Vivienda

Viviendas VPO, VPPB y VPPL: ¿En qué se diferencian?

El 24 abril 2025 por Belén - 7 minutos de lectura

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Viviendas VPPL Madrid

Las viviendas protegidas son esenciales para garantizar el acceso a un hogar digno a quienes más lo necesitan. Existen diferentes tipos, con distintas denominaciones y requisitos de acceso. En Tus Ayudas, te explicamos las diferencias entre las viviendas VPO, VPPB y VPPL.

Todos los tipos de vivienda protegida

Cuando hablamos de “vivienda protegida” nos referimos a aquellas que han recibido algún tipo de apoyo por parte de las administraciones públicas, por ejemplo, del Estado, comunidad autónoma… De esta forma, las viviendas salen al mercado en condiciones mucho más accesibles para los compradores.

Pero a cambio de estas ayudas, las viviendas están sujetas a limitaciones legales: deben destinarse a residencia habitual, no pueden venderse libremente durante un tiempo determinado y los beneficiarios deben cumplir ciertos requisitos económicos.

Existen muchos tipos de viviendas protegidas y cada una de ellas está sujeta a unos requisitos específicos. Por eso es importante conocer la diferencias. Las más habituales son: VPO, VPPB y VPPL.

Vivienda de Protección Oficial (VPO)

VPPB que es

La Vivienda de Protección Oficial (VPO) es la forma más clásica y conocida de vivienda protegida en España. Están sujetas a características específicas y limitaciones de renta. El objetivo es asegurar que sean asequibles para personas en situación de vulnerabilidad.

Una VPO puede ser construida tanto por promotores públicos como privados, pero siempre bajo la supervisión y regulación de la administración pública.

Las características principales de las viviendas de Protección Oficial son:

  • Precio de venta por debajo del mercado de la comunidad autónoma donde se construyan.
  • Tamaño limitado: La superficie útil no suele superar los 90 metros cuadrados, aunque este límite puede variar ligeramente según la comunidad autónoma.
  • Protección temporal: Estas viviendas no se pueden vender ni alquilar libremente, están sujetas a un periodo de protección legal que puede oscilar entre 10 y 30 años.
  • Venta restringida: Si se desea vender una VPO durante su periodo de protección, se necesita autorización de la administración y debe hacerse a un precio máximo legalmente establecido.
  • Uso exclusivo: Estas viviendas están destinadas únicamente a ser residencia habitual del comprador.
  • Requisitos para acceder: Los solicitantes deben estar inscritos en un registro oficial de demandantes de vivienda protegida y no pueden ser propietarios de otra vivienda
Atención

Vivienda de Protección Pública (VPP)

La VPP, o Vivienda con Protección Pública, es una tipología más reciente y está gestionada exclusivamente por organismos públicos.

En este caso, las administraciones adquieren el suelo, financian la construcción y gestionan directamente la adjudicación de las viviendas, muchas veces mediante sorteos públicos, lo que garantiza un reparto más equitativo.

A su vez, dentro de las Viviendas de Protección Pública, podemos encontrar muchos tipos diferentes, cada una sujeta a unas características específicas:

  • VPPB. Viviendas con Protección Pública Básica.
  • VPPL. Protección Pública de Precio Limitado.
  • VPPA. Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento.
  • VPPA OC. Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra.
  • VPPA OC J. Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes.
  • VIS. Vivienda de Integración Social.
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Vivienda de Protección Pública Básica (VPPB)

Próximas promociones VPPL Madrid

Las VPPB son Viviendas de Protección Pública Básica, es decir, también son casas financiadas exclusivamente por administraciones públicas. Los requisitos y características cambian ligeramente.

Principales características de las VPPB:

  • Mayor superficie: Estas viviendas pueden tener hasta 110 m², e incluso 150 m² si están destinadas a familias numerosas.
  • Régimen de protección largo: Cuentan con un periodo de protección de 20 años, aunque es posible solicitar su descalificación a partir del año 15, siempre cumpliendo ciertos requisitos.
  • Venta regulada: Durante el tiempo de protección, su venta solo puede realizarse a un precio tasado, previamente fijado por la administración.
  • Condiciones económicas: El acceso está limitado a personas cuya unidad familiar no supere los ingresos máximos equivalentes a 5,5 veces el IPREM
  • Residencia habitual: La vivienda debe utilizarse como hogar permanente del beneficiario.

Vivienda de Protección Pública de Precio Limitado (VPPL)

Las VPPL, o Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado, son una opción pensada para familias con ingresos algo más elevados, pero que aún tienen dificultades para acceder a una vivienda en el mercado libre.

Esta modalidad ofrece mayor flexibilidad en cuanto a superficie y nivel de renta permitido, aunque manteniendo el control público sobre su promoción y venta.

Estas viviendas se construyen únicamente en suelos previamente calificados como aptos para vivienda protegida, vivienda libre o vivienda a precio tasado, y permiten la participación de promotores privados en colaboración con las administraciones públicas.

Lo más destacado de las VPPL:

  • Gran amplitud: Son las viviendas protegidas con mayor superficie permitida, con un máximo de 150 m².
  • Plazo de protección: Su régimen legal de protección es de 20 años, con posibilidad de solicitar la descalificación voluntaria a partir del año 15.
  • Requisitos económicos más amplios: Pueden acceder a ellas personas cuya unidad familiar tenga ingresos de hasta 7,5 veces el IPREM, lo que abre la puerta a un perfil más amplio de solicitantes.
  • Venta condicionada: Igual que en otros tipos, durante el periodo de protección no se pueden vender libremente y el precio está regulado por la administración.
  • Colaboración público-privada: Aunque son viviendas protegidas, la gestión puede realizarse con la participación de empresas privadas bajo las condiciones que marca la normativa.

Diferencias entre VPO y VPPB y VPPL

Aunque hablamos de viviendas protegidas, las VPO y VPP tienen diferencias que hay que tener en cuenta:

diferencias VPO, VPP

Diferencias entre VPO, VPPB y VPPL
VPO VPPB VPPL
Promotor Público o privado público público o público-privado
Tamaño Hasta 90 m² 110 m² 150 m²
Límite de renta 5,5 IPREM 5,5 IPREM 7,5 IPREM
Régimen de protección Entre 10 y 30 años Entre 15 y 20 años Entre 15 y 20 años

¿Cuándo se puede vender una VPO a precio libre?

Una VPO no se puede vender a precio libre mientras esté dentro del periodo de protección oficial. Este puede ser de 10, 15, 20 o hasta 30 años, dependiendo de la normativa vigente en la comunidad autónoma y del tipo de ayudas recibidas.

También es importante tener en cuenta que algunas VPO se construyen en suelo con protección permanente, donde nunca podrá venderse a precio libre mientras ese régimen urbanístico esté vigente.

Vender VPO por encima de su precio

Una vivienda de Protección Oficial NO se puede vender por encima de su precio, siempre que se encuentre en el periodo de protección.

Vender una VPO por encima del precio legal puede tener consecuencias graves, tanto para el vendedor como para el comprador, por ejemplo, sanciones económicas o la obligación de devolver ayudas, anulación de la compraventa y problemas legales.

Belén

Experta en ayudas sociales

Periodista digital especializada en asuntos sociales.


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