Jubilación

Jubilación parcial, ¿puedo solicitarla?

El 11 enero 2024 por Laura - 7 minutos de lectura

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jubilacion parcial

La jubilación parcial es una alternativa temporal a la jubilación convencional. Gracias a ella, la persona que vaya a jubilarse puede trabajar a tiempo parcial (media jornada) y recibir parte de su pensión de jubilación al mismo tiempo (por el valor de la otra media jornada).

De esta manera recibiría dos ingresos, el primero de ellos correspondiente al sueldo a tiempo parcial de su trabajo y el segundo correspondiente a un porcentaje de lo que le corresponde de su pensión. 

Principalmente, hay dos tipos de jubilaciones parciales: aquellas en las que existe un contrato de relevo por parte de la empresa y aquellas en las que no. 

¿Cómo solicitar la jubilación parcial?

En caso de que trabajes por cuenta ajena, el primer paso es hablar con tu empresa y plantear:

  • La posibilidad de comenzar a trabajar a tiempo parcial.
  • Si a la empresa le interesa crear un contrato de relevo

Una vez aclarados estos dos puntos, el siguiente paso será comenzar con las tramitaciones:

  1. Enviar o presentar la documentación necesaria en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Será necesario que se indique la fecha prevista de reducción de horas laborales.
  2. Una vez se formalice la solicitud se estudiará tu caso. En caso de que la solicitud corresponda a los requisitos para obtener la jubilación parcial, el INSS se pondrá en contacto contigo para informarte sobre todos los detalles. Tendrás 10 días para confirmar tu interés en la misma.
  3. Finalmente, se confirmará el cambio una vez se formalice el nuevo contrato de trabajo o se formalicen los contratos de trabajo de ambas personas, en caso de que vaya a producirse un relevo.

Documentación para solicitar la jubilación parcial

  • DNI o pasaporte de la persona que esté solicitando la jubilación parcial.
  • Justificante de pago de las cotizaciones correspondientes a los últimos 3 meses.
  • En caso de que haya un relevo, se tendrá que aportar el contrato de relevo con la información de cada una de las partes y las nuevas condiciones laborales.

Requisitos de la jubilación parcial

Los requisitos para poder optar a la jubilación parcial dependen de si habrá, o no, un contrato de relevo. También se tendrá en cuenta la edad de la persona y de los años que ha cotizado.

Jubilación parcial sin contrato de relevo

Aquellas personas que soliciten una jubilación parcial y no tengan un contrato de relevo expedido por su empresa tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Han de tener la edad mínima para poder jubilarse. Actualmente y, hasta el 2027, esta edad irá aumentando año a año. En 2021, la edad de jubilación con condiciones generales es de 66 años.
  • El contrato puede ser a tiempo completo o parcial.
  • La reducción parcial de la jornada laboral tendrá que estar entre el 25% y el 50%.

Jubilación parcial con contrato de relevo a partir de 2021

Si existe un contrato de relevo expedido por la empresa, las condiciones son diferentes:

  • El contrato original tiene que haber sido de jornada completa.
  • La reducción parcial de la jornada laboral tendrá que estar entre el 25% y el 50% de las horas. Puede llegar a ser el 75% si la persona que va a sustituir al jubilado parcial acceda a la empresa con un contrato a tiempo completo e indefinido.
  • La persona que va a jubilarse ha de tener una antigüedad en la empresa de, al menos, 6 años.
  • La edad mínima de los mutualistas es de 60 años. Si no es mutualista, dependerá del tiempo cotizado.
Cotización jubilación parcial
Año de jubilación parcial Edad mínima Tiempo mínimo cotizado
2021 62 años 35 años + 3 meses
63 años 33 años
2022 62 años + 2 meses 35 años + 6 meses
63 años + 4 meses 33 años
2023 62 años + 4 meses 35 años + 9 meses
64 años 33 años
2024 62 años + 6 meses 36 años
64 años + 4 meses 33 años
2025 62 años + 8 meses 36 años + 3 meses
64 años + 4 meses 33 años
2026 62 años + 10 meses 36 años + 3 meses
64 años + 8 meses 33 años
A partir de 2027 63 años 36 años + 6 meses
65 años 33 años
  • En el caso de personas con discapacidad (demostrado con un 33%), los años cotizados se reducirían a 25. Las personas discapacitadas suelen tener otro tipo de condiciones por las dificultades a las que se enfrentan en el mundo laboral.
¿Se puede negar la empresa a la jubilación parcial?
Sí, puede negarse. Para que puedas disfrutar de una jubilación parcial tu empresa tiene que concederte el permiso para hacerlo.

Cuantía de la jubilación parcial

Cálculo de la pensión de jubilación del contrato de relevo

Para conocer cuánto te ingresarán, en el caso de que optes por la jubilación parcial, tendrás que conocer cuál es el valor total de tu pensión de jubilación. Una vez tengas esa cifra, tan solo tendrás que multiplicar ese valor por el porcentaje de horas que dejarás de trabajar en tu empresa.

pasos para pedir la jubilación parcial

Así pues, si la reducción de tu jornada laboral es del 40%, percibirás el 40% del valor de tu pensión. El otro 60% lo percibirás en tu salario habitual reducido al 60% del valor original.

¿Y para los autónomos?

Los autónomos podrán obtener hasta un 50% de su pensión en caso de que sus ingresos sean superiores al salario mínimo. En caso de que no lo sean, podrían optar hasta el valor total de su pensión.

Las condiciones de edad y años cotizados son los mismos que para el resto de jubilados.

¿Qué es el contrato de relevo en la jubilación parcial?

El contrato de relevo juega un papel fundamental dentro de la jubilación parcial. Se trata de un documento en el que se establece un cambio en la relación laboral de la persona que va a jubilarse y la entrada de una nueva persona en juego: un sustituto.

Se trata de una muy buena opción para aquellas empresas que cuenten con una persona cercana a la edad oficial de jubilación. En este contrato se acuerda que la persona que va a jubilarse disminuye sus horas laborales, las cuales serán complementadas con las horas de trabajo de una nueva persona que asumirá sus funciones. Esto favorece que la transición sea más fácil y beneficiosa para las partes implicadas.

jubilacion parcial

Requisitos del contrato de relevo

Para que un contrato de relevo sea válido tendrá que cumplir con ciertos requisitos. Aquí tienes los que serán necesarios para poder formalizarlo:

  • La persona que se contrate ha de estar en una situación de paro.
  • También podría estar trabajando y contratada actualmente, pero en una condición de empleo temporal. Esto tendrá que estar justificado.
  • En el documento tiene que aparecer explícitamente que la persona contratada va a relevar a la persona que se jubile. También será necesario que se detalle toda la información relacionada con las actividades, funciones y el reparto de sus horas de trabajo.

Una parte clave de este relevo es la suma total de horas trabajadas. Mientras esté vigente el contrato de relevo, la suma de horas trabajadas por ambas partes tendrá que ser como mínimo igual a las horas del puesto de trabajo original.

Si la persona que va a relevar al jubilado parcial es contratado a tiempo completo, será necesario que se determine cuántas horas de su día va a destinar a suplir las funciones de la otra persona.

En caso de que la persona que fuera a jubilarse cumpla la edad de jubilación oficial y decida continuar como jubilado parcial, el contrato puede prorrogarse. Esta condición se dará siempre y cuando la empresa esté de acuerdo.

¿Qué se pierde con la jubilación parcial?

¿Qué se gana y qué se pierde con la jubilación parcial?
  • Reduces el número de horas que trabajas al día.
  • El tipo que estés jubilado parcialmente puede ser una transición para acostumbrarte a la vida de jubilado.
  • Una vez te jubiles al completo (de manera ordinaria) cobrarás todo lo que te corresponde de pensión de jubilación.
  • Dejarás de recibir el 100% del sueldo que has estado cobrando hasta ahora, por lo que tus ingresos por el sueldo serán menores.
  • Únicamente cobrarás un porcentaje de tu pensión de jubilación.
  • Otras preguntas frecuentes

    Laura

    Experta en ayudas y subvenciones

    Laura es redactora y responsable de Tus Ayudas desde 2021. Tiene experiencia trabajando para empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, estando especializada en ayudas gubernamentales y comunicación.


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    Preguntas
    • Valerio escribano de lamo

      Hola, la empresa me ha propuesto la jubilación parcial con contrato de relevo, sería a partir de julio de este año,yo tendré 62 años y 4 meses ,trabajaria el 25 por ciento , mi pregunta es la siguiente: como sería el cálculo del 75 por ciento de mi jubilación? Desde julio de este año?o desde el día de mi jubilación ordinaria e 2026?? Muchas gracias

      • Alejandro

        Hola, Valerio

        Lo habitual es que se calcule el 75% sobre el nivel de cotización que se haya aplicado en los últimos años.

        Espero haber sido de ayuda 🙂

        saludos

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