Muchas familias prefieren cuidar en casa de sus mayores o de sus familiares dependientes, pero necesitan una mano para las tareas del día a día. Para eso está la ayuda a domicilio, un servicio que la Ley de Dependencia incluye en su catálogo estatal para todas las comunidades autónomas y que los ayuntamientos prestan además por su cuenta. En Tus Ayudas te explicamos cómo funciona en Madrid: las dos vías que existen, cuánto cuesta la hora y cómo solicitarlo paso a paso.
Índice
Servicio de ayuda a domicilio Madrid, ¿qué es?
La ayuda domiciliaria es un servicio prestado por cuidadores profesionales para atender a las personas mayores y a las personas en situación de dependencia en las tareas del día a día. Así, los beneficiarios ganan autonomía y pueden seguir viviendo en su casa. El servicio se adapta a las necesidades de cada persona, pero hay que tener claro que se trata de asistencia de carácter no sanitario: los profesionales no hacen curas ni administran tratamientos.
Es decir, la asistencia domiciliaria se centra en tareas como el aseo personal, el acompañamiento o la compra. También la vas a encontrar con otros nombres, como atención domiciliaria o servicio de ayuda a domicilio (SAD), que es como lo llaman las administraciones.
Las dos vías que conviven en Madrid (y que no son lo mismo)
Este es el punto que más confunde, y merece la pena tenerlo claro antes de seguir, porque los requisitos cambian según la vía, y el precio, según el municipio:
SAD por dependencia (Ley 39/2006), para toda la Comunidad de Madrid. Se valora por el grado de dependencia reconocido, sin importar la edad. La valoración y el PIA los lleva siempre la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia. El servicio, en cambio, lo presta esa misma Dirección General si vives en un municipio distinto de la capital, y los Servicios Sociales municipales si vives en la ciudad de Madrid.
SAD municipal del Ayuntamiento de Madrid, solo si vives en la capital. Tiene su propia ordenanza y sus propios requisitos, y se puede pedir incluso sin dependencia reconocida. Otros ayuntamientos de la región tienen sus propios servicios sociales municipales, con reglas distintas de las que explicamos aquí: si no vives en la capital y no tienes grado reconocido, pregunta en el tuyo.
Como acabamos de ver, los requisitos dependen de por dónde pidas el servicio. Estos son los de cada vía.
Requisitos por la vía de la dependencia
Sirven para cualquier municipio de la región, incluida la capital. Necesitas:
Tener reconocida la situación de dependencia en alguno de los tres grados. No hay edad mínima: es el grado, y no la edad, lo que abre la puerta al servicio.
Haber residido en España durante cinco años, de los cuales dos tienen que ser los inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Residir en la Comunidad de Madrid el día en que presentas la solicitud de reconocimiento de la dependencia.
Importante
En la vía de la dependencia, el requisito de los cinco años de residencia se le exige también a los españoles, no solo a quien tiene residencia legal. Y ojo a un detalle que se pasa por alto con frecuencia: dos de esos cinco años tienen que ser los justo anteriores a la solicitud. La ley prevé condiciones de acceso propias para los emigrantes españoles retornados, y si el solicitante tiene menos de cinco años ese periodo se le exige a quien tenga su guarda y custodia.
Requisitos del servicio municipal del Ayuntamiento de Madrid
Si vives en la capital tienes además esta segunda vía, con reglas propias. La diferencia principal respecto a la vía de la dependencia es que aquí no hace falta tener un grado reconocido: también puede acceder quien se encuentra en una situación de necesidad o vulnerabilidad social. A cambio, el requisito general es tener 65 años, con excepciones que permiten entrar antes, entre ellas tener reconocida una discapacidad con su certificado o un grado de dependencia. El otro requisito es estar empadronado en el municipio de Madrid.
Ojo a un matiz, porque es fácil confundirlo con lo anterior: una cosa es que en la capital tu SAD de la Ley de Dependencia te lo presten los Servicios Sociales municipales, que es lo normal y no tiene plazo, y otra distinta pedir el SAD municipal como vía de entrada propia. Esto segundo, si ya tienes la dependencia reconocida, la ordenanza solo lo abre de forma excepcional, mientras tu PIA se hace efectivo, siempre que exista un riesgo grave e inminente y por un plazo de seis meses revisables.
Cómo solicitar ayuda domiciliaria en Madrid
Por la vía de la dependencia, el trámite empieza solicitando la valoración. Un profesional acude a tu entorno habitual para valorar tu situación y, con esa valoración, se te reconoce el grado de dependencia que corresponda.
Después de ese reconocimiento, la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia tramita de oficio tu Programa Individual de Atención (PIA). El PIA es el documento que decide qué recurso te corresponde. Para fijarlo se tienen en cuenta tu estado de salud, tu vivienda y su acondicionamiento, tu entorno y las ayudas técnicas que ya tengas, y antes de aprobarlo se te consulta. Puede resolverse en dos direcciones:
Servicios de atención: residencias para mayores, centros de día o el propio servicio de ayuda a domicilio.
Cuántas horas te corresponden según tu grado (vía dependencia)
Por la vía de la dependencia, si el PIA resuelve a favor de la ayuda a domicilio, el número de horas no lo eliges tú: el grado reconocido marca la horquilla que fija el Real Decreto 1051/2013, y el número exacto se concreta en tu PIA, que es donde la Comunidad de Madrid establece la gradualidad dentro de esa horquilla. La modalidad, intensiva o no intensiva, tampoco la eliges tú: la fija también el PIA. En el servicio municipal del Ayuntamiento de Madrid las horas se calculan de otra manera, con un baremo de puntos propio, y lo vemos justo después.
Grado III, Gran Dependencia: hasta 30 horas al mes
Grado II, Dependencia Severa: hasta 15 horas al mes
Grado I, Dependencia Moderada: no existe esta modalidad, solo la intensiva
Solicitud de ayuda a domicilio Ayuntamiento de Madrid
Si resides en la ciudad de Madrid y quieres pedir el servicio municipal, el trámite es otro: se inicia en los Servicios Sociales de tu distrito, que valoran tu caso con un baremo propio de puntos y determinan las horas que te corresponden. También puedes presentarlo en cualquier oficina de registro o desde su sede electrónica. Hay un plazo a tu favor: la ordenanza da tres meses para resolver y, si pasan sin respuesta expresa, la solicitud se entiende estimada. Aun así, el silencio no fija por sí solo tus horas ni pone el servicio en marcha: si se cumple el plazo sin contestación, reclama por escrito en tu Centro de Servicios Sociales para que te concreten la resolución.
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Los requisitos de las dos vías, las horas por grado, la tabla de precios 2026 y los teléfonos oficiales, en un solo documento
Ayuda domiciliaria para personas mayores, ¿qué incluye?
El servicio de cuidado de personas mayores o dependientes se centra en ayudar con las tareas diarias. De esta forma, se atienden las necesidades básicas del beneficiario, que incluyen:
Atención personal:
Apoyar en el aseo, vestido, calzado y alimentación
Movilidad dentro del hogar
Acompañamiento ocasional para gestiones fuera de casa, como las visitas médicas
Asistencia doméstica:
Limpieza cotidiana del hogar, para mantener la vivienda en condiciones
Hacer la compra de alimentos y otros productos básicos
Lavar, planchar y organizar la ropa
Preparar comidas
Hay un límite que conviene tener claro, y que en la vía de la dependencia fija la propia Comunidad de Madrid: las tareas domésticas nunca pueden superar el 50 % del total de horas del servicio y solo se prestan junto con la atención personal. Dicho de otro modo, no existe una ayuda a domicilio que sea únicamente limpieza.
Con qué otras ayudas es compatible
El sistema no permite acumularlo todo. Estas reglas son las de la vía de la dependencia, que es donde existen las modalidades intensiva y no intensiva:
La ayuda a domicilio intensiva es compatible con la teleasistencia y con los servicios de promoción de la autonomía personal, e incompatible con el resto de prestaciones y servicios.
La no intensiva admite además el servicio de atención diurna (centros de día) para los grados III y II.
El coste del servicio está subvencionado en su mayor parte, pero lo que pagas de tu bolsillo no depende de la vía por la que hayas entrado, sino del municipio en el que vivas. Si resides en la ciudad de Madrid, el servicio lo prestan los Servicios Sociales municipales y queda sujeto a la ordenanza del Ayuntamiento, así que se te aplica su tabla de tramos aunque hayas llegado por la vía de la dependencia. Si resides en cualquier otro municipio de la región, rige un precio único.
La gratuidad general no se decide por que te consideren en situación de vulnerabilidad, sino por tus ingresos: se mide con tu capacidad económica si vives fuera de la capital y con tu renta mensual per cápita (RMPC) si vives en Madrid capital. Aparte de eso, en la capital existe una exención excepcional que sí se apoya en la situación personal, y que explicamos al final de esta sección.
A cuánto se paga la hora de ayuda a domicilio
Si vives en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid que no sea la capital, el precio es el mismo para todo el que paga: 1,39 euros la hora, IVA incluido, sin tramos por renta. La única diferencia por ingresos es la exención total, que vemos al final de esta sección.
Qué es la renta mensual per cápita (RMPC)
Antes de buscarte en la tabla, ten claro qué es la RMPC: no es tu nómina ni tu pensión, sino el resultado de repartir los ingresos de la unidad de convivencia entre sus miembros, y la calculan los Servicios Sociales con la documentación que aportas. Si no estás seguro de en qué tramo caes, pregúntalo allí antes de dar nada por hecho.
Tabla de precios de la ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Madrid
Si vives en Madrid capital, en cambio, se aplica una tabla por tramos de renta aprobada cada año por el Ayuntamiento. La vigente es la del Decreto de 4 de diciembre de 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026. Los tramos son excluyentes: se te aplica solo el tramo en el que cae tu RMPC, y esa es la tarifa de todas tus horas, hayas entrado por la vía que hayas entrado.
Renta mensual per cápita (RMPC) en Madrid capital
Precio por hora
Tope de tu aportación al mes (% de tu RMPC)
Hasta 537,30 €
0,00 €
0 %
Desde 537,31 € hasta 614,29 €
1,12 €
12 %
Desde 614,30 € hasta 691,29 €
1,69 €
14 %
Desde 691,30 € hasta 768,30 €
2,26 €
16 %
Desde 768,31 € hasta 845,31 €
2,83 €
18 %
Desde 845,32 € hasta 922,30 €
3,36 €
20 %
Desde 922,31 € hasta 999,32 €
3,94 €
22 %
Desde 999,33 € hasta 1.076,32 €
4,49 €
24 %
Desde 1.076,33 € hasta 1.153,33 €
5,07 €
26 %
Desde 1.153,34 € hasta 1.230,33 €
5,64 €
28 %
Desde 1.230,34 € hasta 1.307,33 €
6,19 €
30 %
Desde 1.307,34 € hasta 1.384,35 €
6,76 €
32 %
Desde 1.384,36 € en adelante
7,31 €
34 %
Atención
Esta tabla la aprueba el Ayuntamiento de Madrid por decreto cada diciembre, con efectos desde el 1 de enero. Los importes que ves son los de 2026 y pueden cambiar en la próxima revisión.
Cuánto es lo máximo que puedes llegar a pagar al mes
Además del precio por hora, el propio Ayuntamiento señala que existe un límite de aportación sobre la RMPC: ese porcentaje marca el máximo que puedes llegar a pagar al mes. Por ejemplo, con una RMPC de 700 euros pagarías 2,26 euros la hora y tu aportación mensual no pasaría del 16 % de esos 700 euros, es decir, unos 112 euros.
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Sí, el servicio puede salir gratis, pero el umbral no es el mismo en toda la región:
Municipios de la Comunidad distintos de la capital: no pagas nada si tu capacidad económica es igual o inferior al IPREM, que en 2026 es de 600 euros al mes.
Madrid capital: el servicio es gratuito con una renta mensual per cápita de hasta 537,30 euros, que es el primer tramo de la tabla de arriba.
Existe además, solo en la capital, una exención excepcional para quien acredite una situación de riesgo o vulnerabilidad. No es automática: hay que justificarla y se revisa cada año.
Teléfono de información de la ayuda a domicilio en Madrid
Si prefieres resolver dudas por teléfono antes de iniciar el trámite, estos son los canales oficiales. Fíjate en que no se reparten por mapa, sino por vía:
Si preguntas por el servicio municipal (solo Madrid capital): el 010 de Línea Madrid, o el 914 800 010 si llamas desde fuera del municipio. Las personas mayores de 65 años tienen además el 900 111 065, con atención prioritaria.
Si preguntas por la dependencia (toda la región, capital incluida): el 012, o el 91 580 42 60 desde el resto de España. Atiende de lunes a viernes de 8:00 a 22:00, y sábados, domingos y festivos de 10:00 a 20:00.
Para dudas concretas de tu expediente de dependencia: la Oficina de Información al Mayor y a la Dependencia, en el 012, opción 2.1, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00. Su oficina presencial (calle Agustín de Foxá, 31) atiende con cita previa de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
❓¿Cuáles son los requisitos para pedir ayuda a domicilio en Madrid?
Depende de la vía. Por la vía de la dependencia necesitas tener reconocido un grado, ser español o extranjero con residencia legal, haber residido en España cinco años (dos de ellos los inmediatamente anteriores a la solicitud) y residir en la Comunidad de Madrid el día en que la presentas. No hay edad mínima: se valora por el grado. El Ayuntamiento de Madrid tiene además su propio servicio municipal, solo para empadronados en la capital, donde el requisito general son 65 años (con excepciones, como tener una discapacidad o un grado reconocidos) y al que también se puede acceder sin dependencia reconocida.
🤔¿Qué incluye el servicio de ayuda a domicilio para mayores?
El Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) abarca atenciones de carácter personal y doméstico, y excluye cualquier actuación sanitaria: no se hacen curas ni se administran tratamientos. Incluye apoyo en el aseo, vestido, movilidad dentro del hogar y acompañamiento a visitas médicas, además de limpieza cotidiana, compra, preparación de comidas y lavado o planchado de ropa. Hay un límite importante: las tareas domésticas nunca pueden superar el 50 % del total de horas y solo se prestan junto con la atención personal, así que no existe un servicio que consista únicamente en limpieza.
💰¿Cuál es el precio de la hora de ayuda a domicilio en Madrid?
Depende del municipio, no de la vía por la que entres. En todos los municipios de la Comunidad salvo la capital el coste es de 1,39 euros la hora, IVA incluido, y es gratis si tu capacidad económica no supera el IPREM, que en 2026 es de 600 euros al mes. En Madrid capital se aplica la tabla del Ayuntamiento por tramos de renta mensual per cápita: es gratuito hasta 537,30 euros y, a partir de ahí, va de 1,12 a 7,31 euros la hora. Esa tabla se aprueba por decreto cada diciembre, así que los importes pueden cambiar en enero.
⌛¿Cuántas horas de ayuda a domicilio corresponden por Ley de Dependencia?
El grado reconocido marca la horquilla y el número exacto se concreta en tu Programa Individual de Atención (PIA). En la modalidad intensiva corresponden de 65 a 94 horas mensuales en el Grado III (Gran Dependencia), de 38 a 64 horas en el Grado II (Dependencia Severa) y de 20 a 37 horas en el Grado I (Dependencia Moderada). En la modalidad no intensiva son hasta 30 horas en el Grado III y hasta 15 en el Grado II; en el Grado I esta modalidad no existe. El servicio municipal del Ayuntamiento de Madrid calcula las horas de otra manera, con un baremo de puntos propio.