Ayuda al alquiler para mayores de 65 años en Cataluña 2026: requisitos, cuantía y plazos

El 21 octubre 2026 por Alexandre Branco Lopes - 7 minutos de lectura
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Ayuda al alquiler para mayores de 65 años en Cataluña: pareja mayor revisando los papeles del alquiler con un portátil

Te explicamos cómo funciona la ayuda al alquiler para mayores de 65 años de Cataluña en su convocatoria de 2026, cuyo plazo ya está cerrado: requisitos, límite de ingresos, cuantía, precio máximo del alquiler, incompatibilidades y qué tienes que hacer si te la han concedido. Te interesa si tienes 65 años o más y vives de alquiler en esta comunidad autónoma.

Ayudas alquiler Cataluña para mayores de 65 años en 2026

La Agencia de la Vivienda de Cataluña convocó en 2026 las subvenciones para el pago del alquiler destinadas a personas de 65 años o más. Es una de las ayudas al alquiler en Cataluña y su objetivo es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación de alquiler a quienes están en riesgo de exclusión social, entre ellos las personas mayores. La convocatoria arrancó con un presupuesto de 19 millones de euros y se amplió en 8,1 millones más, hasta los 27,1 millones de euros.

Requisitos para solicitar ayuda alquiler mayores 65 años

Estos son los requisitos que pedía la convocatoria de 2026 para la ayuda al alquiler de personas de 65 años o más:

  • Tener 65 años o más a fecha de 31 de enero de 2026.
  • Tener residencia legal en Cataluña.
  • Estar empadronado en la vivienda de alquiler.
  • Ser titular del contrato de alquiler o de cesión de uso de la vivienda o habitación.
  • Estar al corriente de las rentas del alquiler en el momento de presentar la solicitud.
  • No tener parentesco (hasta segundo grado) con el arrendador o propietario de la vivienda.
  • No ser propietario ni usufructuario de otra vivienda, aunque hay excepciones por separación, divorcio y otros casos.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalitat de Cataluña, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Que los ingresos anuales de la unidad de convivencia sean iguales o inferiores a 2,778442 veces el IRSC, el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (9.069,83 euros en 2024), es decir, unos 25.200 euros anuales (renta del IRPF 2024).
Atención
Además del límite de ingresos, las bases exigen disponer de una fuente regular de ingresos.

¿De cuánto es esta ayuda al alquiler de Catalunya?

La subvención es del 20, 30 o 40 % del alquiler anual según el esfuerzo (hasta el 30 %, entre el 30 y el 40 %, 40 % o más de los ingresos ponderados), con un máximo de 2.400 euros anuales y un mínimo de 240 euros anuales por vivienda; para contratos de alquiler firmados en 2026, el máximo mensual es de 200 euros y el mínimo de 50 euros. El esfuerzo es lo que pesa el alquiler sobre tus ingresos:

  • Esfuerzo igual o inferior al 30%: ayuda del 20% del alquiler anual.
  • Esfuerzo superior al 30% e inferior al 40%: ayuda del 30% del alquiler anual.
  • Esfuerzo igual o superior al 40%: subvención del 40% del alquiler anual.

Un ejemplo práctico: si una persona del Área Metropolitana de Barcelona paga 700 euros al mes (8.400 euros al año) y eso supone más del 40 % de sus ingresos, la ayuda sería el 40 % de 8.400 euros, es decir, 3.360 euros. Como el tope es de 2.400 euros al año, recibiría 2.400 euros.

Límites de alquiler para recibir la subvención

El alquiler mensual tampoco puede pasar de un precio máximo, que depende de dónde está la vivienda y de si alquilas el piso entero o una habitación. Para las viviendas completas:

  • Área Metropolitana de Barcelona: 950 euros al mes.
  • Resto de la provincia de Barcelona y Girona: 750 euros al mes.
  • Tarragona: 700 euros al mes.
  • Lleida y Terres de l’Ebre: 600 euros al mes.
Importante
Para familias numerosas, monoparentales o con algún miembro con discapacidad, los límites se amplían hasta 1.100 euros (Área Metropolitana de Barcelona) y 900 euros en el resto de Cataluña.

Si alquilas una habitación, los límites son:

  • Área Metropolitana de Barcelona: 450 euros al mes.
  • Resto de la provincia de Barcelona: 350 euros al mes.
  • Girona: 400 euros al mes.
  • Tarragona: 350 euros al mes.
  • Lleida y Terres de l’Ebre: 300 euros al mes.
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Plazo para solicitar ayuda alquiler mayores 65 años en Cataluña

En la convocatoria de 2026, el plazo para pedir la ayuda al alquiler de mayores de 65 años estuvo abierto desde las 9:00 del 31 de marzo hasta las 14:00 del 30 de abril de 2026, y ya está cerrado: para pedirla hay que esperar a que se abra una nueva convocatoria.

Si te la han concedido: recibos y cambios de domicilio

Si ya tienes la ayuda concedida, para cobrarla tienes que presentar los recibos del alquiler pagados: los de enero a septiembre de 2026, antes del 30 de noviembre de 2026, y los de octubre a diciembre, antes del 26 de febrero de 2027. Y si te mudas y firmas un nuevo contrato de alquiler, tienes que comunicarlo a la Agencia de la Vivienda de Cataluña en un máximo de 30 días desde la firma (cuéntalos como naturales para no pasarte), con una petición genérica.

Cómo solicitar ayuda alquiler mayores 65 años

La solicitud se podía presentar de dos maneras, por internet o en persona. Por internet, en la web de Trámites de la Generalitat, identificándote con IdCAT Mòbil o un certificado digital (el DNI electrónico lleva uno).

En persona, se presentaba en las bolsas de la Red de Mediación para el Alquiler Social o en las oficinas locales de vivienda que colaboran con la Agencia mediante convenio. Si en tu zona no había ninguna, en las dependencias de la Agencia de la Vivienda de Cataluña de tu demarcación.

Documentación que podrían pedirte

El certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de Cataluña solo tienes que aportarlo si te opones a que la Agencia de la Vivienda lo consulte de oficio.

¿Es compatible con otras ayudas?

Esta ayuda al alquiler es incompatible con otras ayudas, de cualquier administración o entidad pública o privada, que tengan la misma finalidad y cubran las mismas mensualidades del mismo año. Tampoco se puede cobrar junto a las prestaciones o ayudas al alquiler del Consorcio de la Vivienda de Barcelona.

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Alexandre Branco Lopes

Periodista especializado en ayudas y subvenciones

Periodista (Graduado en Periodismo). Ha trabajado como redactor en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre), donde firmaba como Alex Branco. Desde 2025 se especializa en ayudas, subvenciones y prestaciones públicas en Tus-Ayudas.es, donde redacta la mayoría de las guías y verifica cada dato en fuentes oficiales (BOE, boletines autonómicos y Seguridad Social).


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