El sector de la agricultura emplea a muchísimas personas en España, especialmente en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Al tratarse de una actividad cíclica, muchos agricultores no tienen una fuente de ingresos estable, razón por la que existe la llamada renta agraria del SEPE, un tipo especial de ayuda al desempleo. En Tus Ayudas te comentamos todas las ultimas noticias sobre la renta agraria 2026, incluyendo cuántas peonadas se necesitan, las diferencias con el subsidio agrario y otros detalles.
Índice
¿Qué es la renta agraria del SEPE?
La renta agraria del SEPE es una prestación por desempleo especialmente dirigida a los trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) y que residen en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Esta ayuda se tramita a través del SEPE, como cualquier otra prestación por desempleo. Sin embargo, es necesario cumplir con una serie de requisitos muy específicos.
Diferencia entre renta agraria y subsidio agrario
La principal diferencia entre ambas prestaciones es que la renta agraria está diseñada para trabajadores menos regulares o eventuales del campo. Es decir, que no tienen un trabajo estable y, por lo tanto, la ayuda económica se calcula en función del número de jornadas trabajadas en el sector agrario.
En cambio, el subsidio agrario va dirigido a aquellas personas que trabajan de forma regular en el campo, pero que necesitan una ayuda para compensar los meses de menor actividad agrícola. Se trata de una ayuda fija, equivalente al 80% del IPREM diario, y se percibe durante un periodo determinado al año. Es un subsidio estacional.
Últimas noticias sobre la renta agraria 2026
Durante los últimos años, ha habido muchos cambios relacionados con esta prestación, por lo que vamos a contarte a fondo las últimas noticias sobre la renta agraria en 2026 y resolver todas tus dudas.
Renta agraria requisitos
Para poder cobrar esta prestación es necesario cumplir con una serie de requisitos, tanto personales, como niveles de renta, y también se exigen un número mínimo de jornales trabajados.
Estar empadronado en Andalucía o Extremadura desde hace al menos 10 años.
No haber cobrado el subsidio agrario en los 3 años anteriores a la solicitud.
Estar inscrito en el censo del SEASS ininterrumpidamente en los 12 meses anteriores a la solicitud. En el caso de las personas mayores de 45 años, entre 5 y 20 años. Asimismo, estar al corriente del pago de la cuota fija.
Haber cotizado en el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo.
Tener un mínimo de 35 jornadas reales cotizadas en los últimos 12 meses naturales. Aunque de manera temporal y hasta junio de 2025 las peonadas necesarias se redujeron a 10. No sabemos si volverá a realizarse esa reducción durante 2026.
No tener rentas anuales que superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), sin contar las pagas extraordinarias, y no superar el límite familiar de rentas establecido.
Inscribirse como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la ayuda.
Límite familiar de rentas para cobrar la renta agraria
Tus ingresos anuales, como desempleado, no podrán superar el Salario Mínimo Interprofesional. Se tendrán en cuenta las rentas de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. De forma que los ingresos totales no podrán superar las cifras:
Ingresos máximos de la familia para poder cobrar el paro agrario
Personas mayores de 16 años que forman parte de la unidad familiar
Ingresos máximos mensuales sin pagas extraordinarias
2
2 veces el SMI
3
2,74 veces el SMI
4
3,5 veces el SMI
5 o más
4 veces el SMI
Peonadas renta agraria 2026: ¿cuántas peonadas se necesitan para la renta agraria?
Para poder cobrar la renta agraria de manera general hay que tener cotizadas al menos 35 peonadas reales de trabajo en los últimos 12 meses naturales. Hay que tener en cuenta que la cuantía de la renta agraria va en función de las jornadas de trabajo, por lo que cuanto más trabajes, más paro agrario te quedará.
Atención
Debido a la sequía que sufren zonas como Andalucía o Extremadura, hasta junio de 2025 solo se necesitaban 10 peonadas para acceder a la renta agraria. Aún se desconoce si hará lo mismo en algún momento de 2026.
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¿Las peonadas del PER sirven para la renta agraria?
Lo que actualmente se conoce como PER permite a los trabajadores eventuales del campo juntar el número de peonadas para acceder al Subsidio Agrario, pero no sirven para la Renta Agraria. El PER es el antiguo Plan de Empleo Rural, que a día de hoy se denomina Programa del Fomento del Empleo Agrario.
Renta agraria para mayores de 52 años, ¿necesitan peonadas?
Sí, los mayores de 52 años necesitan acreditar 35 jornadas reales cotizadas en el SEASS para solicitar la renta agraria en Andalucía o Extremadura. Este requisito es común a todas las edades y no se ha establecido una exención específica para mayores de 52 años. Aquellos que no tienen que justificar peonadas son los beneficiarios del subsidio agrario, que no es lo mismo.
Cuánto se cobra de renta agraria en 2026
La cuantía se fijará según el número de jornadas reales trabajadas que se justifiquen y el indicador público de la renta de efectos múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento:
Cuantía y pago de la renta agraria según número de jornadas
Número de jornadas
Porcentaje IPREM
De 35 a 64
80%
De 65 a 94
85%
De 95 a 124
91%
De 125 a 154
96%
De 155 a 179
101%
Desde 180
107%
El número máximo de días que se percibirán al mes se calcula restando a 30 el número de días trabajados.
Importante
Aunque la tabla empiece con las 35 jornadas, si en algún momento te acoges a la reducción de 10 peonadas (que solo suele aplicarse de manera temporal) se te aplicará el tramo del 80%.
¿Se puede cobrar la renta agraria y trabajar?
No. La renta agraria es incompatible con cualquier otro trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
Duración renta agraria del SEPE
La duración de la renta dependerá de la edad de la persona solicitante y de las responsabilidades familiares que tenga en la fecha de la solicitud, así como del número de jornadas reales trabajadas en los 12 meses anteriores a la situación de desempleo, según la siguiente escala:
Duración de la renta según edad y cargas familiares
Edad
Sin responsabilidades familiares
Con responsabilidades familiares
De 16 a 24 años
3,4 días de renta/día trabajado, con un máx. de 180 días de derecho
180 días
De 25 a 51 años
180 días
180 días
De 52 o más años
300 días
300 días
Comenzarás a cobrar la renta tres meses después del momento de tu solicitud. Si en ese tiempo consigues trabajo, se aplazará hasta el momento en el que vuelvas a quedar desempleado. El pago de la renta se realizará, salvo excepciones, mediante ingreso bancario.
Solicitud renta agraria por internet o presencial
Para solicitar la renta agraria, deberás tramitarlo a través del SEPE, bien de forma presencial en alguna de sus oficinas, o por Internet. De cualquier forma, deberás aportar una serie de documentos:
El modelo de solicitud oficial debidamente cumplimentado.
Los españoles tienen que presentar su DNI o pasaporte. Tanto el personal como el de los familiares con los que conviven.
Los extranjeros tendrán que presentar su TIE y el pasaporte. En caso de que sean europeos, su Certificado de registro como ciudadano de la UE y su pasaporte o documento de identidad de su país.
La cuenta bancaria en la que quieres que te hagan el ingreso, junto con algún documento en el que aparezcas como titular.
En caso de que estés divorciado/a, la sentencia que así lo demuestre. Este documento es importante en caso de que los hijos estén a tu cargo.
Certificado en el que se vean todas las jornadas que has trabajado.
Para solicitar la renta agraria por Internet tan solo deberás acceder al trámite a través de la Sede Electrónica del SEPE, identificándote con la Clave PIN o permanente, o el Certificado Digital y rellenar la solicitud, así como aportar la documentación necesaria. Es imprescindible que te apuntes como demandante de empleo antes de tramitar la renta agraria. El Servicio Público de Empleo Estatal debe resolver la solicitud de la renta en los 15 días siguientes y notificar la resolución en 10 días a partir de la fecha en que se haya dictado. Los jornaleros que trabajen en el campo por cuenta ajena, también podrán solicitar los siguientes subsidios:
Pero, en caso de tener derecho a cobrar el paro o algún subsidio por desempleo y también el subsidio agrario, deberás elegir cuál quieres cobrar, ya que son incompatibles entre sí.
Otras preguntas frecuentes
❓¿Cuántas peonadas se necesitan para la renta agraria en 2026?
Para solicitar la renta agraria de forma general, se requieren al menos 35 peonadas reales cotizadas en los últimos 12 meses. No obstante, debido a la situación de sequía en Andalucía y Extremadura, hasta junio de 2025 el requisito se redujo a solo 10 peonadas para poder acceder a esta prestación. Aún se desconoce si volverá a aplicarse en 2026.
🤔¿Cuál es la diferencia entre la renta agraria y el subsidio agrario?
La principal diferencia entre ambas prestaciones es que la renta agraria está diseñada para trabajadores eventuales del campo y su cuantía se calcula según las jornadas trabajadas, mientras que el subsidio agrario va dirigido a quienes trabajan de forma regular y consiste en una ayuda fija equivalente al 80% del IPREM diario que se percibe de forma estacional.
💰¿Cuánto se cobra por la renta agraria en 2026?
El importe de la renta agraria en 2026 se fija según el número de jornadas reales trabajadas y el IPREM mensual vigente, partiendo del 80% del IPREM para quienes acrediten entre 35 y 64 jornadas o se acojan a la reducción de 10 peonadas y pudiendo alcanzar hasta el 107% del IPREM en los casos en los que se superen las 180 jornadas de trabajo.
👩🏻🌾¿Es compatible la renta agraria con un trabajo por cuenta propia o ajena?
No, la renta agraria no es compatible con ningún otro tipo de trabajo, ya sea por cuenta propia (autónomo) o por cuenta ajena. Si el beneficiario consigue un empleo durante el periodo de espera o percepción, la ayuda se aplazará hasta que vuelva a quedar en situación de desempleo.
Las jornadas del per sirven para la renta agraria, me lo han dicho hoy en el sepe
Belén
Hola Loli,
Las jornadas PER sirven para el subsidio agrario, no para la renta agraria. Son diferentes. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Juana
Cuantos días me sirven del PER si tengo la renta agraria y he salido por el PER en abril y septiembre de este año 2025
Belén
Hola Juana,
Tal y como indicamos en el artículo, el PER NO CUENTA para la renta agraria. Para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Jose Morilla Montes
boy a cumplir los 60años y tengo renta agraria, mi pregunta es me aran falta peonadas por tener 60 años para la renta agraria? gracias
Alex Branco
Hola Jose,
Sí, le harán falta las peonadas. Los mayores de 52 años necesitan acreditar 35 jornadas reales cotizadas para solicitar la renta agraria. Este requisito es común a todas las edades y no se ha establecido una exención específica para mayores de 52 años. Aquellos que no tienen que justificar peonadas son los beneficiarios del SUBSIDIO AGRARIO, que no es lo mismo.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.
Mária Fernandeez
Buenos días hace más de un año he cobrado la renta agraria pero me incorporé a trabajar sin terminarla.Ahora tengo días para cobrar el paro pero mi duda es si estoy obligada a terminar de cobrar los 2 meses de la renta agraria o me dan el paro?
Alex Branco
Hola Maria,
Si ya has cobrado la Renta Agraria y te has incorporado a trabajar, esa prestación se extingue porque iniciaste una actividad laboral incompatible. No estás obligada a terminar de cobrar los meses que te quedaban, pero sí debes tramitar el alta de esta nueva situación y luego solicitar la prestación de desempleo si cumples los requisitos.
Te recomiendo que contactes lo antes posible con tu oficina del SEPE para que revisen tu expediente, valoren tu cotización y te indiquen qué prestación por desempleo te corresponde y cómo solicitarla.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.
Juana ubeda camara
Buenas tardes tengo que echar la renta agraria el día 4 diciembre 2025 y no tengo peonadas del campo ni tengo como conseguir y las que tengo son 15 días del per tengo derecho a alguna otra ayuda
Alex Branco
Hola Juana,
En tu situación, si no tienes peonadas del campo o tienes muy pocas, es complicado que te concedan la Renta Agraria del SEPE, porque uno de los requisitos es acreditar un mínimo de jornadas cotizadas recientes. Con solo 15 jornadas del PER probablemente no cumplas los requisitos.
Las jornadas del per sirven para la renta agraria, me lo han dicho hoy en el sepe
Hola Loli,
Las jornadas PER sirven para el subsidio agrario, no para la renta agraria. Son diferentes. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Cuantos días me sirven del PER si tengo la renta agraria y he salido por el PER en abril y septiembre de este año 2025
Hola Juana,
Tal y como indicamos en el artículo, el PER NO CUENTA para la renta agraria. Para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
boy a cumplir los 60años y tengo renta agraria, mi pregunta es me aran falta peonadas por tener 60 años para la renta agraria? gracias
Hola Jose,
Sí, le harán falta las peonadas. Los mayores de 52 años necesitan acreditar 35 jornadas reales cotizadas para solicitar la renta agraria. Este requisito es común a todas las edades y no se ha establecido una exención específica para mayores de 52 años. Aquellos que no tienen que justificar peonadas son los beneficiarios del SUBSIDIO AGRARIO, que no es lo mismo.
Le invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podría optar.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.
Buenos días hace más de un año he cobrado la renta agraria pero me incorporé a trabajar sin terminarla.Ahora tengo días para cobrar el paro pero mi duda es si estoy obligada a terminar de cobrar los 2 meses de la renta agraria o me dan el paro?
Hola Maria,
Si ya has cobrado la Renta Agraria y te has incorporado a trabajar, esa prestación se extingue porque iniciaste una actividad laboral incompatible. No estás obligada a terminar de cobrar los meses que te quedaban, pero sí debes tramitar el alta de esta nueva situación y luego solicitar la prestación de desempleo si cumples los requisitos.
Te recomiendo que contactes lo antes posible con tu oficina del SEPE para que revisen tu expediente, valoren tu cotización y te indiquen qué prestación por desempleo te corresponde y cómo solicitarla.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podría optar.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.
Buenas tardes tengo que echar la renta agraria el día 4 diciembre 2025 y no tengo peonadas del campo ni tengo como conseguir y las que tengo son 15 días del per tengo derecho a alguna otra ayuda
Hola Juana,
En tu situación, si no tienes peonadas del campo o tienes muy pocas, es complicado que te concedan la Renta Agraria del SEPE, porque uno de los requisitos es acreditar un mínimo de jornadas cotizadas recientes. Con solo 15 jornadas del PER probablemente no cumplas los requisitos.
También te invitamos a utilizar nuestro simulador gratuito para saber a qué ayudas podrías optar teniendo en cuenta tu situación concreta.
Encantado de ayudarle y gracias por visitar Tus Ayudas,
Un saludo.