🤑¿De cuánto es la ayuda y cuánto tiempo dura?
Cubre hasta el 50 % del alquiler mensual, con un máximo de 3.000 € al año por vivienda, y se concede por un año prorrogable según convocatoria y disponibilidad de fondos.
El Govern de las Islas Baleares ha publicado en su boletín oficial las bases y la convocatoria relativas a las ayudas para el alquiler de este año 2025. En Tus Ayudas te explicamos todos los detalles para que sepas cómo pedir esta ayuda y pagar menos por tu vivienda alquilada.
Índice
Aquellos que estén interesados en recibir una ayuda para el alquiler y sean residentes de las Islas Baleares están de suerte, ya que el Govern de dicha Comunidad Autónoma acaba de publicar las bases reguladoras y la convocatoria para acceder a dicha prestación.
Se destinarán 9,3 millones de euros a esas ayudas, divididos entre 7,1 millones del estado (fondos pertenecientes al Plan Estatal de Vivienda) y 2,2 millones de la propia CCAA.
A continuación os dejamos los requisitos para poder acceder a las ayudas para el alquiler que ofrecerá el Govern de las Islas Baleares:
A continuación os dejamos una tabla que os ayudará a comprender más a fondo el IPREM y saber en qué rango estáis.
Valor del IPREM 2025 | ||
Valor del IPREM Mensual | Valor del IPREM Anual (12 pagas) | Valor del IPREM Anual (14 pagas) |
600 € | 7.200 € | 8.400 € |
Esta ayuda para el alquiler cubrirá el 50 % de la mensualidad del alquiler siempre que se cumpla con los requisitos que hemos explicado. Eso sí, el límite máximo anual por vivienda será de 3.000 euros. En el caso de que el contrato de alquiler se firme durante el año o después del 1 de enero, la ayuda se reconoce desde la firma. Si ya estaba en vigor anteriormente, lo hará desde el 1 de enero.
Como ha explicado el Govern de Baleares, el plazo para presentar solicitudes se abrirá el día 14 de noviembre y se alargará hasta el 15 de diciembre de 2025, último día para pedir la ayuda.
El trámite puede realizarse de manera presencial con cita previa en las oficinas de vivienda de Baleares o en el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI). Asimismo, podrá hacerse vía online a través de la sede electrónica de la CAIB.
A continuación señalamos documentación que pedirán para realizar el trámite, por lo que recomendamos tenerlos preparados para el día 14 de noviembre:
Es importante verificar que todos los documentos que vayamos a presentar estén correctos antes de enviarlos, puesto que una vez sellemos el trámite, no se podrá añadir nada más.
No se puede cobrar esta ayuda si ya se están recibiendo otras prestaciones para el alquiler que procedan de:
En cambio, la ayuda para el alquiler sí será compatible con ayudas de casos especiales de vulnerabilidad, tales como víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo, personas con discapacidad y otros colectivos similares.
Cubre hasta el 50 % del alquiler mensual, con un máximo de 3.000 € al año por vivienda, y se concede por un año prorrogable según convocatoria y disponibilidad de fondos.
Cualquier persona mayor de edad con contrato de alquiler en Baleares, vivienda habitual, alquiler ≤ 900 €/mes e ingresos de la unidad de convivencia ≤ 25.200 €/año (con excepciones para familias numerosas, discapacidad o víctimas de violencia).
El plazo es del 14 de noviembre al 15 de diciembre de 2025, a través de la sede electrónica de la CAIB o en registros oficiales. La concesión será por orden de entrada hasta agotar presupuesto.
En general no: no se puede cobrar si ya recibes otras ayudas al alquiler estatales, autonómicas o locales. Solo se permiten excepciones en casos de vulnerabilidad (violencia de género, sin hogar, desahucios).
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