Vivienda

Ayudas para comunidades de vecinos 2026: las 4 que puedes pedir

El 2 septiembre 2026 por Alejandro Fernández Couto - 15 minutos de lectura

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ayudas y subvenciones para comunidades de vecinos

Tu comunidad de vecinos puede pedir dinero público para pagar las obras del edificio, y en 2026 el marco ha cambiado por completo: los fondos Next Generation cerraron el 30 de junio y ahora manda el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que cubre hasta el 80% del coste de la obra con un tope de 20.500 euros por vivienda. Te contamos las cuatro ayudas que puede solicitar tu comunidad, cuánto dan de verdad, qué mayoría hace falta en la junta para aprobarlas y dónde se piden en tu región.

Las 4 ayudas que puede pedir una comunidad de vecinos

Cuando llega una derrama grande (la fachada, la cubierta, el ascensor), la comunidad no está sola: hay ayudas de vivienda pensadas justo para eso. Estas son las cuatro vías que puede usar hoy una comunidad, y no son excluyentes: la misma obra puede llevar subvención y, además, desgravar en la declaración de la renta.

Ayuda Para qué obra Cuánto puede llegar a dar
Rehabilitación energética del edificio Fachada, cubierta, ventanas, aislamiento, renovables 80% de la obra y 20.500 € por vivienda si el ahorro llega al 60%; 65% y 13.000 € entre el 45% y el 60%
Accesibilidad y ascensor Ascensor, rampas, eliminación de barreras 70% de la obra y 13.000 € por vivienda como norma; 80% si vive alguien con discapacidad del 33% o más o mayor de 65 años, y hasta 22.000 € si la obra busca la accesibilidad universal
Deducción en el IRPF Obras del edificio que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable 60% de lo pagado, con base máx. de 5.000 € al año
Convocatoria de tu comunidad autónoma Depende de cada región Varía: cada región fija cuantías y requisitos

Un aviso importante antes de hacer planes: las tres primeras dependen de que tu comunidad autónoma haya publicado convocatoria, y no todas la han abierto todavía.

Qué pasó con los fondos Next Generation

Ojo con una cosa antes de seguir: las ayudas que financiaron los fondos Next Generation exigían tener la obra terminada antes del 30 de junio de 2026, así que ya no admiten solicitudes nuevas. Si en tu edificio quedó un expediente a medias, la regla por defecto es que la ayuda se ajusta a lo que se terminó de verdad y hay que devolver los anticipos de lo que no se acabó. El plan nuevo abre una salida, pero es excepcional: solo en los programas 1, 2, 3 y 6, y tiene que autorizarla la comisión bilateral de seguimiento con tu comunidad autónoma, así que pregunta allí por tu expediente antes de dar nada por hecho. Para empezar de cero hoy la puerta es el plan 2026-2030, que sustituye al plan estatal anterior.

Ayudas a la rehabilitación y la eficiencia energética del edificio

Es la ayuda con más dinero detrás y la que cubre las derramas más caras: fachada, cubierta, ventanas y aislamiento. La lógica del plan es sencilla: cuanto más ahorro de energía consiga el edificio, mayor porcentaje se paga. Puedes ver el detalle completo del programa en nuestra guía de ayudas a la rehabilitación de vivienda.

Cuánto dan según el ahorro de energía

Estas son las cuantías del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 para una obra que hace la comunidad sobre todo el edificio:

Ahorro de energía que logra la obra % máximo que se subvenciona Tope por vivienda
Del 45% hasta menos del 60% 65% 13.000 €
Del 60% en adelante 80% 20.500 €
Intervención parcial sobre algunos elementos de la envolvente (fachada, cubierta, ventanas o suelos), si esos elementos cumplen el Código Técnico 40% 7.500 €

Por debajo del 45% de ahorro no se entra en los dos primeros tramos, pero sigue abierta la vía de la intervención parcial: no exige un ahorro mínimo, solo que los elementos en los que se interviene cumplan el Código Técnico.

Con un ahorro del 60% o más, el plan cubre hasta el 80% de la parte de la obra que sea subvencionable. Un ejemplo con números redondos: en una obra de 60.000 euros subvencionable al completo, en un edificio de 10 viviendas con cuotas iguales y todas ellas domicilio habitual, la subvención sería de 48.000 euros y a cada piso le quedarían 1.200 euros en lugar de 6.000. Aviso antes de hacer cuentas con esa cifra: el dinero se cobra cuando la obra ya está terminada y justificada, salvo que tu comunidad autónoma admita anticipos, así que la comunidad tiene que adelantarlo.

Cómo se reparte la subvención entre los vecinos

La subvención del edificio se reparte según el coeficiente de propiedad de cada piso (o, si no lo hay, según su superficie útil), y solo entre las viviendas que son domicilio habitual y permanente de quien vive en ellas. Cuenta quién reside, no quién es el dueño: un piso alquilado en el que el inquilino tiene su residencia habitual sí entra en el reparto, y uno vacío o de temporada no entra, aunque su propietario pague entera su parte de la derrama.

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Qué tiene que cumplir el edificio

No todos los edificios entran. Estos son los requisitos que más se atragantan cuando se piden ayudas de vivienda para un edificio entero:

  • Antigüedad: el edificio tiene que estar terminado antes de 2006, aunque cada comunidad autónoma puede conceder la ayuda a edificios más nuevos si lo justifica.
  • Libro del Edificio Existente: hace falta un proyecto o una memoria técnica y que ese libro quede archivado en el Registro de la Propiedad.
  • Amianto: si el edificio tiene productos de construcción con amianto hay que retirarlos para poder acceder a la ayuda, y de la retirada tiene que encargarse una empresa inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto. La buena noticia es que esa retirada también es obra subvencionable.
  • Acuerdo de la junta: la comunidad tiene que haber aprobado las obras y la solicitud, con la mayoría que corresponda.

Las dos condiciones que más solicitudes tumban

  • Toda la envolvente, no solo la parte que tocas: para entrar en el tramo del 65% o del 80%, todos los elementos de la envolvente en contacto con el exterior o con espacios no habitables tienen que cumplir el Código Técnico de la Edificación o preverse su adecuación. Si solo se interviene en algunos, la ayuda baja a un máximo del 40% con tope de 7.500 euros por vivienda.
  • La seguridad va primero: si el Libro del Edificio Existente dice que hay que actuar sobre la estructura o la protección contra incendios, no se puede acceder al resto de ayudas sin hacer esas obras. Tienen su propia ayuda, de 8.000 euros por vivienda con el límite del 40% del coste de la actuación, que sube hasta 12.000 euros y al 60% si se combina con las de accesibilidad, con las de eficiencia energética o con las dos. Ese incremento no se aplica cuando la obra es una intervención parcial sobre solo algunos elementos de la envolvente.

Cuánto tiempo hay para hacer la obra

Una vez concedida la ayuda, la comunidad tiene 36 meses para ejecutarla. Ese plazo cuenta desde la concesión, no desde que empiezan los andamios, así que conviene tener el proyecto listo antes de presentar la solicitud. Se puede ampliar hasta 12 meses más si la licencia municipal tarda más de seis meses en concederse, y hasta 6 meses más por huelgas, temporales u otras causas ajenas a la comunidad, pero lo tiene que aprobar la comisión de seguimiento del convenio.

Qué obras entran y cuáles se quedan fuera

Entran el cambio de ventanas, el aislamiento de fachadas y cubiertas, las placas solares para autoconsumo y la aerotermia, que además es una de las obras que menos votos necesita. Y aquí va el aviso que más se incumple: no se subvenciona ninguna inversión en generadores térmicos que funcionen con combustible fósil, así que cambiar la caldera de gas o de gasóleo por otra igual se queda fuera del programa.

Atención
Muchas comunidades se plantean estas obras cuando toca pasar la Inspección Técnica del Edificio, que en varias regiones se llama Informe de Evaluación del Edificio (IEE). En ella no solo se mira la fachada: también el estado del tejado, el aislamiento y las tuberías de la finca. No hay un plazo estatal único: desde la sentencia del Tribunal Constitucional 143/2017 la periodicidad la fija cada comunidad autónoma o cada ayuntamiento. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, se exige a los edificios de más de 30 años y se repite cada 10. Consulta la ordenanza de tu municipio antes de dar por hecha una fecha.

Ayudas para poner ascensor y quitar barreras

La accesibilidad tiene sus propios topes, que llegan más alto cuando en el edificio vive una persona con discapacidad reconocida o mayor de 65 años. El plan cubre hasta el 70% del coste de la obra de accesibilidad, y ese porcentaje puede subir hasta el 80% cuando en la vivienda o en el edificio reside alguien con discapacidad reconocida del 33% o más, o mayor de 65 años.

Situación del edificio Tope por vivienda
Obra de accesibilidad sin más 13.000 €
Vive alguien con discapacidad del 33% o más, o mayor de 65 años 18.000 €
Vive alguien con discapacidad del 65% o más 20.500 €
La obra busca garantizar la accesibilidad universal del edificio, aunque hoy no viva allí ninguna persona con discapacidad 22.000 €
Importante
Poner ascensor donde no lo había es la obra que más vecinos bloquean, y casi siempre por desconocer la mayoría que hace falta. No es unanimidad: basta la mayoría de propietarios que represente a su vez la mayoría de las cuotas. Tienes el proceso paso a paso en nuestra guía de ayudas para poner ascensor, y si en el edificio vive una persona en situación de dependencia, los topes suben.

La deducción del IRPF por las obras de la comunidad

Esta no la convoca nadie y por eso se pierde tanto: es una deducción en la declaración de la renta que no depende del plan de vivienda, sino de la Ley del IRPF. Si la comunidad hace la obra y el edificio reduce al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, cada propietario puede deducirse en su declaración de la renta el 60% de lo que haya pagado, con una base máxima de 5.000 euros al año y 15.000 euros acumulados. Se aplica a lo pagado hasta el 31 de diciembre de 2027.

Si la obra es dentro de tu propio piso y no del edificio, las deducciones son del 20% (base máxima de 5.000 euros) y del 40% (base máxima de 7.500 euros), y solo por lo pagado hasta el 31 de diciembre de 2026. En los dos casos hay que descontar antes las subvenciones cobradas: no se puede deducir dinero que te ha pagado la Administración. Merece la pena guardar todas las facturas de la derrama y el certificado de eficiencia energética de antes y después, porque son la prueba que pide Hacienda al presentar la declaración de la renta.

Dónde se pide: la convocatoria de cada comunidad autónoma

El Estado pone el dinero y el marco, pero la convocatoria la abre y la resuelve cada región, que además puede añadir requisitos propios. Por eso los plazos no coinciden: puede haber convocatoria abierta en tu comunidad autónoma y cerrada en la de al lado. Dos avisos importantes: País Vasco y Navarra quedan fuera del Plan Estatal y financian sus ayudas con normativa foral propia, y en algunas ciudades hay además convocatorias municipales, como el Plan Rehabilita de Madrid. El detalle de cuantías y plazos comunes a todas las regiones está en nuestra guía de ayudas a la rehabilitación.

Quién convoca las ayudas en cada región

Comunidad autónoma Organismo de vivienda al que se pide
Andalucía Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio
Aragón Consejería competente en vivienda del Gobierno de Aragón
Asturias Consejería competente en vivienda del Principado de Asturias
Baleares Institut Balear de l’Habitatge (IBAVI)
Canarias Instituto Canario de la Vivienda
Cantabria Consejería competente en vivienda del Gobierno de Cantabria
Castilla-La Mancha Consejería competente en vivienda de la Junta de Comunidades
Castilla y León Consejería competente en vivienda de la Junta de Castilla y León
Cataluña Agència de l’Habitatge de Catalunya
Ceuta EMVICESA, la empresa municipal de la vivienda
Comunidad Valenciana Conselleria competente en vivienda de la Generalitat Valenciana
Extremadura Consejería competente en vivienda de la Junta de Extremadura
Galicia Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)
La Rioja Consejería competente en vivienda del Gobierno de La Rioja
Madrid Consejería competente en vivienda de la Comunidad de Madrid
Melilla Consejería competente en vivienda de la Ciudad Autónoma
Murcia Consejería competente en vivienda de la Región de Murcia
Navarra Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra (normativa foral)
País Vasco Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco (normativa foral)

Los nombres de las consejerías cambian con cada remodelación de gobierno, así que lo estable es el organismo de vivienda: busca en la sede electrónica de tu comunidad autónoma por «rehabilitación de edificios».

Cómo saber si hay convocatoria abierta hoy

Para saber si ahora mismo hay una convocatoria abierta en tu región, la vía más rápida es buscar tu comunidad autónoma en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, donde se centralizan las convocatorias públicas: buscador de convocatorias del Estado. La comunidad de propietarios está obligada por ley a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, así que la solicitud se presenta por sede electrónica. Quien representa legalmente a la comunidad es el presidente, aunque lo habitual es que sea el administrador de fincas quien prepare y tramite el expediente por encargo de la junta.

Qué mayoría hace falta en la junta para aprobar las obras

Aquí es donde más acuerdos se caen después, y donde circula más información falsa. No vale la mayoría simple para todo: la Ley de Propiedad Horizontal pide una mayoría distinta según el tipo de obra, y equivocarse deja el acuerdo impugnable. Tienes el artículo 17 desmenuzado en nuestra guía de propiedad horizontal.

La mayoría que pide cada tipo de obra

Qué se vota en la junta Mayoría necesaria
Obras de eficiencia energética y pedir ayudas o préstamos para ellas Mayoría simple de propietarios que represente además la mayoría simple de las cuotas, si el importe repercutido al año, descontadas las ayudas y aplicada la financiación que se contrate, no pasa de 12 mensualidades de gastos comunes. El que vota en contra paga igual: no puede desvincularse
Ascensor y eliminación de barreras Mayoría de propietarios que represente la mayoría de las cuotas
Aerotermia, geotermia y otras renovables Un tercio de los propietarios que represente un tercio de las cuotas, y solo pagan la instalación y su mantenimiento quienes votan expresamente a favor. Quien luego quiera engancharse tendrá que abonar su parte actualizada con el interés legal
Cerrar terrazas, plantas nuevas u obras que toquen la estructura Tres quintas partes de propietarios y cuotas
Cambiar los estatutos o el título constitutivo Unanimidad, salvo en los casos que la propia ley regula aparte, como la accesibilidad, que va por mayoría aunque haya que tocar el título constitutivo

Fondo de reserva, morosos y vecinos que no van a la junta

Tres detalles prácticos que evitan disgustos. El fondo de reserva de la comunidad no puede ser inferior al 10% del último presupuesto ordinario, y desde 2022 ese dinero también se puede usar para pagar obras de accesibilidad y eficiencia energética. El vecino que debe cuotas puede asistir a la junta y opinar, pero no vota, y su cuota tampoco se cuenta para alcanzar las mayorías. Y el que no aparece también suma: si estaba bien citado y no comunica su desacuerdo en los 30 días naturales siguientes a que se le informe del acuerdo, su voto cuenta como favorable. Eso sí, esto no vale para los acuerdos en los que solo pagan quienes votan a favor, como las renovables: ahí el silencio del ausente no cuenta como un sí.

Sobre la financiación conviene ser claro, porque circula el bulo contrario: el coste de estas obras y las cuotas del préstamo que se pida para pagarlas cuentan como gastos generales, así que la comunidad los reclama con el crédito preferente de la ley y la vivienda responde de lo debido frente a quien la compre, con el límite de la anualidad en curso y los tres años naturales anteriores. Lo que no existe es ninguna norma que obligue a un banco a prestar dinero a una comunidad con morosos: eso lo decide la entidad.

Más información
Si estás valorando obras en tu edificio, te interesan también nuestras guías del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, las ayudas a la rehabilitación de vivienda y el cambio de uso de un local a vivienda.
Otras preguntas frecuentes

Alejandro Fernández Couto

Director y responsable editorial

Director y responsable editorial de Tus-Ayudas.es, que dirige desde 2022. Ha trabajado como periodista en medios como Business Insider y Xataka. Supervisa la línea editorial del sitio y garantiza el rigor y la actualización de las guías sobre ayudas y prestaciones públicas.


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Preguntas
  • Marta Hernández

    Buenas tardes , quisiera saber las ayudas para cambio de ventanas y electrodomésticos así como si la bomba de calor entra en las ayudas . Gracias

  • Ana Álvarez

    Vivo en Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) en un edificio de 10 vecinos, no están haciendo las dos fechadas por grietas y problemas en balcones Como puedo pedir una ayuda para pagar la parte que me corresponde de toda la obra que son unos 7000 euros. Me podéis informar que pasos tengo que seguir pq según la finca que lleva todo no hay ayudas.
    Gracias

    • Alejandro

      Hola, Ana

      Si el administrador comenta que no hay ayudas es que quizás no existan. Todo depende de la comunidad autónoma, en este caso Cataluña.

      Espero haber sido de ayuda 🙂 ,

      saludos

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