Si te han despedido por motivos disciplinarios, tienes derecho al paro si cumples los requisitos. Solo cobras indemnización si el despido acaba siendo improcedente y la empresa no te readmite. Y desde noviembre de 2024, salvo excepciones, la empresa tiene que dejarte defenderte antes de despedirte. Te explicamos los plazos para pedir el paro y recurrir, y cómo encaja con los demás tipos de despido.
Índice
¿Qué es un despido disciplinario?
Es el despido en el que la empresa te despide por un incumplimiento grave y culpable de tus obligaciones, por ejemplo faltas repetidas e injustificadas de asistencia o de puntualidad. Lo regulan los artículos 54 y 55 del Estatuto de los Trabajadores.
Si el despido disciplinario es procedente, no cobras indemnización. Si lo recurres y el juez lo declara improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Causas del despido disciplinario
Algunas causas son: faltar o llegar tarde de forma repetida y sin justificar, la indisciplina o desobediencia, las ofensas verbales o físicas, saltarse la buena fe o abusar de la confianza, bajar el rendimiento de forma continuada y voluntaria, la embriaguez habitual o el consumo de drogas si afecta al trabajo y el acoso. Si tu problema es una baja médica, te interesa leer si te pueden despedir estando de baja por depresión.
La carta de despido
La empresa tiene que darte una carta de despido que diga los hechos concretos de los que te acusa y la fecha en la que el despido tiene efecto. Que no te hayan avisado antes no hace improcedente el despido por sí solo. Pero si la carta no concreta los hechos, si la empresa no puede probarlos o si no te dejó defenderte antes de despedirte, puedes recurrirlo y el juez puede declararlo improcedente.
Novedad: audiencia previa obligatoria antes del despido disciplinario
Desde la sentencia del Tribunal Supremo 1250/2024, de 18 de noviembre de 2024, antes de despedirte por motivos disciplinarios la empresa tiene que contarte de qué te acusa y dejarte defenderte. Solo se libra de hacerlo si no se le puede pedir razonablemente.
Si la empresa se salta este trámite, el despido puede declararse improcedente. En ese caso, la empresa elige en 5 días entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (45 días por año por el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012). Puedes calcularlo con nuestra guía de indemnización por despido.
Solo se exige en los despidos posteriores a la publicación de esa sentencia, en noviembre de 2024. En los anteriores, no haber dado audiencia previa no hace improcedente el despido.
¿El despido disciplinario tiene paro?
Sí. Cualquier despido, también el disciplinario, te deja en situación legal de desempleo, aunque no lo recurras. Si cumples el resto de requisitos, puedes cobrar el paro. Incluso si el despido disciplinario está justificado, es decir, se considera procedente, puedes solicitar el paro.
El paro no depende de la sentencia. Lo que decide el juez es si tienes indemnización o readmisión:
Paro en función del tipo de despido disciplinario
Procedente
Improcedente
Nulo
¿Derecho a paro?
Sí
Sí
Sí
Otras consecuencias
Pago del finiquito
Finiquito e indemnización o readmisión, a elección de la empresa
Readmisión inmediata y pago de los salarios que dejaste de cobrar
Ten en cuenta que si al final te readmiten, el SEPE deja de pagarte y el paro que cobraste se considera indebido sin culpa tuya: la empresa se lo devuelve al SEPE descontándolo de los salarios que te debe. Si el paro que cobraste era mayor que esos salarios, el SEPE puede reclamarte la diferencia. Y si una sentencia firme declara el despido improcedente o nulo y la empresa te comunica la fecha para volver, pero no te reincorporas, dejas de estar en situación legal de desempleo.
💰 Mira en unos segundos qué ayudas podrías pedir mientras cobras el paro con nuestro simulador gratuito 🔍✨
El despido disciplinario da derecho a paro. No tiene indemnización si es procedente, pero sí si el juez lo declara improcedente y la empresa no te readmite. Dejas de trabajar en la fecha de efectos que ponga la carta.
Despido disciplinario finiquito
En este caso, sí cobrarás el finiquito aunque se trate de un despido disciplinario. Es decir, te pagarán los días de vacaciones no disfrutados y los días del mes trabajado.
¿Cómo saber si mi despido es procedente, improcedente o nulo?
Como trabajador, tienes derecho a no estar de acuerdo con la decisión de la empresa y llevar tu caso de despido a juicio, para que un juez decida si es procedente, improcedente o nulo:
Procedente. La empresa ha ganado el juicio: ha demostrado el incumplimiento que te imputaba en la carta.
Improcedente. La empresa tiene 5 días desde la sentencia para elegir: readmitirte pagándote los salarios de tramitación o pagarte la indemnización de 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades. Si no elige, se entiende que te readmite. Si eres representante de los trabajadores o delegado sindical, eliges tú.
Nulo. Es una calificación distinta de la improcedencia: se da cuando el despido se basa en una discriminación o vulnera tus derechos fundamentales, por ejemplo si es una represalia por haber reclamado tus derechos. También es nulo si estás embarazada, de permiso por nacimiento, adopción o acogimiento, de permiso parental, de baja por riesgo en el embarazo o la lactancia, si has pedido una reducción o adaptación de jornada o una excedencia por cuidado de familiares, si eres víctima de violencia de género o sexual, o si te despiden en los 12 meses siguientes a volver del permiso por nacimiento, salvo que la empresa demuestre que el despido no tiene nada que ver con esa situación. En un despido nulo, la empresa tiene que readmitirte de inmediato y pagarte los salarios que dejaste de cobrar.
Existen algunos casos en los que un trabajador que no quiere continuar en la empresa negocia con ella un despido pactado. Normalmente, lo que se pacta es que la empresa «despide» al empleado sin darle ningún tipo de indemnización. Así, el trabajador cobra el paro como si le hubieran despedido y la empresa no paga indemnización.
Simular un despido de acuerdo con la empresa para cobrar el paro es una infracción muy grave para los dos. La empresa se expone a una multa de 7.501 € a 225.018 € por cada trabajador y a responder de la devolución del paro. Tú pierdes la prestación, tienes que devolver lo cobrado y pueden dejarte hasta un año sin prestaciones.
Si te vas voluntariamente, por regla general no tienes paro. Las excepciones son irte por un traslado que te obliga a cambiar de residencia o por un cambio sustancial de condiciones que te perjudica, por un incumplimiento grave de la empresa o por ser víctima de violencia de género o sexual. Si es tu caso, revisa cómo hacer una carta de renuncia.
¿Aparece el despido disciplinario en la vida laboral?
En tu informe de vida laboralaparece la fecha en la que te dieron de baja en esa empresa, pero no el motivo: no dice si fue un despido disciplinario, objetivo o una baja voluntaria. Donde sí consta es en el certificado de empresa: la empresa lo envía al SEPE e indica que el contrato terminó por despido.
Despido disciplinario paro: requisitos
Para poder cobrar el paro no basta con haber sido despedido: también tienes que cumplir estos requisitos:
Para cobrar el paro necesitas al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años. Con ese mínimo cobras 4 meses (120 días), y la duración máxima de 2 años (720 días) exige 2.160 días cotizados. Si no llegas a 360 días pero has cotizado al menos 90, puedes pedir el subsidio por desempleo por cotización insuficiente, siempre que tus rentas no superen el 75% del salario mínimo o, si tienes familia a cargo, que las rentas de toda la familia divididas entre sus miembros no superen ese 75%.
Tienes que inscribirte como demandante de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, en el SEPE) y firmar el acuerdo de actividad.
Tienes que buscar trabajo activamente, aceptar las ofertas de empleo adecuadas que te hagan los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación que colaboran con ellos, y participar en los cursos y programas a los que te llamen.
No puedes haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tengas cotizado lo suficiente para cobrar la pensión de jubilación.
Tipos de despido: disciplinario, objetivo o colectivo
Para saber si tienes derecho a indemnización hay que mirar el tipo de despido que se te ha aplicado:
Despido disciplinario. Se aplica a una persona concreta por un incumplimiento grave y culpable, como los que hemos visto arriba.
Despido objetivo. Se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa, cuando afecta a menos personas que un despido colectivo. También si no tienes la aptitud necesaria para el puesto, o si no te adaptas a cambios técnicos razonables en tu puesto después de que la empresa te haya ofrecido un curso y hayan pasado al menos dos meses. La indemnización es de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Desde febrero de 2020 ya no se puede despedir por causas objetivas por faltar al trabajo, aunque las faltas sean justificadas.
Despido colectivo. También se conoce como ERE. Es colectivo cuando, en 90 días, la empresa despide por esas causas al menos a 10 personas (si tiene menos de 100 trabajadores), al 10% de la plantilla (entre 100 y 300) o a 30 (más de 300).
Pedir el paro tras un despido
Hay una serie de plazos y trámites que tienes que tener en cuenta a la hora de pedir el paro, y conviene saber de antemano cuánto vas a cobrar.
¿Cuántos días tengo para solicitar el paro desde el despido?
Tienes 15 días hábiles, contados desde el día siguiente a tu último día trabajado, para pedir el paro. Si la empresa te paga vacaciones que no disfrutaste, esos 15 días hábiles empiezan a contar cuando termina ese periodo de vacaciones.
Si no consigues cita a tiempo, no esperes: presenta la solicitud en la sede electrónica del SEPE (con certificado, DNI electrónico o Cl@ve), mediante la presolicitud sin certificado o en cualquier registro público, para no salirte de los 15 días hábiles. Si la pides fuera de plazo podrás seguir solicitándola, pero perderás tantos días de prestación como días te hayas retrasado.
¿Cómo apuntarse al paro después del despido disciplinario?
Tienes dos opciones:
Por internet: para pedir el paro en la sede electrónica del SEPE necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, y estar ya inscrito como demandante de empleo. Si no tienes nada de eso, puedes hacer una presolicitud desde el Área Personal y el SEPE te contactará.
En persona: en la oficina de prestaciones que te corresponde por domicilio, pidiendo cita por internet o por teléfono. También puedes entregar la solicitud en cualquier registro público.
Si recurriste el despido, ten a mano el acta de conciliación o la sentencia. El SEPE te pedirá otros documentos según tu caso.
¿Puedo pedir el paro si demando el despido?
Sí. Pide el paro aunque vayas a recurrir, porque el despido te da derecho a él aunque lo impugnes: son dos trámites distintos. Para recurrir el despido tienes 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos, pero sí agosto) desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido. Antes de ir al Juzgado de lo Social tienes que presentar la papeleta de conciliación en el servicio de mediación de tu comunidad. Al presentarla, el plazo de 20 días se para. Vuelve a contar después del acto de conciliación o, si ese acto no se ha celebrado, cuando pasan 15 días hábiles desde que presentaste la papeleta.
¿Cuándo se comienza a cobrar el paro tras un despido disciplinario?
El SEPE paga el paro el día 10 del mes siguiente, o el siguiente día hábil si el 10 es festivo: el paro de febrero se cobra el 10 de marzo. Algunos bancos lo adelantan por decisión propia; aquí tienes cuándo cobra el paro cada banco.
📄¿Aparece el despido disciplinario en el informe de vida laboral?
No. El informe de vida laboral de la Seguridad Social muestra las fechas de alta y de baja en cada empresa y los días cotizados, pero no el motivo de la baja. Por eso no se ve si fue un despido disciplinario. Donde sí consta es en el certificado de empresa, que la empresa envía al SEPE e indica que el contrato terminó por despido.
🗓️¿Cuántos días tengo para solicitar el paro después de un despido?
Tienes 15 días hábiles, desde el día siguiente a tu último día trabajado (o desde que acaban las vacaciones no disfrutadas que te haya pagado la empresa), para inscribirte como demandante de empleo y pedir el paro. Si lo pides más tarde, sigues teniendo derecho, pero pierdes tantos días de prestación como días te hayas retrasado.
❔¿Puedo pedir el paro si decido demandar a la empresa por mi despido?
Sí. Pide el paro aunque vayas a recurrir, porque el despido te da derecho a él aunque lo impugnes. Para recurrir tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido: primero presentas la papeleta de conciliación, que para el plazo, y si no hay acuerdo presentas la demanda en el Juzgado de lo Social. Si al final te readmiten, el paro que cobraste se considera indebido y la empresa se lo devuelve al SEPE descontándolo de los salarios que te debe.
❓¿Es legal hacer un despido pactado con la empresa para cobrar el paro?
No. Simular un despido de acuerdo con la empresa para cobrar el paro es fraude y una infracción muy grave para los dos: la empresa puede recibir una multa de 7.501 € a 225.018 € por cada trabajador y responder de la devolución, y tú pierdes el paro, devuelves lo cobrado y pueden dejarte hasta un año sin prestaciones. Si te vas voluntariamente, por regla general no tienes paro, salvo en casos como un incumplimiento grave de la empresa o un traslado.