
La Comunidad de Madrid ofrece una amplia gama de deducciones autonómicas en el IRPF que pueden suponer un ahorro significativo. En Tus Ayudas te explicamos todas las bonificaciones que puedes aplicar en tu declaración de la renta.
Índice
Deducciones autonómicas Madrid
Estas son todas las deducciones que puedes aplicar en la declaración de la renta 2024 si vives en la Comunidad de Madrid.
Deducciones por Familia y Dependencia
La Comunidad de Madrid aplica una serie de deducciones bastante importantes a aquellas familias que han tenido hijos.
Deducción por nacimiento o adopción de hijos
Las familias podrán aplicar una deducción de 721,70 euros por hijo nacido o adoptado desde el 1 de enero de 2024.
En casos de partos o adopciones múltiples, se aplica la misma cantidad por cada hijo. Esta deducción es aplicable durante el año del nacimiento o adopción y los dos siguientes.
Para las adopciones internacionales, se contempla una deducción de 721,70 euros por cada hijo. Si el menor convive con ambos padres adoptivos, el importe de la deducción se incrementa en un 50%.
Para poder acceder a esta deducción, es importante cumplir con una serie de límites de renta:
- Tributación individual: La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar 30.930 euros.
- Tributación conjunta: El límite se establece en 37.322,20 euros.
- Unidad familiar: La suma de las bases imponibles de todos los miembros no puede exceder 61.860 euros.
Acogimiento familiar de menores
Las familias residentes en la Comunidad de Madrid que acojan a menores, pueden beneficiarse de una deducción de 618,60 euros por el primer menor acogido, 773,25 euros por el segundo y 927,90 euros por el tercero o siguientes.
También es esencial cumplir con los requisitos:
- Convivencia de más de 183 días y certificado acreditativo.
- Límite de renta de 26.414,22 euros (individual) o 37.322,20 euros (conjunta).
Acogimiento de mayores de 65 años y/o con discapacidad
Si has decidido acoger a tus ascendientes o a una persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33% (de forma no remunerada) puedes tener una rebaja del IRPF.
La deducción es de 1.546,50 euros al año por cada persona acogida mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%.
Para poder aplicar esta deducción, es imprescindible acreditar una convivencia de más de 183 días, no recibir otras ayudas y cumplir límites de renta: 26.414,22 euros en tributación individual o 37.322,20 euros en conjunta.
Deducciones por Vivienda en la Comunidad de Madrid
El apartado de deducciones por vivienda habitual es una de las más importantes en la Declaración de la renta.
Arrendamiento de vivienda habitual
Si tienes menos de 40 años y pagas un alquiler que supone más del 20% de tus ingresos anuales, puedes deducirte el 30% de lo que has pagado, hasta un máximo de 1.237,20 euros.
Para beneficiarte, tus ingresos no deben superar los 26.414,22 euros si haces la declaración individual, o los 37.322,20 euros si es conjunta.
Eso sí, asegúrate de que tu casero haya depositado la fianza en el organismo correspondiente de la Comunidad de Madrid.
Gastos derivados del arrendamiento de viviendas
En caso de que seas propietario y tengas una vivienda alquilada, la Comunidad de Madrid permite recuperar parte de los gastos que supone mantenerla en buen estado.
Puedes deducirte el 10% de lo que hayas pagado durante el año en conceptos como reparaciones, mejoras, seguros contra daños o impagos, e incluso por conseguir el certificado de eficiencia energética.
El ahorro máximo que puedes conseguir por esta vía es de 154,65 euros anuales. Una ayuda interesante para propietarios responsables que mantienen su inmueble en condiciones óptimas.
Desgravación por arrendamiento de viviendas vacías
La Comunidad de Madrid permite una deducción de 1.000 euros en la declaración por cada vivienda que se haya destinado al alquiler, siempre que el inmueble haya permanecido desocupado durante al menos el año anterior a la firma del contrato de arrendamiento. Esta medida busca fomentar la incorporación de viviendas vacías al mercado de alquiler residencial.
Compra de vivienda habitual por nacimiento o adopción
En la Comunidad de Madrid, las familias que hayan adquirido una vivienda habitual como consecuencia directa de un nacimiento o adopción, pueden beneficiarse de una deducción fiscal.
Esta deducción permite desgravar el 10% del precio de compra del inmueble, siempre que se trate de la residencia habitual de la familia.
No obstante, este beneficio no se aplica de una sola vez. La cantidad total se reparte de forma lineal a lo largo de diez años, con un límite máximo de 1.546,50 euros por ejercicio fiscal.
Para poder acceder a esta deducción es importante que la compra de la vivienda se haya producido en los tres años siguientes al nacimiento o adopción del hijo y que se destine a uso habitual.
Además, es necesario cumplir con los requisitos generales de renta establecidos para las deducciones autonómicas y conservar toda la documentación que acredite tanto la adquisición como su vinculación con el cambio en la situación familiar.
Bonificación por la compra de vivienda en municipios despoblados
Quienes compren una vivienda habitual en municipios en riesgo de despoblación, es decir, con menos de 2.500 habitantes, pueden deducirse el 10% del precio de la vivienda, con un tope de 1.546,50 euros al año.
Para beneficiarse, es imprescindible que la vivienda adquirida sea la residencia habitual del contribuyente y que se mantenga esa residencia de forma continuada durante al menos cuatro años seguidos.
Además, esta deducción está sujeta a ciertos límites de renta: la suma de las bases imponibles general y del ahorro de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar el resultado de multiplicar 30.930 euros por el número de miembros que la componen. Por ejemplo, si sois tres en la familia, el límite sería de 92.790 euros.
Deducción por los gastos de la hipoteca
Aquellos contribuyentes que tengan una hipoteca de interés variable en su vivienda habitual, es posible que puedan aplicar una deducción del IRPF si el coste de los intereses ha subido debido al aumento del euríbor.
Esta deducción permite recuperar el 25% de la diferencia entre lo que realmente has pagado en intereses a lo largo del año y lo que habrías pagado si se hubiera mantenido el euríbor en los niveles de diciembre de 2023. El ahorro máximo que puedes aplicar cada año es de 300 euros.
Para poder acogerte a esta ayuda, es necesario que el préstamo hipotecario haya sido firmado antes del inicio del ejercicio fiscal (es decir, antes del 1 de enero del año que estás declarando), que el tipo de interés sea variable, y que la vivienda comprada no haya costado más de 390.000 euros, sin contar gastos o impuestos.
Gastos hipotecarios a jóvenes
Los jóvenes menores de 30 años que hayan comprado su vivienda habitual con una hipoteca pueden beneficiarse de una deducción en el IRPF en la Comunidad de Madrid.
Esta ayuda permite desgravar el 25% de los intereses pagados por el préstamo hipotecario durante el año, con un límite máximo de 1.031 euros anuales.
Es importante que la vivienda sea la residencia habitual del contribuyente y que el préstamo esté destinado exclusivamente a su compra.
Deducciones renta por Educación
Los gastos educativos son uno de los más importantes para las familias por hijos. Por eso, se pueden deducir ciertas cantidades.
Desgravar gastos educativos Madrid
La Comunidad de Madrid permite deducir parte de los gastos educativos de tus hijos. Puedes restar:
- Gastos de escolaridad: hasta un 15%
- Clases de idiomas: 10% del total
- Uniformes y vestuario escolar obligatorio: máximo del 5%
El límite general es de 400 euros por hijo, pero si sumas tanto la escolaridad como la enseñanza de idiomas, ese tope aumenta hasta los 900 euros por hijo.
Deducción por contratar una cuidadora o niñera en Madrid
Se trata de una ayuda fiscal a quienes contraten a una persona para cuidar de menores de tres años, personas dependientes o con discapacidad en el hogar.
Esta deducción permite recuperar parte de lo pagado a la Seguridad Social por ese trabajador o trabajadora del hogar.
En concreto, puedes deducirte el 25% de las cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar, con un tope anual de 463,95 euros. Si formas parte de una familia numerosa, la deducción sube al 40%, y el límite máximo también aumenta, hasta 618,60 euros al año.
Para aplicar esta deducción, es necesario estar dado de alta como empleador en la Seguridad Social y haber contratado a una persona que trabaje en casa, al menos, 40 horas al mes.
Intereses de los préstamos para estudios universitarios
La Comunidad de Madrid ofrece una deducción autonómica en el IRPF dirigida a personas que han solicitado préstamos para financiar sus estudios universitarios. Esta deducción permite desgravar los intereses pagados durante el año por ese tipo de préstamo.
Se aplica solo a los intereses (no al capital) de los préstamos concedidos por entidades de crédito para cursar estudios universitarios, ya sea de Grado, Máster o Doctorado.