🤔¿Tener un hijo cotiza para la jubilación?
En algunos casos, sí. Cuando como resultado del nacimiento o cuidado de hijos has visto pausada tu carrera laboral, podrás solicitar que te apliquen hasta 5 años de "cotizaciones ficticias".
Formar una familia influye en la carrera profesional de muchas mujeres. Por eso, si dejaste de trabajar por cuidar a tus hijos, debes saber que la Seguridad Social permite sumar hasta 5 años de cotizaciones ficticias por motivos de maternidad. De esta forma, es más fácil acceder a una jubilación digna. En Tus Ayudas te contamos cómo solicitar cotización por hijos.
Índice
Sí, en España tener hijos puede influir positivamente en tu jubilación, pudiendo añadir hasta 5 años de cotización. Esto es posible gracias a dos mecanismos: el reconocimiento de cotizaciones ficticias y el complemento por la reducción de la brecha de género. Si bien es cierto que ambas medidas están principalmente dirigidas a las mujeres, los hombres también pueden solicitar ambas ayudas en ciertos casos.
Las cotizaciones ficticias son períodos de tiempo que la Seguridad Social reconoce como cotizados, aunque no se haya trabajado. Esta iniciativa se aplica para aquellas mujeres que debido al embarazo, parto o cuidado de hijos hayan sufrido interrupciones de su vida profesional.
Existen dos tipos: cotizaciones ficticias por parto y cotizaciones ficticias por cuidado de hijos. Gracias a estas cotizaciones, es posible mejorar el acceso a la jubilación, evitar retrasos en la edad legal para retirarte y aumentar la cuantía de tu pensión. En el momento de la jubilación, se puede solicitar un máximo de 1.825 días, es decir, 5 años de cotización ficticia por cuidado de hijos.
Es importante entender que solo uno de los progenitores puede beneficiarse de las cotizaciones ficticias. De forma general, se le da prioridad a la madre, salvo que esta renuncie expresamente.
Las madres podrán solicitar las cotizaciones tanto si el nacimiento del hijo fue en España o en el extranjero, siempre que el embarazo haya durado más de 180 días, tal y como establece la norma de gestión 24/2017 del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La legislación permite sumar hasta 1.825 días, es decir, hasta 5 años en total, por las cotizaciones ficticias de parto y cuidado de hijos. Se aplica de la siguiente forma:
Las cotizaciones ficticias por parto y cuidado de hijos son compatibles entre sí, con un máximo de 1.825 días, es decir, cinco años de cotización. Pero hay que tener en cuenta que solo se reconocen si no has cotizado a la Seguridad Social durante el tiempo que se pretende acreditar.
El objetivo es facilitar el acceso a la jubilación ordinaria a los 65 años o conseguir alcanzar los 15 años mínimos exigidos para jubilarse con pensión contributiva.
Tener hijos no permite jubilarse antes en España, pero sí puede mejorar la cuantía de la pensión de jubilación. Es decir, aunque te reconozcan 5 años de cotizaciones ficticias por el nacimiento y cuidado de hijos, no podrás adelantar tu edad de jubilación.
Para acceder a la jubilación anticipada, es necesario cumplir con los requisitos de edad y cotización establecidos por la ley, sin que la condición de tener hijos influya en estos aspectos.
Es importante tener en cuenta que no hay que esperar al momento de la jubilación para solicitar el reconocimiento de las cotizaciones ficticias por parto o cuidado de hijos. De hecho, lo mejor es que solicites la cotización por hijos antes de que este cumpla los 6 años de edad.
Así, cuando llegue el momento de jubilarte, el cálculo de tu pensión incluirá estas cotizaciones y podrás beneficiarte de ellas plenamente. Para solicitar la cotización ficticia por hijos debes de seguir los pasos:

Además de las cotizaciones ficticias, existe un complemento económico para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento está dirigido a quienes han visto afectada su carrera laboral por el cuidado de hijos.
La cuantía es de 35,90 euros mensuales por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro hijos, pagados en 14 mensualidades. Este complemento se suma a la pensión y no afecta al límite máximo de pensiones.
Para acceder a este complemento, debes solicitar una pensión contributiva (jubilación, incapacidad o viudedad) y tener inscritos a tus hijos en el Registro Civil. En el caso de hombres, hay requisitos adicionales que deben cumplirse.
Además de las cotizaciones ficticias, debes saber que existen muchas otras ayudas a la natalidad y para las familias con hijos:
En algunos casos, sí. Cuando como resultado del nacimiento o cuidado de hijos has visto pausada tu carrera laboral, podrás solicitar que te apliquen hasta 5 años de "cotizaciones ficticias".
La bonificación de cotización de 112 días por hijo se conoce como "cotizaciones ficticias por parto" y solo lo pueden solicitar aquellas mujeres que no han cotizado después del parto. Es decir, que no han disfrutado del permiso de maternidad.
Se conoce como "cotizaciones ficticias por cuidado de hijos". Las personas que han visto interrumpida su carrera profesional por cuidar a hijos menores, pueden solicitar hasta 270 días de cotización por hijo.
Tener hijos no permite jubilarse antes en España, pero sí puede mejorar la cuantía de la pensión de jubilación. Es decir, aunque te reconozcan 5 años de cotizaciones ficticias por el nacimiento y cuidado de hijos, no podrás adelantar tu edad de jubilación.
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cotización ficticia
Hola Cinthia,
Tienes la información explicada en el artículo. Si sigues teniendo dudas, te aconsejo pedir cita en la Seguridad Social. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Si mi hijo nació en el 1990 y no estaba trabajando cuando me jubile tengo derecho a cotizaciones ficticias?
Hola Sandra,
Tal y como se explica en el artículo, las cotizaciones ficticias son para personas que dejaron de trabajar por ser madres. Por lo tanto, para poder pedirlas, tendrías que haber dejado de trabajar como máximo 9 meses antes del nacimiento. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Buenas tardes, la bonificación de 5 años de cotizaciones por hijo, incluye solamente a los españoles aunque sus hijos hayan nacido fuera de España?.
Que pasa para los residentes no Españoles y que han tenido hijos en otro país y cotiza actualmente en seguridad social?, no les corresponde ese beneficio???.
Gracias
Hola Yessica,
Para poder solicitar las cotizaciones ficticias, es necesario que estuvieras empadronada y registrada como residente en España en el momento en que se produjo la interrupción laboral por el cuidado del hijo. Si no estabas registrada legalmente en España al momento de dejar de trabajar, no podrás acceder a esta bonificación. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Tengo 2 hijos mayores de edad, nacidos en Chile, mi hija y yo (65 años) tenemos la nacionalidad española, tengo derecho a reconocimiento de años de cotización ficticia para jubilarme?
Hola Silvia,
Debes saber que los años de cotización ficticia NO sirven para jubilarse antes. Consiguen que tu pensión de jubilación sea más alta, simplemente. Podrías jubilarte anticipadamente si cumples con el resto de requisitos, pero en la mayoría de los casos la penalización es bastante alta. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
He pedido cita telefónica en la Seguridad Social para informarme y me han dicho que no es correcto, que no es así, que esa ayuda de 112 dias no hay que solicitarlo que se aplicara de forma automática cuando me jubile. Según me ha informado la persona que me atendió (con muy malas formas por cierto), según esta persona estoy equivocada y somos muchos los que estamos llamando cuando esto no es mas que una noticia de internet…esa ha sido su respuesta.
Pedire cita de nuevo a ver si tengo mas suerte y me atiende alguien menos amargada, con mas educación y ganas de ayudar.
Se puede tramitar online?
Gracias
Hola Luz,
Como la normativa es muy reciente, lo cierto es que el proceso no está claramente detallado. De cualquier forma, no se especifica que el reconocimiento sea automático o específico para el momento de la jubilación, por lo que se entiende que la solicitud debe ser realizada por el interesado. En cuanto a la tramitación electrónica, es posible que todavía no aparezca disponible en la Sede Electrónica, pero siempre puedes comprobarlo accediendo a tu portal. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂