Jubilación

Tabla con la subida pensiones 2026: así quedan las pensiones mínimas y máximas

El 26 diciembre 2025 por Alejandro - 8 minutos de lectura

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Tabla subida pensiones 2026En España hay cerca de 10 millones de jubilados, lo que significa que cualquier cambio en las pensiones se convierte en algo de relevancia para una gran cantidad de ciudadanos. Por esa razón, en Tus Ayudas os mostramos la tabla con la subida pensiones 2026, con la que podréis saber de un vistazo cómo quedan las pensiones mínimas y máximas; además de contaros las últimas noticias sobre esta subida o la nueva edad de jubilación.

Subida pensiones 2026

El Gobierno ha hecho oficial la nueva revalorización de las pensiones de jubilación (subida pensiones 2026) que entrará en vigor a partir del próximo día 1 de enero de 2026. Esta subida será del 2,7 % con carácter general y se ha calculado en función del IPC (Índice de Precios de Consumo) con la idea de que los pensionistas mantengan su poder adquisitivo pese al incremento general de precios que hace que la vida sea más cara.

En el caso concreto de las pensiones mínimas, la subida es del 7 % en 2026; mientras que será del 11,4 % para aquellos que tengan pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares. Estas medidas se aplicarán a los más de 6,6 millones de pensiones de jubilación y a los 2,3 millones de pensiones de viudedad de la Seguridad Social, además de a las pensiones de incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares. La revalorización también afecta a las pensiones de Clases Pasivas.

Tabla pensiones mínimas 2026

Como decimos, la cuantía de las pensiones mínimas se ve incrementada en un 7 %. Por ejemplo, si hablamos de jubilados con 65 años o más, la cuantía anual con cónyuge a cargo sube hasta los 17.592 euros anuales (lo que se traduciría en unos 1.256 euros mensuales). Por otro lado, las unidades económicas unipersonales o sin cónyuge obtendrían 13.106,80 euros anuales. A continuación os dejamos la tabla completa.

Tabla con las cuantías mínimas de jubilación para 2026

Tipo de jubilación Con cónyuge a cargo (euros al año) Sin cónyuge (euros al año) Con cónyuge no a cargo (euros al año)
Titular con 65 años 17.592,40 euros 13.106,80 euros 12.441,80 euros
Titular menor de 65 años 17.592,40 euros 12.262,60 euros 11.590,60 euros
Titular con 65 años procedente de gran invalidez 26.385,80 euros 19.660,20 euros 18.662,00 euros

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Pensión máxima 2026

La pensión máxima en 2026 pasará a ser de 47.034,40 euros anuales, que en 14 pagas se distribuiría en 3.359,60 euros al mes. Un límite que no se podrá superar por un único beneficiario, incluyéndose la suma de varias pensiones (un ejemplo es tener a la vez la pensión de jubilación y la de viudedad). En la siguiente tabla podréis ver las diferentes cuantías dependiendo de la pensión de la que disfrutéis.

Tabla subida pensiones 2026

Nueva edad de jubilación 2026: ¿cuántos años hay que cotizar?

Durante los últimos años, se han ido cambiando los años necesarios de cotización y la edad para jubilarse, lo que genera bastante confusión en la población. Por ello, os aclaramos cómo quedan las nuevas edades de jubilación en 2026, que se dividirían en estos dos tramos:

  • 65 años: para personas que han acumulado 38 años y 3 meses cotizados.
  • 66 años y 10 meses: para los que no han llegado a esos 38 años y 3 meses. En este caso, en 2026 se exigirá ser dos meses más mayor respecto a 2025.
Importante
Estos cambios anuales se deben a que en 2027, la edad para jubilarse pasará a ser de 67 años para los que no han cotizado lo suficiente.

Para que también entendáis la diferencia entre lo que supondrá jubilarse en 2026 y en 2027, os dejamos una tabla explicativa con los años necesarios cotizados y la edad exigida para jubilarse.

Edades de jubilación 2026-2027 en España

Año Período cotizado Edad exigida
2026 38 años y 3 meses o más 65 años
Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses
2027 38 años y 6 meses o más 65 años
Menos de 38 años y 6 meses 67 años

Cobrar la pensión mínima aunque no hayas trabajado lo suficiente

A pesar de que para poder cobrar la pensión en España debes haber cotizado al menos 15 años. Para solicitar esta pensión no contributiva se hace necesario reunir ciertas condiciones, aunque no se tengan en cuenta los años cotizados.

  • Tener 65 años o más, residir en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, ya sea en España o en otro país de la Unión Europea; 2 de estos años han de ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Tener rentas inferiores a 7.250,60 euros anuales en el caso de que el solicitante no conviva con el cónyuge.
  • En el caso de ser 2 convivientes, la renta máxima es de 12.326,02 euros anuales, si son 3 convivientes la renta máxima es de 17.401,44 euros al año, si son 4 los ingresos pueden llegar a los 22.476,86 euros anuales, y si son 5 la cantidad aumenta hasta 27.552,28 euros al año.
  • Si los convivientes son padres o hijos, es decir, de primer grado, la renta máxima para 2 personas es de 30.815,05  euros al año, para 3 personas de 43.503,60 euros anuales, para 4 de 56.192,15 euros al año y para 5 de 68.880,70 euros anuales.

Diferencias entre pensiones contributivas y no contributivas

Existen varios tipos de pensiones en España. Ahora bien, esta se pueden agrupar en dos principales. Las pensiones contributivas son aquellas que se ofrecen a aquellas personas que han cotizado durante al menos 15 años. Por otro lado, existen las no contributivas, que se definen como aquellas prestaciones que se conceden debido a necesidad económica.

Ningún tipo de prestación de este tipo se libra de la tributación. Ambas se consideran rendimientos del trabajo y están sujetas a la declaración de la Renta. Las prestaciones no contributivas también se pueden deber a prestaciones por invalidez, de viudedad, entre otros.

También existen otro tipo de pensiones, las conocidas como pensión SOVI. Consulta toda la información en nuestro artículo: ‘Pensión SOVI: qué es, requisitos y cómo solicitarla

¿Cómo solicitar la pensión mínima en 2026?

Al tratarse de una prestación de la Seguridad Social, por lo que la tramitación se realiza a través de ella. Concretamente, se puede realizar a través de los siguientes canales:

  • A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en Tu Seguridad Social. Es necesario disponer de certificado digital o Cl@ve.
  • Haciendo uso del Acceso al Sistema RED.
  • Pidiendo cita en una oficina de la Seguridad Social.
  • El interesado puede utilizar los servicios electrónicos de la Seguridad Social mediante una representación de un familiar o profesional. Este debe aparecer como representado y adjuntar toda la documentación necesaria para realizar el trámite.
  • Además, de forma provisional, la Seguridad Social ha habilitado una opción en la que es posible realizar trámites sin certificado.
  • La presentación, al no realizarse con medio de identificación electrónico, no se formaliza en el Registro Electrónico de la Seguridad Social, ni incorpora firma, por lo que no es suficientemente segura. La delegación más cercana se pondrá en contacto para poder confirmar toda la información. En muchos casos es necesario realizar el trámite de forma presencial.

Si la solicitud de una pensión está ya en trámite, ¿cómo se me va a comunicar la resolución?

En el caso de que estés pendiente de la resolución de la pensión. Debes saber que la Seguridad Social utiliza medios electrónicos para realizar las notificaciones. Es cierto que no todo el mundo sabe cómo acceder, pero es un método de notificación igual de válido.

Se puede acceder al buzón de notificaciones a través de la página web de la Seguridad Social. Es necesario hacer uso de algunos de los métodos de identificación oficiales. En el caso de que no tengas acceso a ninguno de ellos, puedes hacer uso del SMS. Tras poner el DNI y el número de teléfono, llega un SMS con una clave que hay que introducir.

Importante
El tiempo en el que la Seguridad Social ofrece una respuesta que es variable en función de la época del año. Lo habitual es que tarden unas semanas en dar respuesta. Eso sí, si pides cita en la oficina, el proceso podría ser más veloz.

Complemento a mínimos de la pensión

El complemento a mínimos es una cuantía económica extra que se incorpora a las pensiones contributivas, cuando no alcanzan el mínimo fijado legalmente cada año. El objetivo es garantizar que todas las personas tengan garantizado el acceso a una cantidad de ingresos suficientes para vivir. Debes saber que los complementos a mínimos se revisan cada año, de forma que la cuantía suele aumentar anualmente. Recibirás esta ayuda siempre y cuando sigas cumpliendo con los requisitos establecidos.

Requisitos para cobrar el complemento a mínimos

Los requerimientos para poder solicitar los complementos a mínimos son los siguientes:

  • Tener una pensión contributiva (jubilación, viudedad, invalidez, incapacidad permanente) que no alcance la cuantía mínima anual establecida.
  • No recibir ingresos superiores a los límites establecidos (sin contar con la pensión). En 2026, son 9.442,00 euros anuales o hasta de 11.013,00 euros anuales si tienes cónyuge a cargo.
  • Residir en territorio español.

Estos límites de ingresos incluyen las rentas del trabajo, de capital y de actividades económicas y las ganancias patrimoniales, pero no se cuenta el importe de la pensión.

Otras preguntas frecuentes

Alejandro

Experto en ayudas y subvenciones.

Ha trabajado en medios de comunicación como Business Insider o Xataka, entre otros. Ahora a los mandos de Tus-Ayudas.es desde septiembre de 2022.


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Preguntas
  • María Luisa de la Faba Díaz

    Que pensión me corresponde son ciudadana Española nací en Cuba y ahora vivo en Las palma de Gran Canaria edad 69 años

    • Belén

      Hola María Luisa,
      Pues todo depende de lo que hayas cotizado en España. Para saber la cifra exacta, deberás acudir a alguna oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También le recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito, para saber qué otra pensión puede pedir.
      Un saludo 🙂

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