La jubilación demorada es la opción que ofrece la Seguridad Social para retrasar voluntariamente tu retiro y cobrar a cambio un complemento que aumenta tu pensión. En 2026 sí ha cambiado algo: el Real Decreto 416/2026, en vigor desde el 28 de agosto, reformó la fórmula mixta. Aquí tienes los requisitos, las tres formas de cobrar el complemento y cuánto sube realmente tu pensión.
Índice
¿Qué es la jubilación demorada?
La jubilación demorada, conocida popularmente también como jubilación diferida, es la opción que da la Seguridad Social a los trabajadores para retrasar voluntariamente su jubilación una vez alcanzada la edad legal para retirarse.
En lugar de empezar a cobrar la pensión en el momento habitual, sigues trabajando y cotizando y, a cambio, recibes un complemento económico que aumenta tu pensión o te da un pago extra. No es un tipo de pensión distinto, sino un mecanismo que premia prolongar la vida laboral, distinto de la jubilación activa y de la prejubilación.
Cada vez más gente lo elige. Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, hasta agosto de 2026 se registraron 218.325 nuevas altas de jubilación y el 11,8 % fueron demoradas voluntarias: 7 puntos más que en 2019. La edad media de acceso a la jubilación ya está en 65,4 años, frente a los 64,4 de 2019.
Requisitos jubilación demorada
Para poder retrasar tu jubilación en 2026 y generar el complemento, tienes que cumplir estas condiciones:
Haber cumplido la edad legal ordinaria de jubilación vigente en 2026: 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados o más, o 66 años y 10 meses si cotizaste menos.
Tener ya 15 años cotizados al cumplir esa edad, de los cuales al menos 2 dentro de los 15 años anteriores. Atención a este matiz: si llegas a la edad ordinaria sin los 15 años, lo que cotices después te sirve para la pensión, pero no genera complemento de demora.
No haber iniciado aún el cobro de la pensión de jubilación, y no acceder a ella desde una situación asimilada al alta: ese supuesto también deja fuera del complemento.
Seguir cotizando de verdad. El complemento se paga por cada año completo cotizado, así que retrasar la solicitud sin trabajar no suma nada. Si eres autónomo, debes mantenerte de alta en el RETA.
Novedades de la jubilación demorada en 2026
A pesar de lo que se ha publicado en muchos sitios, en 2026 sí hay cambios. El Real Decreto 416/2026, en vigor desde el 28 de agosto de 2026, reformó la fórmula mixta: ahora se computan también los semestres, el tramo general pasa de «entre 2 y 10 años» a entre 2 años y 8 años y 6 meses, y el límite de cinco años de pago único se aplica ya desde los 9 años de demora, no desde los once. El 4 % anual y el cálculo del pago único no cambian.
Además, la edad ordinaria de jubilación sube dos meses respecto a 2025 y queda en 66 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, y en 65 años para quienes superen ese tiempo. El punto de partida desde el que cuenta la demora también se mueve.
Desde el 1 de enero de 2026 la base reguladora se calcula por partida doble: la Seguridad Social aplica de oficio el resultado que más te favorezca entre el método antiguo (los últimos 25 años cotizados, divididos entre 350) y el nuevo. En 2026 el método nuevo consiste en sumar las 302 mejores bases de los últimos 304 meses y dividirlas entre 352,33, es decir, se descartan los dos peores meses.
Ese periodo va creciendo cada año hasta llegar en 2037 a los mejores 27 años de entre los 29 anteriores, y la doble comparación se mantiene para las jubilaciones solicitadas hasta 2040. En 2026 el cambio se nota poco, pero está pensado para que no te perjudique: la Seguridad Social calcula las dos fórmulas y aplica la que te dé más.
La mejora en la integración de lagunas
Desde el 1 de enero de 2026 también mejora la integración de las lagunas de cotización. Mientras la brecha de género de las pensiones supere el 5 %, a las mujeres trabajadoras por cuenta ajena los meses sin obligación de cotizar se les rellenan con el 100 % de la base mínima del mes 49 al 60 y con el 80 % del mes 61 al 84.
Los hombres acceden a esa misma mejora si acreditan que su carrera se vio afectada por el nacimiento o la adopción de un hijo: más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores, para hijos nacidos hasta el 31 de diciembre de 1994; o, para los nacidos desde el 1 de enero de 1995, que sus bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento sean más de un 15 % inferiores a las de los 24 meses anteriores. Todo ello sube la base reguladora sobre la que se calcula después el complemento. Es una vía distinta de los complementos a mínimos, que no tocan la base reguladora: se suman a la pensión ya calculada cuando esta se queda por debajo del mínimo.
Las tres formas de cobrar el complemento de demora
Retrasar tu jubilación te da derecho a un complemento económico, y puedes elegir entre tres formas de cobrarlo. La elección se hace una sola vez, al solicitar la pensión, y no se puede cambiar después: si no eliges nada, se aplica automáticamente el 4 %.
1. Aumento de la pensión de jubilación
Por cada año completo cotizado después de tu edad ordinaria se añade un 4 % al porcentaje que se aplica sobre tu base reguladora. Conviene entenderlo bien: no es un 4 % sobre la pensión, son 4 puntos porcentuales que se suman al porcentaje que ya te corresponde por años cotizados, así que si no llegabas al 100 % el aumento real es mayor, y tanto mayor cuanto más corta sea tu carrera. En 2026 ese 100 % se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados, así que quien llega con 35 años cotizados todavía está por debajo.
Además, desde el segundo año completo de demora se computan los periodos superiores a 6 meses cotizados e inferiores a un año, que otorgan un 2 % adicional. El aumento se mantiene de por vida.
2. Cheque jubilación demorada
En lugar del aumento mensual puedes optar por recibir un pago único por cada año completo cotizado de demora. Y aquí está el error que más se repite al hablar de este cheque: el importe no sale de una tabla de años cotizados, sale de tu propia pensión. La ley lo fija con esta fórmula: 800 × (pensión inicial anual ÷ 500) elevado a 1/1,65. Y si al cumplir la edad ordinaria ya acreditabas 44 años y 6 meses cotizados o más, ese 800 pasa a 880, es decir, un 10 % más.
Así queda el cheque en 2026, por cada año completo de demora:
Tu pensión (14 pagas)
Tu pensión x 14 pagas (anual)
Cheque por año de demora
Con 44 años y 6 meses o más
936,20 € (mínima con 65 años, sin cónyuge)
13.106,80 €
5.791,66 €
6.370,83 €
1.200 €
16.800,00 €
6.732,00 €
7.405,20 €
1.500 €
21.000,00 €
7.706,86 €
8.477,55 €
2.000 €
28.000,00 €
9.174,83 €
10.092,31 €
2.500 €
35.000,00 €
10.503,43 €
11.553,78 €
3.000 €
42.000,00 €
11.730,59 €
12.903,65 €
3.359,60 € (la máxima)
47.034,40 €
12.563,70 €
13.820,07 €
Son estimaciones: el importe es por cada año completo de demora y sale de aplicar la fórmula oficial a tu pensión anual en 14 pagas. Si tu pensión supera el tope, el cálculo se hace tomando la pensión máxima como pensión inicial anual. La cifra definitiva te la dará el simulador de la Seguridad Social. A partir del segundo año completo de demora, un periodo de más de 6 meses cotizados e inferior a un año se computa como medio cheque.
Cuánto tributa el cheque en la renta
Importante
El cheque tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo en el año en que lo cobras. Al percibirse en forma de capital puede aplicarse la reducción del 30 % prevista para las prestaciones cobradas de una vez, según aclaró la Agencia Tributaria. No es por tratarse de un «rendimiento irregular»: esa vía excluye expresamente las pensiones públicas. Y si en vez del cheque eliges el 4 % mensual no hay reducción, porque se cobra en forma de renta. Antes de decidirte, consulta cómo te afecta en tu declaración de la renta.
3. Fórmula mixta
Puedes elegir la fórmula mixta si acreditas al menos 2 años completos cotizados desde que cumpliste la edad ordinaria. Ojo, porque aquí hay otra confusión muy extendida: no cobras las dos cosas por cada año, sino que los años de demora se reparten entre las dos modalidades. Estas son las reglas en vigor desde el 28 de agosto de 2026:
De 2 años a 8 años y 6 meses de demora: los años completos se dividen en dos mitades. Por una mitad cobras el 4 % adicional en la pensión y por los años restantes cobras el pago único. Si además acreditas un semestre completo, ese semestre se suma al pago único por la mitad de su importe.
De 9 años de demora en adelante: cobras el pago único por 5 años y un 4 % adicional por cada uno de los años restantes (un 2 % si lo que acreditas es un semestre completo).
Es la opción de quien quiere combinar liquidez el día que se jubila con un aumento permanente de la pensión mensual, y conviene compararla con lo que ganarías simplemente con más años cotizados.
¿Qué pasa si ya estás en la pensión máxima?
Si tu pensión ya alcanza el tope (la pensión máxima es de 3.359,60 € al mes en 2026), el porcentaje de demora que no se ha podido aplicar se te paga aparte, en 14 pagas. Pero tiene su propio límite: la suma de la pensión y ese complemento no puede superar el tope máximo de la base de cotización en cómputo anual. Y si eliges el cheque, se calcula tomando la pensión máxima como pensión inicial anual.
Jubilación demorada para autónomos
Los autónomos pueden acogerse a la jubilación demorada en las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena. Para generar los incentivos, el autónomo debe mantenerse de alta en el RETA y seguir cotizando hasta que solicite la pensión, sin haber empezado a cobrarla ni haber pasado por la jubilación anticipada.
Una vez jubilado con el complemento, el autónomo puede acogerse después a la jubilación activa, que le permite seguir trabajando cobrando un porcentaje de la pensión según los años que retrasó el retiro:
45 % con un año de demora, 55 % con dos, 65 % con tres, 80 % con cuatro y 100 % con cinco o más.
A quien no llegue al 100 % se le suman 5 puntos por cada 12 meses seguidos en jubilación activa, hasta ese tope y no más.
Si tiene contratado a un trabajador indefinido con 18 meses de antigüedad, cobra el 75 % con una demora de uno a tres años.
Atención
Desde el 1 de abril de 2025 el complemento de demora y la jubilación activa son compatibles en las tres modalidades. Eso sí, mientras dure la jubilación activa el complemento ya reconocido se sigue cobrando pero no aumenta.
Jubilación demorada para funcionarios
Los funcionarios también pueden demorar su jubilación y cobrar el complemento, pero la vía depende de cuándo entraron en la Administración. Quienes accedieron a partir del 1 de enero de 2011 están encuadrados, a efectos de pensiones, en el Régimen General de la Seguridad Social, así que se les aplica exactamente lo que cuenta este artículo: el 4 % por año, el pago único o la fórmula mixta. Quienes ingresaron hasta el 31 de diciembre de 2010 siguen en Clases Pasivas, y ahí el complemento también existe: para las pensiones causadas desde el 1 de enero de 2022 se aplica el mismo régimen, contando años de servicios efectivos al Estado en vez de años cotizados y haberes reguladores en vez de base reguladora.
Hay un detalle práctico que marca la diferencia: la jubilación del funcionario se declara de oficio al cumplir la edad, así que para demorar no basta con querer seguir. Hay que pedir la prolongación de la permanencia en el servicio activo, que la Administración resuelve de forma motivada y que llega como máximo hasta los 70 años. Quedan fuera los cuerpos con normas propias de jubilación, como ocurre con otras edades de jubilación especiales. Sin esa prórroga concedida no hay años de demora que contar.
Simulador jubilación demorada
Si te estás planteando retrasar tu edad de jubilación, la Seguridad Social tiene un simulador de jubilación que calcula también la demorada: por defecto te muestra el complemento del 4 %, y editando el complemento económico puedes ver el pago único o la fórmula mixta antes de decidir.
El simulador es especialmente útil para la fórmula mixta, donde el reparto de años entre porcentaje y pago único hace difícil calcular a ojo qué opción te conviene más. Si tu caso es dudoso, pide cita en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
Jubilación demorada con más de 70 años
La jubilación demorada no tiene una edad máxima establecida por la ley. Una vez cumplida la edad legal puedes seguir cotizando y generando complemento sin tope de años, también más allá de los 70.
Lo que sí puede ponerte fecha es tu convenio colectivo. El Estatuto de los Trabajadores permite que los convenios incluyan cláusulas de jubilación forzosa a partir de los 68 años, siempre que tengas derecho al 100 % de la pensión ordinaria y la empresa contrate de forma indefinida y a jornada completa a otra persona. De forma excepcional, esa edad puede rebajarse hasta la ordinaria en sectores con menos de un 20 % de mujeres ocupadas. Merece la pena mirar tu convenio colectivo antes de hacer planes a muy largo plazo. Y si lo que te preocupa es el otro extremo, compara antes con la jubilación anticipada.
Ventajas e inconvenientes de retrasar la jubilación
Como toda decisión, tiene sus dos caras. Estas son las que más pesan.
Ventajas de retrasar la edad de jubilación
Aumento permanente de la pensión: por cada año cotizado de más recibes una compensación económica que te acompaña el resto de tu vida.
Liquidez el día que te jubilas, si eliges el cheque o la fórmula mixta.
Más margen para planificar: retrasar la jubilación te da tiempo para organizar tus finanzas y decidir con más información.
Sigues sumando a tu base reguladora, sobre todo si tus últimos años son los de bases más altas de tu carrera.
Desventajas de la jubilación demorada
Riesgos para la salud: a medida que envejeces es más probable que aparezcan problemas que dificulten seguir trabajando.
Dificultad para encontrar empleo si pierdes el que tienes pasada cierta edad.
La decisión del incentivo es irreversible: una vez solicitada la pensión e indicada la opción, no se puede modificar.
El complemento no se aplica si accedes a la jubilación parcial, si te acoges a la jubilación flexible o si accedes desde una situación asimilada al alta. Y si tu profesión tiene coeficientes reductores de la edad (minería, vuelo, bomberos…), no pierdes el complemento, pero tu edad rebajada no cuenta como punto de partida: la demora empieza a contar desde la edad ordinaria general.
Con la jubilación flexible hay una regla propia desde el 28 de agosto de 2026: si elegiste el 4 %, se te suspende mientras trabajes a tiempo parcial; si elegiste el pago único o la mixta, directamente no puedes acogerte a ella.
Entonces, ¿compensa retrasar la jubilación?
Depende de tres cosas. La primera, si de verdad vas a cotizar esos años: sin cotización no hay complemento. La segunda, cuánto tiempo esperas cobrar la pensión, porque el 4 % anual tarda en compensar los meses que dejas de cobrar. Y la tercera, si ya estás en la pensión máxima: ahí el porcentaje que no cabe en la pensión no se pierde, se cobra aparte en 14 pagas, con el límite del tope máximo de la base de cotización en cómputo anual; y si eliges el cheque, se calcula tomando la pensión máxima como pensión inicial anual. Las dos opciones tienen tope.
La diferencia de fondo es sencilla: el 4 % se cobra de por vida dentro de la pensión, mientras que el cheque se cobra una sola vez y tributa entero en el IRPF del año en que lo recibes. Cuál sale mejor depende de los años que esperes cobrar la pensión y de si necesitas dinero disponible al jubilarte: la Seguridad Social no señala una opción recomendada. Pásalo por el simulador antes de decidir, porque la elección no tiene marcha atrás.
Cómo solicitar la jubilación demorada
Para acogerse a la jubilación demorada no hay que hacer ningún trámite previo mientras sigues trabajando. Cuando decidas jubilarte, al solicitar la pensión deberás indicar:
Qué incentivo eliges: incremento porcentual, pago único o fórmula mixta.
Con eso, la Seguridad Social calcula el complemento y lo aplica según tu elección. Si no eliges nada, se aplica por defecto el 4 % anual. Ten a mano tu vida laboral y, si eres autónomo, revisa antes tu cuota del RETA. Puedes presentar la solicitud de forma presencial, con cita previa, o de forma telemática en el portal de prestaciones de la Seguridad Social.
Otras preguntas frecuentes
❓¿Cuánto aumenta la pensión con la jubilación demorada?
Depende de los años que retrases y de la modalidad que elijas. En la modalidad porcentual se añaden 4 puntos al porcentaje que se aplica sobre tu base reguladora por cada año completo cotizado, y a partir del segundo año los periodos de más de 6 meses suman 2 puntos más. Un ejemplo para verlo: quien llegue a la edad ordinaria con derecho al 90 % de su base reguladora y demore tres años completos cotizados pasa a un 102 %: el complemento de demora es la única vía por la que ese porcentaje puede pasar del 100 %. Si con él la pensión supera el tope (3.359,60 € al mes en 2026), la pensión se queda en el tope, pero el porcentaje que no ha cabido no se pierde: se cobra aparte, en 14 pagas. Si en cambio prefieres cobrar de golpe, el pago único no aumenta la pensión mensual: es un cobro aparte cuyo importe depende de la pensión anual que te quede.
❔¿Qué edad hay que tener para acceder a la jubilación demorada en 2026?
La demora empieza a contar desde la edad ordinaria de jubilación, que en 2026 es de 65 años si tienes 38 años y 3 meses cotizados o más, y de 66 años y 10 meses si tienes menos. Hay dos condiciones que mucha gente pasa por alto: al cumplir esa edad debes tener ya cubiertos los 15 años de cotización mínimos, y cada año de demora tiene que ser un año efectivamente cotizado. Dejar pasar el tiempo sin trabajar no genera complemento.
💵¿Qué diferencia hay entre el complemento de demora y el cheque?
Son dos formas de cobrar lo mismo. El complemento en su modalidad porcentual son 4 puntos más por cada año completo cotizado, que se suman al porcentaje aplicado sobre tu base reguladora y los cobras de por vida. El cheque es un pago único que recibes al jubilarte en lugar de ese aumento mensual. Y existe una tercera vía, la fórmula mixta, que reparte los años de demora entre las dos y exige al menos 2 años completos cotizados. La elección se hace una sola vez al solicitar la pensión y no se puede cambiar; si no eliges nada, se aplica el 4 %.
✅¿Pueden los autónomos acogerse a la jubilación demorada?
Sí, en las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena, siempre que se mantengan de alta en el RETA y sigan cotizando hasta que soliciten la pensión. Además, desde el 1 de abril de 2025 el complemento de demora es compatible con la jubilación activa en sus tres modalidades, así que un autónomo puede cobrar el complemento y después seguir trabajando cobrando entre el 45 % y el 100 % de la pensión según los años que demorara. Eso sí, mientras dure la jubilación activa el complemento ya reconocido se sigue cobrando pero no aumenta.
He optado por la jubilación demorada. Cumplo los 65 el próximo martes, 19 de Agosto. ¿A quien debo notificar mi decisión aparte de la empresa?
Belén
Hola Josep,
Deberás acceder a la Seguridad Social, bien por Internet o con cita previa y solicitar tu jubilación, pero deberás cumplimentar el apartado dedicado a la jubilación demorada en el formulario de solicitud y elegir una de las posibilidades de incentivos. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
He optado por la jubilación demorada. Cumplo los 65 el próximo martes, 19 de Agosto. ¿A quien debo notificar mi decisión aparte de la empresa?
Hola Josep,
Deberás acceder a la Seguridad Social, bien por Internet o con cita previa y solicitar tu jubilación, pero deberás cumplimentar el apartado dedicado a la jubilación demorada en el formulario de solicitud y elegir una de las posibilidades de incentivos. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂