Familia

Custodia compartida en 2026: requisitos, pensión de alimentos y qué pasa con tus ayudas por hijo

El 22 septiembre 2026 por Alexandre Branco Lopes - 13 minutos de lectura

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Custodia compartida: calendario de semanas alternas con las llaves de las dos casas

La custodia compartida es el régimen en el que los dos padres conviven con sus hijos por periodos tras una separación o un divorcio. Aquí tienes sus requisitos, cómo se pide, si hay que pagar pensión y quién se queda la casa, y, sobre todo, cómo se reparten las ayudas para familias cuando los niños viven con los dos, desde la Renta hasta el Ingreso Mínimo Vital, el bono social o las becas.

Qué es la custodia compartida

Con la custodia compartida, los hijos viven por temporadas con cada progenitor y los dos se ocupan de su día a día: colegio, médicos, comidas, deberes. Es distinta de la custodia exclusiva (también llamada custodia monoparental), en la que los niños viven con uno solo y el otro tiene un régimen de visitas y, normalmente, paga una pensión alimenticia.

No hay que confundirla con la patria potestad, que casi siempre sigue siendo de los dos: es el derecho y el deber de decidir juntos lo importante (el colegio, una operación, un cambio de ciudad), vivan los niños con quien vivan. Y vale igual para matrimonios que para parejas de hecho o parejas que nunca se casaron: lo que se regula es la relación con los hijos, no el vínculo entre los padres.

Requisitos para la custodia compartida

La ley no pide unos requisitos cerrados como los de una ayuda. Lo que manda es el interés del menor: el juez la concede si es lo mejor para los hijos. El Código Civil la llama excepcional cuando solo la pide uno de los padres, pero el Tribunal Supremo dejó claro en 2013 que debe considerarse normal e incluso deseable siempre que beneficie al menor.

Para decidir, los jueces se fijan en estos criterios, que el Supremo repite en sus sentencias:

  • Cómo se ocupaba cada uno de los hijos antes de la separación y sus aptitudes personales.
  • Lo que desean los hijos, si tienen madurez para opinar.
  • El número de hijos.
  • Si cada padre cumple sus deberes con ellos y si hay respeto mutuo entre los progenitores.
  • Lo que digan los informes que pide la ley (el del fiscal y, si los hay, los del equipo psicosocial).
  • Cualquier otra circunstancia que permita a los niños una vida adecuada. En la práctica pesan mucho la distancia entre las dos casas y los horarios de trabajo.

El juez tiene que pedir siempre el informe del fiscal, también cuando los padres están de acuerdo. Pero desde 2012 ese informe ya no tiene que ser favorable: la última palabra es del juez.

Cuándo no se concede

Hay casos en los que la ley la prohíbe: cuando uno de los padres está en un proceso penal por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad sexual del otro o de los hijos, y cuando el juez ve indicios fundados de violencia doméstica o de género. Tampoco se concede si hay indicios de que uno de ellos ha maltratado o amenazado con maltratar a los animales de la familia para controlar o intimidar al otro o a los niños. Si estás en esa situación, mira las ayudas para víctimas de violencia de género.

¿Decide el niño a partir de los 12 años?

No. El juez escucha a los hijos cuando lo considera necesario, y a partir de los 12 años la ley presume que tienen madurez suficiente para ser oídos. Pero eso no obliga al juez a citarlos en todos los casos, y su opinión no decide: quien resuelve siempre es el juez, valorando lo mejor para el menor.

Importante
Estar en paro o sin trabajo no te cierra la puerta a la custodia compartida, y tener un empleo tampoco te la asegura: lo que pesa es cuánto te has ocupado de los niños y el tiempo real que puedes dedicarles.

Cómo pedir la custodia compartida

Hay dos caminos, y el primero es mucho más rápido y barato:

  1. De mutuo acuerdo. Los dos la pactáis en el convenio regulador (en un divorcio o una separación) o en un convenio de medidas para los hijos si no estabais casados. El juez lo revisa y, si protege a los niños, lo aprueba.
  2. Sin acuerdo (contencioso). Uno de los dos la pide al juzgado aunque el otro no quiera. Hacen falta abogado y procurador, se practican pruebas (a menudo un informe psicosocial) y el juez decide. Si no tienes recursos, puedes pedir un abogado de oficio con la justicia gratuita.

Si ya tienes una sentencia con custodia exclusiva, puedes pedir el cambio a compartida con un procedimiento de modificación de medidas, siempre que hayan cambiado las circunstancias o las necesidades de los hijos desde entonces.

Cómo se reparte el tiempo con los hijos

La ley no fija un calendario. Lo pactáis los padres en el convenio o lo decide el juez, y los sistemas más habituales son las semanas alternas, las quincenas o repartos de días fijos entre semana. Si tus horarios no encajan, mira los permisos y excedencias para cuidar de los hijos. Tampoco hace falta un 50 % exacto: el Tribunal Supremo ha dicho que la custodia compartida no exige un reparto igualitario del tiempo, sino que los dos sigan implicados de verdad en el día a día. Un reparto 60/40 puede seguir siendo custodia compartida.

Otra cosa es cómo te trata la Administración, que no mira porcentajes sino dónde está empadronado el niño y qué dice la sentencia. Lo ves más abajo, en las ayudas.

¿Hay que pagar pensión de alimentos con custodia compartida?

Puede que sí. La custodia compartida no elimina automáticamente la pensión. Si hay una diferencia clara de ingresos entre los padres, el juez puede fijar una pensión de alimentos a cargo del que gana más, porque la pensión se calcula en proporción a lo que tiene cada uno y a lo que necesitan los hijos, no según los días que pasan en cada casa. Si los ingresos son parecidos, muchos convenios lo reparten así: cada uno paga los gastos del día a día mientras el niño está con él y se comparte el resto. No es una regla fija: lo decide el convenio o el juez en cada caso.

Los gastos extraordinarios (los que no son del día a día, como una operación o una ortodoncia) se reparten al 50 % salvo que el convenio o la sentencia digan otra cosa; si los ingresos son muy distintos, el juez puede fijar otro reparto. Tienes ejemplos de cantidades en nuestra guía para calcular la pensión alimenticia, y si también hay pensión entre los adultos, en la de la pensión compensatoria.

La obligación de dar alimentos no se acaba de golpe a los 18 años: la custodia sí termina con la mayoría de edad, pero la pensión puede seguir mientras el hijo viva en casa sin ingresos propios o no haya terminado su formación.

¿Quién se queda con la casa?

Con custodia compartida, la vivienda familiar no se le da automáticamente a nadie. El juez decide caso por caso, normalmente dando prioridad a quien más lo necesita (por ejemplo, quien tiene menos ingresos), y casi siempre pone un plazo, que varía mucho: hay sentencias de un año y otras de hasta 5 años. Después, la casa vuelve a lo que diga la propiedad y el régimen económico del matrimonio, por ejemplo si estabais en separación de bienes o en gananciales.

Existe también la casa nido: los hijos se quedan siempre en la misma vivienda y son los padres los que entran y salen. Solo se aplica si los dos lo acordáis, y exige buena relación: además de la vivienda de los niños, cada uno necesita otro sitio donde vivir cuando no le toca.

Qué pasa con tus ayudas por hijo en custodia compartida

Aquí es donde más dinero se juega, porque cada ayuda reparte a los hijos con una regla distinta. Hacienda mira la sentencia o el convenio, la Seguridad Social mira el domicilio del menor y el padrón solo admite una dirección. Este es el resumen:

Resumen: cómo queda cada ayuda

Ayuda Con custodia compartida
Mínimo por descendientes (Renta) Cada progenitor aplica el 50 %
Deducción por dos hijos de familia monoparental (hasta 1.200 € al año) Ninguno de los dos puede aplicarla
Deducción por maternidad (hasta 1.200 € al año) La aplica la madre; el padre, no
Declaración conjunta con los hijos Puede elegirla cualquiera de los dos, pero solo uno
Complemento de ayuda para la infancia del IMV Cuenta el hogar donde está domiciliado el niño
Título de familia monoparental (Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana) No da derecho: exigen custodia exclusiva
Becas del Ministerio Cuentan los ingresos de los dos progenitores

Cada una tiene su letra pequeña, y en algunas lo que decide es algo tan simple como dónde está empadronado el niño. Vamos una por una.

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La declaración de la Renta

El mínimo por descendientes es la parte de tus ingresos que no paga impuestos por tener hijos: 2.400 euros al año por el primero, 2.700 euros por el segundo, 4.000 euros por el tercero y 4.500 euros por el cuarto y siguientes, más 2.800 euros por cada hijo menor de 3 años. Con custodia compartida, Hacienda lo reparte por mitades: cada uno aplica el 50 %.

Si además pagas una pensión de alimentos a tus hijos, Hacienda te trata igual que si convivieras con ellos: aplicas tu 50 % del mínimo y no puedes usar la escala especial de las anualidades por alimentos, que queda para el progenitor que no tiene la custodia, ni siquiera compartida. Para el hijo, esa pensión fijada por el juez está exenta.

Deducciones que cambian con la custodia compartida

Estas son las que más se notan en el resultado de la declaración:

  • Deducción por dos hijos de familia monoparental (hasta 1.200 euros al año): exige tener derecho a todo el mínimo por esos hijos, no a la mitad. Como en custodia compartida se reparte siempre al 50 %, ninguno de los dos puede aplicarla.
  • Deducción por maternidad (hasta 1.200 euros al año por hijo menor de 3 años): la aplica la madre si tiene derecho al mínimo. El padre solo puede aplicarla si tiene la custodia exclusiva o si la madre ha fallecido, no con custodia compartida. El incremento de hasta 1.000 euros por guardería también es siempre de la madre, aunque la custodia sea compartida.
  • Declaración conjunta con los hijos: puede elegirla cualquiera de los dos, pero solo uno. No valen las dos a la vez ni que cada uno declare con un hijo distinto.

Las comunidades autónomas tienen además sus propias deducciones de la Renta para familias, y no todas tratan igual la custodia compartida: revisa las de tu comunidad antes de aplicarlas. Tienes el resto en nuestra guía de deducciones por hijo.

Atención
Este criterio es firme desde 2023 y es el que aplica Hacienda: con custodia compartida, quien paga la pensión de alimentos se queda con su 50 % del mínimo y no puede usar la escala especial de alimentos, aunque en años anteriores se admitiera en algunos casos.

Ingreso Mínimo Vital y complemento para la infancia

El Ingreso Mínimo Vital sí tiene una regla expresa: con custodia compartida fijada por el juez, el hijo cuenta en el hogar donde está domiciliado, y es ese hogar el que cobra el complemento de ayuda para la infancia: 100 euros al mes por cada hijo menor de 3 años, 70 euros de 3 a 6 años y 50 euros de 6 a 18 años. Por eso decidir dónde se empadrona el niño tiene consecuencias económicas, y conviene saber qué pasa si luego hay un cambio de domicilio.

Familia numerosa y familia monoparental

Para el título de familia numerosa, los padres separados cuentan a sus hijos aunque vivan en hogares distintos, siempre que dependan económicamente de ellos. Si no os ponéis de acuerdo en qué hijos cuentan en cada título, manda la convivencia, y un mismo hijo no puede contar en dos títulos a la vez.

El título de familia monoparental es otra historia. No existe uno estatal, porque la Ley de Familias sigue sin aprobarse, y las comunidades que lo dan, como Madrid, Cataluña o la Comunidad Valenciana, exigen la custodia exclusiva: con custodia compartida no se puede pedir. Tienes el resto de apoyos en ayudas para familias monoparentales y en ayudas para padres separados.

Bono social, becas y empadronamiento

El bono social de la luz no tiene ninguna regla especial para la custodia compartida: se aplica la general de que una persona solo puede formar parte de un hogar, así que el niño cuenta en uno solo de los dos. Si tienes dudas sobre en cuál, pregúntalo a la comercializadora de referencia antes de pedirlo.

En las becas del Ministerio de Educación pasa lo contrario que en una separación con custodia exclusiva. Sin custodia compartida, solo cuentan los ingresos del progenitor con el que vive el estudiante (y los de su nueva pareja). Con custodia compartida cuentan los dos progenitores, y también sus nuevas parejas si las tienen, y en la solicitud hay que indicar cuál de los dos es el sustentador principal.

Por último, el niño solo puede estar empadronado en un domicilio. Si la sentencia no dice dónde, el ayuntamiento pide un documento de acuerdo de los dos padres para cambiarlo, y si no lo hay, hace falta una nueva resolución del juez que lo decida.

Custodia compartida en Aragón, Cataluña, Navarra y País Vasco

Estas comunidades tienen derecho civil propio y sus reglas cambian el punto de partida:

  • Aragón: desde mayo de 2025 la ley vuelve a dar preferencia a la custodia compartida, salvo que la individual sea mejor para el menor.
  • Cataluña y País Vasco: sus leyes también favorecen el reparto compartido cuando no perjudica al menor. En el País Vasco, que el otro progenitor se oponga no basta por sí solo para denegarla.
  • Navarra: no hay preferencia legal, decide el juez caso a caso, igual que con el Código Civil.

En la Comunidad Valenciana hubo una ley propia, pero el Tribunal Constitucional la anuló en 2016, así que allí se aplica el Código Civil como en el resto de España.

Otras preguntas frecuentes

Alexandre Branco Lopes

Periodista especializado en ayudas y subvenciones

Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).


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