Salud

Deducción por cónyuge con discapacidad no separado legalmente: hasta 1.200 euros, ejemplos y modelo 143

El 24 octubre 2026 por Laura Herrero - 8 minutos de lectura

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Deducción por cónyuge con discapacidad: quién tiene derecho y ejemplos

Si tu cónyuge, del que no estás separado legalmente, tiene una discapacidad reconocida de al menos el 33 % y rentas no exentas de hasta 8.000 euros al año, y tú trabajas o cobras el paro o una pensión, puedes restarte hasta 1.200 euros en la declaración de la renta con la deducción por cónyuge con discapacidad, o cobrarla por adelantado a razón de 100 euros al mes con el modelo 143. Es una de las ayudas fiscales pensadas para familias que cuidan de alguien con problemas de salud. Te contamos quién tiene derecho, cuánto te corresponde con ejemplos y cómo pedirla.

¿Quién tiene derecho a la deducción por cónyuge con discapacidad?

La deducción por cónyuge con discapacidad es una de las deducciones del IRPF y te permite pagar menos (o que te devuelvan más) en la declaración de la renta si tu cónyuge tiene reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33 %. Para aplicarla, tu cónyuge tiene que cumplir estos requisitos:

  1. Tu cónyuge tiene que tener una discapacidad reconocida del 33 % o mayor.
  2. No podéis estar separados legalmente.
  3. Las rentas anuales de tu cónyuge, excluidas las exentas, no pueden superar los 8.000 euros.
  4. No podrás aplicarla si tu cónyuge genera derecho a las deducciones por descendientes (hijos) o ascendientes (padres) con discapacidad.

Además, tú, que eres quien se aplica la deducción, tienes que estar en al menos una de estas situaciones:

  • Tienes que estar trabajando y dado de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad. Puede ser para una empresa o como autónomo.
  • Estás recibiendo una prestación contributiva o asistencial por desempleo, como el paro o el subsidio.
  • Estás recibiendo una pensión del Régimen General o especial de la Seguridad Social.
  • Recibes una pensión del Régimen de Clases Pasivas.
  • Eres un profesional que no forma parte del RETA (el régimen de autónomos) y cobras de tu mutualidad alternativa una prestación parecida a las pensiones anteriores.

Cuantía de la deducción por cónyuge con discapacidad

La deducción por cónyuge con discapacidad es de hasta 1.200 euros al año y se resta de la cuota diferencial del impuesto, igual que el cheque familiar de las familias numerosas. Podrás deducirte esa cantidad directamente en la declaración del IRPF o solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes. Estos son sus importes y límites:

Concepto Detalle
Cuantía máxima Hasta 1.200 € al año (proporcional a los meses y, si trabajas, limitada por lo cotizado)
Abono anticipado 100 € por cada mes en que cumplas los requisitos
Discapacidad mínima del cónyuge 33 %
Rentas máximas del cónyuge 8.000 € al año, excluidas las exentas
Solicitud del abono anticipado Modelo 143

Ejemplo deducción por cónyuge con discapacidad a cargo

Para entender mejor cómo funciona esta ayuda, te mostramos algunos ejemplos prácticos de la deducción por cónyuge con discapacidad a cargo.

Ejemplo 1: resultado a pagar

Si en tu declaración de la renta te sale a pagar 1.500 euros y tienes derecho a la deducción completa, pagarías 300 euros (se restan hasta 1.200 euros).

Ejemplo 2: resultado a devolver

Si Hacienda tenía que hacerte una devolución de 500 euros, al aplicar la deducción recibirías 1.700 euros (los 500 anteriores más los 1.200 de la deducción). Eso es así solo si cumples los requisitos los 12 meses del año y, si trabajas, tus cotizaciones llegan a 1.200 euros; si no, la deducción será menor.

Ejemplo 3: abono anticipado

Si solicitas el abono anticipado mediante el modelo 143 y cumples los requisitos todo el año, recibirás 100 euros cada mes. Los meses en que no los cumplas, no se cobra.

Modelo 143 cónyuge con discapacidad: cómo solicitar la deducción

Puedes solicitar esta ayuda de dos formas diferentes: mientras haces la declaración del IRPF o pidiendo que se te ingrese de forma anticipada, cada mes, con el modelo 143.

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Solicitud en la declaración de la renta

A la hora de realizar la declaración de la renta, tendrás que indicar que tu cónyuge tiene una discapacidad de, al menos, el 33 %. Haciendo esto, contarás con hasta 1.200 euros a tu favor. Lo que significa que:

  • Si originalmente te tocaba pagar a Hacienda, la cuantía será menor o incluso pasarán a tener que pagarte a ti.
  • En caso de que te fueran a pagar algo o si el resultado fuera igual a 0, tendrán que añadir esos hasta 1.200 euros a lo que te tienen que pagar.

Abono anticipado de la deducción por cónyuge con discapacidad

Puedes pedir que te ingresen ese dinero con anterioridad en tu cuenta bancaria. Así no tienes que esperar a la campaña de la renta: lo vas cobrando mes a mes.

Importante
Si cobras el abono anticipado, la deducción no vuelve a restarse en tu declaración de la renta, porque ya la has recibido por adelantado.

Requisitos de cotización para poder solicitar el abono anticipado

Si estás trabajando, podrás cobrar el abono anticipado por cada mes en que estés de alta y cumplas el mínimo de días o de jornada exigido para tu régimen de la Seguridad Social:

  • Si trabajas a jornada completa, con contrato de trabajo en el Régimen General, Minería del Carbón o Trabajadores del Mar, al menos 15 días de alta al mes.
  • En caso de que trabajes a tiempo parcial, al menos el 50 % de la jornada ordinaria.
  • Si trabajas por cuenta ajena en el Sistema Especial Agrario del Régimen General con bases diarias de cotización, al menos 10 jornadas reales al mes.
  • En caso de que estés trabajando en cualquier otro Régimen de la Seguridad Social, al menos 15 días al mes.

deduccion discapacidad parejaEn caso de que estés cobrando una prestación contributiva o asistencial por desempleo, una pensión de la Seguridad Social o de Clases Pasivas, podrás recibir el abono anticipado. Lo recibirás durante los mismos meses que estés cobrando esa prestación o pensión.

¿Cómo se solicita el abono anticipado del modelo 143 de Hacienda?

A través del modelo 143 de la Agencia Tributaria. Puedes presentarlo a partir del momento en que cumplas los requisitos y elijas cobrar la deducción por adelantado.

Si cobras el abono anticipado y en algún momento dejas de cumplir los requisitos o cambia algo, tienes 15 días naturales desde que ocurra para comunicárselo a la Agencia Tributaria. Por ejemplo, si dejas de cumplir el mínimo de alta o cotización, si os separáis legalmente o si el grado de discapacidad baja del exigido.

Modelo 143, ¿cuándo se cobra?

La Agencia Tributaria te transfiere 100 euros cada mes en que cumplas los requisitos. Te los ingresa en la cuenta que indiques al enviar el modelo 143: tienes que incluir el IBAN de una cuenta bancaria de la que seas titular.

Otras deducciones por discapacidad en la familia

Hacienda tiene deducciones parecidas si en casa vive otro familiar con discapacidad: hasta 1.200 euros al año por cada descendiente con discapacidad con derecho al mínimo por descendientes y por cada ascendiente con discapacidad con derecho al mínimo por ascendientes. Si es tu cónyuge quien genera esas deducciones, no podrás aplicar además la del cónyuge con discapacidad.

Si es tu cónyuge quien cobra una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o una pensión de Clases Pasivas de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, Hacienda considera acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. En los demás casos, el grado se acredita con el certificado o resolución del IMSERSO o del órgano competente de tu comunidad autónoma, que indica el grado reconocido.

Otras preguntas frecuentes

Laura Herrero

Redactora especializada en ayudas y comunicación

Redactora especializada en ayudas gubernamentales y comunicación, con experiencia en empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Fue redactora de Tus-Ayudas.es entre 2021 y 2022.


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Preguntas
  • JAVIER FERNANDEZ

    Hola, una duda, mi mujer y yo tenemos discapacidad, ella estuvo trabajando en 2022, y yo tengo una pensión por incapacidad absoluta( estoy exento de IRPF) . En el borrador me aparece este aviso:
    “ Deducción por conyuge no separado legalmente cuando es una persona con discapacidad que no tenga rentas anuales superiores a 8000€ excluidas las exentas.
    Mi duda es sinos podemos beneficiar de la deducción de 1200€ , ya que entiendo que la cantidad de 8000€ no me afectaría a mi por tener la incapacidad absoluta.
    Un saludo

    • Alejandro

      Hola, Javier

      Lo mejor en este caso es que acuda hasta la Agencia Tributaria en el plazo estipulado para que se la hagan, o, por otro lado, puede contratar a un asesor fiscal.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      saludos

  • Yolanda cardenas

    Mi hijo tiene 5 años y tiene una discapacidad de un 67% cuanto nos pertenece a mi pareja y a mi en la declaracion de la renta por nuestro hijo a cada uno?

    • Alejandro

      Hola, Yolanda

      Lo mejor es que acudas hasta la Agencia Tributaria, aunque en teoría corresponde una deducción de hasta 1.200 euros por cónyuge.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      saludos

  • celia martinez romero

    Es verdad que suben los grados de dependencia de tres a 4 grupos
    Si es a sin yo tenía un 41% y en octubre me subieron un 52% cobraré más por la dependencia??

    • Alejandro

      Hola, Celia

      La ayuda es la misma hasta un determinado grado de dependencia.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      saludos

  • Miguel Angel García Martín

    Soy pensionista con 78 años, mi esposa de 77 años tiene un grado de dependencia II y una discapacidad del 67%, con grandes dificultades para moverse y necesitamos instalar sillas salvaescaleras en 2 tramos y otro en la entrada exterior.
    Necesito saber si se puede solicitar una subvención para este fin, plazos y documentación en la CAM.
    Vivimos en Collado Villalba (Madrid)

    • Alejandro

      Hola, Miguel Ángel

      Le dejo un teléfono para que le den toda la información: 915 880 322. El plan adapta se cerró el 31 de enero, pero quizás le ofrezcan otras soluciones.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      saludos

  • Jose benito

    Hola quisiera si es posible si cave la posibilidad de reclamar la deducción por cónyuge discapacitado a cargo del año 2018 y 2020 pues cuando se hizo la declaración correspondientes a esos años no la solicitamos. He de decir que la del año 2018 no teníamos información o no nos informamos debidamente . El año 2020 pues como solicitamos la del año 2019 teniamos dudas si se podía solicitar los correspondientes años y creíamos que ya no se podía reclamar.
    Un saludo y gracias

    • Alejandro

      Hola, Jose

      Una vez presentada la declaración de la renta no es posible soliictar deducciones a posteriori.

      Espero haber sido de ayuda 🙂

      saludos

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