En el marco del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, el Gobierno ha incluido una nueva ayuda para que los jóvenes puedan acceder a un alquiler con opción a compra en el caso de las viviendas protegidas. En Tus Ayudas, te explicamos todos los puntos importantes sobre esta ayuda.
Índice
Ayuda para alquiler con opción a compra del Nuevo Plan Estatal de Vivienda
En un contexto en el que los jóvenes tienen cada vez más complicado ser propietarios de una vivienda, el Gobierno pretende crear una nueva ayuda que permitirá a los jóvenes la compra de una vivienda protegida que estén alquilando.
La nueva ayuda para alquiler con opción a compra aparece desarrollada en el Proyecto del Real Decreto del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho a una vivienda digna en España. Aunque aún no está aprobado y puede sufrir modificaciones, la idea del ejecutivo está clara: facilitar la compra de vivienda a los jóvenes.
El Plan Estatal será de aplicación en todo el Estado español, excepto en País Vasco y Navarra, ya que tienen su propio régimen foral de vivienda. Asimismo, las Comunidades Autónomas serán las encargadas de poner en marcha la convocatoria de esta ayuda para el alquiler.
¿Quiénes recibirían esta ayuda?
Como es lógico, esta ayuda va dirigida a un público concreto, los jóvenes españoles que tienen complicado convertirse en propietarios de una vivienda. Concretamente, los menores de 35 años en el momento de la firma del contrato de alquiler, que tiene que ser necesariamente una vivienda protegida.
Es decir, solo podrían pedirla aquellos que vayan a alquilar una vivienda sujeta al régimen especial de protección pública. Como hay diferentes tipos de viviendas de este tipo, te explicamos con detalle todas las viviendas protegidas.
La ayuda como tal no la recibirían los compradores, sino que se concedería a la empresa propietaria o promotora de la vivienda, que deberá descontar las cuotas de alquiler pagadas por el inquilino al precio final de compra. De esa manera, no se perderá ese dinero ya invertido en el alquiler, ya que abarataría la compra del futuro propietario.
Cuantías de la ayuda
Según establece el Proyecto del Real Decreto del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, las ayudas para el alquiler con opción a compra se distribuirían de la siguiente manera:
Hasta 28.800 euros: la empresa promotora o propietaria de la vivienda recibiría hasta 28.800 euros por vivienda, equivalentes a las rentas de alquiler pagadas por el joven.
Hasta 25.920 euros adicionales: el documento del ejecutivo no explica de manera explícita los criterios que influyen en esta variable adicional, solo indica que dependerá de las Comunidades Autónomas (podría depender de localización, características de la vivienda, situación socioeconómica, etcétera).
De este modo, la ayuda máxima podría llegar hasta los 54.720 euros por vivienda. Como decimos, el estado garantiza la primera parte de la ayuda, mientras que la segunda depende de las CCAA.
Plazo para ejercer la compra de la vivienda
Aquellos que quieran acceder a ese alquiler con opción a compra, dispondrán de un plazo que abarca desde el primer al tercer año de la firma del contrato de alquiler para ejecutarla. Cabe recalcar que el contrato de alquiler inicial debe fijar el precio de compra desde el inicio, además de no poder superar el precio de la protección vigente aplicable en ese momento.
Aunque aún no se han dado más datos sobre fechas exactas, no podrán otorgarse ayudas de este tipo después del 30 de septiembre de 2030, momento en el que dejará de estar vigente dicho Plan de Vivienda.
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Requisitos y compatibilidades de la ayuda para el alquiler con opción a compra
Anteriormente, ya hemos mencionado la necesidad de ser menor de 35 años y de que sean únicamente viviendas de protección oficial, sin embargo, también hay que cumplir ciertos requisitos aplicables, como:
Haber abonado las cuotas de alquiler de la vivienda de protección oficial.
Cumplir con los límites de ingresos establecidos para los beneficiarios de viviendas de protección oficial.
Que el beneficiario de la ayuda no tenga otra vivienda disponible.
La vivienda debe ser residencia habitual y permanente del joven.
Importante
También cabe señalar que dicha ayuda al alquiler es compatible con otros subsidios, como las ayudas directas al alquiler, ayudas para comprar en municipios de menos de 10.000 habitantes y las relativas a coberturas frente impagos de renta.
Cómo pedir la nueva ayuda para el alquiler con opción a compra
Aunque aún no está disponible, la solicitud de la ayuda se realizará a través de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Es decir, cada una de ellas firmará un convenio con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y abrirá sus propias convocatorias públicas para conceder dicha ayuda.
Se realizará a través de las webs de las propias Comunidades Autónomas, aunque quizás pueda solicitarse de manera presencial. Como ocurre con este tipo de trámites, es posible que se necesite certificado digital o documentos como el DNI para identificarse de manera online.
La promotora o propietaria de la vivienda recibirá hasta 28.800 € por vivienda, equivalentes a las rentas de alquiler abonadas por el joven. Además, las comunidades podrán añadir un porcentaje extra de hasta 25.920 €, alcanzando un máximo total de 54.720 € por vivienda.
😯¿Quién puede acceder a esta ayuda?
Jóvenes menores de 35 años que alquilen una vivienda protegida permanente como residencia habitual, cumpliendo además con los límites de ingresos fijados para la vivienda de protección oficial y sin tener otra vivienda en propiedad disponible.
🤔¿Qué pasaría si no compro la vivienda en el plazo de 3 años?
Si no se ejerce la opción de compra entre el 1º y 3º año del contrato, la ayuda deja de aplicarse y las rentas abonadas no se descontarán del precio final. Podría mantenerse el alquiler si ambas partes lo acuerdan, pero ya sin los beneficios de esta ayuda estatal.
🫢¿Dónde y cómo se solicita la ayuda?
La solicitud se gestionará a través de cada comunidad autónoma y de Ceuta/Melilla, que publicarán convocatorias públicas tras firmar un convenio con el Ministerio de Vivienda. El trámite será principalmente online en las webs autonómicas, aunque podría haber opción presencial, y se requerirá documentación como el DNI y, en algunos casos, certificado digital.