⏱️¿Cuántos días son de permiso por fuerza mayor?
La ley garantiza que te paguen las horas de ausencia equivalentes a 4 días al año. Se cuenta por horas, así que puedes ausentarte solo el tiempo que necesites y guardar el resto para otra urgencia.
El permiso por fuerza mayor te permite salir del trabajo cuando un familiar o alguien con quien vives sufre una enfermedad o un accidente y te necesita de inmediato. Además, la empresa tiene que pagarte las horas equivalentes a 4 días al año. Es uno de los permisos retribuidos más desconocidos del ámbito del empleo: te contamos qué situaciones cubre, cómo justificarlo y en qué se diferencia del permiso de 5 días por hospitalización.
Índice
Es un derecho que existe desde el 30 de junio de 2023 y que está recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Te permite ausentarte del trabajo por motivos familiares urgentes cuando se dan dos condiciones a la vez:
A diferencia de otros permisos, la ley no pone un límite de grado de parentesco: basta con que sea un familiar. Y también cubre a las personas con las que convives aunque no seáis familia, por ejemplo tu pareja aunque no estéis casados ni inscritos como pareja de hecho o un amigo con el que compartes piso.
Es un derecho de los trabajadores por cuenta ajena, es decir, de quienes tienen un contrato de trabajo, ya sea indefinido o temporal. Los autónomos no lo tienen reconocido.
La ley garantiza que la empresa te pague las horas de ausencia equivalentes a 4 días al año. Fíjate en que habla de horas: no tienes que coger días completos, puedes ausentarte solo el tiempo que necesites (por ejemplo, tres horas para acompañar a tu madre a urgencias) y el resto sigue disponible para otra ocasión.
Durante esas horas cobras con normalidad, así que no deberías ver ningún descuento en tu nómina. El convenio colectivo o, si no lo hay, un acuerdo entre la empresa y la representación de los trabajadores puede concretar cómo se paga y cómo se cuenta.
Hay dos dudas que la norma no resuelve de forma expresa, así que conviene mirarlas en tu convenio:
La clave está en dos palabras: urgente e inmediata. Situaciones que encajan en el espíritu del permiso son, por ejemplo, que te avisen de que tu hijo se ha puesto enfermo y hay que ir a buscarlo, que tu padre ha sufrido una caída o que la persona con la que vives tiene un accidente y hay que acompañarla. Cada caso concreto puede valorarse de forma distinta, así que guarda siempre un justificante.
Lo que no cubre:
No lo confundas tampoco con las horas extraordinarias por fuerza mayor, que son otra cosa: las que la empresa puede pedirte para reparar un siniestro o un daño urgente en el trabajo.
Y si esta situación familiar te está complicando las cuentas, puede que tengas derecho a alguna ayuda pública.
El Estatuto de los Trabajadores tiene otro permiso muy parecido, el de 5 días por accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar. Son dos permisos distintos, pensados para momentos distintos:
| Qué cambia | Permiso por fuerza mayor | Permiso de 5 días |
| Cuándo se usa | Urgencia por enfermedad o accidente que exige tu presencia inmediata | Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo en casa |
| A quién cubre | Familiares sin límite de grado y personas con las que convives | Cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta segundo grado y personas con las que convives |
| Duración | Horas equivalentes a 4 días al año, pagadas | 5 días por cada hecho causante |
| Cómo se usa | Por horas, solo el tiempo necesario | En días |
En la práctica, el de fuerza mayor sirve para el momento de la urgencia, y el de 5 días para cuando ya hay gravedad, ingreso o reposo. Si tienes dudas sobre cuál te toca en tu caso, pregunta a recursos humanos antes de pedirlo. Si lo que ha ocurrido es un fallecimiento, existe una figura aparte: el permiso por fallecimiento.
Como es una urgencia, no se exige preaviso: nadie sabe con antelación que su padre va a caerse. Lo sensato es avisar a tu empresa en cuanto puedas, aunque sea con una llamada o un mensaje, y confirmarlo después por escrito.
La ley sí prevé que tengas que acreditar el motivo de la ausencia cuando proceda. Por eso conviene guardar desde el primer momento un documento que lo demuestre:
La ley declara nulo de forma automática el despido de quien pide o disfruta algunos permisos, como el de 5 días por hospitalización, pero el permiso por fuerza mayor no aparece expresamente en esa lista.
Eso no significa que la empresa pueda despedirte por usarlo. Si el despido se debe a que ejerciste este derecho, un juez puede declararlo nulo por vulnerar tus derechos fundamentales, aunque habrá que demostrarlo en cada caso. Si te ocurre, tienes plazos cortos para reclamar: en nuestra guía sobre los tipos de despido te explicamos cómo reclamar.
Los 4 días de fuerza mayor están pensados para urgencias puntuales. Si la situación se alarga, tienes otras opciones:
La ley garantiza que te paguen las horas de ausencia equivalentes a 4 días al año. Se cuenta por horas, así que puedes ausentarte solo el tiempo que necesites y guardar el resto para otra urgencia.
Una enfermedad o un accidente de un familiar o de una persona con la que convives que haga indispensable tu presencia inmediata. No cubre otras emergencias, como una avería en casa, ni citas médicas programadas.
La ley prevé que acredites el motivo de la ausencia cuando proceda. Lo más útil es el informe de urgencias o un justificante médico de la atención que recibió tu familiar. Tu convenio puede fijar cómo y cuándo entregarlo.
Sí. El Tribunal Supremo confirmó en 2026 que estas horas se pagan porque lo impone la ley, aunque el convenio colectivo no diga nada sobre este permiso.
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