🤔 ¿Cuándo pagan la renta agraria?
Tres meses después de presentar la solicitud. Si durante ese tiempo encuentras trabajo, se pospondrá hasta que vuelvas a quedar desempleado.
El sector agrario emplea a muchísimas personas en España, especialmente en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Al tratarse de una actividad cíclica, muchos agricultores no tienen una fuente de ingresos estable. Por eso, el Gobierno ofrece la renta agraria, un tipo especial de ayuda al desempleo. Te contamos todo lo que debes saber sobre esta prestación, requisitos y cómo solicitarla.
Índice
La renta agraria es una prestación por desempleo especialmente dirigida a los trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) y que residen en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Esta ayuda se tramita a través del SEPE, como cualquier otra prestación por desempleo. Sin embargo, es necesario cumplir con una serie de requisitos muy específicos.
Para poder cobrar esta prestación es necesario cumplir con una serie de requisitos, tanto personales, como niveles de renta, y también se exigen un número mínimo de jornales trabajados.
Tus ingresos anuales, como desempleado, no podrán superar el Salario Mínimo Interprofesional. Se tendrán en cuenta las rentas de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. De forma que los ingresos totales no podrán superar las cifras:
Ingresos máximos de la familia para poder cobrar el paro agrario | |
Personas mayores de 16 años que forman parte de la unidad familiar | Ingresos máximos mensuales sin pagas extraordinarias |
2 | 2 veces el SMI (2.368€) |
3 | 2,74 veces el SMI (3.244,16€) |
4 | 3,5 veces el SMI (3.969€) |
5 o más | 4 veces el SMI (4.736€) |
Para poder cobrar la renta agraria es necesario tener cotizadas al menos 35 peonadas reales de trabajo en los últimos 12 meses naturales.
Hay que tener en cuenta que la cuantía de la renta agraria va en función de las jornadas de trabajo, por lo que cuanto más trabajes, más paro agrario te quedará.
Lo que actualmente se conoce como PER permite a los trabajadores eventuales del campo juntar el número de peonadas para acceder al Subsidio Agrario, pero NO sirven para la Renta Agraria.
El PER es el antiguo Plan de Empleo Rural, que a día de hoy se denomina Programa del Fomento del Empleo Agrario.
Sí, es posible cotizar a la vez en ambos regímenes siempre y cuando:
La cuantía se fijará según el número de jornadas reales trabajadas que se justifiquen y el indicador público de la renta de efectos múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento:
Cuantía y pago de la renta agraria según número de jornadas | |
Número de jornadas | Porcentaje IPREM |
De 35 a 64 | 80% |
De 65 a 94 | 85% |
De 95 a 124 | 91% |
De 125 a 154 | 96% |
De 155 a 179 | 101% |
Desde 180 | 107% |
El número máximo de días que se percibirán al mes se calcula restando a 30 el número de días trabajados.
Sí, los mayores de 52 años necesitan acreditar 35 jornadas reales cotizadas en el SEASS para solicitar la renta agraria en Andalucía o Extremadura. Este requisito es común a todas las edades y no se ha establecido una exención específica para mayores de 52 años.
Aquellos que no tienen que justificar peonadas son los beneficiarios del SUBSIDIO AGRARIO, que no es lo mismo.
La duración de la renta dependerá de la edad de la persona solicitante y de las responsabilidades familiares que tenga en la fecha de la solicitud, así como del número de jornadas reales trabajadas en los 12 meses anteriores a la situación de desempleo, según la siguiente escala:
Duración de la renta según edad y cargas familiares | ||
Edad | Sin responsabilidades familiares | Con responsabilidades familiares |
De 16 a 24 años | 3,4 días de renta/día trabajado, con un máx. de 180 días de derecho | 180 días |
De 25 a 51 años | 180 días | 180 días |
De 52 o más años | 300 días | 300 días |
Comenzarás a cobrar la renta tres meses después del momento de tu solicitud. Si en ese tiempo consigues trabajo, se aplazará hasta el momento en el que vuelvas a quedar desempleado.
El pago de la renta se realizará, salvo excepciones, mediante ingreso bancario.
No. La renta agraria es incompatible con cualquier otro trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
Es posible cotizar voluntariamente en el Régimen Agrario durante los periodos de inactividad, mediante el denominado «sello agrario«.
Para ello, es necesario haber trabajado un mínimo de 30 jornadas reales dentro de un período continuado de 365 días. Además, será la persona interesada quien deba pagar la cuota de las cotizaciones.
Para poder cotizar en el Régimen Agrario sin trabajar, debes rellenar el Modelo TA.0161, disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Para solicitar la renta agraria, deberás tramitarlo a través del SEPE, bien de forma presencial en alguna de sus oficinas, o por Internet. De cualquier forma, deberás aportar una serie de documentos:
Para solicitar la renta agraria por Internet tan solo deberás acceder al trámite a través de la Sede Electrónica del SEPE, identificándote con la Clave PIN o permanente, o el Certificado Digital y rellenar la solicitud, así como aportar la documentación necesaria.
Es imprescindible que te apuntes como demandante de empleo antes de tramitar la renta agraria.
El Servicio Público de Empleo Estatal debe resolver la solicitud de la renta en los 15 días siguientes y notificar la resolución en 10 días a partir de la fecha en que se haya dictado.
La principal diferencia entre ambas prestaciones es que la renta agraria está diseñada para trabajadores menos regulares o eventuales del campo. Es decir, que no tienen un trabajo estable y, por lo tanto, la ayuda económica que se calcula en función del número de jornadas trabajadas en el sector agrario.
Mientras que el subsidio agrario va dirigido a aquellas personas que trabajan de forma regular en el campo, pero que necesitan una ayuda para compensar los meses de menor actividad agrícola. Se trata de una ayuda fija, equivalente al 80% del IPREM diario, y se percibe durante un periodo determinado al año. Es un subsidio estacional.
Durante el año 2024 se unificaron las condiciones para poder percibir la renta agraria y el subsidio agrario, para que más personas pudieran acceder a las ayudas. De forma que, en ambos casos, las peonadas se redujeron a 10. También se unifica la duración del subsidio en casos de tener responsabilidades familiares, sin importar la edad.
Además, los jornaleros que trabajen en el campo por cuenta ajena, también podrán solicitar los siguientes subsidios:
Pero, en caso de tener derecho a cobrar el paro o algún subsidio por desempleo y también el subsidio agrario, deberás elegir cuál quieres cobrar, ya que son incompatibles entre sí.
Tres meses después de presentar la solicitud. Si durante ese tiempo encuentras trabajo, se pospondrá hasta que vuelvas a quedar desempleado.
En unos 15 días aproximadamente debes saber si te han concedido o no la renta agraria.
No. Solo aquellos que cumplan los requisitos y estén empadronados en Andalucía o Extremadura.
Es necesario tener cotizadas 35 jornadas de trabajo reales durante los últimos 12 meses naturales.
Sí, los mayores de 52 años necesitan 35 jornadas de trabajo reales cotizadas en el SEASS, al igual que el resto de trabajadores.
Me han quitado el subsidio de mayores de 52 años ¿Qué puedo hacer?
¿Puedo viajar estando en paro? Así detecta el SEPE las salidas al extranjero
Cotizar sin trabajar: ¿cuándo interesa un convenio especial con la Seguridad Social?
¿Cómo estudiar un curso auxiliar de enfermería (TCAE) gratis?
Curso vigilante de seguridad gratis: convocatorias 2025
Curso SEPE manipulador de alimentos gratis: matrícula abierta
¿Cuánto es lo máximo que se cobra en el paro?
Si no he cotizado nunca: ¿Tengo derecho a pensión o ayudas?
¿Cómo buscar trabajo? SEPE ofertas de empleo, trabajos online sin experiencia…
¿Si solicito el paro el día 28 cuándo lo cobro?
Nuestro algoritmo calcula cuáles son las ayudas que puedes solicitar
Simular mis ayudas
Hola estoy cobrando la renta agraria de los 52 años y antes si necesitaba jornadas a partir de este año las seguiré necesitando
Hola María Eugenia,
Tal y como explicamos en el artículo, los mayores de 52 años necesitan acreditar 35 peonadas reales en los últimos 12 meses. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Hola buenas terminé de cobrar la renta agraria el día 18 de junio este año no tengo peonadas me toca jubilarme en septiembre puedo solicitar alguna ayuda mientras
Hola Manoli,
Para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Cuantos jornales se necesita a partir del día uno de Julio de 2025
Hola Mari Carmen,
A partir del 1 de julio de 2025 se vuelven a necesitar 35 peonadas en los últimos 12 meses para poder acceder a la Renta Agraria.Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Es cierto que han ampliado el plazo para solicitar la renta agraria con 10 peonadas hasta el 31 de agosto?
Hola Carmen,
En principio eso no es cierto. El Real Decreto estableció el fin de la reducción en el pasado 30 de junio, y no hay más novedades al respecto, por lo que a partir del 1 de julio, se vuelven a necesitar 35 peonadas en los 12 últimos meses naturales. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂
Para mantener mi régimen agrícola q yo me pago cuántas peonadas necesito 30?y todas del campo no puedo presentarse con las del per?
Hola Angelina,
Tal y como explicamos en el artículo, necesitas 35 peonadas en los ultimos 12 meses. No valen las del PER. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂