🤷♂️¿Cuánto cobra un autónomo de baja?
Si está de baja por enfermedad común, el 60% de su base reguladora hasta el día 20, pasado ese tiempo pasa a cobrar el 75%.
Para los autónomos, ponerse enfermos es una situación que no contemplan, sin embargo, a veces, es inevitable coger una baja médica. En Tus Ayudas resolvemos las dudas más frecuentes: cuanto cobra un autónomo de baja, hay que seguir pagando la cuota durante este tiempo, etc.
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Como cualquier trabajador, los autónomos también están cubiertos en casos de incapacidad temporal, o lo que es lo mismo, una baja médica.
Esto se debe a que en España, cotizar por incapacidad temporal o contingencias comunes, es obligatorio para los autónomos, según lo establecido en el Estatuto del Trabajador Autónomo.
Es decir, los autónomos, pagan cada mes una cotización total del 31,20% de su base de cotización elegida. De esta forma, están cubiertos ante cualquier baja médica.
Sin embargo, para que un autónomo pueda cogerse una baja médica, es necesario que cumpla con una serie de requisitos:
El autónomo tiene un plazo de 15 días para solicitar la baja laboral en la Seguridad Social. El procedimiento es el siguiente:

Cuanto cobra un autónomo de baja depende de varios factores. En primer lugar, de si se trata de una baja por enfermedad común o de un accidente laboral. Pero también de cuánto sea tu base reguladora:
Ten en cuenta, que para un autónomo, la base reguladora es la base de cotización por la que paga la cuota cada mes.
El periodo máximo legal que puede estar un autónomo cobrando la prestación por incapacidad temporal es de un año y medio. Pasados los primeros 365 días, existe la posibilidad de ampliarla 180 días más, si existen posibilidades de recuperación.
Si la baja médica se alarga más allá del año y medio, el trabajador por cuenta propia deberá solicitar la incapacidad permanente, que conlleva un trámite independiente.
Es decir, la baja médica retribuida de los autónomos dura un año y medio como máximo. Pasado ese tiempo y mientras tramita la incapacidad permanente, puede darse la situación en la que no perciba ningún ingreso.
La cuota de autónomos hay que seguir pagándola aunque te encuentres de baja médica, aunque solo los dos primeros meses. A partir del día 61, no se paga el RETA.
Es decir, un autónomo de baja sigue cotizando. A partir del tercer mes de incapacidad temporal, será la Seguridad Social o la Mutua la encargada de pagar la cuota de autónomos.
La baja laboral de un autónomo puede deberse a varios casos, no solo por enfermedad común o accidente laboral. Debemos tener en cuenta también los siguientes supuestos.
La baja por maternidad o paternidad también es obligatoria para los trabajadores autónomos y conlleva los siguientes términos:
En casos de riesgo durante el embarazo o periodo de lactancia natural, el trabajador por cuenta propia también tiene derecho al 100% de la base reguladora media del último año.
Si te das de baja para el cuidado de menores afectados por enfermedades graves, también recibirás el 100% de la base reguladora.
¿Qué pasa en los casos en los que haya que cerrar el negocio mientras estás de baja? En estos casos, el trabajador por cuenta ajena puede seguir cobrando el subsidio por incapacidad temporal hasta que reciba el alta médica.
De hecho, en algunos casos el autónomo podrá pedir la prestación por cese de actividad. Sin embargo, hay que tener cuidado y no incidir en actuaciones fraudulentas.
Si está de baja por enfermedad común, el 60% de su base reguladora hasta el día 20, pasado ese tiempo pasa a cobrar el 75%.
Un autónomo puede cobrar la prestación por incapacidad temporal durante un año y medio como máximo.
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