Empleo

Días de permiso por ingreso familiar: cuántos te corresponden y cómo pedirlo

El 3 noviembre 2025 por Belén - 6 minutos de lectura

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permiso retribuido 5 dias

Aunque no todo el mundo lo sabe, existe un permiso retribuido creado específicamente para que los trabajadores puedan cuidar a un familiar o conviviente enfermo, ausentándose de su empleo sin que ello afecte a su salario. En Tus Ayudas te explicamos con detalle los días de permiso por ingreso familiar y cómo pedirlos.

Días de permiso por ingreso familiar: ¿cuántos son?

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece una serie de situaciones en las que los empleados pueden ausentarse de su puesto de trabajo de forma justificada y sin perder parte del salario. Son los llamados permisos retribuidos.

En este sentido, existe un permiso retribuido creado específicamente para cuando se ingrese a un familiar o conviviente que necesite cuidados. El Real Decreto 5/2023 concede un permiso de 5 días. Este permiso es un derecho de todos los trabajadores, pero deben cumplirse una serie de condiciones.

Requisitos para pedir el permiso por ingreso familiar

El trabajador podrá solicitar el permiso retribuido de 5 días a su empresa cuando un familiar o conviviente sufra:

  • Accidente, enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica.

Permiso por ingreso familiar por cirugía ambulatoria de un familiar

En caso de que un familiar se someta a una intervención quirúrgica sin hospitalización, pero requiera cuidados y reposo domiciliario, el permiso retribuido será también de 5 días hábiles.

En la mayoría de los casos será necesario presentar en nuestro trabajo un justificante médico en el que se indique la fecha de la intervención, así como un informe en el que se indique que el paciente necesita reposo y atención domiciliaria para realizar sus necesidades básicas.

Días de permiso por ingreso familiar: ¿para qué familiares aplica exactamente?

Una de las principales dudas de este nuevo permiso retribuido de 5 días, es para qué familiares aplica. Según el BOE se establecen:

  • Cónyuge.
  • Pareja de hecho.
  • Parientes de hasta segundo grado de consanguineidad, es decir, padres, hermanos, abuelos, nietos, hijastros, etcétera.
  • Cualquier persona que resida en el mismo domicilio y necesite cuidados.

Es decir, si vives con tu pareja, y ambos estáis domiciliados en la misma vivienda, podrás pedir el permiso retribuido 5 días en caso de hospitalización. No hace falta estar casados. Si se cumplen estas condiciones, cualquier trabajador podrá solicitar el permiso de 5 días por hospitalización, sin importar el sector o convenio colectivo.

Días de permiso por ingreso familiar primer grado

Se consideran familiares de primer grado: cónyuge, hijos, padres, hermanos, suegros, yernos y nueras. En caso de hospitalización de un familiar de primer grado tendrás derecho a 5 días de permiso retribuido.

¿5 días hábiles o naturales?

días por ingreso familiar primer grado

Otra de las dudas frecuentes es cómo contar estos 5 días por ingreso familiar. Pues debes saber que se trata de 5 días laborables, sin importar lo que indique el convenio colectivo.

Además, el trabajador tiene la libertad de elegir cuándo empiezan a contar esos 5 días laborables, no es necesario que coincida con el día del ingreso o inicio de la enfermedad. Esto facilita enormemente la conciliación familiar, ya que es posible irse turnando con otros familiares para cuidar a la persona enferma.

Así lo estableció una sentencia de la Audiencia Nacional, que indicó que el convenio colectivo podrá mejorar las condiciones pero nunca empeorarlas. En esta línea, el Tribunal Supremo explicó que este permiso es para disfrutarse en días laborables, ya que no tendría sentido pedir un permiso para ausentarse en un día que no se trabaja.

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¿Y si la hospitalización termina antes que el permiso?

Recibir el alta hospitalaria no es sinónimo de alta médica, por eso, si el familiar regresa a casa, pero sigue necesitando el reposo y cuidados, podremos disfrutar de los 5 días de forma íntegra. Es decir, si el médico recomienda reposo y cuidados domésticos, constituye causa de permiso retribuido.

Sin embargo, si el familiar termina el ingreso antes de los 5 días y ya se ha recuperado, podría considerarse que el permiso debe acabar.

¿Cuántas veces puedo pedir el permiso por ingreso familiar?

No existe un límite de veces. Si el familiar es ingresado varias veces, aunque sea por la misma enfermedad, el trabajador tiene derecho a pedir un permiso retribuido de 5 días en cada ocasión.

Cómo pedir los días de permiso por ingreso familiar

Permiso por ingreso familiar

Es necesario pedir los días de permiso por ingreso familiar con preaviso, aunque el Estatuto de los Trabajadores no establece con cuánta antelación. Para este aspecto, deberemos recurrir al convenio colectivo. En cualquier caso, se supone que es necesario avisar a la empresa lo antes posible, normalmente lo recomendable son 15 días.

¿Es necesario aportar documentación?

Si solicitamos días por ingreso de un familiar de hasta segundo grado, no será necesario acreditar qué cuidados necesita ni que vive en el mismo domicilio. Tan solo será necesario presentar un justificante del ingreso médico y el libro de familia.

En caso de que solicitemos el permiso retribuido por un conviviente que no sea familiar, sí será necesario presentar un informe que acredite que necesita los cuidados y el certificado de empadronamiento.

Otros permisos retribuidos estatuto de los trabajadores

El Estatuto de los Trabajadores establece varios permisos retribuidos por los que el trabajador podrá ausentarse de forma justificada y con derecho a remuneración. Son los siguientes:

  • Matrimonio o pareja de hecho: 15 días naturales
  • Fallecimiento de parientes de hasta segundo grado: 2 días o 4 si hay desplazamiento
  • Por accidente, hospitalización o enfermedad de un familiar de hasta segundo grado: 5 días laborables
  • Para ejercer el derecho a sufragio activo: tiempo indispensable para votar.
  • Citas médicas: exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
  • Permiso por nacimiento o adopción: 1 hora al día por lactancia.
  • Para realizar exámenes, cuando se cursen estudios para obtener un título académico: tiempo indispensable.
  • Permiso por mudanza: 1 día laboral.
Otras preguntas frecuentes

Belén

Experta en ayudas sociales

Periodista digital especializada en asuntos sociales.


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Preguntas
  • JESUS MANUEL VIÑOLY RUIZ

    Hola. La semana pasada cogí 3 días por ingreso quirúrgico urgente de mi abuela. Entregué el justificante del hospital. La empresa me quiere poner una falta grave por no presentar justificante consanguinidad

    • Belén

      Hola Jesús Manuel,
      Aunque la mayoría de empresas no lo piden, en ocasiones sí pueden exigirlo. Con entregar una copia del libro de familia es suficiente para demostrar la consanguineidad. Si necesitas más información sobre ayudas, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
      Un saludo 🙂

  • Joyce bruggencate

    Buenas tardes,
    a quien tengo que pedir el permiso, tengo mi madre hospitalizada en Paises Bajos, son 5 dias igual? y pierde el pago de este 5 dias? Tengo que cogerlo como vacaciones?

    • Belén

      Hola Joyce,
      Deberás avisar a tu supervisor y hablar con recursos humanos de tu empresa. Ellos te confirmarán cuántos días te corresponden, ya que dependiendo del convenio pueden variar, aunque nunca pueden ser menos de 5. NO son vacaciones, es un derecho de los trabajadores, y esos días son pagados. No sufrirás ningún inconveniente por cogerlos. Para más información sobre ayudas, te recomiendo realizar nuestro simulador de ayudas gratuito.
      Un saludo 🙂

  • Juan Garcia

    Mi mujer tiene prevista operación quirúrgica el día 22, yo solicito 5 días de permiso retribuido en mi empresa a partir del 22, es decir, 22,23,24,25 y 26
    Mis días de descansos por cuadrante son el 26 y 27. La pregunta es, tengo que trabajar el 28?

    • Belén

      Hola Juan,
      Deberás hablarlo con tu superior para cuadrar los días, pero efectivamente, te corresponden 5 días laborales para cuidar a tu mujer (es decir, no pueden quitarte días de descanso). Efectivamente, lo lógico sería que el 28 no fueras a trabajar. Comprueba todas ayudas que puedes solicitar realizando nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Víctor González Sancho

    Buenos días,soy vigilante, trabajo por motivo de subrogación para dos empresas y familiar ha sido operado,una de las empresas,al solicitarles 3 días me responde que tienen que ser seguidos,ya que solicité 12,13 y19,los días seguidos que trabajo con ellos,el 19,no se me concede.Me gustaría saber qué puedo hacer ya que creo que yo tengo razón.Tambien hay quien me comenta que tendría derecho a 5 días con cada empresa,me gustaría saber cómo se resolvería mi caso.
    Un saludo,y muchas gracias.

    • Belén

      Hola Víctor,
      Efectivamente, tienes derecho a 5 días en cada empresa, pero los 5 días de permiso deben ser consecutivos, sin contar los días no laborables. Es decir, si por ejemplo el permiso empezara un jueves, los días de fin de semana no se cuentan. En cualquier caso, ante la duda lo mejor es consultar con un abogado. Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

  • Pregunta sobre los 5 días por ingreso

    Por ingreso de cónyuge, se tienen 5 días laborales.
    Pero si le dan de alta y después tiene el trabajador un justificante de reposo domiciliario que le requiere cuidados, le corresponden otros 5 días?
    Muy agradecida

    • Belén

      Hola,
      No, si ya se ha utilizado el permiso por ingreso, no corresponde otro adicional por reposo domiciliario.Por otra parte, para conocer todas las ayudas a las que tienes derecho, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
      Un saludo 🙂

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