Vivienda

Casa 47: requisitos reales, cómo solicitar las 645 viviendas y teléfono 047

El 7 septiembre 2026 por Alexandre Branco Lopes - 15 minutos de lectura
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Casa 47: requisitos y cómo solicitar una vivienda de alquiler asequible

Casa 47 es la empresa pública de vivienda del Estado y tiene abierta hasta el 21 de septiembre de 2026 una convocatoria de 645 viviendas de alquiler asequible en cinco comunidades autónomas, con rentas que arrancan en 350 euros al mes. Es su segunda convocatoria: en la primera hubo 7.357 solicitudes para 171 pisos. Te explicamos qué es, los requisitos completos (que se miden sobre la renta neta y no solo sobre los ingresos), cómo se solicita paso a paso, cuánto se paga, cómo funcionan sus contratos de hasta 75 años y para qué sirve el teléfono gratuito 047.

Convocatoria abierta: 645 viviendas hasta el 21 de septiembre de 2026

Casa 47 abrió el 31 de julio de 2026 su segunda ronda de alquiler asequible, con 645 viviendas repartidas en cinco comunidades autónomas. En realidad son siete convocatorias abiertas a la vez, una por provincia o comunidad, y puedes presentarte a varias, aunque solo podrás firmar el contrato de una vivienda. El plazo termina el 21 de septiembre de 2026: la fecha inicial era el 10 de septiembre y Casa 47 la amplió el 1 de septiembre, así que el PDF original de la convocatoria todavía da la fecha antigua.

Comunidad autónoma Viviendas Superficie Alquiler al mes
Comunitat Valenciana 401 de 30 a 160 m² de 350 a 1.066 euros
Galicia 99 de 30 a 162 m² de 350 a 705 euros
Cataluña 93 de 42 a 128 m² de 350 a 1.012 euros
Navarra 34 de 58 a 102 m² de 417 a 519 euros
Asturias 18 de 44 a 93 m² de 350 a 716 euros

En qué municipios están exactamente

Las 34 viviendas de Navarra están en Lekunberri, en un edificio que llevaba parado desde 2008 y que Casa 47 ha recuperado de la Sareb, y las 18 de Asturias están todas en Gijón. Las 99 de Galicia se reparten entre Carral (32), Ribeira (22), Ares (11), Boiro (9), Cedeira (9), Lugo (7), Malpica de Bergantiños (6) y Arteixo (3). Las 93 de Cataluña, entre Sant Carles de la Ràpita (19), El Vendrell (17), Vic (15), Amposta (11), La Pobla de Mafumet (9), Lleida (7), Sant Hipòlit de Voltregà (6), Vidreres (5) y Sant Feliu de Codines (4).

Dos avisos antes de que hagas cuentas. El 1 de septiembre Casa 47 retiró 7 viviendas de la oferta (1 en Asturias, 3 en Galicia y 3 en la provincia de Valencia), así que las que quedan son 638, aunque el portal siga listando alguna. Y en muchas de ellas hay carencia: 90 de las 99 de Galicia y 4 de las 18 de Asturias tienen entre dos y tres meses sin pagar alquiler porque la cocina está incompleta, y las bases permiten llegar hasta cuatro meses. Cada anexo lo indica vivienda por vivienda.

Un detalle que mucha gente no sabe: la vivienda de Casa 47 es compatible con cobrar una ayuda al pago del alquiler de cualquier administración pública, así que puedes pedir las dos cosas.

¿Qué es Casa 47?

Casa 47 es la empresa pública estatal de vivienda. Su nombre legal es CASA 47 Entidad Pública Empresarial y se presenta como Entidad Estatal de Vivienda. No nació de cero: es la transformación de la antigua Sepes (Entidad Pública Estatal de Suelo), aprobada por el Consejo de Ministros el 9 de diciembre de 2025 mediante el Real Decreto 1123/2025.

Su nombre hace referencia al artículo 47 de la Constitución española, que reconoce el derecho a disfrutar de una vivienda digna. La misión de Casa 47 es muy distinta a la de Sepes: ya no se limita a gestionar suelos, sino que construye, compra, adjudica y administra un parque público destinado al alquiler asequible, en la línea del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

El modelo se inspira en el de otros países europeos: igual que hay hospitales y colegios públicos, la idea es que exista una red pública de viviendas. Según el propio Ministerio de Vivienda, el parque público español ha pasado del 2,5 % al 3,4 %, todavía lejos del estándar europeo del 8 % que el Gobierno se ha fijado como objetivo.

Requisitos de Casa 47: ¿quién puede acceder?

El requisito de ingresos: se mira lo neto, no lo bruto

La unidad de convivencia debe sumar una renta anual neta de entre 2 y 7,5 veces el IPREM, lo que hoy equivale a entre 16.800 y 63.000 euros al año. Es el error más repetido sobre Casa 47: no son ingresos brutos. En la declaración de la renta es la suma de las casillas 435 y 460 de la declaración de 2025. Ojo, porque en la convocatoria piloto solo contaba la 435: quien tenga rendimientos del ahorro y use el dato viejo se calculará una renta por debajo de la real. Esa franja abarca al 60 % de la población española: las rentas inferiores se atienden con vivienda social y las superiores se considera que pueden ir al mercado libre.

Esta es la tabla del IPREM vigente, con el que se calculan los dos umbrales:

Valor del IPREM 2026
Valor del IPREM Diario Valor del IPREM Mensual Valor del IPREM Anual (12 pagas) Valor del IPREM Anual (14 pagas)
20 € 600 € 7.200 € 8.400 €

Los otros cuatro requisitos, que dejan fuera a mucha gente

El de ingresos no es el único, y los demás se piden todos a la vez:

  • No tener otra vivienda. Ninguna de las personas que vaya a vivir en la casa puede ser propietaria de otra vivienda, y cuentan también la nuda propiedad, el usufructo y el derecho de superficie. Hay cuatro excepciones tasadas: que la vivienda no sea habitable; que su uso se lo haya quedado tu expareja por sentencia firme, convenio regulador o escritura pública; que la hayas recibido en herencia, legado o donación, que no sea tu domicilio habitual y que su valor de referencia en Catastro no pase del 50 % del valor medio estatal de una vivienda libre de 90 m² con más de cinco años (en País Vasco y Navarra se mira el valor catastral); o que la vivienda no sea accesible y alguien del hogar tenga reconocida movilidad reducida, en cuyo caso solo se puede optar a las viviendas de ese cupo.
  • Nacionalidad española o residencia legal en España, y esto lo tienen que cumplir todos los miembros del hogar.
  • Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
  • Que la vivienda te cuadre. Solo puedes pedir pisos cuyo alquiler esté entre el 15 % y el 30 % de tus ingresos netos mensuales, y con un número de dormitorios acorde al tamaño del hogar. Es decir, tampoco puedes optar a una vivienda demasiado barata para lo que ganas.

Ni puntos, ni empadronamiento, ni lista de espera

Además, la vivienda tiene que ser tu domicilio habitual y permanente y no puedes montar en ella un negocio, aunque el teletrabajo sí está permitido. En la convocatoria abierta no hace falta estar empadronado en el municipio ni inscrito en ningún registro autonómico de demandantes: puedes pedir una vivienda en una provincia distinta de donde vives. Eso sí, cada convocatoria puede añadir condiciones propias, como pasó en la piloto de Mieres, donde había que estar inscrito antes en el registro de demandantes de vivienda protegida de Asturias.

Importante
No hay baremo ni puntos. La adjudicación es por sorteo puro, así que tener hijos, ser joven o estar en riesgo de exclusión no da ninguna ventaja. El único cupo reservado es el de personas con discapacidad, con un mínimo del 4 % de las viviendas y el objetivo de llegar al 7 %; para las viviendas adaptadas se pide movilidad reducida.

¿Cómo solicitar una vivienda en Casa 47?

La solicitud se hace preferentemente por internet, pero no es la única vía: también se admite en persona o por correo postal. Todo el procedimiento, desde que cierra el plazo hasta que se firma, tiene un tope legal de seis meses.

Los ocho pasos, del portal a la firma del contrato

  1. Consulta la convocatoria abierta y sus viviendas en portal.casa47.es. Cada ficha lleva fotografías, ubicación, superficie, dormitorios, precio mensual y la renta anual que hace falta para pedirla.
  2. Elige las viviendas que te interesan e indica tu orden de preferencia.
  3. Presenta la solicitud en el propio portal de Casa 47, que es la vía preferente. Para identificarte necesitas DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve (con Cl@ve Móvil hace falta el nivel avanzado). También puedes presentarla en papel en el registro de Casa 47 o en cualquier oficina de registro de la Administración, pero entonces tienes que avisar antes de que acabe el plazo por correo a dpva@casa47.es con el justificante: si no lo haces y la solicitud llega tarde, la inadmiten aunque la presentaras en fecha.
  4. Ten a mano el DNI o NIE y la declaración de la renta del año anterior de cada conviviente; quien no la haya hecho necesita un certificado negativo de IRPF. La solicitud la presenta y la firma una sola persona; el resto de convivientes mayores de edad y los menores no emancipados firman una autorización para que les incluya en ella. El contrato, ese sí, lo firman después todos los mayores de edad.
  5. Espera al sorteo ante notario. Se elige al azar un número de solicitud y a partir de ahí se ordenan todas las demás; siguiendo ese orden, a cada hogar se le asigna la primera vivienda disponible de su lista de preferencias.

Del sorteo a la entrega de llaves

  1. Casa 47 comprueba los requisitos y publica el listado de asignación provisional, junto con la lista de reserva y la de excluidos con sus motivos. Se abren 5 días hábiles para alegaciones y después se publica el listado de adjudicación provisional.
  2. Visita la vivienda antes de firmar. Casa 47 te ofrecerá al menos tres opciones de visita en tres días distintos dentro de un plazo de 15 días naturales. Si no logran contactar contigo o no concretas la visita en ese plazo, se entiende que rechazas la vivienda. Ahora bien, si renuncias expresamente a la visita y lo comunicas por escrito, no pierdes la vivienda.
  3. Firma el contrato. Antes tienes 45 días naturales desde la adjudicación provisional para aportar el DNI o NIE de todos los miembros de 14 años o más y el certificado de no titularidad del Registro de la Propiedad. Al firmar se pagan por transferencia la fianza de una mensualidad y la primera mensualidad de alquiler (prorrateada si entras a mitad de mes) y te entregan las llaves. Todo el procedimiento tiene un tope de 6 meses desde que cierra el plazo de solicitudes.
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Teléfono 047: para qué sirve y cómo usarlo

Aquí hay una confusión muy extendida: el 047 no es el teléfono de Casa 47. Es el número gratuito de atención ciudadana del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y atiende cualquier duda sobre el derecho a la vivienda, no solo las de esta entidad. Coinciden en el número porque los dos remiten al artículo 47 de la Constitución.

La atención se organiza en tres niveles: consultas generales, consultas especializadas y casos que necesitan acompañamiento jurídico, para los que hay abogados en colaboración con el Consejo General de la Abogacía. Puedes llamar al 047 por temas como estos:

El servicio arrancó a finales de enero de 2026 y a cierre de agosto había atendido 16.786 llamadas y 20.260 consultas, con una media de 109 llamadas al día, 7,5 minutos por llamada y cinco segundos de espera. Si tu duda es sobre una convocatoria concreta que está abierta, el canal oficial no es el 047 sino el correo dudas.convocatoria@casa47.es. Y la sede de Casa 47 está en el Paseo de la Castellana, 91, 28046 Madrid, con oficina de registro de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

Precio del alquiler asequible de Casa 47

El precio se calcula de forma distinta a la del mercado libre: el alquiler más los suministros básicos estimados no puede superar el 30 % de la renta mediana de los hogares del municipio donde está la vivienda. Además hay un tope por comunidad autónoma, que equivale al 30 % del decil 7 de renta disponible por hogar según la Encuesta de Condiciones de Vida del INE, y se revisa cada año.

El único descuento medido y publicado hasta ahora es el de la convocatoria piloto de Vigo: las viviendas se alquilaron a 8,8 euros el metro cuadrado, lo que dejó un precio medio de 662 euros al mes, un 35 % por debajo del precio medio del mercado libre en la ciudad, con 79 m² de media. En la provincia de Valencia el precio medio fue de 486 euros (75 m²) y en Mieres, de 416 euros (71 m²).

Las viviendas de Vigo se entregaron sin mobiliario ni electrodomésticos y con la cocina incompleta, y por eso tuvieron entre uno y tres meses de carencia en el pago del alquiler: ese margen es para que el inquilino asuma el coste de amueblar la cocina, que Casa 47 no paga. Las de Valencia y Mieres no llevaban carencia.

El alquiler se actualiza una vez al año solo con el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) que publica el INE, no con el IPC, y únicamente al alza: si el índice sale negativo, la renta se queda igual en lugar de bajar.

Duración de los contratos: hasta 75 años

Lo más llamativo de Casa 47 es la duración de sus contratos, pensada para dar estabilidad a largo plazo:

  • El contrato se firma con una duración inicial de 14 años.
  • A partir de ahí se pueden encadenar hasta ocho prórrogas de 7 años cada una.
  • Al cumplirse 70 años de contrato cabe pedir una última prórroga extraordinaria de 5 años.
  • De ahí sale el máximo: 14 + (8 x 7) + 5 = 75 años.

El objetivo es que las familias no tengan que cambiar de casa cada pocos años y tengan la misma estabilidad que da la propiedad, pero en régimen de alquiler y a precio asequible. Es una diferencia enorme frente a los plazos del contrato de alquiler ordinario.

Atención
Las prórrogas no son automáticas, hay que pedirlas antes de que termine el contrato, y la solicitud la debe firmar al menos el 50 % de quienes firmaron el original. Al pedirla se comprueba que sigues cumpliendo los requisitos, salvo el de ingresos mínimos: si tus ingresos bajan de 2 veces el IPREM no pierdes la vivienda. Superar el límite de 7,5 veces sí puede dejarte sin prórroga. Lo que no cambia es el criterio con el que se fija el precio: el alquiler depende de la vivienda y de su zona, nunca de lo que gane quien vive en ella. Otra cosa es la subida anual del IRAV, que se aplica igual a todos los inquilinos.

Casa 47 en tu ciudad: ¿dónde hay viviendas disponibles?

Las viviendas que se pueden pedir hoy son las 645 de la convocatoria abierta que hemos visto arriba. Antes de esa, Casa 47 arrancó con una convocatoria piloto de 171 viviendas, todas procedentes de la Sareb, en tres ubicaciones: Vigo (67), la provincia de Valencia (67, en municipios afectados por la DANA) y Mieres, en Asturias (37). Se sortearon ante notario el 14 de mayo de 2026 y recibieron 7.357 solicitudes, unas 43 por vivienda. La adjudicación sigue siendo provisional: el segundo listado se publicó el 31 de julio de 2026.

La entidad tiene definido un perímetro de hasta 40.000 viviendas recuperadas de la Sareb y 2.400 suelos con capacidad para otras 55.000, pero se incorporan de forma escalonada: entre las dos convocatorias celebradas hasta hoy se han ofrecido 816 viviendas. Casa 47 se ha comprometido a lanzar convocatorias cada tres meses, aunque no publica por adelantado en qué ciudades.

¿Hay viviendas de Casa 47 en Madrid?

A 7 de septiembre de 2026, no. Ninguna convocatoria de alquiler de Casa 47 ha incluido viviendas en Madrid y no hay fecha anunciada. Lo que sí está en marcha es Nuevo Barrio Campamento, en el suroeste de la ciudad, junto a Aluche, Las Águilas y Cuatro Vientos: Casa 47 es dueña del 98 % de los terrenos y prevé 10.700 viviendas. El 29 de julio de 2026 el Consejo de Ministros autorizó el contrato de urbanización de las dos primeras fases por 94,8 millones de euros, que darán paso a cerca de 4.000 viviendas. Todavía no se puede pedir ninguna y no existe lista de espera, así que mientras tanto conviene mirar las ayudas al alquiler en Madrid o el Plan Vive.

Por el lado de los propietarios, la convocatoria para venderle pisos a Casa 47 por 100 millones de euros se cerró el 9 de julio de 2026 con 131 viviendas ofertadas, de las cuales el 88 % pertenecían a empresas y el 12 % a particulares. Sigue abierta, eso sí, una convocatoria de compra en Ciudad Real por 3,2 millones de euros, con plazo hasta el 30 de septiembre de 2026.

Más información
Si Casa 47 se te queda lejos, mira las ayudas al alquiler para jóvenes y el bono alquiler joven, que sí están abiertos en varias comunidades.

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Otras preguntas frecuentes

Alexandre Branco Lopes

Periodista especializado en ayudas y subvenciones

Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).


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Preguntas
  • Susana Melet

    -Buenos días.
    Soy jubilada y necesito con urgencia una vivienda. Estoy muy bien de salud.
    Por favor me puedes indicar que puedo hacer?
    Desde ya muchas gracias.
    Atte. Susana Rosa Domingo Melet

    • Alex Branco

      Hola Susana,

      Al tratarse de una necesidad urgente, estos son los pasos más rápidos y efectivos que debes dar:

      1. Acude a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento
      Es el paso más importante. Pide una cita de urgencia con un trabajador social y explícales tu situación. Ellos evaluarán tu caso y podrán emitir un informe de vulnerabilidad social. Este documento es clave, ya que te otorgará la máxima prioridad y puntos extra para acceder a cualquier recurso de vivienda pública.

      2. Solicita «Apartamentos para Mayores» o «Viviendas Tuteladas»
      La mayoría de las Comunidades Autónomas y ayuntamientos disponen de edificios de pisos de alquiler social exclusivos para personas mayores de 65 años que se valen por sí mismas. Son viviendas independientes con un alquiler muy bajo (adaptado a lo que cobres de pensión) y que cuentan con servicios comunes, actividades y zonas de convivencia. Pregunta directamente por este programa en tu ayuntamiento.

      3. Inscríbete en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida
      Es el registro oficial obligatorio para poder optar a cualquier vivienda de alquiler social o precio limitado en tu localidad. Debes acudir a la Oficina de Vivienda de tu municipio para inscribirte y entregar la documentación que te soliciten (habitualmente el DNI, justificante de tu pensión y el padrón).

      4. Ayudas al Alquiler del Plan Estatal
      Si te ves obligada a buscar un piso de alquiler en el mercado privado por la urgencia, pregunta en la Oficina de Vivienda por las ayudas específicas de alquiler para mayores de 65 años. Estas ayudas públicas suelen cubrir hasta el 50% de la mensualidad si tu pensión no supera unos límites establecidos.

      Te aconsejamos que acudas mañana mismo a los Servicios Sociales de tu barrio para que una trabajadora social tome las riendas de tu caso y te guíe con las solicitudes específicas de tu zona.

      También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta. Tan solo te llevará unos segundos.

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