Si estás en España y quieres votar por correo en las elecciones generales del 29 de noviembre, tienes que pedirlo en cualquier oficina de Correos (o por internet, con certificado digital o DNI electrónico) hasta el jueves 19 de noviembre, y enviar tu voto, gratis y certificado, hasta el miércoles 25. Si lo pides, ya no podrás votar en tu colegio. Está pensado para quien ese día no va a estar en su localidad o no puede ir a votar en persona: aquí tienes cada paso de este trámite, qué hacer si estás enfermo o trabajas lejos y cómo saber dónde te toca votar.
Índice
Fechas clave del voto por correo para el 29-N
El voto por correo tiene tres momentos, y cada uno con su fecha: pedirlo, recibir la documentación en casa y devolver el voto. Si te saltas uno, no hay segunda oportunidad, así que conviene tenerlos a mano:
Qué haces
Plazo
Dónde
Pedir el voto por correo
Del 6 de octubre al jueves 19 de noviembre
Cualquier oficina de Correos, o la web de Correos con certificado digital o DNI electrónico
Recibir la documentación
Del 9 al 22 de noviembre
En mano, en la dirección que indiques
Enviar el voto
Hasta el miércoles 25 de noviembre
Cualquier oficina de Correos, certificado y gratis
Día de la votación
Domingo 29 de noviembre
Tu voto ya está en la mesa: no vas al colegio
Lo mejor es pedirlo cuanto antes: la Oficina del Censo Electoral manda la documentación a partir del 9 de noviembre y puede tardar hasta el 22, así que quien lo pide el último día deja muy poco margen para votar y enviarlo como mucho el 25.
Antes de pedirlo, piensa si de verdad no podrás ir a tu colegio, porque una vez pedido no hay marcha atrás. Si vas a estar en tu ciudad y lo único que pasa es que ese domingo trabajas, mira tu calendario laboral: puede que te baste con el permiso para ir a votar en persona.
Cómo solicitar el voto por correo
Lo puedes pedir en persona en Correos o por internet. Las dos vías llevan al mismo sitio: la Oficina del Censo Electoral te anota en el censo como votante por correo y te manda las papeletas a casa.
En persona, en cualquier oficina de Correos
Vale cualquier oficina de Correos de España, no hace falta que sea la de tu municipio. Pides allí el impreso de solicitud, lo rellenas y lo entregas enseñando tu DNI original. No se admite una fotocopia. Se hace en el horario habitual de la oficina.
En el impreso puedes indicar dónde quieres recibir la documentación: tu domicilio u otra dirección, como la de tu trabajo. Es útil si vas a estar fuera esas semanas o si pasas el día lejos de casa, porque el cartero solo la entrega en mano.
Por internet, con certificado digital o DNI electrónico
Si no quieres ir a la oficina, puedes presentar la solicitud en la web de Correos. Para identificarte necesitas un certificado digital válido o el DNI electrónico con su lector o el móvil. Sin uno de los dos no se puede hacer por internet y tendrás que ir a Correos.
Si estás enfermo o tienes una discapacidad que te impide ir
Si una enfermedad o una discapacidad no te deja ir a Correos, otra persona puede pedirlo por ti. Necesita dos cosas: un poder ante notario (o en el consulado, si estás fuera) y un certificado médico oficial y gratuito que acredite que no puedes ir en persona. Ese certificado va incorporado a la escritura del poder.
El poder es individual: no sirve uno para varios electores, y la misma persona no puede representar a más de uno. Es el caso típico de quien cuida de una persona en situación de dependencia o con una discapacidad que le impide salir de casa. La Junta Electoral revisa cada solicitud de este tipo.
Importante
Si un familiar mayor vive contigo y no puede desplazarse, tramita el poder notarial con tiempo: necesitas la cita en el notario y el certificado médico antes de ir a Correos, y el plazo para pedir el voto acaba el 19 de noviembre. Si eres su cuidador, eres quien mejor puede organizarlo.
Cuándo te llega la documentación y qué trae
La Oficina del Censo Electoral envía la documentación del 9 al 22 de noviembre, por correo certificado, a la dirección que pusiste en la solicitud. Dentro vienen:
Las papeletas de las candidaturas de tu provincia y los sobres de votación.
Un certificado de inscripción en el censo, que acredita que puedes votar.
Un sobre con la dirección de tu mesa electoral, que es el que devolverás.
Una hoja explicativa con las instrucciones.
El cartero te lo entrega en mano: tienes que identificarte y firmar el aviso de recibo tú mismo. Si no estás en casa, te deja un aviso y tendrás que recogerlo en la oficina de Correos que te indique, enseñando tu DNI u otro documento oficial, en persona o a través de un representante.
Atención
Si el 22 de noviembre no te ha llegado nada, no esperes más: llama a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en el teléfono gratuito 900 343 232 para saber qué ha pasado con tu envío.
Cómo votar por correo y hasta cuándo enviarlo
Con la documentación en casa, votar es sencillo:
Elige la papeleta y métela en el sobre de votación. Ciérralo.
Mete ese sobre cerrado y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre dirigido a la mesa.
Lleva ese sobre a cualquier oficina de Correos y entrégalo como correo certificado. Es gratis: el sobre no necesita sello.
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Tienes de plazo hasta el miércoles 25 de noviembre. Al entregarlo en la oficina tendrás que identificarte: además del DNI, vale el pasaporte, el carné de conducir o la tarjeta de residencia.
No metas ninguna copia de tu DNI ni otro documento dentro del sobre de votación: según el Ministerio del Interior, ese voto sería nulo. Al sobre de la mesa solo van el sobre de votación cerrado y el certificado del censo.
Si no puedes llevarlo tú a Correos
La entrega es personal, pero otra persona puede llevar tu voto si le firmas una autorización y le das una copia de tu documento de identidad. Esa persona tendrá que enseñar también el suyo en la oficina. Correos tiene un modelo de autorización y no acepta el sobre si no la llevas. Lo que no vale nunca es echarlo en un buzón: un voto recogido en un buzón no se tiene en cuenta.
Si pides el voto por correo, ya no puedes votar en tu colegio
Una vez que tu solicitud se acepta, la Oficina del Censo hace una anotación en el censo para que no puedas votar en persona el 29 de noviembre. Aunque al final estés en tu ciudad ese domingo, en tu mesa aparecerás como votante por correo.
Por eso conviene pedirlo solo si de verdad no vas a poder ir: porque estés de vacaciones o de viaje, porque ese domingo trabajes lejos, porque estés de baja médica o ingresado, o porque te cueste moverte. Si dudas, el voto en persona es más sencillo: vas con tu DNI y listo.
Permiso en el trabajo para pedir y enviar el voto por correo
Si trabajas lejos de tu domicilio o tienes otra situación que te pone difícil votar ese día, tienes derecho a disponer de hasta 4 horas libres dentro de tu horario para dos cosas: pedir en persona el voto por correo y enviarlo después. Así no tienes que pedir un día de permiso retribuido ni gastar vacaciones para ir a Correos.
Este permiso es distinto del que tiene quien trabaja el propio domingo de las elecciones: esas son las horas para votar, también hasta 4 y pagadas, con reducción proporcional si haces jornada parcial. Y si te toca mesa electoral, tienes permiso de jornada completa el día de la votación y 5 horas menos de jornada el lunes.
Avisa a tu empresa con antelación y pídele que te diga qué horas te deja libres. Tu convenio colectivo puede mejorar estas condiciones, pero no recortarlas.
Dónde me toca votar: cómo consultar tu colegio y tu mesa
Aunque votes por correo, el sobre va dirigido a tu mesa electoral, así que conviene saber cuál es. Tienes tres maneras de averiguarlo:
La tarjeta censal: la Oficina del Censo la envía a casa desde el 2 de noviembre, con tu mesa y tu local electoral.
La web del INE: tiene una consulta de mesas y locales electorales que no pide identificación. Si quieres ver tus datos completos de inscripción en el censo, ahí sí necesitas Cl@ve.
Por teléfono: en el 900 343 232, de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.
El colegio que te toca depende de la dirección con la que figuras en el censo, que sale del padrón municipal. Para estas elecciones el censo se cerró el 1 de agosto y el plazo para reclamar acabó el 19 de octubre, así que si te empadronaste en otra casa después del 1 de agosto, comprueba en la consulta del INE dónde te toca: lo normal es que sigas votando según tu dirección anterior.
Si vives en el extranjero
Los españoles que viven fuera de forma permanente (inscritos en el censo de residentes ausentes, el llamado voto CERA) no tienen que pedir nada: la documentación les llega de oficio. Pueden enviar su voto por correo al consulado del 4 al 24 de noviembre o depositarlo en la urna del consulado del 21 al 26. Si estás pensando en volver, te interesa saber qué ayudas tiene el emigrante retornado.
Si solo estás fuera unos meses (por trabajo, estudios o un Erasmus), tu procedimiento es distinto: la solicitud se hace en el consulado y el plazo para pedirlo acabó el 31 de octubre. Si ya lo pediste, recibirás la documentación entre el 3 y el 17 de noviembre y puedes enviar tu voto hasta el 25 de noviembre. Si no lo pediste, consulta en tu consulado.
Más información
Más sobre estas elecciones: los martes sociales con las medidas que aprueba el Gobierno hasta el 29-N, lo que cobras si te toca mesa electoral y las horas para votar si trabajas ese domingo.
Otras preguntas frecuentes
📬¿Puedo recibir las papeletas en una dirección distinta a la de mi casa?
Sí. Al pedir el voto por correo puedes indicar otra dirección de entrega, por ejemplo la de tu trabajo o la de la casa donde vas a pasar esas semanas. El envío llega certificado y el cartero te lo da en mano, con identificación y firma; si no estás, te deja un aviso para recogerlo en la oficina.
🪪¿Me sirve el carné de conducir para pedir el voto por correo?
Para presentar la solicitud en la oficina, la ley pide que enseñes tu DNI original, y no admite fotocopias. Otros documentos, como el pasaporte o el carné de conducir, sí te sirven más tarde para identificarte cuando vayas a entregar el sobre con tu voto.
✉️¿Puedo echar el voto por correo en un buzón amarillo?
No. El sobre con tu voto se entrega en una oficina de Correos, identificándote (o a través de otra persona con tu autorización por escrito y una copia de tu documento de identidad), para que viaje como correo certificado. Un voto que se recoge en un buzón no es válido, así que no te arriesgues aunque te pille de camino.
💶¿Cuánto cuesta votar por correo?
Enviar tu voto no te cuesta nada: el sobre dirigido a la mesa no necesita sello y viaja certificado sin coste para ti. Si por enfermedad o discapacidad necesitas que otra persona lo pida con un poder notarial, el certificado médico es gratuito, pero pregunta en la notaría si te cobra el poder.
Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).