incapacidad temporal.
Jubilación
Para tener derecho a la pensión necesitas al menos 15 años cotizados, y 2 de ellos tienen que estar dentro de los 15 años anteriores a jubilarte. Con 15 años cobras el 50% de tu base reguladora, y el porcentaje sube con cada mes cotizado de más hasta el 100%, con el límite de la pensión máxima.
Desde enero de 2026 la base reguladora se calcula con dos fórmulas, y la Seguridad Social te aplica de oficio la que te dé más pensión:
La de siempre: las bases de los últimos 25 años.
La nueva: en 2026 toma las 302 bases más altas de los últimos 304 meses, y cada año se amplía hasta llegar en 2037 a las 324 mejores bases de los últimos 29 años, descartando las 24 peores.
Las bases de los dos últimos años cuentan por su importe tal cual y las anteriores se actualizan con el IPC. Ojo: si en esos dos últimos años te suben el sueldo por encima de lo que sube de media tu convenio, esa subida extra no cuenta para la pensión, salvo que venga de la antigüedad o de un ascenso. Si tienes meses sin cotizar, se rellenan así:
Regla general: los primeros 48 meses, con el 100% de la base mínima, y el resto, con la mitad de esa base mínima.
Regla más favorable (mujeres, y hombres que cumplan ciertos requisitos relacionados con los hijos): además, los meses 49 a 60 se rellenan al 100% y del 61 al 84, al 80%.
Las horas extra no cuentan para la jubilación, para la baja por enfermedad común ni para el paro, pero sí para la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Nacimiento, incapacidad permanente y pluriempleo
Nacimiento y cuidado de menor: cobras el 100% de tu base reguladora, calculada con tu base de cotización por contingencias comunes de antes del nacimiento.
Incapacidad permanente por enfermedad común: la base reguladora sale de tus bases de los últimos 8 años, y sobre ella se aplica el porcentaje del grado reconocido.
Pluriempleo: si trabajas en dos empresas, para la jubilación y la baja se suman tus bases, pero sin pasar del tope máximo de cotización.
Sí, puedes consultarlo y descargarlo en el portal Import@ss de la Seguridad Social en cualquier momento, en «Vida laboral e informes» y luego «Informe de bases de cotización». La ficha oficial del servicio no pide ningún pago, y puedes entrar con Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico, SMS o con un selfie y una foto de tu documento.
🔎¿Dónde veo mi grupo de cotización?
Aparece en la cabecera de tu nómina y también en tu informe de vida laboral, en la columna del grupo de cotización. Si en un mismo periodo has tenido varios contratos, la vida laboral solo muestra el último grupo. Las bases de cotización no salen en la vida laboral: están en el informe de bases de cotización.
💶¿La base de cotización es mi sueldo bruto?
No exactamente. Es todo lo que cobras en el mes, pluses incluidos, más la parte proporcional de las pagas extra, menos los conceptos que la ley excluye, como algunas dietas o las horas extra. Además, siempre queda entre la base mínima y la máxima de tu grupo: en 2026, la máxima es de 5.101,20 euros al mes.
📈¿Cómo afecta la base de cotización a la jubilación?
Cuanto más alta es tu base, mayor será tu pensión. Desde 2026 la Seguridad Social calcula la pensión con dos fórmulas y te aplica la que te dé más: las bases de los últimos 25 años o, con la nueva, las 302 bases más altas de los últimos 304 meses, que irá ampliándose hasta 29 años en 2037.
Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.
Tengo 57 años con una descapacidad de 43% y no percibo ningún tipo de presentación por cotización insuficiente ? Tengo cotizados 11años y he tenido 3 hijos que puedo hacer
Tengo 62 años y sólo he cotizado 6 años. Quiero pagar a la SS los 9 o 10 años que me faltan para poder cobrar la pensión contributiva. La única manera de tener un ingreso extra a mi edad para pagar esos 10 años y que sean 15 o 16 años de cotización es alquilando una habitación o dos. ¿Tengo que darme de alta en la SS en régimen especial? Y ¿Cuanto debería pagar yo a la SS para tener en mi jubilación un ingreso digno?
Belén
Hola Antonio Joaquín,
Lo mejor es que acuda a un abogado especializado o un asesor laboral.
Un saludo 🙂
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Tengo 57 años con una descapacidad de 43% y no percibo ningún tipo de presentación por cotización insuficiente ? Tengo cotizados 11años y he tenido 3 hijos que puedo hacer
Hola, Montse
Te dejo todas las ayudas que pueden percibir las personas que no han cotizado lo suficiente.
Espero haber sido de ayuda 🙂
saludos
Tengo 62 años y sólo he cotizado 6 años. Quiero pagar a la SS los 9 o 10 años que me faltan para poder cobrar la pensión contributiva. La única manera de tener un ingreso extra a mi edad para pagar esos 10 años y que sean 15 o 16 años de cotización es alquilando una habitación o dos. ¿Tengo que darme de alta en la SS en régimen especial? Y ¿Cuanto debería pagar yo a la SS para tener en mi jubilación un ingreso digno?
Hola Antonio Joaquín,
Lo mejor es que acuda a un abogado especializado o un asesor laboral.
Un saludo 🙂