El impuesto de circulación es el recibo que tu ayuntamiento te pasa cada año por tener un coche a tu nombre, y es uno de los gastos fijos que más pesan en el presupuesto de movilidad de cualquier familia. Su nombre oficial es impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, o IVTM, y lo paga quien figura en el permiso de circulación el 1 de enero, use el coche o no. La buena noticia es que hay margen para pagar menos: la ley deja exentos los vehículos de personas con discapacidad del 33 % o más, y permite a tu ayuntamiento bonificar hasta el 75 % a los coches eléctricos y hasta el 100 % a los que ya tienen 25 años. Aquí tienes cuándo se paga en 2026, cuánto cuesta y quién no lo paga.
Índice
Qué es el impuesto de circulación y quién lo paga
El impuesto de circulación es un tributo municipal que grava la titularidad de los vehículos aptos para circular por vías públicas, sea cual sea su clase. La palabra clave es titularidad: no se paga por circular, se paga por tener el vehículo dado de alta. Da igual que el coche lleve un año parado en el garaje o que lo uses a diario, y da igual que sea el segundo coche de casa.
El obligado a pagar es siempre la persona a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación, no quien lo conduce. Por eso, si prestas el coche a un hijo o lo usa tu pareja, el recibo sigue llegándote a ti. Y el ayuntamiento que lo cobra es el del domicilio que figura en ese permiso, no el de tu empadronamiento ni el de tu domicilio fiscal: si te has mudado y no lo has cambiado en Tráfico, seguirás pagando en tu ciudad anterior.
Vehículos que no pagan por no estar sujetos
Antes de hablar de exenciones conviene despejar dos casos que directamente no entran en el impuesto. El primero son los vehículos que, habiendo sido dados de baja por antigüedad, se autorizan a circular de forma excepcional en exhibiciones, certámenes o carreras. El segundo, mucho más común, son los remolques y semirremolques con una carga útil que no supere los 750 kilos: el remolque pequeño con el que llevas la moto o la barca no genera recibo.
Cuándo se paga el impuesto de circulación en 2026
No hay una fecha única para toda España. Como es un impuesto municipal, cada ayuntamiento fija su propio periodo voluntario de pago, igual que ocurre con el IBI o con la tasa de basuras. Lo que sí es igual en todas partes es la fecha del devengo: el impuesto nace el 1 de enero y el periodo impositivo es el año natural completo, salvo el año en que compras el coche nuevo.
Esa fecha es la que decide todo. Quien sea titular el 1 de enero paga el recibo entero de ese año, aunque venda el coche en febrero. Estos son los plazos de las principales ciudades en 2026:
Plazos de pago en las grandes ciudades
Ciudad
Periodo voluntario de pago en 2026
Madrid
Del 1 de abril al 1 de junio
Barcelona
Del 15 de abril al 15 de junio. Si está domiciliado, el cargo se pasa el 3 de julio
València
Del 1 de septiembre al 2 de noviembre
Zaragoza
Del 15 de abril al 15 de junio
Málaga
Del 2 de marzo al 6 de mayo. Si está domiciliado, el cargo se pasa el 6 de julio
Murcia
Del 5 de marzo al 5 de mayo
Fuera de esas seis ciudades el calendario cambia, y bastante: hay municipios que cobran en primavera y otros que lo dejan para el otoño. Si el tuyo no está en la tabla, búscalo en el calendario fiscal que tu ayuntamiento publica cada enero, normalmente en la web de su agencia tributaria o de su organismo de recaudación.
Atención
Estos plazos son los del ejercicio 2026 y cada ayuntamiento los revisa año a año. Antes de dar por hecho el de tu ciudad, confírmalo en su calendario fiscal: pasarte del periodo voluntario hace que entre el recargo, y no siempre hay un aviso antes.
Cuánto se paga de impuesto de circulación
Aquí está la confusión más repetida. La ley estatal no fija lo que pagas: fija unas cuotas mínimas por debajo de las cuales ningún ayuntamiento puede cobrar. Sobre esas cuotas, cada municipio aplica un coeficiente que no puede pasar de 2. Traducido: tu recibo puede ser el de la tabla, el doble, o cualquier cifra intermedia, y por eso el mismo coche cuesta el doble en una ciudad que en otra.
En los turismos, además, lo que manda no son los caballos del catálogo sino los caballos fiscales, que aparecen en la ficha técnica y casi siempre son un número mucho más bajo. Estas son las cuotas mínimas vigentes:
Tarifas mínimas por tipo de vehículo
Tipo de vehículo
Tramo
Cuota mínima
Turismos
Menos de 8 caballos fiscales
12,62 €
Turismos
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales
34,08 €
Turismos
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales
71,94 €
Turismos
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales
89,61 €
Turismos
De 20 caballos fiscales en adelante
112,00 €
Motocicletas
Hasta 125 centímetros cúbicos
4,42 €
Motocicletas
De más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos
7,57 €
Motocicletas
De más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos
15,15 €
Motocicletas
De más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos
30,29 €
Motocicletas
De más de 1.000 centímetros cúbicos
60,58 €
Ciclomotores
Todos
4,42 €
Camiones
Menos de 1.000 kilos de carga útil
42,28 €
Camiones
De 1.000 a 2.999 kilos de carga útil
83,30 €
Camiones
De más de 2.999 a 9.999 kilos de carga útil
118,64 €
Camiones
Más de 9.999 kilos de carga útil
148,30 €
Autobuses
Menos de 21 plazas
83,30 €
Autobuses
De 21 a 50 plazas
118,64 €
Autobuses
Más de 50 plazas
148,30 €
Tractores
Menos de 16 caballos fiscales
17,67 €
Tractores
De 16 a 25 caballos fiscales
27,77 €
Tractores
Más de 25 caballos fiscales
83,30 €
Remolques
De más de 750 y menos de 1.000 kilos de carga útil
17,67 €
Remolques
De 1.000 a 2.999 kilos de carga útil
27,77 €
Remolques
Más de 2.999 kilos de carga útil
83,30 €
Un ejemplo: lo que paga de verdad un utilitario
Un ejemplo para que se entienda: un utilitario normal de 10 caballos fiscales parte de 34,08 euros, pero en un ayuntamiento que aplique el coeficiente máximo se va a 68,16 euros. Y una moto de 125 arranca en 4,42 euros y no pasa de 8,84 euros en el peor de los casos, que es la razón por la que a mucha gente le sale más barato el recibo de la moto que un depósito de gasolina.
Importante
No compares tu recibo con el de un amigo de otra ciudad. El mismo coche, con la misma ficha técnica, puede pagar bastante más a 20 kilómetros de distancia, y eso es perfectamente legal: solo significa que los dos ayuntamientos han elegido coeficientes distintos, igual que pasa con el tipo de la plusvalía municipal.
Quién está exento de pagar el impuesto de circulación
Las exenciones que valen en toda España
La ley estatal obliga a todos los ayuntamientos a dejar exentos una serie de vehículos. No es algo que tu municipio pueda decidir: si estás en uno de estos casos, la exención te corresponde. Otra cosa es cómo se aplica, porque algunas se conceden solas y otras hay que pedirlas, como verás enseguida. Estos son:
Vehículos oficiales del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.
Vehículos de representaciones diplomáticas y consulares y de organismos internacionales, siempre que haya reciprocidad.
Ambulancias y demás vehículos destinados directamente a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos y enfermos.
Vehículos para personas de movilidad reducida, que son una clase concreta de vehículo recogida como tal en la ficha técnica, no cualquier coche adaptado.
Vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo.
Autobuses y microbuses del servicio de transporte público urbano, siempre que tengan más de nueve plazas contando la del conductor.
Tractores, remolques y maquinaria agrícola con Cartilla de Inspección Agrícola.
La exención por discapacidad, que es la que más gente puede pedir
Es la más importante para un particular y merece leerse despacio. Se aplica a los vehículos matriculados a nombre de una persona con discapacidad igual o superior al 33 %, y cubre los dos supuestos: tanto los coches conducidos por la propia persona con discapacidad como los destinados a su transporte cuando la conduce otra persona. Si necesitas acreditar tu grado, lo hace el certificado de discapacidad, y en el artículo sobre la discapacidad del 33 % tienes el resto de ventajas que abre ese umbral.
Los tres detalles que dejan fuera a mucha gente
El primero es que el vehículo debe ser de uso exclusivo de la persona con discapacidad. El segundo, que la exención no se aplica a más de un vehículo a la vez por la misma persona: si tienes dos coches, solo uno queda libre del impuesto. Y el tercero, el más importante de todos: hay que pedirla.
🚗 Mira en unos segundos qué ayudas al transporte y a la movilidad te corresponden 💶✨
Esta exención no llega sola: es rogada, así que el ayuntamiento no la aplica de oficio por mucho que tenga tus datos. Tienes que solicitarla indicando la matrícula, las características del vehículo y la causa del beneficio, y aportar el certificado que acredita el grado de discapacidad además de justificar a qué se destina el coche. Lo mismo vale para la de tractores, remolques y maquinaria agrícola. En cambio, la de los autobuses de transporte público urbano no figura entre las que la ley obliga a solicitar.
Bonificaciones: cómo pagar menos si tu coche es eléctrico o muy antiguo
Además de las exenciones obligatorias, la ley permite a los ayuntamientos aplicar bonificaciones voluntarias. La diferencia es fundamental: ninguna es automática en toda España. Tu municipio decide si las da y con qué porcentaje, dentro de estos topes:
Hasta el 75 % según la clase de carburante que consuma el vehículo: el gas o el biocombustible pueden salir mejor parados que la gasolina o el gasóleo.
Hasta el 75 % según las características del motor y su incidencia en el medio ambiente. Es la vía por la que se bonifica a eléctricos e híbridos.
Hasta el 100 % para los vehículos históricos y para los que tengan al menos 25 años, contados desde su fabricación.
Bonificación por coche eléctrico, ciudad por ciudad
Las tres ciudades más grandes bonifican el 75 %, pero con condiciones que no se parecen en nada entre sí:
Ciudad
Bonificación
Durante cuánto y cómo se pide
Madrid
75 % con distintivo CERO 75 % con distintivo ECO
El CERO, sin límite de años. El ECO, durante 6 ejercicios. Se aplican de oficio, sin solicitud
Barcelona
75 % para turismos de cero emisiones
Los 5 primeros años desde la matriculación. Hay que solicitarla: si el coche es nuevo, al liquidar el impuesto para matricularlo
València
75 % para turismos eléctricos e híbridos
Sin límite de años. Hay que pedirla antes del 31 de diciembre del año anterior
En Madrid hay un matiz importante: ese esquema ligado al distintivo ambiental es el que rige para los vehículos matriculados a partir del 1 de enero de 2026. Los que ya estaban matriculados antes conservan el régimen anterior hasta que se agote, así que dos vecinos con el mismo coche eléctrico pueden estar bajo reglas distintas según cuándo lo compraron. Si estás valorando el cambio de coche, cruza este ahorro con las ayudas del Plan Auto 2030 y con lo que queda del Plan Moves.
Vehículos históricos y de más de 25 años
La bonificación de hasta el 100 % por antigüedad es la gran desconocida. Se cuenta desde la fecha de fabricación y, si no se conoce, desde la primera matriculación o desde que se dejó de fabricar ese modelo. Ojo con una idea equivocada muy extendida: no hace falta tener el coche catalogado oficialmente como histórico, basta con los 25 años cumplidos, siempre que tu ayuntamiento haya decidido aplicar esta bonificación. Y ojo también con el reverso: un coche antiguo con esta bonificación puede seguir sin acceso a una zona de bajas emisiones, porque son dos regímenes distintos: uno es el impuesto de tu ayuntamiento y otro, el distintivo ambiental. Si vives en Madrid y te planteas cambiar de coche por eso, mira las ayudas Cambia 360 a la movilidad eléctrica.
Importante
Que la ley permita bonificar hasta el 75 % no significa que tu ayuntamiento lo haga. Son potestativas: hay municipios que aplican el tope, otros que se quedan en el 20 % y otros que no dan ninguna. Antes de comprar un coche contando con el descuento, comprueba la ordenanza de tu ciudad, no la de la ciudad del concesionario.
Cómo se paga y qué gana quien lo domicilia
El impuesto funciona por padrón. El primer año el coche todavía no está en ese padrón, así que en muchos municipios tienes que liquidarlo tú (es la llamada autoliquidación) para poder matricularlo; a partir del año siguiente el ayuntamiento te pasa el recibo solo y tú solo tienes que pagarlo dentro del plazo. Se puede abonar por internet en la sede electrónica del ayuntamiento, para lo que te hará falta el certificado digital o la Clave Permanente, en el banco con el documento de pago, o domiciliado en tu cuenta.
Hay que decirlo claro porque genera muchas dudas: domiciliar el recibo no da ningún descuento estatal, no existe tal beneficio en la ley. Lo que sí hace, y no es poco, es mover la fecha de cobro y evitar el despiste. En Barcelona el cargo domiciliado se pasa el 3 de julio en lugar de junio y en Málaga el 6 de julio, y en esta última ciudad, si la suma de tus recibos supera los 300 euros, se parte en dos plazos: el 6 de julio y el 5 de octubre. Algunos ayuntamientos sí premian la domiciliación con una bonificación de hasta el 5 %, que es el tope que la ley permite con carácter general para los tributos locales de cobro periódico, pero aplicarla o no es una decisión de cada municipio. Si llevas el control de tus vencimientos fiscales, apunta la fecha junto a las del calendario del contribuyente.
Qué pasa si vendes el coche o lo das de baja
Este es el punto donde más dinero se pierde por desconocimiento, y hay una regla que sorprende a casi todo el mundo: vender el coche no te devuelve nada. La cuota solo se reparte por trimestres en tres situaciones concretas:
Primera adquisición del vehículo, es decir, cuando lo matriculas. Pagas solo los trimestres que quedan de año.
Baja definitiva del vehículo, el caso del desguace, que en algunas ciudades da además derecho a ayudas por achatarrar, como el Plan Mueve de Madrid.
Baja temporal por sustracción o robo, desde que se tramita.
Fuera de esos tres casos no hay prorrateo. Y eso incluye la situación más frecuente de todas: la venta o el cambio de titular. Si eras el titular el 1 de enero y vendes en marzo, el recibo completo del año es tuyo, aunque el coche lleve nueve meses en manos de otra persona. Es habitual pactar en el contrato de compraventa que el comprador te reintegre la parte proporcional, pero eso es un acuerdo entre particulares, no una obligación frente al ayuntamiento. Es exactamente el mismo reparto que se negocia al vender una vivienda con el IBI del año en curso.
Si ya has pagado el recibo entero del año y después das de baja definitiva el coche o te lo roban, puedes reclamar al ayuntamiento la parte de los trimestres que no llegas a disfrutar. No te lo van a devolver solos: se pide, y el trámite concreto lo marca la ordenanza de tu municipio. Guarda el justificante de la baja, que es lo que te van a exigir.
Qué ocurre si no pagas el impuesto de circulación
Lo primero, lo evidente: pasado el periodo voluntario entra el recargo y, si sigue sin pagarse, la vía de apremio, que puede acabar en embargo de cuentas. Pero el efecto que de verdad frena a la gente es otro, porque toca directamente al coche.
Las jefaturas de Tráfico tienen las manos atadas si hay deuda. Para matricular un vehículo o para obtener la certificación de aptitud para circular hay que acreditar antes el pago del impuesto. Y el cambio de titularidad no se tramita mientras el titular registral no haya acreditado el pago del impuesto del año anterior. En la práctica, el que tiene que estar al corriente es el vendedor, y esa es la vía por la que muchos descubren una deuda olvidada justo el día que van a vender. Si vas a vender pronto, localiza antes el justificante del recibo del año pasado.
Conviene no confundirlo con otros trámites de Tráfico: la baja del vehículo no está sujeta a esta exigencia en la ley estatal. Y nada de esto tiene que ver con las sanciones de circulación, que van por su cuenta y tienen sus propias reglas de descuento, como explicamos en la guía sobre cómo pagar una multa de la DGT.
Otras ayudas y descuentos relacionados con el coche
El impuesto de circulación es solo una de las piezas del coste anual de tener coche, y varias de las otras sí tienen ayuda pública detrás. Si el objetivo es rebajar la factura de moverte, estos son los frentes que más margen dejan hoy: las ayudas para comprar un coche GLP, las ayudas para bicis y patinetes eléctricos si tu trayecto es urbano y corto, los sitios donde aparcar gratis y los descuentos del abono de transporte cuando compensa dejar el coche aparcado.
Para rebajar la factura fiscal del año en su conjunto, merece la pena repasar por separado cómo funcionan las retenciones del IRPF y qué ventajas acumulan los colectivos con reconocimiento propio, como las que reúne la guía de ayudas para familia numerosa. Con jóvenes en casa, los descuentos del Verano Joven van en esa misma línea de gastar menos en moverte.
Más información
Si estás pensando en sacarte el permiso o renovarlo, revisa también las ayudas para el carnet de conducir, que cubren buena parte del coste en varias comunidades.
Otras preguntas frecuentes
🏍️¿Hay que pagar el impuesto de circulación por un coche o una moto que no uso?
Sí. El impuesto grava la titularidad del vehículo, no su uso: mientras siga matriculado y sin causar baja, el recibo llega cada año aunque el coche lleve doce meses parado en el garaje. Por eso a mucha gente le sale a cuenta tramitar la baja definitiva de un vehículo que ya no va a mover. Ojo con un detalle que confunde a menudo: la cuota solo se reparte por trimestres en la primera adquisición, en la baja definitiva y en la baja temporal por sustracción o robo. Una baja temporal voluntaria, la de guardar el coche una temporada, no está en esa lista, así que no te libra del recibo de ese año.
📋¿Se paga el impuesto el primer año, cuando matriculo el coche?
Sí, pero solo la parte proporcional. En el año de la primera adquisición el periodo impositivo no es el año natural completo, sino el que va desde que compras el vehículo hasta el 31 de diciembre, y la cuota se prorratea por trimestres naturales. Ese primer año, además, la jefatura de Tráfico no matricula el vehículo ni expide la certificación de aptitud para circular sin que acredites antes el pago del impuesto. A partir del año siguiente ya entras en el padrón municipal y el recibo llega solo cada ejercicio.
♿¿La exención por discapacidad vale para dos coches a mi nombre?
No. La ley es explícita: la exención no se aplica a más de un vehículo simultáneamente por el mismo beneficiario, así que si tienes dos coches a tu nombre solo uno queda libre del impuesto. Además, el vehículo tiene que estar matriculado a nombre de la persona con discapacidad y ser de su uso exclusivo, y el grado reconocido debe ser igual o superior al 33 %. Cubre tanto los coches que conduce la propia persona como los destinados a su transporte cuando los conduce otra. Y no se aplica sola: hay que solicitarla al ayuntamiento indicando la matrícula y la causa del beneficio, y aportar el certificado de discapacidad.
⚡¿Los coches eléctricos están exentos del impuesto de circulación?
No, y es uno de los errores más extendidos. Un coche eléctrico no está exento en ningún sitio de España: lo que existe es una bonificación voluntaria de hasta el 75 %, y la palabra voluntaria es la clave, porque decide cada ayuntamiento si la aplica y con qué porcentaje. Madrid bonifica el 75 % a los vehículos con distintivo CERO sin límite de años y el mismo 75 % a los ECO durante seis ejercicios, y lo hace de oficio. Barcelona da el 75 % a los turismos de cero emisiones durante los cinco primeros años desde la matriculación, y hay que pedirlo. València aplica el 75 % a eléctricos e híbridos, pero la solicitud tiene que estar presentada antes del 31 de diciembre del año anterior. Comprueba siempre la ordenanza de tu municipio antes de contar con el descuento.
Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.