👶¿Puedo solicitar más de un Bono Infantil?
Sí, se puede solicitar uno por cada hijo que cumpla los requisitos y esté matriculado en un centro privado autorizado.
La Generalitat Valenciana convoca cada año el Bono Infantil, una ayuda autonómica que cubre el coste de la guardería o escuela infantil de los niños de 0 a 3 años matriculados en centros privados. Para el curso 2026-2027 financia hasta 460 euros al mes por hijo y el plazo ordinario se cerró el 30 de julio de 2026. En Tus Ayudas te explicamos los requisitos, las cuantías y la única salida que queda: la solicitud extraordinaria por causas tasadas, abierta hasta el 31 de mayo de 2027. La ampliación por el incendio de la Vall d’Uixó terminó el 6 de agosto de 2026 y no se ha vuelto a ampliar.
Índice
El Bono Infantil es una subvención pública que concede la Generalitat Valenciana a las familias que escolarizan a sus hijos en centros de educación infantil privados autorizados por la Conselleria de Educación. En la práctica, funciona como una ayuda para la guardería del primer ciclo de Educación Infantil.
La ayuda cubre el coste de la plaza declarado por el centro, con un tope mensual según el tramo de edad, para los menores del primer ciclo de Educación Infantil (0 a 3 años). Busca facilitar la escolarización temprana, garantizar la igualdad de oportunidades y apoyar la conciliación laboral y familiar.
El Bono Infantil no se abona a las familias: la Generalitat paga cada mes directamente al centro, que descuenta el importe de la mensualidad. Así, la familia tiene financiado el coste de la escuela infantil sin adelantar el dinero.
El importe del Bono Infantil depende del año de nacimiento del niño, no de la edad exacta que tenga en septiembre, y cubre el coste de la plaza que declara el centro, con un tope mensual máximo. Para el curso 2026-2027 los importes máximos son estos:
| Año de nacimiento del niño | Nivel | Máximo al mes | Máximo al curso (10 meses) |
| Nacidos en 2026 | P0 | 460 € | 4.600 € |
| Nacidos en 2025 | P1 | 350 € | 3.500 € |
| Nacidos en 2024 | P2 | 300 € | 3.000 € |
La ayuda se concede por un máximo de 10 meses, de septiembre de 2026 a junio de 2027, siguiendo el calendario escolar. Si la ayuda llega por la vía extraordinaria, se cobra desde el mes siguiente al de la solicitud, así que serán menos de 10 mensualidades. Son importes máximos: si la mensualidad del centro es inferior al tope, se financia el coste real. No es una cantidad fija que se entregue a la familia.

La ayuda está dirigida a las familias con hijos de 0 a 3 años escolarizados en un centro privado autorizado de la Comunitat Valenciana. Los requisitos para el curso 2026-2027 son:
No hay umbral de renta: el Bono Infantil es una ayuda universal que financia el coste de la plaza con independencia de los ingresos de la familia. Tampoco hace falta estar empadronado en ningún municipio concreto: lo que cuenta es el centro donde está matriculado el niño. El domicilio solo entró en juego para la ampliación de plazo de los municipios afectados por el incendio, que ya venció.
El plazo ordinario para pedir el Bono Infantil GVA del curso 2026-2027 ya está cerrado. La convocatoria se publicó en el DOGV el 15 de julio de 2026 y el plazo era de 15 días naturales desde el día siguiente: del 16 al 30 de julio de 2026.
La ampliación de siete días por el incendio de la Vall d’Uixó también ha vencido, así que solo queda una puerta abierta: la solicitud extraordinaria por causas tasadas, y no sirve para todo el mundo.
Esta ampliación ya está cerrada. La Generalitat amplió el plazo siete días naturales, hasta el 6 de agosto de 2026 incluido, y solo para 18 municipios concretos: se aplicaba si el niño o alguno de sus responsables legales tenía el domicilio habitual en uno de ellos, o si el centro estaba ubicado allí. La Generalitat no la ha vuelto a ampliar. Quien ya presentó su solicitud en el plazo ordinario no tiene que volver a presentarla, y el resto de requisitos, cuantías y criterios no cambian.
Es la vía para quien no pudo pedirlo en plazo por una circunstancia sobrevenida de las que recoge la convocatoria: no basta con haberse despistado o haberse enterado tarde. Se puede presentar durante el curso escolar y hasta el 31 de mayo de 2027, aportando el certificado que acredite la situación y siempre que queden disponibilidades presupuestarias. Si te la conceden, se empieza a cobrar el mes siguiente al que presentes la solicitud.
Los supuestos que dan derecho a esta vía están tasados en la convocatoria. Son estos:
Antes de seguir estos pasos, comprueba que todavía puedes presentar la solicitud: el plazo ordinario terminó el 30 de julio de 2026, así que el plazo ordinario y la ampliación de los 18 municipios del incendio de la Vall d’Uixó están cerrados, así que este procedimiento solo te sirve si te corresponde la solicitud extraordinaria por una de las causas tasadas. Si no es tu caso, lo que toca es esperar a la convocatoria del curso 2027-2028.
La solicitud se presenta preferentemente por internet, en la sede electrónica de la Generalitat. Si no tienes certificado digital o no te manejas por internet, puedes presentarla en el propio centro, que actúa como entidad colaboradora. Antes de empezar, ten a mano el número SIP del menor y el código de matrícula que te da el centro.
Ojo a un caso que despista mucho: si tu hijo va a una escuela infantil municipal, la familia no presenta nada. La solicitud la hace el ayuntamiento titular de la escuela, y el paso a paso de aquí abajo es para los centros privados autorizados.
No necesitas adjuntar todos los documentos si autorizas a la Generalitat a consultar tus datos (identidad, situación tributaria, etc.). La administración comprueba de oficio que estás al corriente con Hacienda, la Agència Tributària Valenciana y la Seguridad Social.
Es habitual confundir el Bono Infantil con el Cheque Escolar, pero son ayudas distintas y de administraciones diferentes:
El Bono Infantil es solo una de las ayudas a las que puedes optar. Puedes combinarlo con otras prestaciones autonómicas y estatales (revisa siempre la compatibilidad, aunque conviene consultar las bases antes de solicitar otras ayudas de la misma finalidad):
⏱️ cronómetro abierto solo para el post 10798 (nadie llamó a `inicio`)
Sí, se puede solicitar uno por cada hijo que cumpla los requisitos y esté matriculado en un centro privado autorizado.
Es un importe máximo mensual según el año de nacimiento: hasta 460 euros al mes para los nacidos en 2026, 350 euros para los nacidos en 2025 y 300 euros para los nacidos en 2024, durante un máximo de 10 meses (de septiembre a junio). Si la mensualidad del centro es inferior al tope, se financia el coste real.
El plazo ordinario se cerró el 30 de julio de 2026. Se amplió siete días, hasta el 6 de agosto de 2026, pero solo para las familias y los centros de los 18 municipios afectados por el incendio de La Vall d'Uixó. Esa ampliación también ha vencido y la Generalitat no la ha vuelto a ampliar, así que hoy la única vía es la solicitud extraordinaria por causas tasadas (nacimiento posterior, acogimiento, traslado por movilidad laboral, incorporación al mundo laboral, discapacidad sobrevenida y otras), que se puede presentar durante el curso y hasta el 31 de mayo de 2027 si quedan disponibilidades presupuestarias.
No se abona a la familia: la Generalitat paga cada mes directamente al centro, que descuenta el importe de la mensualidad. Así, la familia tiene financiado el coste de la plaza sin adelantar el dinero.
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