🤔¿Cuánto tiempo tarda el trámite de arraigo social?
El plazo de resolución de solicitud es como máximo de 3 meses desde el día siguiente al que presentas la documentación.
Son muchos los extranjeros que viven en España y buscan regularizar su situación en el país. Hay varias formas de conseguir la residencia legal, una de ellas es demostrando arraigo social. En Tus Ayudas te mostramos cómo conseguir la residencia por arraigo social en España paso a paso.
Índice
El Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, introdujo cambios importantes en la Ley de Extranjería que debes saber si estás pensando en emigrar a España.
Hay muchos tipos de residencia legal en España, por ejemplo, residencia por trabajo, por reagrupación laboral y también por arraigo social.
Demostrar que tienes arraigo social en España es una de las formas más sencillas de regularizar tu situación en el país si nunca has tenido un permiso de residencia legal antes.
El arraigo social es un tipo permiso de residencia temporal en España por circunstancias excepcionales. Lo pueden solicitar aquellos extranjeros que demuestren tener vínculos en el país, ya sean familiares, laborales…
Tiene vigencia de un año. Pasado ese tiempo, si quieres residir en España de forma temporal, deberás iniciar el procedimiento para sacarte el certificado de residencia permanente o conseguir la nacionalidad española.
Para poder solicitar el permiso de residencia por arraigo social, es necesario cumplir con una serie de requisitos:
Es necesario llevar tres años viviendo en España para poder solicitar la residencia por arraigo social. Este tiempo comienza a contar desde que llegaste al país.
Es muy importante acreditar el tiempo que llevas residiendo en España. Estas son algunas formas de acreditarlo:
En definitiva, cualquier documento que demuestre que llevas viviendo en España de forma continuada durante al menos 3 años.
Una de las formas más efectivas para demostrar arraigo social en España es tener un contrato de trabajo. Se conoce como arraigo laboral. Para poder demostrarlo, es necesario haber trabajado (legalmente) por cuenta ajena al menos durante 6 meses.
Presentando el informe de vida laboral que plasme los trabajos que has tenido y tienes en la actualidad, junto al resto de los documentos, suelen conceder la residencia.
Uno de los mayores obstáculos para muchas personas a la hora de demostrar el arraigo social es tener un contrato de trabajo. Pero debes saber que también existen formas de solicitar el arraigo social sin contrato de trabajo.
El arraigo por formación ha sido incluido recientemente en la Ley de Extranjería de España. Permite solicitar un permiso de residencia en España durante un año, a los extranjeros que lleven 2 años en España y quieran obtener una formación que les ayude a conseguir un trabajo.
Esta formación puede ser:
Si no consigues contrato de trabajo en España, otra opción interesante es crear tu propio negocio.
Hacerte autónomo te permitirá tener ingresos y conseguir la residencia legal en el país. Si bien es cierto que necesitarás adjuntar:
Por último, la otra opción para demostrar arraigo social sin contrato de trabajo es demostrar que tienes medios para vivir en España. Estos recursos económicos pueden ser propios o de un familiar que ya resida en el país.
Ten en cuenta que en este caso, el permiso solo cubrirá la residencia, no tendrás permiso de trabajo.
El procedimiento para solicitar la residencia por arraigo social en España conlleva bastante papeleo y adjuntar ciertos documentos.
Para presentar la solicitud de residencia por circunstancias excepcionales, debes seguir estos pasos:
La residencia por arraigo social no se puede renovar, tiene una duración de un año. Pasado ese tiempo, lo que sí puedes hacer es modificar la autorización de residencia por Circunstancias Excepcionales.
Esto significa que, deberás cambiar tu residencia por arraigo social a una residencia por:
El plazo de resolución de solicitud es como máximo de 3 meses desde el día siguiente al que presentas la documentación.
Tienes un mes para recurrir por vía administrativa. Podrás interponer el correspondiente recurso en la oficina de extranjería que lo haya tramitado.
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Que pasa si soy victima de violencia de genero y me detiene la policia por otra cosa.¿como se me tiene que tratar?
Hola María Natividad,
Son cosas diferentes. Si te detienen, la policía te tratará como autora de un delito, no como víctima.
Un saludo 🙂
Hola.Me llamo Sanda.Se me ha acabado mi ayuda en 10.05.2025.No tengo ningún ingreso.Vivo en un piso compartido.Yo con mi pareja ( no estamos casados) y con un matrimonio.El contrato de alquiler es en nombre de Ion(es arrendatario)nosotros pagamos nuestra cuota y ellos las suyas. He solicidado el Ingreso mínimo vital y me lo han denegado. Los servicios sociales no quieren darme el certificado expedido por ellos por motivo que vivo con mi pareja. Causa Denegación: No queda acreditado el uso exclusivo de una determinada zona del domicilio mediante título jurídico.
Causa Denegación: Uno o varios de los miembros de una unidad de convivencia forman parte de otra unidad de
convivencia La UC no coincide con los convivientes informados por el INE/Padrón
Causa Denegación: No quedar acreditado encontrarse en riesgo de exclusión social según el art.9 de la Ley 19/2021,
de 20 de diciembre
ME GUSTARÍA SABER:QUE PAPELES TENGO QUE PRESENTAR PARA PODER REALIZAR LA RECLAMACIÓN DE IMV PARA QUE ME LO APROBÉ. MUCHÍSIMAS, MUCHÍSIMAS GRACIAS POR TODA VUESTRA AYUDA. UN CORDIAL SALUDO
Hola Sanda,
Hacer la reclamación es un proceso un poco tedioso. Tienes 30 días para hacer la reclamación por vía administrativa. Te recomiendo pedir asesoramiento en la oficina de servicios sociales más cercana. El caso es que deberás hacer un escrito a la Seguridad Social aportando argumentos y documentos que demuestren tu situación. Por ejemplo, el contrato de alquiler o los pagos correspondientes, estar empadronados, demostrar que no tenéis ingresos…
Para consultar otras becas que puedes pedir, realiza nuestro simulador de ayudas gratuito (pinchando aquí).
Un saludo 🙂