🧑💼¿Quién puede pedir las ayudas para parados entre 30 y 55 años?
Quien haya agotado el paro o no tenga derecho a él, esté inscrito como demandante de empleo y carezca de rentas propias superiores al 75 % del SMI (unos 915 euros al mes en 2026).
¿Tienes entre 30 y 55 años y estás en paro? Tras la reforma de 2024, estas son las ayudas al desempleo del SEPE que puedes pedir según tu edad y tu situación familiar, cuánto se cobra y cómo solicitarlas.
Índice
No existe una única «ayuda nueva» exclusiva para las personas de entre 30 y 55 años. Lo que sí ha cambiado es el conjunto de subsidios del SEPE: el Real Decreto-ley 2/2024 reformó el nivel asistencial por desempleo y, desde el 1 de noviembre de 2024, unificó los subsidios y amplió la cobertura a perfiles que antes se quedaban fuera (por ejemplo, los menores de 45 años sin cargas familiares).
Así que, cuando se habla de «nueva ayuda para parados entre 30 y 55 años», en realidad se hace referencia a los subsidios por desempleo reformados. La que te corresponde depende de si has agotado el paro, de tu edad y de si tienes cargas familiares.
Si se te ha agotado el paro (o está a punto) y sigues sin empleo, estas son las cinco ayudas que puedes solicitar hoy según tu perfil:
| Ayuda | Para quién | Cuánto y cuánto tiempo |
| 1. Subsidio por agotar el paro | Sin cargas familiares | 570 a 480 € · 6 meses |
| 2. Subsidio con cargas familiares | Con personas a cargo | 570 a 480 € · hasta 24-30 meses |
| 3. Subsidio por cotización insuficiente | Cotizaste menos de 360 días | 570 a 480 € · 3 a 21 meses |
| 4. Subsidio para mayores de 52 años | 52 años o más | 480 € · hasta la jubilación |
| 5. Ingreso Mínimo Vital | Sin derecho a subsidio | Según la unidad de convivencia |
Es la ayuda básica del nivel asistencial. Si has agotado la prestación contributiva (el paro), no tienes cargas familiares y careces de rentas, puedes pedir este subsidio, que dura 6 meses. Con la reforma, ahora lo pueden cobrar también los menores de 45 años, que antes quedaban fuera.
Es lo que mucha gente conoce como «ayuda familiar», aunque no es un nombre oficial. Se dirige a quien tiene cargas familiares, es decir, a su cargo al menos a una de estas personas:
Con cargas familiares el subsidio dura mucho más: hasta 24 o 30 meses, según lo que hubieras cotizado. Es, con diferencia, la más protectora para quien tiene familia a su cargo.
Si te has quedado en paro pero no llegaste a cotizar los 360 días necesarios para cobrar la prestación contributiva, puedes pedir este subsidio. Basta con haber cotizado 3 meses si tienes cargas familiares o 6 meses si no las tienes. La duración va de 3 meses hasta un máximo de 21 meses en el caso de tener cargas.
Si has cumplido los 52, puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años, el más ventajoso de todos. Se cobra 480 euros al mes (el 80 % del IPREM) hasta que alcanzas la edad para acceder a la pensión de jubilación.
Para pedirlo tienes que haber cotizado al menos 6 años por desempleo a lo largo de tu vida laboral y reunir todos los requisitos para jubilarte (15 años cotizados), salvo el de la edad. Su gran ventaja es que el SEPE cotiza por ti para la jubilación mientras lo cobras, lo que mejora tu futura pensión. Si encajas, también puedes valorar la jubilación anticipada.
Si no tienes derecho a ninguno de los subsidios anteriores, tu vía es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). No lo gestiona el SEPE, sino la Seguridad Social, y está pensado para hogares sin ingresos suficientes. Su cuantía depende de los miembros de la unidad de convivencia y de los ingresos del hogar.
Salvo el IMV (que tiene sus propias reglas), los subsidios del SEPE comparten los mismos requisitos básicos:
Una novedad de la reforma es que, para valorar las cargas familiares, se miran las rentas de toda la unidad familiar divididas entre el número de miembros, no solo las tuyas.
El subsidio por desempleo ya no es una cantidad fija: se cobra por tramos y va bajando con el tiempo. Se calcula sobre el IPREM (600 euros al mes en 2026):
| Periodo del subsidio | Porcentaje del IPREM | Importe mensual 2026 |
| Primeros 180 días | 95 % | 570 € |
| Días 181 a 360 | 90 % | 540 € |
| A partir del día 361 | 80 % | 480 € |
Además, la reforma eliminó el mes de espera: antes había que esperar un mes desde que se agotaba el paro para empezar a cobrar el subsidio, y ese plazo ya no existe. El subsidio para mayores de 52 años es el único que se cobra siempre al 80 % (480 euros).
La duración depende sobre todo de si tienes cargas familiares y de cuánto habías cotizado antes:
| Situación | Duración máxima |
| Agotó el paro, sin cargas familiares | 6 meses |
| Agotó el paro, con cargas familiares | 24 o 30 meses |
| Cotización insuficiente, sin cargas | De 3 a 6 meses |
| Cotización insuficiente, con cargas | Hasta 21 meses |
| Mayores de 52 años | Hasta la jubilación |
El subsidio se reconoce por periodos de tres meses que se van prorrogando hasta llegar a la duración máxima que te corresponda.
Ponerte a trabajar ya no significa perder la ayuda de golpe. Con la reforma existe el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE): si encuentras un empleo a tiempo parcial o completo, puedes seguir cobrando una parte del subsidio como complemento durante un máximo de 180 días. El SEPE lo aplica de oficio, así que no tienes que hacer ningún trámite extra para activarlo.
Hasta 2024, dos ayudas muy consultadas para este perfil eran la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Con la reforma, ninguna de las dos admite nuevas solicitudes desde el 1 de noviembre de 2024 (solo siguen cobrándolas quienes ya las tenían concedidas, hasta agotarlas). No hay excepción para personas con discapacidad, aunque circule esa idea.
Si tu perfil encajaba antes en la RAI, ahora tienes estas alternativas:
Los subsidios se solicitan en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) (el IMV, en la Seguridad Social), por dos vías:
Conviene tener preparada la documentación: solicitud, documento de identidad, número de cuenta bancaria, libro de familia (si alegas cargas familiares) y el justificante de rentas de la unidad familiar.
Quien haya agotado el paro o no tenga derecho a él, esté inscrito como demandante de empleo y carezca de rentas propias superiores al 75 % del SMI (unos 915 euros al mes en 2026).
El subsidio se cobra por tramos sobre el IPREM: 570 euros al mes los primeros 180 días (95 %), 540 euros los siguientes 180 (90 %) y 480 euros a partir del día 361 (80 %). El subsidio para mayores de 52 años son 480 euros al mes.
Sin cargas familiares, 6 meses. Con cargas familiares, hasta 24 o 30 meses. El subsidio para mayores de 52 años se cobra hasta que alcanzas la edad de jubilación.
No. La RAI y el SED quedaron suprimidos para nuevas solicitudes el 1 de noviembre de 2024. Si no tienes derecho a ningún subsidio del SEPE, tu alternativa es el Ingreso Mínimo Vital.
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