Empleo

Teletrabajo en España: derechos del trabajador, acuerdo obligatorio y quién paga los gastos

El 14 mayo 2026 por Alex Branco - 8 minutos de lectura

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teletrabajo derechosEl teletrabajo está regulado en España desde 2021 y, sin embargo, muchos trabajadores siguen sin conocer sus derechos. Si teletrabajas o tu empresa te lo ha propuesto, necesitas saber qué dice la ley, qué debe firmarse por escrito, quién paga los gastos y cómo funciona el trabajo híbrido. En esta guía encontrarás todo explicado de forma clara y directa.

Qué es el teletrabajo y qué dice la ley en España

El teletrabajo es una forma de trabajar en la que el empleado realiza sus tareas desde un lugar distinto a las instalaciones de la empresa (normalmente desde casa) usando el ordenador, el teléfono u otras herramientas digitales.

En España, el teletrabajo está regulado por la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia. Esta ley fue una respuesta directa a la expansión masiva del teletrabajo durante la pandemia y establece con claridad las reglas a seguir para empresas y trabajadores.

Aunque en el lenguaje cotidiano usamos «teletrabajo» y «trabajo a distancia» como sinónimos, la ley hace una pequeña diferencia: el trabajo a distancia es cualquier trabajo realizado habitualmente fuera de los locales de la empresa, mientras que el teletrabajo es la variante que se hace específicamente mediante medios informáticos o de telecomunicación. En la práctica, tienen el mismo tratamiento legal.

¿Cuándo se aplica la ley del teletrabajo?

La Ley 10/2021 se aplica cuando el trabajo a distancia representa al menos el 30% de la jornada laboral durante un periodo de tres meses (o el porcentaje equivalente si el contrato es temporal). Por debajo de ese umbral, puede haber teletrabajo sin que se aplique toda la regulación, aunque el trabajador sigue teniendo derechos básicos.

El acuerdo de teletrabajo: obligatorio y por escrito

Uno de los puntos más importantes de la ley es que el teletrabajo no puede imponerse ni acordarse de palabra. Siempre que se supere el umbral del 30%, la empresa está obligada a firmar con el trabajador un acuerdo de trabajo a distancia por escrito. Sin ese documento, el teletrabajo no es legal.

Este acuerdo puede incluirse en el contrato de trabajo o añadirse como un anexo al contrato ya existente. Debe entregarse además a la representación legal de los trabajadores (delegados sindicales o comité de empresa, si los hay) y registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Qué debe incluir el acuerdo de teletrabajo

La ley establece un contenido mínimo obligatorio para este acuerdo. Debe recoger, como mínimo:

  • El inventario de los equipos y herramientas que necesita el trabajador para teletrabajar.
  • La enumeración de los gastos que puede tener el trabajador y la forma en que la empresa los compensará.
  • El horario de trabajo y las reglas de disponibilidad del trabajador.
  • El lugar desde el que se teletrabajará.
  • Los medios de control que usará la empresa para verificar el trabajo realizado.
  • El procedimiento para revertir la situación y volver al trabajo presencial.
  • La duración del acuerdo, que puede ser indefinida o temporal.

El derecho a la reversibilidad: puedes volver a la oficina

La ley reconoce el derecho a la reversibilidad, que significa que tanto el trabajador como la empresa pueden acordar volver a la modalidad presencial. Este derecho protege especialmente al trabajador: nadie puede verse obligado a teletrabajar de forma permanente si no quiere, y la empresa no puede usar el teletrabajo para dejar de asignar tareas o reducir la carga de trabajo.

Las condiciones para ejercer este derecho deben quedar especificadas en el propio acuerdo de teletrabajo o en el convenio colectivo aplicable.

Gastos del teletrabajo: quién paga la luz, el internet y el material

Esta es una de las preguntas más frecuentes: si teletrabajo desde casa, ¿quién paga la luz, el internet o el material de oficina? La respuesta es clara: la empresa.

La Ley 10/2021 establece que el empleador tiene la obligación de:

  • Proporcionar los equipos y herramientas necesarios para teletrabajar (ordenador, monitor, teclado, software, etc.).
  • Asumir o compensar los gastos derivados del trabajo a distancia, incluidos los de electricidad y conexión a internet.
  • Mantener, reparar y reponer los equipos cuando sea necesario.

El importe concreto de esa compensación y la forma de pagarla deben recogerse en el acuerdo de trabajo a distancia o en el convenio colectivo del sector. Si la empresa no compensa estos gastos, el trabajador puede reclamarlos, incluso ante la Inspección de Trabajo.

Importante
La ley no fija una cantidad concreta. Cada empresa y sector puede acordar importes distintos, siempre que cubran los gastos reales del trabajador.

¿Qué gastos debe cubrir la empresa en el teletrabajo?

Tipo de gasto ¿Quién lo paga? Observaciones
Ordenador / portátil Empresa Debe proporcionarlo o compensar su uso
Conexión a internet Empresa La parte proporcional al uso laboral
Electricidad Empresa La parte proporcional al uso laboral
Software y licencias Empresa Siempre que sean necesarios para el trabajo
Silla / escritorio ergonómico Empresa (si no tiene el trabajador) Depende del acuerdo y del convenio
Reparaciones del equipo Empresa También el mantenimiento y la reposición

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Derechos del trabajador en teletrabajo

Teletrabajar no implica renunciar a ningún derecho laboral. La ley es explícita: los trabajadores a distancia tienen los mismos derechos que los presenciales. Esto incluye:

Registro horario obligatorio

Las empresas están obligadas a llevar un registro de la jornada laboral también en teletrabajo. Este registro debe reflejar el inicio y el fin de la jornada, y el trabajador tiene derecho a consultarlo. No se puede obligar a nadie a estar disponible fuera de su horario de trabajo.

Derecho a la desconexión digital

El trabajador tiene derecho a no responder llamadas, mensajes ni correos fuera de su jornada laboral. La empresa debe establecer una política interna de desconexión digital y garantizar que se cumple.

Igualdad de trato y no discriminación

Teletrabajar no puede ser motivo para recibir un trato peor que los compañeros presenciales. El trabajador a distancia tiene los mismos derechos en cuanto a:

  • Formación y promoción profesional.
  • Acceso a los mismos beneficios sociales que el resto de la plantilla.
  • Participación en actividades colectivas de la empresa.
  • Prevención de riesgos laborales (la empresa debe evaluar los riesgos del puesto en el domicilio).

Protección ante accidente laboral

Si el trabajador sufre un accidente mientras está teletrabajando en su horario habitual, se considera accidente de trabajo, igual que si hubiera ocurrido en la oficina.

Teletrabajo vs trabajo híbrido: cuál es la diferencia

El trabajo híbrido combina días en la oficina con días en casa o en otro lugar. No es una categoría legal diferente: se trata simplemente de una modalidad concreta de trabajo a distancia en la que el trabajador alterna entre ambos entornos.

Si el porcentaje de días en remoto supera el 30% de la jornada en tres meses, se aplica la Ley 10/2021 y el acuerdo escrito es obligatorio. Si no se llega a ese umbral, la empresa puede establecer el trabajo híbrido sin las obligaciones formales de la ley, aunque el trabajador sigue protegido por el Estatuto de los Trabajadores.

En la práctica, el trabajo híbrido es cada vez más frecuente en sectores como la tecnología, las finanzas, el marketing o la administración. Muchas empresas lo ofrecen como condición de contratación.

Teletrabajo para funcionarios y empleados públicos

Los funcionarios y empleados públicos también pueden teletrabajar, aunque su regulación es diferente a la del sector privado. En el ámbito público, el teletrabajo se rige por el Real Decreto 29/2021 y por las normativas específicas de cada administración.

Comunidades autónomas como Andalucía, la Comunidad de Madrid o el País Vasco tienen sus propias instrucciones internas sobre cómo se gestiona el teletrabajo en sus respectivas administraciones. En general, los funcionarios que teletrabajan deben cumplir los mismos requisitos de registro horario y disponibilidad que sus compañeros presenciales.

Teletrabajo sin experiencia: ¿es posible encontrar trabajo desde casa?

Sí. Existen muchas ofertas de teletrabajo sin experiencia, especialmente en sectores como la atención al cliente, el telemarketing, la introducción de datos, la traducción o la enseñanza de idiomas online. Plataformas como Infojobs o el SEPE publican regularmente ofertas de este tipo.

Si estás buscando empleo con teletrabajo, ten en cuenta que:

  • Tienes derecho a exigir que el acuerdo de trabajo a distancia se firme por escrito antes de empezar.
  • La empresa debe facilitarte los medios necesarios para trabajar desde casa.
  • Si eres usuario del SEPE, puedes buscar ofertas con filtros específicos de teletrabajo en su portal de empleo.

Qué hacer si la empresa no cumple con la ley del teletrabajo

Si tu empresa te hace teletrabajar sin firmar el acuerdo obligatorio, no te cubre los gastos o no respeta tu registro horario, tienes varias opciones:

  • Hablar con el delegado sindical o el comité de empresa, si los hay en tu organización.
  • Presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Es gratuito y puedes hacerlo de forma anónima.
  • Reclamar ante el Juzgado de lo Social, si la vía extrajudicial no funciona. En muchos casos conviene consultar antes con un abogado laboralista.

La ley protege al trabajador frente a posibles represalias por ejercer estos derechos: si la empresa te despide o te sanciona por reclamar, ese despido puede ser considerado nulo.

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Alex Branco

Periodista y redactor

Periodista y redactor que ha trabajado en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre). Ahora escribo sobre ayudas y subvenciones en Tus Ayudas.


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