Empleo

Paro autónomos SEPE: cómo mantener el paro si decides emprender

El 20 octubre 2025 por Alex Branco - 5 minutos de lectura

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ayudas autonomos

Pocos saben que hay una manera de que el SEPE nos mantenga el paro mientras comenzamos una nueva aventura como autónomos. En Tus Ayudas te explicamos todos los requisitos y cómo solicitar el paro autónomos SEPE mientras empezamos en nuestro nuevo empleo por cuenta propia.

Paro autónomos SEPE: la forma de conservarlo si creo una empresa

El SEPE dispone de una gran abanico de ayudas para aquellos en dificultades económicas relacionadas con la falta de empleo. Como es lógico, algunas de ellas están destinadas específicamente a los autónomos.

Lo que desconoce mucha gente es que hay una medida que permite a la persona en cuestión mantener el 100 % de su paro a la vez que empieza a emprender por cuenta propia. En otras palabras, si vas a ser un nuevo autónomo se te mantendrá tu prestación por desempleo.

Esta medida busca facilitar la transición a tener nuestro propio negocio sin perder el respaldo económico que ofrece mantener el paro, al menos durante la etapa inicial de la actividad. Un colchón económico que le vendrá bien a muchos nuevos emprendedores.

Duración y cuantía: paro autónomos SEPE

La cuantía dependerá de la situación individual de cada persona, puesto que en base a lo cotizado cada desempleado cobrará una cantidad u otra. A continuación te dejamos un artículo en el que explicamos detalladamente cómo calcular cuánto se cobra de paro.

En este caso, el SEPE mantendrá la totalidad del paro a los que decidan hacerse autónomos. Eso sí, esta compatibilización del paro con la actividad por cuenta propia solo se mantendrá durante 270 días, lo que se traduce en 9 meses.

Atención
Un dato a tener en cuenta es que si te quedaban menos de 9 meses de paro, cobrarás solo los meses que te queden, no pudiendo acceder a esa duración máxima de 270 días. Si, por ejemplo, tu paro restante es de 3 meses, podrás compatibilizar la prestación por desempleo con ser autónomo exclusivamente durante ese tiempo.

Una de las ventajas es que durante los meses de la compatibilidad no habrá retención por cotización a la Seguridad Social en lo relativo al paro, puesto que ya se está cotizando como autónomo por la actividad realizada.

Paro autónomos: ¿qué requisitos tengo que cumplir?

Para acogerse a esta medida del SEPE, es necesario cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Estar percibiendo una prestación por desempleo (contributiva).
  • Darse de alta como trabajador por cuenta propia (autónomo) o incorporarse como socio-trabajador de una sociedad de nueva creación. Es decir, hay que estar apuntado en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y dar de alta la actividad económica en Hacienda.
  • Solicitar la compatibilidad en el plazo de 15 días desde que nos hacemos autónomos.
  • No haber ejercido esta compatibilidad en los últimos 24 meses.
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Cómo pedir la compatibilidad del paro con ser autónomo

El trámite para pedirlo es bastante sencillo. Basta con entrar en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y pinchar en “Compatibiliza tu prestación” en la sección habilitada para autónomos.

Importante
Recuerda que tienes un plazo de 15 días desde que te haces autónomo. En caso de sobrepasarlo, perderás la oportunidad de mantener el paro.

Asimismo, puede presentarse la solicitud mediante el formulario oficial de “Solicitud de prestación contributiva”, marcando la casilla de “compatibilidad con trabajo por cuenta propia” disponible en la sede electrónica del SEPE.

Para aquellos que prefieran hacerlo de manera presencial, también pueden, aunque recomendamos pedir cita previa con el SEPE previamente. Para ello, puedes hacerlo online pinchando en el enlace anterior o llamando al siguiente número de teléfono:

  • 91 926 79 70.

Paro autónomos SEPE: ¿qué incompatibilidades hay?

A continuación os dejamos una serie de cosas a tener en cuenta para no perder la compatibilidad del paro con ser autónomo. Las incompatibilidades son:

  • Comenzar un trabajo por cuenta ajena (ya sea a jornada completa o parcial).
  • Agotar los 270 días de compatibilidad permitidos.
  • Pedir la compatibilidad fuera del plazo de 15 días.
  • Esta compatibilidad solo aplica a la prestación por desempleo contributiva, no a subsidios asistenciales, como el subsidio para mayores de 52 años o similares.

También hay que mencionar que si la actividad por cuenta propia dura más de 60 meses, en ciertos casos se extinguirá para siempre el derecho a lo que quedaba de prestación.

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Alex Branco

Periodista y redactor

Periodista y redactor que ha trabajado en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre). Ahora escribo sobre ayudas y subvenciones en Tus Ayudas.


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