🤔¿Si solicito la jubilación parcial me quitan dinero de la pensión?
No. La jubilación parcial no tiene penalización en la pensión, siempre que te jubiles completamente una vez alcanzada la edad establecida.
La jubilación parcial es una forma de disfrutar de una reducción en tu jornada de trabajo sin que te penalicen en tu pensión, como pasa con la jubilación anticipada. Sin embargo, para poder disfrutar de sus ventajas, es necesario encontrar un contrato de relevo. En Tus Ayudas te explicamos qué es y cómo funciona un contrato de relevo.
Índice
Un contrato de relevo es aquel que firma un trabajador para cubrir la jornada laboral proporcional de un empleado que accede a la jubilación parcial.
Es decir, cuando un empleado hace una reducción parcial de su jornada de trabajo, la empresa contrata a otra persona para que cubra esas horas. El contrato de relevo puede ser parcial, o a jornada completa.
El objetivo del contrato de relevo es sustituir a la persona que se jubila parcialmente, durante todo el tiempo que le queda hasta que se retire de forma definitiva.
Sí. Incluso cuando cumples con todos los requisitos, la empresa puede negarte la jubilación parcial. Cuando se solicita la reducción de jornada correspondiente, ambas partes deberán negociar las condiciones y el contrato de relevo. Sin embargo, la empresa no está obligada a aceptar la propuesta de jubilación parcial.
Para poder acceder a la jubilación parcial es necesario cumplir con una serie de requisitos personales y laborales:
Cotización jubilación parcial | ||
Año de jubilación parcial | Edad mínima | Tiempo mínimo cotizado |
2021 | 62 años | 35 años + 3 meses |
63 años | 33 años | |
2022 | 62 años + 2 meses | 35 años + 6 meses |
63 años + 4 meses | 33 años | |
2023 | 62 años + 4 meses | 35 años + 9 meses |
64 años | 33 años | |
2024 | 62 años + 6 meses | 36 años |
64 años + 4 meses | 33 años | |
2025 | 62 años + 8 meses | 36 años + 3 meses |
64 años + 4 meses | 33 años | |
2026 | 62 años + 10 meses | 36 años + 3 meses |
64 años + 8 meses | 33 años | |
A partir de 2027 | 63 años | 36 años + 6 meses |
65 años | 33 años |
Para que el contrato de relevo sea válido, es obligatorio que se cumplan las siguientes situaciones:
El contrato de relevo suele ser de duración indefinida, como mínimo, hasta que la persona se jubile de forma definitiva.
Sin embargo, hay que tener en cuenta dos situaciones:
Las condiciones del contrato de relevo pueden variar bastante dependiendo del caso. Como ya hemos visto, puede ser de jornada completa o parcial, indefinido o con duración determinada… Por lo tanto, lo esperable es que no haya dos contratos iguales. Sin embargo, existen algunas condiciones que deben cumplirse siempre.
Al tratarse de un contrato para sustituir a un trabajador, el puesto de trabajo debe ser el mismo, y, por lo tanto, el sueldo base también.
Si existen algunas variaciones, la base de cotización del contrato de relevo no puede ser inferior al 65% de la media de las bases de cotización de los últimos seis meses del trabajador que se jubila parcialmente.
La jornada de trabajo del contrato de relevo puede ser parcial o completa, pero siempre debe cubrir, como mínimo, la parte proporcional del trabajador jubilado parcialmente.
Por ejemplo, si una persona reduce su jornada un 50%, la empresa puede hacer un contrato de relevo a media jornada o directamente a jornada completa.
Como siempre, existen ventajas e inconvenientes a la hora de jubilarte parcialmente, o de aceptar un contrato de relevo. Estas son las principales cuestiones que debes tener en cuenta.
No. La jubilación parcial no tiene penalización en la pensión, siempre que te jubiles completamente una vez alcanzada la edad establecida.
Sí, como todos los contratos de trabajo, tendrá un periodo de prueba que no podrá superar los 6 meses.
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la empresa me ha propuesto una prejubilacion por contrato relevo tengo 62 años 37 años cotizados pero 5 años de antiguedad en la empresa me puedo prejubilar? gracias
Hola Ramon,
Se puede prejubilar, pero lo más seguro es que le penalicen. Puede leer nuestro artículo: ‘Todo sobre la jubilación anticipada‘. También puede realizar nuestro simulador de ayudas gratuito. Para quitarse de toda duda, debería coger sita en la oficina de Seguridad Social. Allí le informarán exactamente de cuánto se le quedaría la jubilación.
Un saludo 🙂
hola, yo trabajo en turno de noche y me quiero mirar de acogerme el contrato relevo, ¿también se cobra el plus nocturnidad?
Hola Juan,
En principio, si realizas el turno de noche, sí seguirías cobrando el plus de nocturnidad, pero eso lo mejor es que lo consultes con tu propia empresa.
Un saludo 🙂
¿En qué casos se puede solicitar la reducción en un 75% de la jornada con un contrato de relevo? ¿Qué requisitos son necesarios?
Hola Lincon Lorenzo,
La reducción de jornada puede ser de hasta el 75% cuando el contrato de relevo sea a jornada completa y por tiempo indefinido, y siempre que se cumplan el resto de requisitos que especificamos en el artículo.
Un saludo 🙂