¿Tienes entre 30 y 55 años y estás en paro? Tras la reforma de 2024, estas son las ayudas al desempleo del SEPE que puedes pedir según tu edad y tu situación familiar, y la alternativa del Ingreso Mínimo Vital, que gestiona la Seguridad Social: cuánto se cobra, cuánto dura y cómo solicitarlas.
Índice
¿Hay una nueva ayuda para parados entre 30 y 55 años en 2026?
No existe una única «ayuda nueva» exclusiva para las personas de entre 30 y 55 años. Lo que sí ha cambiado es el conjunto de subsidios del SEPE: la reforma del subsidio por desempleo, en vigor desde el 1 de noviembre de 2024, unificó los subsidios y amplió la cobertura a perfiles que antes se quedaban fuera, como los menores de 45 años sin cargas familiares.
Cuando se habla de «nueva ayuda para parados entre 30 y 55 años», en realidad se hace referencia a los subsidios por desempleo reformados. El que te corresponde depende de si has agotado el paro, de tu edad y de si tienes cargas familiares.
La reforma amplió la protección: ahora también pueden cobrar subsidio los menores de 45 años sin cargas familiares que agoten la prestación, siempre que el paro que agotaron haya durado 360 días o más. Antes no estaban cubiertos.
Las 5 ayudas para parados entre 30 y 55 años
Si se te ha agotado el paro (o está a punto) y sigues sin empleo, estas son las cinco ayudas que puedes solicitar hoy según tu perfil:
Ayuda
Para quién
Cuánto y cuánto tiempo
1. Subsidio por agotar el paro
Sin cargas familiares
570 € · 6 meses
2. Subsidio con cargas familiares
Con personas a cargo
570 a 480 € · 24 o 30 meses, según los días de paro cobrados
3. Subsidio por cotización insuficiente
Cotizaste al menos 3 meses, pero menos de 360 días
570 a 480 € · 3 a 21 meses
4. Subsidio para mayores de 52 años
52 años o más
480 € · hasta la edad ordinaria de jubilación
5. Ingreso Mínimo Vital
Hogares con ingresos y patrimonio bajos
Según la unidad de convivencia
Si venías de un empleo a tiempo parcial, el subsidio por agotar el paro y el de cotización insuficiente se reducen según las horas que trabajabas de media en los últimos 180 días. El de mayores de 52 años no se reduce por esto.
Importante
La Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)no se conceden a quien se quede en paro desde el 1 de noviembre de 2024. Más abajo te explicamos quién sigue cobrándolas y qué alternativa tienes.
1. Subsidio por agotar el paro (sin cargas familiares)
Es la ayuda básica del nivel asistencial. Si has agotado la prestación contributiva (el paro), no tienes cargas familiares y careces de rentas, puedes pedir este subsidio por desempleo, que dura 6 meses y se cobra a 570 euros al mes. Con la reforma lo pueden cobrar también los menores de 45 años sin cargas familiares, siempre que el paro que agotaron haya durado 360 días o más. A partir de 45 años bastan 120 días de paro agotado, y tienes los detalles en el subsidio para mayores de 45 años.
2. Subsidio con cargas familiares: la «ayuda familiar»
Es lo que mucha gente conoce como «ayuda familiar», aunque no es un nombre oficial: el subsidio para quien tiene a su cargo a su cónyuge o pareja de hecho (si convivís; la pareja de hecho, constituida al menos un año antes salvo que tengáis hijos en común), a hijos menores de 26 años, a hijos mayores con discapacidad o a menores acogidos que convivan con él o dependan económicamente. Dura 24 meses si cobraste entre 120 y 179 días de paro y 30 meses si cobraste 180 o más: depende de los días de paro cobrados, no de lo cotizado.
3. Subsidio por cotización insuficiente
Si te has quedado en paro pero no llegaste a cotizar los 360 días necesarios para cobrar la prestación contributiva, puedes pedir el subsidio por insuficiencia de cotización. El mínimo de cotización es de 3 meses. Sin cargas familiares, el subsidio dura tantos meses como hayas cotizado (de 3 a 6); con cargas familiares y 6 meses cotizados, hasta 21 meses. Con menos de 3 meses cotizados no hay subsidio por esta vía, y las opciones pasan por las ayudas para quien no ha cotizado.
4. Subsidio para mayores de 52 años
Si has cumplido los 52, puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años, uno de los más ventajosos. Se cobra 480 euros al mes (el 80 % del IPREM) hasta que alcanzas la edad ordinaria de jubilación.
Para pedirlo tienes que haber cotizado al menos 6 años por desempleo a lo largo de tu vida laboral, reunir todos los requisitos de la jubilación contributiva (entre ellos, 15 años cotizados) salvo el de la edad y carecer de rentas. Su gran ventaja es que el SEPE cotiza por ti para la jubilación mientras lo cobras, aunque esas cotizaciones no sirven para completar los 15 años mínimos.
5. Ingreso Mínimo Vital, la última red
Si no tienes derecho a ningún subsidio, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) puede ser tu vía si cumples sus requisitos, que parten de que los ingresos y el patrimonio de tu hogar sean bajos (vulnerabilidad económica). Y si cobras un subsidio y tu hogar sigue en situación de vulnerabilidad económica, puedes pedir además el IMV: los dos son compatibles. No lo gestiona el SEPE, sino la Seguridad Social, y su cuantía depende de los miembros de la unidad de convivencia y de los ingresos del hogar.
Requisitos para pedir estas ayudas
Salvo el IMV (que tiene sus propias reglas), los subsidios del SEPE comparten los mismos requisitos básicos:
Haber agotado la prestación contributiva (el paro) o no tener derecho a ella.
Carecer de rentas propias superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI): 915,75 euros al mes en 2026, sin contar la parte proporcional de las pagas extra.
No haber rechazado una oferta de empleo adecuada ni acciones de formación sin causa justificada.
Si pides el subsidio por cargas familiares, además de tus rentas cuentan las de toda la unidad familiar: sumadas y divididas entre el número de miembros, no pueden pasar del 75 % del SMI (915,75 euros al mes por persona en 2026).
Cuánto se cobra: cuantía del subsidio en 2026
El subsidio por desempleo ya no es una cantidad fija: se cobra por tramos y va bajando con el tiempo. Se calcula sobre el IPREM (600 euros al mes en 2026):
Periodo del subsidio
Porcentaje del IPREM
Importe mensual 2026
Primeros 180 días
95 %
570 €
Días 181 a 360
90 %
540 €
A partir del día 361
80 %
480 €
Además, la reforma eliminó el mes de espera: antes había que esperar un mes desde que se agotaba el paro para empezar a cobrar el subsidio, y ese plazo ya no existe. El subsidio para mayores de 52 años es el único que se cobra siempre al 80 % (480 euros).
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La duración depende sobre todo de si tienes cargas familiares, de los días de paro que cobraste y, si no llegaste al paro, de lo que habías cotizado:
Situación
Duración máxima
Agotó el paro, sin cargas familiares (menores de 45: paro de 360 días o más; desde 45: de 120 días o más)
6 meses
Agotó el paro, con cargas familiares, tras cobrar entre 120 y 179 días de paro
24 meses
Agotó el paro, con cargas familiares, tras cobrar 180 días de paro o más
30 meses
Cotización insuficiente, sin cargas (de 3 a 6 meses cotizados)
Tantos meses como hayas cotizado (de 3 a 6)
Cotización insuficiente, con cargas y 6 meses cotizados
21 meses
Mayores de 52 años
Hasta la edad ordinaria de jubilación
El subsidio se reconoce por periodos de tres meses que se van prorrogando hasta llegar a la duración máxima que te corresponda, y cada prórroga se pide en los 15 días hábiles siguientes al final del periodo.
Cobrar el subsidio y trabajar: el Complemento de Apoyo al Empleo
Ponerte a trabajar ya no significa perder la ayuda de golpe. Con la reforma existe el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE): si encuentras un empleo, a tiempo parcial o completo, tienes que comunicar al SEPE que has empezado a trabajar. El subsidio pasa a cobrarse como complemento de apoyo al empleo durante un máximo de 180 días, y esos días se descuentan de la duración del subsidio.
Atención
Las cifras de este artículo (IPREM de 600 euros, SMI y umbrales de renta) son las vigentes en 2026 y pueden actualizarse cuando el Gobierno apruebe nuevos importes. Antes de solicitar, confirma tu caso concreto en el SEPE.
La RAI y el SED ya no se pueden solicitar desde el 1 de noviembre de 2024
Hasta 2024, dos ayudas muy consultadas para este perfil eran la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Con la reforma, no se conceden a quien se quede en paro desde el 1 de noviembre de 2024. Siguen con ellas, hasta agotarlas, quienes a esa fecha ya las habían solicitado, las cobraban o las tenían suspendidas, y quienes perdieron el empleo o agotaron el paro antes de esa fecha. No hay una excepción para personas con discapacidad.
Si tu perfil encajaba antes en la RAI, ahora tienes estas alternativas:
Víctimas de violencia de género o sexual: existe un subsidio específico con las mismas cuantías que el subsidio ordinario.
Emigrantes retornados sin derecho a la prestación contributiva: acceden al subsidio general por desempleo.
Si no tienes derecho a ningún subsidio del SEPE: el Ingreso Mínimo Vital puede ser tu vía si cumples sus requisitos; y si cobras un subsidio y tu hogar sigue en situación de vulnerabilidad económica, puedes pedir además el IMV. Es la situación de muchos parados de larga duración que ya agotaron los subsidios.
¿Cómo solicitar las ayudas para parados de entre 30 y 55 años?
El plazo para pedir el subsidio es de 15 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se agota el paro (o, si no llegaste a cobrar paro, desde el día siguiente a tu último despido o fin de contrato que da derecho a paro). Si lo pides fuera de plazo pero dentro de los 6 meses siguientes, no lo pierdes, pero el derecho nace el día de la solicitud, así que cobras menos. Pasados los 6 meses, la solicitud se deniega.
Conviene tener preparada la documentación: solicitud, documento de identidad, número de cuenta bancaria, libro de familia (si alegas cargas familiares) y el justificante de rentas de la unidad familiar.
Otras preguntas frecuentes
🤝¿Me quitan el subsidio si pido el Ingreso Mínimo Vital?
No. Son compatibles: si cobras un subsidio y tu hogar sigue en situación de vulnerabilidad económica, puedes pedir además el IMV en la Seguridad Social. Para no perder el subsidio tienes que seguir cumpliendo sus requisitos, como estar inscrito como demandante de empleo.
🧑💼¿Qué subsidio me queda si tengo 45 años o más y no tengo cargas familiares?
Si agotaste un paro de al menos 120 días, puedes pedir el subsidio por agotar la prestación: 570 euros al mes durante 6 meses, estando inscrito como demandante de empleo y sin rentas por encima de 915,75 euros al mes. Si no llegaste a tener paro pero cotizaste al menos 3 meses, te corresponde el de cotización insuficiente.
♿¿Hay una ayuda especial para parados con discapacidad?
Ya no hay una vía propia para quien se quede en paro desde el 1 de noviembre de 2024: la Renta Activa de Inserción no se concede a esas personas. Pides los mismos subsidios del SEPE que el resto, y un hijo mayor de 26 años con discapacidad que conviva contigo o dependa de ti cuenta como carga familiar.
🔚¿Qué hago si se me acaba el subsidio y sigo en paro?
Si para entonces tienes 52 años y reúnes sus requisitos (6 años cotizados por desempleo, los de la jubilación contributiva salvo la edad y carecer de rentas), puedes pedir el subsidio para mayores de 52 años. Si no tienes derecho a ningún subsidio, el Ingreso Mínimo Vital puede ser tu vía si cumples sus requisitos, que parten de que los ingresos y el patrimonio de tu hogar sean bajos.
Redactora especializada en ayudas gubernamentales y comunicación, con experiencia en empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Fue redactora de Tus-Ayudas.es entre 2021 y 2022.