Vivienda

Nuevas ayudas Valencia 2025 para alquiler, entrada o suministros: guía paso a paso

El 8 octubre 2025 por Alex Branco - 5 minutos de lectura

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El Ayuntamiento de Valencia ha abierto el plazo para las ayudas a la vivienda destinadas a cubrir gastos de alquiler, entrada o suministros. En Tus Ayudas te explicamos cómo solicitarlas y todos los detalles de la prestación.

¿Quiénes podrán pedir la ayuda?

El Ayuntamiento de Valencia ha anunciado que destinará 1,2 millones de euros para facilitar el acceso a la vivienda de colectivos en situación de especial vulnerabilidad. A continuación los colectivos que podrán solicitarla:

  • Víctimas de violencia de género.
  • Víctimas de trata con fines de explotación sexual.
  • Desahuciadas de su vivienda habitual.
  • Sin hogar.
  • Asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal u otros estatutos relativos a la protección subsidiaria.
  • Otras personas especialmente vulnerables.

Ayudas Valencia: ¿qué tipos de prestaciones hay?

Se trata de ayudas económicas para sufragar las necesidades de vivienda de los colectivos mencionados anteriormente. La cuantía máxima será de 10.800 euros y tendrá una duración máxima de 12 meses. Los tipos de ayudas se estructuran de la siguiente manera.

Ayudas alquiler disponibles

  • Ayuda de alquiler de vivienda: el alquiler no podrá superar los 900 euros al mes ni la cuantía de la ayuda los 10.800 euros. Se podrá conceder deuda de alquiler, alquiler abonado previamente, anticipo de alquiler o la combinación de las tres modalidades.
  • Ayuda de alquiler de habitación con contrato: el alquiler no podrá superar los 450 euros mensuales ni la cuantía de la ayuda los 5.400 euros. Se pueden combinar las tres modalidades del apartado anterior.

Ayudas entrada de alquiler

  • Ayuda de entrada de alquiler en vivienda: el alquiler no podrá superar los 900 euros al mes, siendo la ayuda máxima de 2.700 euros. Consiste en el pago de un máximo de 3 meses de la entrada (incluyéndose fianza, mes de garantía adicional y el mes corriente). También se podrá cubrir las entradas que ya hayamos pagado.
  • Ayuda de entrada de alquiler en habitación con contrato: el alquiler no podrá superar los 450 euros mensuales, siendo la ayuda máxima de 1.350 euros. Incluye lo mencionado en el párrafo anterior.

Ayudas para suministros, desahuciados y hostales

  • Ayuda de desahucio: busca hacer frente a los gastos para evitar la pérdida de la vivienda. El alquiler no podrá superar los 900 euros al mes ni la ayuda la cantidad de 10.800 euros.
  • Ayuda de alojamiento provisional (hostal): la cuantía máxima será de 900 euros por persona y mes. El tiempo de alojamiento en el hostal dependerá de la situación particular del beneficiario y la valoración técnica que se le realice.
  • Ayuda de gastos de mantenimiento ya abonados: el máximo mensual no podrá superar los 200 euros (2400 euros al año). Incluye tanto suministros básicos como los gastos de la comunidad.
Importante
Esta ayuda cubrirá los gastos que abarcan desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.

¿Qué requisitos son necesarios para pedir la ayuda?

Como es lógico, hay que cumplir determinadas condiciones para acceder a estas ayudas. A continuación os dejamos los requisitos generales:

  • El alquiler no puede superar los 900 euros mensuales para viviendas.
  • No se puede pedir ayuda si se tiene una vivienda en propiedad (excepto justificación de no poder usarla).
  • La vivienda en cuestión debe ser la residencia habitual.
  • El arrendador no puede ser familiar directo, salvo en casos excepcionales.
  • Solo se cubrirán contratos legales. En otras palabras, no son válidos los alquileres sin contrato.
  • No se podrá optar a la ayuda si la vivienda pertenece al parque público de vivienda.
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¿Qué plazo tengo y dónde solicito la ayuda?

El plazo de solicitud empezó el día 6 de octubre y se termina el día 1 de diciembre de 2025, último día para pedir esta prestación. La solicitud podrá realizarse tanto de manera presencial como de forma online en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia.

Será obligatorio rellenar un formulario con nuestros datos y aportar documentos que acrediten, por ejemplo, nuestro alquiler y la situación de nuestra vivienda. Dependiendo del caso concreto será necesario aportar una documentación u otra, datos que vienen detallados en la web del Ayuntamiento.

En caso de duda, hay un servicio de atención telefónica disponible: 900 92 75 67. Es gratuito y estará disponible de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

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Alex Branco

Periodista y redactor.

Periodista y redactor que ha trabajado en Europa Press y en El Español (Omicrono y El Androide Libre). Ahora escribo sobre ayudas y subvenciones en Tus Ayudas.


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