
Son muchas las personas en España que se dedican a cuidar a sus familiares dependientes, lo que implica un sacrificio personal. Sin embargo, muchos se preguntan si un cuidador no profesional puede trabajar. En Tus Ayudas te explicamos todo lo que necesitas saber sobre las opciones laborales y las ayudas disponibles.
Índice
¿Qué es un cuidador no profesional?
Un cuidador no profesional es aquella persona que, sin formación académica en cuidados, se dedica a asistir a un familiar o persona dependiente. La ley reconoce este trabajo y lo considera esencial para el bienestar de quienes no pueden valerse por sí mismos debido a una enfermedad, discapacidad o envejecimiento.
¿Puedo cobrar una paga por cuidar a mi madre?
Sí. Debido a esta dedicación al cuidado de un familiar dependiente, son muchas las personas que no pueden tener un trabajo. Por eso, el Gobierno les otorga una compensación económica mensual. Se le conoce como “prestación para cuidados en el entorno familiar”.
Sin embargo, en la mayoría de casos esta paga por cuidar a un familiar no es suficiente, y son muchos los que se preguntan si pueden buscar otro trabajo complementario.
¿Un cuidador no profesional puede trabajar?
Sí, un cuidador no profesional puede tener otro trabajo remunerado. La ley establece que es posible compaginar ambas actividades, siempre y cuando la persona dependiente no se vea perjudicada.
Sin embargo, existen algunas limitaciones. El tiempo dedicado al cuidado debe ser suficiente para garantizar la atención adecuada al familiar dependiente: asistencia en la movilidad, supervisión continua, administración de medicamentos, atención emocional…
Es esencial que el cuidador no profesional pueda acreditar que su trabajo no afecta negativamente a la persona dependiente. En caso contrario, se arriesga a perder la ayuda por cuidar a un familiar.
Sin duda, un aspecto clave para determinar si un cuidador no profesional puede trabajar o no, es el grado de dependencia del familiar. No es lo mismo un grado 1, que necesita menos asistencia, que una dependencia severa de grado 3.
Cuidador no profesional incompatibilidades
Aunque los cuidadores no profesionales pueden compaginar su trabajo con la atención a un familiar dependiente, existen algunas incompatibilidades que deben ser consideradas para evitar problemas legales.
- Pasar demasiado tiempo fuera de casa. Esto puede indicar que no tiene tiempo suficiente para atender a las necesidades básicas del dependiente, como la supervisión continua.
- Delegar el trabajo en otra persona. Si recibes una ayuda por cuidar a un familiar, NO puedes delegar esta responsabilidad en otras personas sin autorización formal por parte de la Seguridad Social.
- Recibir prestaciones por desempleo, jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
- No compartir domicilio con la persona dependiente. Esta ayuda está condicionada a que el cuidador y el dependiente residan en el mismo domicilio.
- Descuidar su propia salud. Debe mantener un equilibrio entre su vida personal y laboral para evitar el agotamiento.
Ten en cuenta que los servicios sociales pueden llevar a cabo verificaciones puntuales si tienen motivos para sospechar que no se están cumpliendo los cuidados necesarios.
Nueva Ley para cuidadores no profesionales: convenio especial
La nueva legislación ha mejorado las condiciones para los cuidadores no profesionales, introduciendo un Convenio Especial con la Seguridad Social. Este convenio permite que los cuidadores no profesionales coticen sin tener que pagar ninguna cuota.
De esta forma, el gobierno asume el coste de estas cotizaciones, garantizando que los cuidadores puedan acceder a pensiones de jubilación y otras prestaciones sociales en el futuro. Además, el convenio ha sido diseñado para ser accesible a todos los cuidadores no profesionales, sin importar el nivel de ingresos que tuvieran antes de asumir el rol de cuidador.
Cotizar por cuidar a un familiar
Para poder beneficiarte del convenio especial de la Seguridad Social para cuidadores no profesionales, es necesario estar designado oficialmente en el Programa Individual de Atención (PIA) de la persona dependiente.
Este convenio no es automático y debe ser solicitado por el cuidador en los servicios sociales de su comunidad autónoma.
Este trámite se suele llevar a cabo en el momento de solicitar las ayudas a la dependencia para el familiar, en los Servicios Sociales o en la administración pública correspondiente.