🤔¿Quién puede pedir la pensión de orfandad?
La pensión de orfandad va dirigida a aquellas personas huérfanas.
Existen ayudas dirigidas a las personas que se hayan quedado huérfanas de madre o padre. La más conocida es la llamada pensión de orfandad, una ayuda que entra dentro de la categoría familiar. Pero, ¿Cuáles son los requisitos que hay que cumplir para poder cobrarla? En Tus Ayudas te contamos todos los detalles sobre este tipo de pensión.
Índice
Existen varios requisitos que se tienen que cumplir para poder solicitar la pensión de orfandad. Unos relacionados con el hijo y otros con el padre o madre que ha fallecido.
En primer lugar, para poder recibir la prestación, el hijo tiene que cumplir con una de las siguientes características:
Si eres estudiante y has cumplido los 25 años, estarás cobrando la pensión hasta el día que comience el curso siguiente.
La pensión de orfandad es una prestación contributiva. ¿Qué significa esto? Significa que para que el hijo pueda cobrarla, el padre o madre tiene que haber estado trabajando (o recibiendo una pensión) antes de su fallecimiento y cotizando en la Seguridad Social.
Por ese motivo, existen una serie de requisitos que tienen que cumplirse para que pueda cobrarse. Estos requisitos son los mismos que en la pensión de viudedad. En el artículo que escribimos sobre cuáles son los requisitos de la pensión de viudedad puedes encontrar todos los detalles. No obstante, aquí te los resumimos para que puedas hacerte una idea.
Si la persona falleció antes del 1 de enero de 2008:
Por otro lado, si ha fallecido más recientemente (después del 1 de enero de 2008) y estaba en situación de alta, no será necesario que justifiques nada. Si falleció por un motivo laboral, tampoco hay que justificarlo.
El valor de la pensión es el resultado de multiplicar la base reguladora por un porcentaje determinado. Es decir, igual que la pensión de viudedad. Por lo tanto, tendrás que:
Su valor depende de las condiciones en las que haya fallecido la persona.
Tendrás que multiplicar el valor de la base reguladora por su 20%. Esta será la cuantía que recibirás mensualmente mientras cumplas con los requisitos mencionados anteriormente. Ahora bien, si el padre o la madre fallecieron por un motivo laboral, podrán darte una indemnización extra.
Para establecer cuánto puede cobrar cada persona se tiene en cuenta el número de hijos que tiene la persona que ha fallecido y si deja a una persona viuda.
La suma de lo que recibirían los hijos y la persona viuda no puede ser mayor al 100% de la base reguladora. De hecho, a la persona viuda le correspondería el 52% de la pensión (o hasta el 70% en algunos casos) y los hijos tendrían que repartirse el restante.
Existe una excepción, y es cuando lo que ingresara cada uno fuera inferior al ingreso mínimo de esta pensión. Aquí te dejamos una tabla con la pensión mínima de orfandad que sí o sí van a cobrar cada uno de los hijos:
Pensión mínima de orfandad | ||
Hijo/a | Ingreso mensual | Ingreso anual |
Menor de 18 años o con una discapacidad igual o mayor del 65% | 414.7 € | 5.805,8 € |
Resto de casos | 210,8 € | 2.951,2 € |
Si el hijo tiene más de 18 años, se le ingresará directamente a él. En caso de que no sea así, se le ingresará a su tutor/a legal.
Se llama “absoluta” en el caso en el que hayan fallecido ambos padres. La principal diferencia con respecto a la pensión de orfandad simple, es el porcentaje que se multiplica a la base reguladora para poder determinar cuánto se va a cobrar. En función de cada caso, el porcentaje es mayor o menor:
En caso de que haya varios hijos, el valor de lo que se incremente la pensión se reparte entre ellos.
También se tienen en cuanto unos valores mínimos. Esto significa que como mínimo el huérfano absoluto recibirá:
Pensión mínima de orfandad absoluta | ||
Hijo/a | Ingreso mensual | Ingreso anual |
Si solo lo cobra 1 hijo | 733,3 € | 10.266,2 € |
Si la cobra más de 1 hijo | 210,8 € + (522,5 € divididos entre el número de hijos) | 2.951,2 € + (7.315 € divididos entre el número de hijos) |
Existe un tipo de ayuda que está dirigida a aquellas personas que han estado cuidando de sus padres o algún otro familiar cercano hasta el día de su fallecimiento. Los principales requisitos para poder solicitarla son haber convivido con el fallecido durante los últimos 2 años, no poder acceder a otro tipo de pensión y no tener ingresos mayores al Salario Mínimo.
La pensión de orfandad va dirigida a aquellas personas huérfanas.
La cuantía máxima es de 5.805 euros.
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Buenas Estoi cobrando la horfandad tengo 51 nose si puedo solicitar agunotra no llego a dar pagado los recibos
Hola, Antonio
Todo depende de los ingresos. Si ya percibe una ayuda, suele ser complicado obtener alguna adicional.
un saludo
Hola!! Yo tengo 46 años y cobro una pensión por incapacidad total de 600 euros. Mi papá falleció hace algo más de un año y lo cuidé hasta el último momento. Puedo pedir la ayuda de la orfandad?
Gracias
Hola, Maite
Lamentablemente, uno de los requisitos para poder acceder a esta ayuda es tener 25 años o menos. También sería interesante averiguar si cumples con los requisitos necesarios para percibir el Ingreso Mínimo Vital.
Gracias por tu comentario 🙂 ,
un saludo
Pension de orfandad mayores de 45, como solicitarla
Hola, Elvira
Lamentablemente, aquellos mayores de 25 años no cumplen con los requisitos necesarios para poder solicitar una pensión de orfandad.
Muchas gracias por tu comentario,
un saludo
Buenas tardes:
Quería saber si una beca con prácticas formativas , en concreto se trata del Programa de Técnicos de Comercio Exterior de Madrid, otorgada por la Comunidad de Madrid, es compatible con la pensión de orfandad.
Muchas gracias
Hola, Cristina
Si cumples los requisitos para ambas, es posible solicitar ambas. Eso sí, es cierto que una vez que te han concedido una ayuda, es más complicado que concedan más.
Espero haberte ayudado,
un saludo
Mi crío en enero cumple 21 años le quita la olfanda no trabaja
Hola, Antonia
No, no se la quitan hasta que comience a trabajar o cumpla los 25 años.
Espero haberte ayudado 🙂 ,
un saludo